Cómo desgravar la hipoteca

Requisitos para desgravar por la hipoteca

Empecemos por el principio: ¿qué es la deducción por adquisición de vivienda habitual? Se trata de un beneficio fiscal que te permite pagar menos por el impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF). Se aplica un porcentaje sobre lo que pagas anualmente por la compra de tu casa, incluidos todos los gastos de la hipoteca que hayas contratado para financiarla, y se descuenta ese dinero del IRPF que pagarás en el ejercicio que toque.

La deducción por compra de vivienda habitual está eliminada desde el 1 de enero de 2013. Sin embargo, aún puedes desgravar por tu hipoteca si cumples estos requisitos:

  • Que la vivienda hipotecada sea tu residencia habitual. No puedes desgravar por el préstamo si lo contrataste para comprar una segunda residencia (un apartamento vacacional o un piso para alquilar a otras personas, por ejemplo).

  • Haber comprado la vivienda hipotecada antes del 1 de enero de 2013, es decir, antes de que se eliminara esa desgravación. En las comunidades autónomas de régimen común (todas menos Navarra y el País Vasco), esta deducción no se puede aplicar sobre compras efectuadas a partir de esa fecha.

  • Haber aplicado la deducción para desgravar la hipoteca en el ejercicio de 2012 o en algún ejercicio anterior.

Esta deducción también la puedes aplicar si pediste una hipoteca para construir, ampliar o rehabilitar tu vivienda habitual antes del 1 de enero de 2013.

¿Vives en Navarra o en el País Vasco? En Navarra, puedes desgravar por tu hipoteca si compraste tu vivienda habitual antes del 1 de enero de 2018. Y en el País Vasco, podrás practicar esta deducción sin importar cuándo adquiriste tu casa o piso.

¿Cuánto desgrava una hipoteca como máximo?

Si cumples los requisitos, te podrás desgravar hasta un 15% de lo que hayas pagado por la hipoteca a lo largo del año (un 7,5% estatal y un 7,5% autonómico), pero sobre una base máxima de 9.040 euros anuales. Es decir, que podrás ahorrarte un máximo de 1.356 euros en IRPF cada año. Ahora bien, si la hipoteca tiene dos titulares y hacéis la declaración por separado, la base máxima se dobla: 18.080 euros, lo que se corresponde con un ahorro máximo de 2.712 euros.

Esta deducción la puedes conseguir al sumar dos tramos: el estatal y el autonómico. Por el tramo estatal puedes desgravarte el 7,5%, mientras que por el autonómico puedes desgravarte lo que te permita tu comunidad autónoma, aunque el máximo siempre será del 7,5%. En el caso concreto de Cataluña, ese tramo autonómico puede ser de hasta el 9% si compraste la casa antes de agosto de 2011 y tienes 32 años o menos, has estado en paro la mitad del ejercicio, tienes un grado de discapacidad de al menos el 65% o tienes un hijo en tu unidad familiar.

Con un ejemplo práctico te quedará más claro. Imagina que has pagado unas cuotas mensuales de 500 euros por tu hipoteca durante el último año, que son 6.000 euros en total. Si puedes practicar una deducción por adquisición de vivienda habitual del 15%, en la declaración de la renta de ese ejercicio te podrás desgravar 900 euros (el 15% de 6.000).

¿Vives en Navarra o en el País Vasco? En Navarra, la deducción puede ser de hasta el 15% sobre un máximo de 7.000 euros.  En el País Vasco, puede ser de hasta el 18%, con un ahorro máximo de 1.955 euros en Vizcaya, de 1.530 euros en Guipúzcoa y de 2.300 euros en Álava.

¿Sobre qué gastos puedo aplicar la deducción por compra de vivienda habitual?

Como decíamos, puedes aplicar esta desgravación sobre todo lo que pagues por la hipoteca año a año. Pero ¿qué gastos se incluyen dentro de esa cifra? Te lo contamos a continuación:

  • Las cuotas del préstamo hipotecario que pagas durante el año.

  • Las comisiones que el banco te cobre en el año en el que hagas la declaración de la renta (por apertura, por amortización anticipada, por novación…).

  • El precio anual de todos los productos asociados al préstamo, como los seguros de vida, la cuenta desde la que pagas las cuotas…

  • Las amortizaciones anticipadas de la hipoteca. Si pagas una parte o toda la deuda hipotecaria por adelantado, ese dinero se sumará al total anual sobre el que puedes practicar la deducción.

  • Los gastos por modificar tu crédito si cambias sus condiciones mediante una novación (un pacto con tu banco) o a través de una subrogación de acreedor (traspaso del préstamo a otro banco).

  • Los gastos de cancelación registral que tengas que pagar cuando liquides tu hipoteca y dejes tu vivienda libre de cargas.

  • Los gastos de constitución de la hipoteca. Solo te los puedes desgravar si vives en el País Vasco, porque en las otras comunidades ya no puedes deducir una compra posterior a 2012 (2017 en Navarra).

  • Los gastos de compraventa de la vivienda. Solo te los puedes desgravar si vives en el País Vasco, porque en las otras comunidades ya no puedes deducir una compra posterior a 2012 (2017 en Navarra).

  • Las cantidades pagadas al contado para comprar tu casa. Solo te las puedes desgravar si vives en el País Vasco, porque en las otras comunidades ya no puedes deducir una compra posterior a 2012 (2017 en Navarra).

Tendrás que sumar los gastos de este tipo que pagues durante el año y aplicar la desgravación sobre la cantidad total. Recuerda, eso sí, que si todos estos gastos suman más de 9.040 euros, la deducción la podrás practicar únicamente sobre un límite máximo de 9.040 euros.

Truco de HelpMyCash: si queda poco para que acabe el año y has conseguido ahorrar un dinero, puedes usarlo para amortizar anticipadamente una parte de tu hipoteca y llegar así hasta la base máxima de 9.040 euros. De este modo, podrás sacar el máximo partido a la desgravación.

He modificado la hipoteca: ¿aún puedo desgravar?

Una hipoteca, como ya sabes, se devuelve en un plazo muy largo, que suele durar unos 30 años. Y durante ese tiempo, es posible que quieras modificar tus condiciones iniciales para adaptarlas al mercado actual (rebajar el interés, por ejemplo). En ese caso, ¿se puede seguir aplicando la deducción sobre lo que pagarás por el préstamo después de modificarlo?

La respuesta es sí. Podrás seguir desgravando por la hipoteca si la modificas, sea cuál sea la operación que uses para cambiar sus condiciones: novación, subrogación o contratación de una nueva hipoteca para cancelar la actual. La Agencia Tributaria considera que el préstamo modificado sigue siendo el que contrataste para comprar tu casa, lo que aún te da derecho a practicar la deducción por compra de vivienda habitual.

Ahora bien, si amplías el capital de tu hipoteca, solo podrás aplicar la deducción sobre lo que pagues para devolver el importe “original” del préstamo. Supongamos, por ejemplo, que tienes una hipoteca pendiente de 100.000 euros y que la amplías hasta los 150.000 euros. La desgravación solo la podrás practicar sobre lo que pagues para devolver los 100.000 euros iniciales, es decir, sobre dos tercios de lo que pagues al año.

¿Cuál es la casilla de la renta para deducir por la hipoteca?

Lo último que te queda por saber es qué casillas hay que rellenar para aplicarte esta desgravación. Cuando descargues el borrador de la declaración de la renta, tendrás que buscar un apartado llamado “Deducción por inversión en vivienda habitual”. Ahí tendrás que rellenar las casillas 547 y 548 con las cantidades que deduzcas por lo que has pagado durante el año por la hipoteca (los tramos estatal y autonómico, respectivamente).

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