Cambiar las condiciones a la cuenta asociada hipoteca

Cambiar las condiciones a la cuenta asociada hipoteca

Cambiar las condiciones a la cuenta asociada hipoteca

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A
alzamoraj

Muy buenas, hace cuestión de un mes, mi banco me mando una carta en la que nos comunicaba que desde el 13 de marzo cambiaban las condiciones de nuestras cuentas, empezando a cobrar un mantenimiento que antes teníamos gratuito, a cobrarnos las tarjetas de débito y crédito y a cada apunte en la cuenta. mi pregunta es, pueden modificar unilateral-mente las condiciones de la cuenta asociada a la hipoteca? se que pueden cobrarte desde 2012 pero modificarlo cuando tengo una vinculación de toda la vida del préstamo me parece algo abusivo.

la única respuesta que me da mi banco es que si reúno algunas condiciones como tener la nomina domiciliada, seguro de vida, tener seguro de coche o plan de pensiones se me quitaría esos gastos de mantenimiento, yo ya reúno varios de esos requisitos pero tiene una coletilla y es que si ya están vinculados a otro producto (en este caso tengo hipoteca bonificada) no me sirven para librarme de los costes de mantenimiento.

si hiciera falta iré judicialmente a luchar por mis derechos, pero antes de iniciar esta guerra quiero saber si pueden o no pueden según sus opiniones.

5 respuestas
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HelpMyCash
#1

Hola, alzamoraj. 

Pueden cambiar unilateralmente las condiciones de la cuenta si esta la utilizas para otros fines como domiciliar los recibos, hacer transferencias a otras cuentas, etc. Si la utilizas única y exclusivamente para pagar las cuotas de la hipoteca y los otros gastos asociados a la misma, no pueden cambiarte la comisión de mantenimiento que aparece en el contrato de la hipoteca. 

Esperamos haberte ayudado. 

Un saludo.

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#2
A
alzamoraj

Pero si en esta misma página encontré un post, donde ponía lo siguiente:

"De acuerdo con la nueva normativa, "no se puede considerar apartado de las buenas prácticas bancarias el que una entidad cobre comisiones en las cuentas vinculadas" a los depósitos, los préstamos y las hipotecas, "aunque se utilicen exclusivamente para la gestión de estos", señala el Banco de España. Eso sí, la entidad debe cumplir una serie de condiciones.

En primer lugar, el consumidor debe estar al corriente de que el banco le obliga a contratar una cuenta vinculada. Esta información deberá haberse entregado por escrito al cliente antes de la firma, en el documento previo a la operación. En segundo lugar, se tendrá que haber informado del coste de la cuenta. Tercero, en el contrato deberá aparecer tanto la obligatoriedad de contratar dicho producto como su coste. Y, por último, el banco debe asegurar que "el coste no pueda ser modificado unilateralmente por la entidad a lo largo de la vida del préstamo, crédito o depósito". 

No me queda claro dónde buscar esa información y que puedo hacer para que no pasar por el aro y pagar esas comisiones. 

Gracias por la respuesta y espero poder aclarar la información.

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HelpMyCash
#3

Hola de nuevo. 

Las cuentas vinculadas a las que se refiere el Banco de España son aquellas que se utilizan única y exclusivamente para pagar las cuotas de un préstamo o hipoteca o para recibir los intereses de un depósito. Por ley, si el producto vinculado a la cuenta (préstamo, hipoteca o depósito) fue contratado antes de 2012, la cuenta no puede tener comisión por mantenimiento, mientras que si este se contrató después de 2012, solo puede tener comisión por mantenimiento si esta aparecía en el contrato, en la información precontractual y en el cálculo de la TAE del producto. Además, el banco no la puede subir de manera unilateral. 

Es por eso que en nuestra anterior respuesta te comentábamos que puedes reclamar que no te suban las comisiones de la cuenta solo si la usas única y exclusivamente para pagar las cuotas de la hipoteca. Si esa cuenta la usas para otras finalidades, sí pueden cambiarte las comisiones, aunque tienen que avisarte del cambio con dos meses de antelación. 

Si quieres más información sobre este tema, puedes consultar el Portal del Cliente Bancario del Banco de España. 

Esperamos haber aclarado tus dudas. 

Un saludo. 

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#4
A
alzamoraj

Muchísimas gracias por las respuestas, es un placer recibir ayuda de gente especialista de esta manera.

abusando de su profesionalidad, quisiera realizar una ultima pregunta con la información que me disteis. 

Una vez que mi banco me informa de los requisitos para optar al sistema de cero comisiones (domiciliar recibos, seguro de vida, domiciliar la nomina...)esa lista tiene un asterisco, en el cual avisa de que si esos requisitos están vinculados a otro activo, como una hipoteca (el cual es mi caso) no valdría para evitar esos gastos.

Mi duda es, según la respuesta que me dio, mi única manera de intentar no pagar esos gastos son usar solo la cuenta para los recibos hipotecarios, pero claro la hipoteca tiene unas condiciones bonificadas por uso de tarjeta, recibo de seguros... creo que es incompatible esas dos soluciones, conocen alguna manera o caso para poder salir airosos de esta situación, un saludo y espero no molestarle mas. muchas gracias y saludos.

HelpMyCash
#5

Hola de nuevo. 

¡Para eso estamos! Por lo que nos cuentas, parece que el banco te plantea un dilema en el que siempre saldrás perdiendo: o bien dejar la cuenta solo para la hipoteca y perder la bonificación, o bien mantener sus productos combinados contratados pagando las comisiones de la cuenta. Nuestro consejo, por lo tanto, es que acudas a tu oficina, pidas hablar con el director y trates de llegar a un nuevo acuerdo para que no te cobren esas comisiones si mantienes esos productos contratados ligados a la hipoteca. En caso de no llegar a un acuerdo, si estás descontento con el trato que te han dado, quizás te puedes plantear cambiar la hipoteca de banco

Un saludo 

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