El Supremo se pronunciará el 21 de octubre sobre el IRPH y los pactos de no reclamación
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Miquel Riera
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- 16 de octubre 2020
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- Hipotecas, IRPH, Suelo

Tras anular el pleno del pasado 30 de septiembre por la cuarentena del presidente de la sala que tenía que tratar el asunto, el Tribunal Supremo (TS) ha definido una nueva fecha para pronunciarse sobre la posible abusividad del IRPH hipotecario: el próximo miércoles 21 de octubre de 2020. La más alta instancia judicial de nuestro país, además, también tiene previsto emitir un fallo ese día sobre la validez de los pactos de no reclamación que muchos bancos firmaron con sus clientes a cambio de retirarles cláusulas abusivas como el suelo.
Interpretación del fallo de la justicia europea
Como ya explicamos en su momento, el Supremo tiene previsto aclarar cuál es el alcance de la postura del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre el IRPH. En marzo de 2020, este organismo sentenció que este índice debe pasar un control de transparencia y que, en caso de no hacerlo, puede ser declarado nulo por abusivo.
Los jueces españoles, sin embargo, no han interpretado este fallo de la misma manera. Diversos juzgados y audiencias provinciales lo consideran abusivo si el banco no dio la suficiente información, mientras que otros creen que es válido si no se generó un desequilibrio ni un perjuicio al hipotecado.
El Supremo, por lo tanto, tendrá que decidir el 21 de octubre cuál de estas interpretaciones es la válida. En concreto, establecerá cuál es el criterio que tienen que seguir los magistrados para poder eliminar el IRPH de un contrato hipotecario y, en tal caso, cuánto dinero podría recuperar el afectado.
¿Cómo afectará a los hipotecados con IRPH?
Como es lógico, los afectados por el IRPH esperan una sentencia favorable que les permita recuperar todo lo pagado de más por este índice, cuya cotización siempre ha sido más alta que la del euríbor. Veamos cuáles son los escenarios que se pueden dar:
- Si el fallo favorece a los afectados, estos podrán reclamar que se les elimine esta referencia de sus contratos y podrán recuperar el dinero cobrado indebidamente por su aplicación.
- Si la sentencia favorece a la banca, el número de afectados que podrán reclamar por falta de transparencia será mucho mayor, así que el impacto sobre sus cuentas será mucho más suave. De todos modos, los hipotecados con IRPH podrían deshacerse de él mediante una refinanciación.
Mientras esperamos a que llegue el miércoles, podemos utilizar el simulador gratuito de HelpMyCash.com para saber cuánto podríamos recuperar si el Supremo se posiciona a favor de los consumidores:
Los pactos de no reclamación, también a juicio
Al mismo tiempo, nuestro alto tribunal tratará otro asunto relevante para muchos consumidores: en qué casos pueden anularse los pactos de no reclamación firmados entre bancos y clientes a cambio de eliminar o modificar cláusulas potencialmente abusivas como el propio IRPH o el suelo hipotecario.
El TJUE también sentenció que estos acuerdos son abusivos si se suscribieron sin transparencia, es decir, si el cliente no conocía las consecuencias de suscribirlos y no se le informó sobre la posible abusividad de la cláusula modificada o suprimida. Estableció, además, que si se firmó el pacto para sustituir un suelo por otro más bajo, ese segundo interés mínimo también puede anularse si se incluyó sin transparencia.
Se espera que el Supremo aclare en qué casos se puede considerar que se dieron estas circunstancias. Como en el caso anterior, si el fallo favorece a los afectados, muchos clientes podrán reclamar la invalidez de sus acuerdos y podrán recuperar lo que pagaron indebidamente por la aplicación de la cláusula abusiva modificada.
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