Qué tener en cuenta si aportas una doble garantía para conseguir una hipoteca sin ahorros
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Qué tener en cuenta si aportas una doble garantía para conseguir una hipoteca sin ahorros

Ley de Vivienda

Muchos jóvenes se enteran, por las malas, que conseguir una hipoteca sin ahorros es muy complicado: en general, los bancos exigen aportar un 20% de la compra y un 10% adicional para pagar los gastos de formalización de las escrituras. Hay algunos, sin embargo, que nos cubrirán toda la adquisición si aportamos una segunda vivienda como garantía adicional, como la de nuestros padres o abuelos. Veamos qué hay que tener en cuenta en estos casos para que no haya sorpresas antes y después de contratar el préstamo.

1. Acude a varios bancos, porque no todos te darán una hipoteca sin ahorros

Lo primero que debemos tener claro es que no todos los bancos aceptan incluir una segunda garantía para financiar más del 80% de la compra de la vivienda. Y los que lo hacen suelen cubrir el precio de la vivienda, pero no los gastos asociados a la formalización. Por ello, es aconsejable acudir a varias entidades, preguntar cuánto dinero nos prestarían y quedarnos con el que nos parezca más adecuado.

Una buena opción, por ejemplo, puede ser la Hipoteca VIVE Joven de Hipotecas.com (desde euríbor más 1,39%). Con este producto, exclusivo para clientes de hasta 35 años, podremos financiar hasta el 100% de la compra de nuestra futura vivienda si aportamos otro inmueble libre de cargas como garantía. Los gastos de compraventa, sin embargo, tendremos que pagarlos con nuestros ahorros (sobre un 10% del precio de la vivienda).

Si no tienes ningún dinero ahorrado, puedes negociar para que te den una hipoteca al 100% más gastos con esa garantía extra, aunque pocos bancos te la darán.

2. Exige que la segunda garantía se extinga al pagar parte de la deuda

En segundo lugar, debemos saber que esa segunda garantía está limitada: en la escritura debe incluirse qué porcentaje del capital se garantiza con el inmueble adicional. Ahora bien, aunque paguemos ese porcentaje, no tendremos derecho a eliminar la carga sobre esa vivienda extra, lo que impedirá que el propietario pueda venderla o rehipotecarla.

Por ello, es más que recomendable exigir al banco que incluya una cláusula que nos permita liberar esa segunda garantía cuando hayamos saldado una parte de la deuda. De este modo, el propietario podrá cancelar la carga sobre su vivienda y quedará libre de responsabilidades.

Pongamos, por ejemplo, que un banco nos financia un 80% de la compra de nuestra nueva vivienda y que se ofrece a cubrirnos hasta el 100% si aportamos una segunda garantía. En ese caso, debe quedar reflejado en la escritura que se libere la propiedad extra en cuanto quede pagado el 20% del capital del préstamo.

3. Asegúrate de poder pagar esa hipoteca sin entrada

Finalmente, como aportaremos pocos ahorros para la compra, el crédito que contratemos tendrá un importe más alto. En consecuencia, sus cuotas serán más altas, así que debemos asegurarnos de poder pagarlas. Lo ideal, en estos casos, es que el coste de las mensualidades no represente más del 35% de nuestros ingresos mensuales netos.

Por ejemplo, imaginemos que pedimos una hipoteca con pocos ahorros que tiene unas cuotas de 600 euros al mes. Para que su pago no nos genere problemas de sobrendeudamiento, deberíamos cobrar un mínimo de 1.714,29 euros mensuales netos entre todos los titulares.

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Categoría(s) del artículo:  Hipoteca 100%Hipotecas

Autor: Miquel Riera

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Comentarios

  • José L.

    Hola Miquel, ¿esa cláusula que nos permita liberar la 2ª garantía cuando hayamos saldado parte de la deuda solo es válida si se recoge en la Escritura Pública? Estoy negociando con una entidad bancaria este tipo de hipoteca y me indican que esta circunstancia no iría en la Escritura, sino en un documento interno aparte que me pasarían (que no es la oferta vinculante o FEIN). En la escritura solo iría que el 85% de la garantía es de una vivienda y el 15% de la otra, pero nada más

    Responder
    • Miquel Riera

      Hola, José L.

      Entendemos que también podría tener validez en un contrato privado, aunque os será más fácil ejecutarla si aparece en la escritura. Nuestro consejo es que habléis con el notario (su asesoramiento es gratis) para que os explique las consecuencias de incluir esa cláusula fuera de la escritura.

      Un saludo.

      Responder

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