¿Pagas más en tu factura? Tal vez te han cambiado el contrato de luz sin avisar

problemas con el contrato de luz

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia está revisando la actividad de las compañías eléctricas. Y es que, las oscilaciones en los precios de las facturas no parece tener demasiado sentido. Así, tras un exhaustivo control de la situación, la CNMC ha llegado a la conclusión de que las comercializadoras podrían haber estado cambiando los contratos de luz de sus clientes sin avisarles.

El contrato de luz que tu compañía no respeta

Para evitar las oscilaciones del mercado eléctrico, los consumidores podemos optar por la tarifa de precio fijo. Esta modalidad congela el coste del kWh durante todo un año en el momento de hacer el contrato. De esta forma, nos aseguraremos de que mes a mes pagaremos siempre lo mismo por el kWh, preocupándonos únicamente de no consumir de más.

No obstante, desde la CNMC han detectado ciertas irregularidades. En concreto, señalan que muchas compañías no han respetado los precios acordados con sus clientes en el momento de la firma. Es más, el regulador indica que en muchos casos se han modificado los acuerdos sin previo aviso antes de que finalice el contrato de luz. De esta forma, habrían alterado el mercado y, como no, perjudicado a los consumidores.

Y es que no hablamos de subidas pequeñas. Tal y como se ha podido saber, las eléctricas han trampeado de tres formas:

  • Encareciendo entre un 20% y un 30% los precios de su contrato.
  • Modificado el sistema de tarificación, pasando a aplicar el precio referenciado horariamente en el mercado mayorista.
  • Cambiando los precios en la primera factura respecto a lo que se negoció en la firma del contrato de luz.

¿Puede cambiarnos nuestra compañía el contrato?

Si tenemos en cuenta que el 70% de los contratos de luz que existen son de precio fijo, el problema es importante. Por que, ¿hasta qué punto la comercializadora puede modificarnos el contrato? Aunque las compañías añaden una cláusula en la que se nos avisa de que nuestro contrato puede sufrir actualizaciones, tales como una subida de precios, éstas no deberían hacerse hasta finalizar el contrato. Es más, solo se nos pueden aplicar las variaciones en elementos técnicos (como los peajes) o de política energética. Es decir, reajustes que no superan los 10 céntimos de euro en la factura eléctrica.

De igual forma, cualquier condición negociada se debe mantener. Por lo tanto, no nos pueden cambiar de una tarifa con un solo precio a una con discriminación horaria sin nuestro consentimiento. En cualquier caso, el mínimo cambio que quisiera efectuar, solo lo podría hacer si nos avisara con tiempo, de modo que pudiéramos decidir si queremos seguir con ellos o nos cambiamos a otra eléctrica.

Por este motivo, desde la CNMC aprovechan la ocasión para recordar que si tenemos un contrato de luz con precio fijo, se debe respetar lo pactado durante toda la duración del acuerdo (un año). Es decir, si existe una variación en los precios de la producción eléctrica (algo muy habitual) no se nos debería repercutir en nuestros recibos. Y es que este parece que este ha sido un problema bastante común durante el 2018. Tanto es así que el coste medio mayorista de la electricidad pasó de 52,2 euros/MWh a 58,2 euros/MWh.

Autor: Teresa Belaire


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