extorno seguro hipoteca

extorno seguro hipoteca

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A
amh2000

Hola, Contraté una hipoteca con seguro de protección de pagos prima única porque era mucho más económico que un seguro de vida. Contraté la hipoteca a 20 años por seguridad, pero la pagaré antes.

¿Cuál es el procedimiento para solicitar el extorno del seguro? Yo iba a contratar un seguro de vida porque iba a acabar de pagar pronto, pero el director de banco me comentó que igualmente era más barato el seguro de protección de pagos y solicitar el extorno posteriormente, pero ahora ya no trabaja allí.

Gracias.

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#1
M
Marta Rabal

Buenas tardes amh2000,

Antes de todo deberías mirar bien las condiciones del seguro de protección de pagos que firmaste con la hipoteca y ver en qué casos pueden hacer una devolución.

Puedes solicitar el extorno del seguro en el banco y si este no te da una respuesta clara puedes poner una reclamación en el departamento de atención al cliente (SAC) de tu entidad. También puedes ponerte en contacto con la compañía aseguradora con la que el banco tiene este seguro contratado y ver qué respuesta te dan.

Un saludo

#2
H
Helper_705508988

Pregunta similar: Me correspondería EXTORNO DE PRIMA NO CONSUMIDA?

Envié este email a mi banco:
"Buenos días.
El 09/11/2012 firmé con el BBVA una póliza de préstamo personal de 27500 euros, la cuál tenía asociada un seguro de protección préstamo nómina por valor de 1162.25 euros.
El 09/08/2013 procedí a la cancelación total de dicho préstamo.
Os adjunto el contrato de la póliza de préstamo personal, que está registrada con el número **** del libro de registro de pólizas, así como el del seguro de protección de préstamo nómina asociado, donde constan todos los datos identificativos del producto.
Debido a la cancelación anticipada del préstamo, tengo derecho al extorno de la prima no consumida, por lo que desearía se realice a la mayor brevedad posible.
Ya de paso, y para evitar más dilaciones, tened en cuenta que solicito el extorno de la prima no consumida DESDE LA FECHA DE LA CANCELACIÓN Y NO DESDE LA FECHA DE HOY, ya que desde la cancelación del préstamo no tiene sentido un producto de protección de pagos de algo que ya ha sido pagado en su totalidad.
Gracias."
Esta fue la respuesta:
"Estimado Cliente:

Informamos que a todos los efectos usted ha estado asegurado, y en caso de haberse producido siniestro, nuestra Entidad, tendría que haber cumplido el contrato de seguro; por lo tanto, no procede la anulación a la fecha de cancelación del préstamo vinculado."

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