Muchas compraventas de viviendas se están cayendo tras la firma de las arras. Así lo señaló ayer Juan Fernández-Aceytuno, consejero delegado de la Sociedad de Tasación. Y es que, tras las subidas de tipos de interés y el repunte meteórico del euríbor  —cuya cotización media en enero es de 3,326%—, los costes de las hipotecas se dispararon y los requisitos de los bancos se endurecieron. De la misma manera, se dificulta el acceso a los préstamos. Ante tal panorama, ¿qué puedes hacer si se cae la compraventa en esta instancia? A priori, puedes retener el dinero entregado como señal, pero debes tener en cuenta algunas cuestiones.

Retención de la señal si se cae la compraventa

La inmensa mayoría de los contratos de arras de vivienda son penitenciales, figura que se recoge en el Código Civil y que establece una serie de penalizaciones en caso de que la compraventa no se lleve a cabo luego de haber firmado las arras:

  • Si la venta se cae por responsabilidad del vendedor, este debe devolver al comprador las arras por duplicado.
  • Si la venta se cae por una causa adjudicable al comprador, el vendedor puede retener el dinero que se ha entregado como señal.

Ahora bien, cuando la compraventa no se lleva a cabo porque al comprador no le han concedido la hipoteca, la situación puede ser diferente. ¿Por qué? Porque las arras son, en definitiva, un contrato privado y las partes podrían incluir en dicho documento una excepción de este tipo: «la señal será devuelta al comprador en caso de que las entidades financieras no le concedan la hipoteca». 

En Cataluña, por ejemplo, existe una legislación específica para estas casuísticas. Así mismo, establece que si al comprador le deniegan la financiación, el vendedor debe devolver el dinero entregado como señal, salvo que en las arras se pacte lo contrario. 

¿Cómo proceder entonces si se cae la compraventa? El primer paso es revisar el contrato que se ha firmado y el segundo es contactar con el agente inmobiliario que esté llevando a cabo la compraventa para pedirle asesoramiento. 

Ojo con la comisión inmobiliaria

He aquí otra dificultad que suele generar controversias. Y es que muchas inmobiliarias cobran la totalidad o una parte de sus honorarios con el dinero que se recibe en las arras. ¿Por qué? Porque consideran que han cumplido con su trabajo de encontrar un comprador para la vivienda. 

Te aconsejamos tener en cuenta este punto porque, en caso de retener la señal del comprador, es probable que parte de ese dinero lo utilice la agencia para cancelar sus honorarios. Por el contrario, si las arras se devuelven a quien iba a adquirir la vivienda, tendrás que sacar dinero de tu bolsillo para pagar los honorarios.

¿Cómo evitar que esto ocurra? Leyendo con atención el encargo de venta o contrato de intermediación inmobiliaria que firmas con la agencia. Procura incluir en dicho contrato una cláusula que diga que no tendrás que pagar honorarios en caso de que el comprador no encuentre financiación.