Cajamar: Devolución Gastos Hipotecarios. Alguna novedad??

Cajamar: Devolución Gastos Hipotecarios. Alguna novedad??

Cajamar: Devolución Gastos Hipotecarios. Alguna novedad??

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D
Dekana

Buenas noches: Pues básicamente la pregunta es la resumida en el enunciado. Alguna novedad al respecto de Cajamar y su devolución de los gastos hipotecarios??? Llevo toda la tarde buscando por internet sobre sentencias que absuelven y/o condenen sobre este asunto a la caja y no hay nada más allá que de las cláusulas suelo. Mirando aquí en HmC he visto que Asufín ha conseguido que le admitan a trámite 3 macrodemandas "a toda la banca" pero no dan detalles de qué bancos engloban las mismas. Es curioso que lees sentencias de muchos bancos pero de Cajamar no hay nada. Hoy he recibo carta del BdE que admiten a trámite a mi reclamación; ahora toca esperar el informe de éste tras el pronunciamiento de la caja. Espero vuestras respuestas. SalU2!!

12 respuestas
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HelpMyCash
#1

Hola, Dekana.

Lo cierto es que, en general, hay pocas novedades respecto a la reclamación de los gastos hipotecarios, ya que el Tribunal Supremo no ha dictaminado qué gastos debe asumir cada parte y las sentencias de diferentes juzgados provinciales han marcado criterios distintos al respecto. En resumen, la sentencia más que depender de la entidad de la que provengas, dependerá de los gastos que ésta te haya cobrado y, sobre todo, de la provincia donde presentes tu reclamación y del juez que lleve el caso, ya que el criterio no es unánime.

En cuanto al tema de ASUFIN, Cajamar sí que fue una de las entidades que se incluyeron en las macrodemandas admitidas a trámite.

Un saludo.

 

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#2
D
Dekana

citando a Elena Gómez Hola, Dekana. Lo cierto es que, en general, hay pocas novedades
Buenas noches Elena!! Agradezco que hayas respondido a mi pregunta. Es cierto que por lo que he podido leer sobre sentencias, los criterios que han tenido en cuenta los jueces han sido dispares en una misma cuestión en Oviedo que en Ceuta, por poner un ejemplo...Lo que no entiendo es por qué depende de la provincia, si del juez que te toque, indudablemente claro... En mi caso los gastos son todos menos IAJD (el que más temen las entidades porque es el % mayor del total a devolver) y tasación. En cuanto a las macrodemandas de Asufin, me alegra saber que Cajamar está dentro de ellas y que esté admitida a trámite. Como dije en la anterior publicación, estoy a la espera de que la entidad me haga llegar las alegaciones que va a mandar al BdE en respuesta a lo enviado por mí. Después de aquí, lo sabido por tod@s, a esperar el informe del BdE que, aunque no es vinculante, por lo que he leído puede servir de cara a un futuro juicio. En todo este compás de espera, a ver si se celebran los juicios de esas macrodemandas (¿se sabe si es cuestión de meses, años?) y de ser condenada la entidad, pues ya tenemos lo que queríamos (la entidad, en su negativa a la devolución alega, entre otros motivos, que no hay ninguna sentencia que los obliguen a ello). SalU2!!!

HelpMyCash
#3

Hola, Dekana.

Las sentencias pueden tardar meses en salir y más ahora cuando los juzgados están saturados por este tipo de cuestiones, así que no te podemos indicar cuánto tardará en salir una resolución sobre la macrodemanda de ASUFIN.

Te comentábamos que dependía de las provincias porque, en algunas de ellas (no en todas), las audiencias provinciales ya se han posicionado y, si lo han hecho, marcan jurisprudencia sobre los juzgados inferiores de esa misma provincia. Por eso, si saliera una sentencia del Supremo dictaminando qué gastos tiene que pagar cada parte, al ser el juzgado de máximo rango en el país, se unificaría el criterio a nivel estatal, pero de momento no es así.

De todos modos, si quieres seguir adelante con la demanda, te recomendamos que consultes con un abogado especializado para que estudie detenidamente tu caso.

Un saludo.

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#4
D
Dekana

citando a Elena Gómez Hola, Dekana. Las sentencias pueden tardar meses en salir y más ahora cuando los juzgados están saturados por este tipo de cuestiones, así...
Buenas tardes Elena!! Pues mejor que la sentencia tarde meses que años...jejejejej... Ya sé que los juzgados están saturados... Dices que si saliera una sentencia del Supremo, ¿es qué no vale la sentencia del propio TS que dice qué la cláúsula que obliga al prestatario a pagar todos los gastos hipotecarios es abusiva? ¿Es por qué en ella no se aclara qué gastos paga cada parte? Leí una sentencia de una juez de Ceuta que condena al banco a reintegrar los gastos hipotecarios y que a mi "juicio" no tiene desperdicio por la nitidez con la que aclara el por qué de ello. Dice así: "La magistrada considera que en el caso de marras `la cláusula cuya nulidad se insta ha de ser declarada nula, se considera desproporcionada y por ende abusiva la repercusión al comprador de todos los gastos notariales y registrales de constitución de la hipoteca, puesto que no puede perderse de vista que la garantía se adopta en beneficio del prestamista. Se ocasiona en definitiva un desequilibrio importante entre los derechos y obligaciones de ambas partes contratantes, siendo la consecuencia de la declaración de nulidad la expulsión de la referida cláusula del contrato´, reconoce. El banco es condenado a soportar el pago de los gastos que se derivan de la constitución de la hipoteca como notaría o derechos del registro, entre otros. `No cabe duda´, reconoce ya el Supremo en su sentencia que sirve de referente, que `estos gastos han de ser abonados por el prestamista, dado que quien tiene el interés principal en la documentación e inscripción de la escritura de préstamo con garantía hipotecaria es, sin duda, él, pues así obtiene un título ejecutivo, constituye la garantía real y adquiere la posibilidad de ejecución especial´. Respecto a lo de las provincias, me interesa lo que cuentas. He visto justamente ayer una noticia de este mes en un periódico local de mi ciudad que un juzgado de 1ª instancia de aquí ha ejercido una nueva respuesta contraria a los intereses bancarios al detectar una clausula abusiva en un préstamo hipotecario contraído por una mujer. En esta ocasión, la entidad bancaria ha sido Unicaja, quién ha sido condenada a pagar más de 4.000 euros por estas prácticas abusivas. La sentencia conseguida por sus abogados y notificada recientemente, ha conseguido cambiar el criterio de ese Juzgado que hasta la fecha sólo daba el 50% de algunos conceptos, esta sentencia condena al banco a pagar el 100% de los gastos pagados por los clientes. Se trata de la primera sentencia en reclamaciones de gastos que da el 100% de los gastos hipotecarios (factura de notario, factura del registro de la propiedad, factura de la gestoría y el impuesto de acto jurídico documentado). Según recoge la sentencia, a la que ha tenido acceso el diario "debo estimar y estimo parcialmente la demanda formulada (...) y, en consecuencia, por las razones expresadas en la precedente Fundamentación Jurídica, declarando -con relación al préstamo objeto de litigio- abusivas y por tanto nulas, teniéndolas pues por no puestas, las Cláusulas contractuales referidas". De este modo, en la sentencia contra Unicaja se señala que "debo condenar y condeno a Unicaja Banco S.A.U a estar y pasar por precedente así como a abonar a los demandantes la cantidad de 4.099, 82 céntimos más los intereses legales devengados por la mista desde la fecha de formulación de la demanda, sin efectuar expresa imposición a ninguna de las partes litigantes de las costas procesales devengadas en la primera instancia de este procedimiento". Según ha asegurado el bufete al diario la jurisprudencia es muy reciente y por ello se ha conseguido cambiar desde este bufete el dictamen que venían aportando hasta el momento los jueces en la provincia. El Tribunal Supremo ya se había postulado en este sentido previamente. Mi pregunta es, ¿esto crearía jurisprudencia en mi caso no siendo mi banco pero si mi localidad? Respecto a mi reclamación y tal y como te comenté ayer, no voy a interponer demanda hasta no obtener el informe del BdE, a ver si entre estos meses de espera, se produce la ansiada sentencia de Asufin. PD: Perdón por el tocho escrito pero consideré de interés los casos expuestos. SalU2!!

HelpMyCash
#5

Hola, Dekana.

No somos expertos legales, de ahí la invitación a consultar con un abogado, pero intentaremos resolver tus dudas.

Respecto a la sentencia del Supremo, no es que no valga aquella en la que declaró que los gastos de constitución son nulos si se cobraron todos al usuario, sino que al no determinar quién ha de asumir qué, ha abierto la puerta a muchas interpretaciones por parte de los diferentes juzgados y, por otra parte, ha hecho que algunos bancos estén asumiendo los gastos más baratos (sobre todo los de registro) y así, técnicamente, ya se están repartiendo aunque el reparto sea desproporcionado económicamente hablando.

En cuanto a tu pregunta sobre si esa sentencia crearía jurisprudencia, entendemos que no, puesto que los juzgados de primera instancia son, por decirlo de alguna manera, los más bajos del escalafón judicial que tratan estos casos. Es decir, cuando se crea jurisprudencia es cuando el Tribunal Supremo dicta dos sentencias sobre un mismo hecho. En cualquier caso, no importa tanto el banco del que seas, sino los gastos que te haya cobrado y las sentencias al respecto que hayan salido en tu zona (y si hay o no sentencia de la Audiencia Provincial, cuyo pronunciamiento puede influir en las decisiones de los jueces de primera instancia de la zona).

Un saludo.

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#6
J
Javier mape

Hola buenos días. Tengo una hipoteca actualmente con Banco Sabadell, pero los gastos hipotecarios los tuve en el 2005 con la antigua Caixa Penedés. Mi pregunta es si , en un hipotético supuesto que yo reclamara los gastos. ¿Debería ser Banco Sabadell el responsable subsidiario de Caixa Penedés? y ¿Cuánto tiempo tenemos para que esto no prescriba?

HelpMyCash
#7

citando a Javier mape Hola buenos días. Tengo una hipoteca actualmente con Banco Sabadell, pero los gastos hipotecarios los tuve en el 2005 con la antigua Caixa Penedés....
Hola, Javier mape.

En este caso, como la entidad con la que contrataste la hipoteca ha desaparecido y ha sido absorbida por el Sabadell, este banco asume la responsabilidad subsidaria, como bien indicas. Así pues, en caso de que quieras reclamar por los gastos de constitución de tu hipoteca deberás hacerlo ante el Sabadell.

Respecto al plazo hay varias corrientes jurídicas, puesto que el Tribunal Supremo no ha establecido jurisprudencia al respecto. Por una parte hay sentencias que consideran que solo se pueden reclamar los gastos de aquellas hipotecas constituídas cuatro años antes y cuatro después de la sentencia del Supremo que declaró abusivos estos gastos cuando no se habían repartido entre el hipotecado y el banco. Como dicha sentencia es de 2015, solo podrían reclamar los hipotecados entre 2011 y 2019. Otra corriente señala que, como la cláusula es abusiva es nula y, por lo tanto, se puede reclamar siempre, independientemente de cuándo se haya contratado la hipoteca.

Un saludo.

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#8
J
Javier mape
muchas gracias
#9
J
Javier mape

Hola. Después de lo que me has comentado, me estoy planteando de reclamar de nuevo a Banco Sabadell los gasto de constitución de mi hipoteca. Digo de nuevo, por que ya lo hice en su día y con una respuesta nada reconciliadora. ¿Crees que tendría que ir directamente a un profesional y ahorrarme la reclamación al servicio de atención al cliente, por segunda vez?

HelpMyCash
#10

citando a Javier mape Hola. Después de lo que me has comentado, me estoy planteando de reclamar de nuevo a Banco Sabadell los gasto de constitución de mi hipoteca. Digo...
Hola, Javier mape.

Desconocemos qué respuesta te dio en su día el Sabadell, pero si en su momento fue negativa, es probable que no consigas otra diferente ahora, aunque puedes intentarlo. Otra opción que tienes es elevar tu queja al Banco de España, a través del Servicio de Reclamaciones del organismo. Su dictamen no es vinculante pero, en caso de ir a juicio, sí será tenido en cuenta, por lo que te puede servir como referencia para valorar si llevar tu caso a la vía judicial.

El último paso, como bien señalas, sería acudir a un profesional para que estudie tu caso y valore la viabilidad de éxito ya que, como te comentamos, hay varias sentencias al respecto y no todas son favorables al consumidor.

Un saludo.

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#11
M
Marga

Buenos días, acabo de terinar de pagar mi hipoteca que solicité en cajamar en el año 2000. Hoy hablando con una amiga me comentaba que si solicité la devolución de los gastos de formalización, la cláusula suelo y el IRPF. ¿Es correcto? ¿puedo solicitar la devolución de esos gastos?¿que tendría que hacer?

HelpMyCash
#12

Hola, Marga. 

Sí podrías reclamar por varios de estos gastos. Si te parece bien, iremos por partes: 

  • Podrías reclamar lo que hayas pagado por la cláusula suelo si tu hipoteca incluía una y el banco te la puso con falta de transparencia. En nuestra página sobre la cláusula suelo te explicamos cómo saber si tu hipoteca la tenía, cómo saber si puedes reclamar la devolución de este dinero y qué debes hacer para interponer la reclamación. 

  • También podrías reclamar los gastos de formalización de la hipoteca si el banco te obligó a pagar gastos que no te correspondían. En nuestra página sobre la devolución de los gastos hipotecarios te explicamos qué gastos no debías pagar y cómo reclamar la devolución de ese dinero. 

  • Sobre lo último, entendemos que te refieres al índice IRPH (por la hipoteca no se paga IRPF). Si el interés de tu hipoteca estaba ligada al IRPH, lamentablemente no podrás reclamar, ya que el Supremo considera válido su uso. 

Esperamos haberte ayudado. 

Un saludo. 

 

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