Buenas tardes. Quiero cambiar de banco la hipoteca. No me permiten subrogación, tengo que cancelar y contratar una nueva. Tengo claro que tengo que pagar los gastos de cancelación (comisión, notario, gestoría, registro). La duda que tengo es si tengo que asumir los gastos de constitución de la nueva hipoteca en el banco destino o los asume el banco. La tasación si la asumo yo. Gracias por su atención
Hola, Helper_702495467.
Por ley, por la constitución de la hipoteca solo tienes que pagar la tasación, la posible comisión de apertura y tu copia de la escritura notarial. El resto de gastos de constitución de la nueva hipoteca (gestoría, aranceles notariales y registrales e IAJD) los tiene que pagar el banco que te concede esa hipoteca.
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.
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