El 23 de junio se sabrá hasta cuándo se pueden reclamar los gastos de hipoteca
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Miquel Riera
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- 15 de junio 2021
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- Gastos hipoteca, Hipotecas

El Tribunal Supremo ha dejado claro, tras emitir varias sentencias, que se pueden reclamar varios gastos de hipoteca si la contratamos antes de junio de 2019: el registro, la gestoría, parte de la notaría… Sin embargo, aún no se sabe cuál es el plazo para exigir la devolución de esas costas, lo que ha generado una gran incertidumbre tanto para la banca como para los afectados. Afortunadamente, nuestro alto tribunal decidirá, el próximo 23 de junio, hasta cuándo se puede interponer una reclamación para recuperar ese dinero.
¿Qué plazos de reclamación barajará el Supremo?
La decisión no es sencilla, pues la ley española es algo ambigua. Si nos basamos en el Código Civil, el plazo para reclamar por los gastos de hipoteca debería ser de cinco años “desde que pueda exigirse el cumplimiento de la obligación”, pero como el Supremo ha emitido varias sentencias sobre esta materia, no se sabe cuándo tiene que empezar a contar ese plazo.
Lo más probable es que el Tribunal Supremo tenga que decantarse por una de las siguientes opciones:
- Un plazo de cinco años a contar desde su primera sentencia sobre las costas hipotecarias abusivas, es decir, desde el 23 de diciembre de 2015. En este caso, el plazo ya estaría prescrito, así que ya no se podría reclamar (es la interpretación que defienden la banca y el Ministerio de Consumo).
- Un plazo de cinco años a contar desde la sentencia en la que se estableció por primera vez el reparto de estos gastos, es decir, desde el 24 de enero de 2019. En este caso, se podría reclamar hasta enero de 2024.
- Un plazo de cinco años a contar desde la última sentencia sobre esta materia, que se emitió el 28 de enero de 2021 (la que estableció que la tasación debía pagarla el banco). En este caso, podríamos exigir la devolución del dinero hasta el 28 de enero de 2026.
- Hay, además, una corriente jurídica que defiende que el plazo para reclamar por una cláusula abusiva nunca prescribe. Esta opción sería la más beneficiosa para los afectados.
Cabe destacar, además, que el Supremo deberá basarse en el criterio del Tribunal de Justicia de la Unión Europea para determinar hasta cuándo se puede recuperar el dinero. Según este organismo, el plazo para reclamar no debe hacer “imposible en la práctica o excesivamente difícil el ejercicio del derecho del consumidor a solicitar tal restitución” y que, en cualquier caso, no puede empezar a correr desde el momento de la celebración del contrato.
¿Qué gastos de hipoteca se pueden reclamar?
Para los afectados, lo ideal sería que ese plazo empezara a contar a partir del 24 de enero de 2019 o en fechas posteriores. Así, dicho período aún no habría prescrito y podrían recuperar gran parte de lo pagado por las costas hipotecarias. Ahora bien, ¿cuáles tendría que devolver el banco? Lo vemos a continuación:
- Todo lo que se haya pagado al Registro de la propiedad.
- La totalidad de lo abonado a la gestoría.
- El 100% de lo pagado a la tasadora.
- La mitad de los costes notariales.
Este es el criterio que marca el Tribunal Supremo para las hipotecas firmadas antes del 16 de junio de 2019 (para las contratadas después, el cliente solo debe pagar la tasación por ley). Si queremos saber cuándo dinero recuperaríamos en nuestro caso concreto, podemos usar la siguiente calculadora gratuita:
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