

Temas populares sobre gastos venta vivienda de enero 2021
Para que puedas estar informado acerca de las novedades del mercado inmobiliario y de los gastos de venta de una vivienda, aquí encontrarás un resumen de los temas más importantes durante el mes de enero de 2021:
Los presupuestos generales de 2021 recogen una subida del IRPF
Los presupuestos generales recogen, además de una subida en las rentas de trabajo más altas, un incremento de tres puntos porcentuales en la base del ahorro del IRPF (donde se incluyen las ganancias patrimoniales) para aquellas ganancias superiores a los 200.000 euros. De esta manera, las ventas con un beneficio económico más alto, tendrán una mayor carga fiscal a partir de este 2021. Así, los tramos quedan de la siguiente manera:
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Ganancias hasta 6.000 euros: 19%
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Ganancias entre 6.000 y 50.000 euros: 21%
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Ganancias entre 50.000 euros y 200.000 euros: 23%
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Ganancias de más de 200.000 euros: 26%
Madrid se prepara para rebajar el IBI en el 2021
La Junta de Gobierno de Madrid ha aprobado continuar con la rebaja del IBI que ya inició el año pasado y prevé que el gravamen general de este impuesto se sitúe este año en el 0,46%. Actualmente, este es del 0,48%. De esta manera, el Ayuntamiento calcula que las familias madrileñas se ahorrarán cerca de los 40 millones de euros al año en este impuesto.
¿Qué gastos e impuestos se pagan al vender una vivienda?
Para llevar a cabo la venta de una casa existen algunos documentos e impuestos que deberemos pagar para vender el piso.
En la siguiente tabla podremos ver un resumen de todos los gastos que deberá asumir el vendedor de una vivienda:
Gastos antes de vender |
Gastos a cubrir en la venta |
Impuestos venta vivienda |
Nota simple
Certificado energético
Cédula de habitabilidad
Gastos de cancelar la hipoteca
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Contrato de arras
Gastos de notaría
Honorarios de la inmobiliaria
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IRPF o plusvalía estatal
Plusvalía municipal
Impuesto de bienes inmuebles (IBI)
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¿Cómo calcular los gastos de venta de una vivienda?
Aunque no podemos generalizar, porque cada caso es particular, en la siguiente imagen mostramos cuánto nos pueden costar de forma aproximada algunos de los trámites e impuestos de vender un piso que hemos mencionado con anterioridad.
De esta forma, podemos calcular los gastos por la venta de nuestra vivienda, incluyendo lo que tenemos que pagar a Hacienda en el 2021:

Debemos tener en cuenta que estos costes son genéricos y tenerlos o no, en muchos casos, dependerá de nuestras elecciones y de cómo negociemos las condiciones con el comprador o, incluso, con nuestra inmobiliaria.
A lo largo de esta página explicamos en detalle cada uno de los gastos de venta de una vivienda, para que saquemos la calculadora y sepamos cuánto nos costará vender nuestro piso.
¿Qué gastos hay que asumir antes de vender la casa?
El certificado energético
La cédula de habitabilidad, si en nuestra comunidad es obligatoria para vender
La nota simple
Gastos de cancelación de hipoteca
Pero ¿cuánto nos van a costar estos trámites? A continuación, hacemos un repaso por todos los gastos que tendremos que asumir antes de dar el paso de vender la casa, para que podamos calcular cuánto cuesta vender una vivienda:

1. El certificado energético
Desde hace unos años, contar con el certificado energético de la propiedad es un requisito obligatorio para vender una casa. Independientemente de que contemos con los servicios de una inmobiliaria o hagamos la gestión por libre, el comprador debe tener acceso a este documento. Pero ¿qué es exactamente y cuánto nos va a costar?
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Qué es: el certificado energético no es más que el reflejo del consumo de energía que tiene una vivienda. Es decir, acredita el nivel de eficiencia energética de la casa, por lo que es un indicador del gasto en las facturas de electricidad.
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Cómo obtenerlo: para sacarlo es necesaria la inspección por parte de un técnico habilitado en la casa. Este va a medir el gasto energético del inmueble y va a sugerir una serie de mejoras que pueden ayudar a disminuirlo. Hecha la revisión, el profesional tendrá que registrar el certificado en el organismo público correspondiente para así obtener la etiqueta energética (nota energética del piso).
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Cuánto cuesta: puede rondar sobre los 100 euros (más IVA), a los que es posible que tengamos que sumar las tasas del registro (algunos técnicos ya las incluyen en sus honorarios). Aunque, el coste de este documento varía en función del certificador, así como de la demanda en nuestra zona. Y es que, cuantos más expertos, mejores precios podremos encontrar.
2. La cédula de habitabilidad
En algunas comunidades autónomas españoles como, por ejemplo, Cataluña o Navarra, es obligatorio contar con la cédula de habitabilidad para poder vender un piso.
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Qué es: este documento certifica que el inmueble está preparado para entrar a vivir; es decir, que cumple unos requisitos mínimos de seguridad (dimensiones, iluminación, ventilación…).
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Cómo obtenerlo: al igual que con el certificado energético, tendremos que contratar a un técnico habilitado para que realice una visita de inspección en la vivienda y elabore un informe de habitabilidad. Este, posteriormente, se tendrá que registrar ante el organismo correspondiente de nuestra comunidad autónoma para que tenga validez.
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Cuánto cuesta: el coste de este documento varía en función de la vivienda, del profesional que realiza la inspección, así como de las tasas que aplica cada ayuntamiento.
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Simulador de cálculo de coste de la cédula de habitabilidad
Para hacernos una idea, por un piso ubicado en Barcelona, de entre 50 y 80 m2, según el portal Certicalia, podemos pagar entre unos 80 euros y unos 120 euros, con las tasas del Ayuntamiento incluidas.
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Aunque el precio es elevado, el resto de copias que podamos necesitar en los próximos 10 años serán gratuitas. Solo tenemos que pedir el duplicado en nuestro ayuntamiento.
3. La nota simple
Por otro lado, es interesante solicitar la nota simple de la vivienda. Este documento lo puede pedir tanto el vendedor como el comprador, ya que sirve para saber si la propiedad está libre de cargas. De hecho, es más probable que sea el interesado en quedarse la propiedad quién se ocupe de ello.
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Qué es: es un documento informativo que, como hemos mencionado, nos indica si la casa está libre de cargas y certifica quién ostenta la titularidad de la casa. Por tanto, nos conviene pedirlo para asegurarnos que la propiedad no tiene ningún problema registral que pudiera dificultar la venta.
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Cómo obtenerlo: la forma más sencilla es hacerlo online a través de la web del Colegio de Registradores.
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Cuánto cuesta: cuesta apenas unos nuevos euros si la pedimos online en el Colegio de Registradores de la Propiedad.
4. Los gastos de cancelación de la hipoteca
Este gasto lo tendremos que asumir si el piso que vamos a vender tiene una hipoteca que ya hemos pagado, pero que no hemos cancelado en el Registro, ya que no es posible del todo vender una casa con cargas (lo que sí es posible es cancelar la hipoteca en el mismo momento de la venta con el dinero recibido).
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Qué es: son los gastos relacionados con la cancelación registral de la hipoteca. Es decir, tenemos que pagar para que el notario nos elabore la escritura pública de cancelación y tenemos que costear la inscripción de la cancelación en Registro para liberar el inmueble de cargas.
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Cuánto cuesta: el coste de este trámite dependerá de cómo y con quién lo hacemos:
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Gestoría de nuestro banco o el del comprador: es la forma más cara. Podemos pagar alrededor de unos 1.100 euros por que nos hagan la cancelación. Además, es probable que nos pidan una provisión de fondos más elevada para hacer frente a los costes del proceso.
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Gestoría independiente: algunas gestorías que no están "casadas" con ninguna entidad bancaria nos pueden cobrar mucho menos, ya que sus costes de gestión son mucho más baratos. Por ejemplo, la que colabora con HelpMyCash cobra solo 90 euros por los gastos de gestión, así que por la cancelación de una hipoteca cuyo importe original es de 150.000 euros podemos terminar pagando sobre unos 480 euros por el trámite. Es decir, esto puede suponer un ahorro de hasta unos 600 euros que si lo hiciéramos con el banco.
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Por nuestra cuenta: es la forma más barata, pero implica encargamos nosotros de hacer todo el trámite. Siguiendo el ejemplo anterior, al no tener que pagar los gastos de gestión, el asunto nos puede salir cerca de los 400 euros. Aunque, en todos los casos, debemos tener en cuenta que el coste final dependerá de lo que nos cobre el notario y el Registro.
¡OJO! Si el caso es que vamos a pagar la deuda hipotecaria con el dinero de la venta, además del coste de la cancelación registral, deberemos pagar la comisión de cancelación anticipada a nuestro banco.
Esta penalización viene estipulada en el contrato de nuestra hipoteca y la abonaríamos en el proceso de cancelación. El coste de la comisión sería del el 0,5% del capital reembolsado (si se hace durante los primeros cinco años de vigencia del contrato) o del 0,25% del importe amortizado (si se efectúa a partir del sexto año).
¿Qué gastos hay que asumir para cerrar la venta de la vivienda?
El contrato de arras
Los gastos de notaría, según el pacto alcanzado con el comprador
La comisión inmobiliaria
Una vez hemos encontrado a un comprador, bien al usar los portales inmobiliarios por nuestra cuenta o directamente contando con los servicios de una agencia, es probable que tengamos que asumir estos gastos para cerrar la transacción:

1. El contrato de arras o de reserva
Este documento no es obligatorio para vender la casa, pero si muy recomendado, ya que protege tanto al comprador como al vendedor, en caso de que uno de los dos se eche para atrás en el momento de firmar la compraventa.
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Qué es: es un documento que contiene todas las condiciones pactadas con el comprador durante la negociación como, por ejemplo: el precio de venta, la cantidad entregada como señal de reserva, la fecha límite para firmar la compraventa, el reparto de las gastos de la operación y, más importante aún, las posibles penalizaciones por incumplimiento de contrato.
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Cómo obtenerlo: lo podemos redactar nosotros mismos, lo puede elaborar nuestra inmobiliaria o lo puede hacer un abogado.
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Cuánto cuesta: el precio va a variar según la forma que elijamos para obtenerlo:
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Si lo hacemos nosotros: nos puede salir gratis. Actualmente tenemos la suerte de poder acceder a muchos ejemplos en Internet de forma gratuita. Aunque, si queremos algo más elaborado, algunas plataformas nos ofrecen plantillas por 25 euros.
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Si lo hace nuestra inmobiliaria: el coste vendrá incluida en la comisión o cuota que nos cobrará para vender el piso, que oscila entre un 3% y un 7% si se trata de una agencia tradicional y entre 1.000 euros y 5.000 euros si hablamos de una online.
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Si lo hace un abogado: nos puede cobrar sobre los 100 euros aproximadamente. Aunque esto dependerá del abogado. Acudir a un experto legal es recomendable cuando la venta se da en unas condiciones complicadas como, por ejemplo, la venta de la vivienda familiar tras un proceso de divorcio, una herencia o si la casa tiene cargas importantes (como un embargo).
2. Los gastos de notaría
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Qué es: son los gastos de la escritura pública, incluidos los honorarios del notario.
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Quién los paga: los suele pagar el comprador en su totalidad. El reglamento del Código Civil establece que el vendedor debe hacerse cargo de los costes de la escritura pública de compraventa y el comprador debe asumir los de la primera copia y aquellas sucesivas. Sin embargo, en la práctica esto se suele negociar.
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Cuánto cuestan: los honorarios del notario están regulados por ley, siendo un importe fijo aplicable a todos los notarios. De esta manera, el valor final de los gastos de notaría variará en función del precio del inmueble, la extensión de la escritura, el número de copias solicitadas y la existencia de extras en la vivienda como, por ejemplo, un garaje.
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Para hacernos una idea, en la venta de una vivienda que cuesta 200.000 euros, sin un garaje anexo y cuya escritura tiene una extensión de 10 folios, los gastos notariales pueden salir en aproximadamente unos 338 euros. No obstante debemos tener en cuenta que cada caso es particular y el coste puede variar.
3. Los honorarios de las inmobiliarias
Si, en vez de vender nuestro piso entre particulares, recurrimos a una inmobiliaria para que lleve la venta, tendremos que pagarles sus honorarios:
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Comisión de una inmobiliaria tradicional: como hemos mencionado, la comisión por la gestión se suele situar entre un 3% y un 7% sobre el precio de venta. No existe regulación en la materia, por lo que cada agencia fija el importe de sus honorarios tomando como referencia la propia dinámica del mercado.
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Tener en cuenta: el porcentaje también puede variar en función del tipo de vivienda, si es de obra nueva o de segunda mano, y en base a su ubicación. Como referencia, suele ser más elevado en las ciudades principales y grandes núcleos urbanos, donde el movimiento del mercado es mayor.
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Tarifa fija de una inmobiliaria online: las agencias online o proptech cobran una cuota fija por la gestión de vender un piso, lo que significa que podemos vender la casa sin comisiones. Los precios, de manera general, oscilan entre los 1.000 euros y los 5.000 euros, según el plan de servicios escogidos y la forma de pago.
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Certificado de estar al corriente de pago con la comunidad de vecinos
Al igual que solicitamos la nota simple para demostrar que la vivienda está libre (o no) de cargas, debemos pedir el certificado de que estamos al corriente de pagos con nuestra comunidad. Este nos lo exigirá el notario para poder vender y, generalmente, no nos suele suponer ningún gasto, ya que el presidente de la comunidad nos los puede dar gratis. No obstante, si el edificio es gestionado por un administrador de fincas, este nos puede cobrar entre unos 50 euros y unos 100 euros por este papel. Pagar algo o no dependerá del convenio que suscribió la comunidad con este profesional al contratarlo. |
¿Qué impuestos se pagan al vender una casa?
El IRPF por la ganancia patrimonial obtenida
La plusvalía municipal
Como es evidente, una vez tenemos el piso vendido, toca ponerse al día con la Agencia Tributaria. Pero ¿qué impuestos tengo pagar por la venta de mi piso? A continuación, en este breve vídeo los mencionamos y, luego, los explicamos uno a uno con detalle:
1. El IRPF
La venta de una casa puede traer consigo un beneficio económico. Es decir, que la consigamos vender por un coste mayor del que en su día pagamos por su compra. Si este es nuestro caso, nos veremos obligados a pagar por la ganancia generada por la venta de la vivienda.
Pero ¿cuánto se paga de plusvalía al vender una casa? Para saber cuánto nos tocará pagar, solo debemos restar el valor de adquisición (compra) y el de transmisión (venta). Como cabe esperar, no sería justo comparar ambos valores si se han hecho reformas o hemos podido deducirnos algunos gastos. Por ello, para calcular este impuesto que debemos pagar al vender una casa se tienen en cuenta los siguientes ítems:
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Valor de adquisición |
Valor de transmisión
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Conceptos que suman valor
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Importe real de compra
Coste de las reformas en el piso
Gastos y tributos de la operación
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Importe real de la venta
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Conceptos que restan valor
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Amortizaciones fiscalmente deducibles (alquileres)
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Gastos y tributos inherentes a la venta
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Si el resultado que nos da esta diferencia sale positivo, deberemos hacer la cuenta para comprobar cuánto tendremos que pagar por el impuesto del IRPF. Para ello debemos revisar en qué tramo se ubica nuestra ganancia, de acuerdo a los porcentajes de tributo establecidos por Hacienda que, en este 2021, oscilan entre el 19% y el 26%.
¿Tengo que pagar siempre el IRPF por vender un piso?
Ahora bien, no siempre estamos obligados a pagar el IRPF por haber obtenido una ganancia con la venta. De hecho, la Agencia Tributaria establece una serie de excepciones. Por tanto, si al calcular este impuesto por la venta de una casa nos sale una ganancia patrimonial a declarar, debemos verificar si podemos acogernos a alguna de ellas. Pero ¿cuáles son?
1. Ser mayor de 65 años
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Haber vendido nuestra vivienda habitual
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Contratar una renta vitalicia, en el caso de que la casa vendida sea una segunda residencia
2. Reinvertir el dinero de la venta en la compra en una nueva vivienda habitual
3. Dar el piso en dación de pago, si no hemos podido hacer frente a la hipoteca
4. Haber comprado el piso entre el 12/05/2012 y el 31/12/2012
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- En esta caso, estamos exentos del 50% de la ganancia patrimonial obtenida
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¿Qué es una vivienda habitual a efectos fiscales?
Hacienda considera que una vivienda es habitual cuando esta ha sido nuestra residencia durante un plazo continuado de, al menos, tres años. Aunque, se entenderá que ésta no pierde la condición cuando, a pesar de no haber transcurrido este tiempo, se produzca una causa justificada que motive el cambio de domicilio como, por ejemplo, la celebración de matrimonio, un divorcio, un traslado laboral o un cambio de empleo.
Debemos tener en cuenta que para que la vivienda nueva adquiera el carácter de habitual debemos habitar en ella de manera contínua durante un lapso de doce meses, desde la fecha de adquisición o la terminación de las obras.
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¡Cuidado! aunque estemos exentos de este gasto no debemos olvidar incluir la venta en la declaración de la renta y hacer mención al beneficio fiscal al que pretendemos acogernos. Se han dado casos en los que Hacienda ha negado la aplicación de las exenciones a los contribuyentes por omitir la venta.
2. La plusvalía municipal
Otro de los tributos que tendremos que asumir por vender una casa es el impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, popularmente conocido como plusvalía municipal. Este gasto va relacionado con el valor del suelo, no con el precio de la compraventa.
En concreto, tiene que ver con el aumento de valor que ha experimentado mientras lo hemos tenido en nuestro poder. Por este motivo, para calcularlo, debemos tener en cuenta:
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El valor catastral del piso
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Los años que hemos sido dueños de la casa
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El coeficiente y el porcentaje de tributo establecido por nuestro Ayuntamiento. Este último, en todos los casos, no supera el 30%.
¿Cómo calcular la plusvalía municipal?
Cada ayuntamiento aplica un porcentaje de impuesto y un coeficiente diferente, por lo que este gasto de vender piso puede variar sustancialmente según la localidad donde esté ubicada la casa.
Por ejemplo, si vendemos un piso en Barcelona que compramos hace 10 años y este tiene un valor catastral de 150.000 euros, solo debemos multiplicar este último por el coeficiente de incremento estipulado por la localidad y por el número de años. Hecho esto, al resultado le aplicamos el porcentaje de tributo que en la ciudad condal es del 30%. Es decir, el cálculo de este gasto por la venta de la vivienda sería el siguiente:
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Base imponible del impuesto= 3,5% x 10 x 150.000 euros= 52.500 euros
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Plusvalía= 52.500 x 30%= 15.750 euros.
Este último importe es lo que nos tocaría pagar de plusvalía municipal en nuestro ejemplo por la venta de un piso en Barcelona.
La plusvalía municipal debe asumirla siempre el que vende el inmueble. Aunque, si recibimos el piso en herencia también debemos pagar este tributo para poder adjudicarnos la titularidad de la casa. Debemos tener en cuenta que, en este caso,
si luego vendemos la vivienda heredada, deberemos costear nuevamente el impuesto, ya que este se paga tanto al heredar como al vender. Por este motivo, es recomendable, si es posible, vender antes de que se cumpla un año para no generar nuevamente la obligación de liquidar la plusvalía.
3. El impuesto de bienes inmuebles (IBI)
Este es un impuesto que debemos pagar anualmente por ser propietarios de la vivienda. Es decir, no va ligado a la venta del piso en sí. Pero ¿quién lo paga en el año que se vende la casa? Debemos tener en cuenta que la ley indica que la persona que debe hacer frente a este pago es el que aparece como titular de la vivienda el día 1 de enero.
Pero ¿qué pasa si vendemos el piso a mitad de año? ¿quién paga entonces el IBI en la compraventa? Lo más habitual es que negociemos con el comprador el pago de este impuesto para que ambas partes costeen la parte del IBI que “disfruta” cada uno. De hecho, la legislación admite claramente el pacto entre las partes.
¿Qué gastos de la venta de una vivienda nos podemos ahorrar?
Ahora bien, como hemos visto, son varios los gastos que tenemos que asumir a lo largo de las diferentes etapas de la venta de un piso. Pero ¿nos podemos ahorrar algunos o todos son obligatorios? A continuación, resumimos los costes que, de acuerdo a ciertas circunstancias, podemos evitar:
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La cédula de habitabilidad: si no es obligatoria para vender una casa en nuestra comunidad autónoma
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La nota simple: si la pide nuestro comprador
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El contrato de arras: si lo redactamos por nuestra cuenta
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Los gastos de notaría: si negociamos para que los asuma el comprador en su totalidad
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La comisión inmobiliaria: si vendemos nuestro piso entre particulares
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Los gastos de cancelación de la hipoteca: si ya hemos amortizado el préstamo y cancelado registralmente la hipoteca
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El IRPF por la venta de la casa: si hemos vendido con pérdidas o si podemos acogernos a alguna exención que nos libra al 100% del pago
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Como hemos dicho, los gastos de vender un inmueble varían según las circunstancias, nuestras elecciones y la localidad donde esté ubicado nuestro piso. Algunos, como los relacionados con los impuestos o los documentos son obligatorios, pero existen otros pequeños costes que son totalmente opcionales y que, por tanto, no se suelen contabilizar. Estos son aquellos en los que incurrimos para vender la casa más rápido o para promocionar de forma efectiva el piso:

1. Servicio de home staging
Esta es una técnica que busca mejorar la imagen y presentación de una vivienda con el fin de acelerar su venta. Este gasto nos puede resultar conveniente si, por ejemplo, la casa que queremos vender es vieja, está en mal estado o se encuentra vacía y sin mobiliario.
El coste de un servicio de home staging para acelerar la venta de una vivienda varía según el profesional y el alcance de los cambios, pero puede ir desde los 100 euros hasta los 3.000 euros.
2. Reportaje fotográfico de la vivienda
Si vendemos el piso sin inmobiliaria nos toca hacer por nuestra cuenta las fotos para colgar en los anuncios en los portales inmobiliarios, pero también podemos encargarle el trabajo a un fotógrafo profesional. Este nos puede cobrar entre 100 euros y 200 euros por la labor.
3. Vídeo 360º o visita virtual
Además de las fotos, algunos vendedores particulares optan por solicitar este tipo de recursos a profesionales para promocionar sus casas. En la actualidad, debido a la crisis sanitaria, las visitas virtuales han cobrado mucha importancia, ya que reducen los encuentros presenciales. Además, también resultan sumamente útiles para vender nuestro piso a extranjeros o a potenciales compradores que están a mucha distancia. El precio de estas varían mucho según la empresa elegida, pero puede costar desde los 60 euros.
4. Anuncios destacados en los portales inmobiliarios
La mayoría de los particulares tiramos de los anuncios gratuitos que ofrecen los portales inmobiliarios para promocionar la venta, pero si nos urge vender o nuestro anuncio tiene demasiado tiempo publicado sin resultados un gasto extra que podemos tener es el de pagar por posicionar nuestra publicidad. Estos varían según la web y la duración del destacado, pero van desde los 10 euros hasta los 60 euros.
FAQ - Preguntas frecuentes sobre gastos venta vivienda
Al calcular el valor de transmisión para saber cuánto tenemos que pagar de IRPF por vender el piso, podemos deducir todos los gastos en los que hayamos incurrido para vender la propiedad como, por ejemplo, el pago de la plusvalía municipal, de la comisión inmobiliaria y de la emisión de los documentos obligatorios.
Asimismo, al valor de adquisición (el precio al que compramos la casa) le podemos sumar el coste de las reformas considerables que hayamos hecho en la casa y los gastos que asumimos para comprar la casa como, por ejemplo, el IVA o el ITP, los honorarios del notario y de la agencia inmobiliaria. Esto, al incrementar el valor, tiene impacto en la ganancia patrimonial que nos sale a pagar al realizar el cálculo del IRPF.
No, solo estamos obligados a pagar IRPF por la venta de una vivienda cuando hemos obtenido una ganancia con la operación. Si hemos vendido con pérdidas no tenemos que tributar. Aunque, debemos reflejar esta pérdida en la declaración.
La Agencia Tributaria establece que tenemos dos años para reinvertir el dinero de la venta de la casa en la compra de la nueva vivienda habitual.
Por esto, si llegado el momento de realizar la declaración aún no hemos comprado la nueva casa, pero pretendemos hacerlo, solo tenemos que indicarlo en el formulario de la renta. De hecho, existe una casilla en la que indicamos que nos comprometemos a reinvertir el dinero en los dos años siguientes a la venta. Así podemos mantener la exención hasta que compremos la nueva propiedad.
En la mayoría de los Ayuntamientos el plazo para pagar la plusvalía municipal es de 30 días hábiles, a contar desde la fecha de la compraventa.
Sobre esta página
Para qué sirve esta página: la venta de una casa trae consigo el pago de una serie de gastos e impuestos. En esta página te explicamos cuáles son los tributos y gastos más importantes que se deben tener en cuenta a la hora de vender un piso en el 2021.
Fuente: toda la información mostrada en esta página ha sido obtenida a través de la investigación online de diversas fuentes, entre las que destaca el portal oficial de la Agencia Tributaria (AEAT) en su sección dedicada a la ganancia patrimonial.
Metodología: los datos relativos a los gastos, impuestos y comisiones inmobiliarias se han conseguido mediante la investigación online, así como la consulta de diferentes medios de comunicación especializados y páginas web inmobiliarias.
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