Sobre Julio Martínez
Especialidad
Pertenece al equipo de Hipotecas

Publicado el 14/02/2019
Hola, koex.
En este caso que me describes, sería el vendedor quien estaría incumpliendo el contrato de arras. Pero todavía queda tiempo hasta el 1 de marzo.
En caso de que el vendedor incumpliera el contrato de arras, tendría que indemnizarte con el doble del montante de la señal.
¡Un saludo!

Publicado el 31/05/2019
Hola, Sonia.
Efectivamente. El gestor o gestora al cual has encomendado el proceso de cancelación debe darte todas las facturas que justifiquen cada uno de los gastos. Recuerda también que tiene que devolverte el dinero restante del fondo si finalmente no fuera necesario gastar la totalidad del fondo de provisiones para cubrir todos los gastos.
¡Un saludo!

Publicado el 28/05/2019
Hola, Sonia.
Tal como nos describes tu caso, sí es posible que haya un exceso respecto al precio que nos has detallado. La suma de la notaría y el registro suele rondar entre los 400-450 euros.
Asimismo, los honorarios de un gestor, tanto si es propuesto por el banco como por ti, no tienen unos costes regulados por ley. Podemos encontrarnos con servicios desde 200 euros hasta algunos de incluso unos 600 euros.
Por otro lado, te preguntamos si tu contrato tiene un comisión por cancelación anticipada que, en función del año del contrato hipotecario, puede ascender hasta el 0,5% del capital pendiente (si cancelas en los cinco primeros años del préstamo) o del 0,25% (en años posteriores).
Para que tengas un mayor detalle de las posibles partidas, compartimos contigo este enlace a nuestra página sobre gastos de cancelación de la hipoteca.
¡Un saludo!

Publicado el 07/03/2019
Hola, Greta Maluff González.
Para cancelar una hipoteca, puedes ceder todos los trámites a un gestor y pagar el precio estipulado o puedes hacerlo tú mismo siguiendo los siguientes pasos y con la documentación pertinente:
- Solicitar el certificado de deuda cero a tu banco, que es totalmente gratuito.
- Llevar este certificado a tu notario y a la vez, pedirle que te prepare la escritura de cancelación de la hipoteca.
- Rellenar el modelo 600 del impuesto de actos jurídicos documentados (IAJD) en Hacienda. El documento te costaría entre 1 y 2 euros.
- Recoger la escritura de cancelación de la hipoteca en la notaría y pagar por ella.
- Llevar toda la escritura de cancelación y el impuesto ante el Registro de la Propiedad. En un plazo de dos semanas, tendrás que pasar de nuevo por el Registro para recoger la documentación prestada y pagar los correspondientes honorarios para levantar las cargas de tu vivienda.
Una vez desgranado el proceso, te comentamos cuáles son los gastos que tendrías que abonar:
- Notaría (depende del capital de tu hipoteca).
- Honorarios del gestor (depende del capital de tu hipoteca).
- Gastos registrales (el precio no está regulado, depende de la agencia elegida por ti o de la propuesta por tu banco).
- Una posible comisión por cancelación si tu contrato la incluye: un 0,5% sobre el capital a amortizar si se hace en los primeros 5 años o un 0,25% en los siguientes años.
Para una información más detallada, te facilitamos el enlace a nuestra página sobre gastos de cancelación de la hipoteca. Esperamos que hayamos aclarado todas tus dudas.
¡Un saludo!

Publicado el 06/03/2019
Hola, Sasukeytemari.
Efectivamente, no hay problema y podrás beneficiarte de la desgravación fiscal. Mucha suerte.
¡Un saludo!

Publicado el 05/03/2019
Hola, Sasukeytemar.
En el proceso de cancelación de la hipoteca, se asumen los aranceles notariales y registrales, los honorarios del gestor y, como en tu caso, una comisión por cancelación.
En siguiente lugar, te comentamos que la provisión de fondos es habitual en estos casos, ya que el objetivo es disponer de dinero para abonar los diferentes gastos de cancelación de la hipoteca. La cifra que nos has detallado es un poco alta, pero ten en cuenta que una vez finalizado el procedimiento, si hay dinero restante te lo reembolsarán y si fue insuficiente, te cobrarán lo que falte. En todo caso, y si el Banco Santander está de acuerdo, puedes cancelar la hipoteca por tu cuenta mediante los procedimientos que encontrarás en el enlace que te facilitamos.
Por último, te certificamos que mantienes el derecho a la desgravación fiscal, incluso en tu caso de refinanciación para cambiar las condiciones originales, porque se trata de un préstamo para primera vivienda firmada en el año 2007. El beneficio fiscal se suprimió para aquellas hipotecas firmadas después del 1 de enero de 2013. Por lo tanto, no tienes por qué preocuparte.
¡Un saludo!

Publicado el 07/02/2019
Hola, Saruky.
Lamentablemente, es muy complicado que un banco acepte una hipoteca si para ello tienes que pedir un préstamo. Es una práctica arriesgada. Además, el Banco de España no recomienda destinar más del 35% de los ingresos al pago de deudas. Si finalmente una entidad te concede una hipoteca, tendrías que afrontar el pago de dos mensualidades, la destinada a la hipoteca y la del préstamo. Por lo tanto, debes valorar que ambos pagos no superen ese porcentaje de ingresos.
¡Un saludo!

Publicado el 22/05/2019
Hola, pacios.
Sobre la cuestión del IRPH, tú puedes negociar con tu banco un cambio a euríbor o incluso un cambio a hipoteca a interés fijo. Todo depende de lo que estimes oportuno. Este cambio se puede hacer mediante una novación de hipoteca, es decir, cambiar el contrato con tu banco; a través de una subrogación de hipoteca con otra entidad bancaria o incluso una apertura de la una nueva hipoteca con otro interés previa cancelación de la vigente. Por si quieres más detalles, compartimos contigo este enlace donde se detalla la eliminación del IRPH.
Por supuesto, todos estos cambios conllevan una serie de gastos que tendrías que asumir. Por lo tanto, calcula qué es lo más te puede favorecer y plantea varias opciones que sean posibles.
Respecto a tu segunda cuestión, varios juzgados españoles declararon nulo el IRPH por su aplicación poco transparente y, por tanto, abusiva. En cambio, el Tribunal Supremo no considera el índice en sí como abusivo. Esta causa se decidirá en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en los próximos meses. Mientras tanto, la situación seguirá igual.
¡Un saludo!

Publicado el 03/06/2019
Hola, Toñi.
Las devoluciones retroactivas por el IRPH están pendientes de resolución en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Es posible que se aplique el mismo criterio que en su momento se hizo con las cláusulas suelo. Hasta el momento hay que esperar.
¡Un saludo!

Publicado el 17/06/2019
Hola, manguiv.
Dado tu caso, te recomendamos que visites nuestro comparador de hipotecas, ya que podrás comparar varios préstamos hipotecarios y ver cuáles son los que más se ajustan a tus peticiones. De esta manera, podrás tener una visión más acotada sobre los productos que te interesan.
¡Un saludo!