El contrato de arras es un documento que firmamos cuando encontramos a un comprador interesado por nuestro piso. En él, ambas partes nos comprometemos a formalizar la compraventa en un plazo determinado. Además, el comprador nos entrega una señal a modo de reserva para garantizarnos su interés por comprar el piso. Pero ¿qué pasa si se vence el contrato de arras y el comprador no se presenta? ¿Podemos publicar nuevamente nuestra casa en los portales inmobiliarios? ¡Aquí respondemos a todas estas inquietudes!
Las consecuencias dependen del tipo de contrato
Lo primero que debemos saber es que existen tres tipos de contratos de arras: los confirmatorios, los penales y los penitenciales. La principal diferencia entre ellos radica en las consecuencias que tiene para el comprador el vencimiento del contrato. Así, tanto en las arras confirmatorias como en las penales, si vence el contrato, podremos presentarnos en el juzgado para exigir al comprador que finalice la compraventa. En el caso de las arras penitenciales, que son las más comunes a la hora de vender un piso, podremos retener el dinero de la señal a modo de indemnización. Sin embargo, para llegar a este punto, se debe seguir un procedimiento.
Cómo proceder si vencen las arras y el comprador no se presenta
Si el comprador no se presenta en la notaría para firmar la escritura de compraventa en el día y la fecha indicados en el contrato de arras, deberemos seguir una serie de pasos:
En primer lugar, tendremos que notificar al comprador por escrito, citándolo nuevamente en la notaría para la firma de la escritura de compraventa.
Si este continúa sin presentarse, podemos pedirle al notario que eleve un documento mediante el cual obliga al comprador a acudir a la firma de la escritura. Esto se conoce como acta de comparecencia. Asimismo, conviene volver a citar por escrito al comprador en la notaría en una fecha y hora determinadas.
Si después de seguir todos estos procedimientos el comprador continúa sin presentarse, entonces podremos: acudir al juzgado para exigir el cumplimiento del compromiso de compraventa, si las arras que firmamos son penales o confirmatorias; retener la señal entregada por el comprador en caso de que sean arras penitenciales. Hecho esto, estaremos en condiciones de volver a publicar nuestro piso para encontrar un nuevo comprador.
¡Consejo! La negociación siempre es la mejor opción
A pesar de que existe este procedimiento que nos indica qué pasa si vence el contrato de arras, la mejor opción siempre es negociar con el comprador. Si es él quien no está dispuesto a continuar con la operación, podemos pedirle que firme un documento de rescisión, donde manifieste que no se encuentra interesado en la compra de la vivienda y que, por tanto, desiste.
Una vez hecho esto, estaremos en condiciones de retener la señal en caso de arras penitenciales y, además, podremos poner nuestro piso a la venta nuevamente.
¡Muy importante! El procedimiento aquí descrito aplica a aquellos casos donde es el comprador quien desiste de la compraventa. No obstante, si el contrato de arras se vence, pero ambas partes continúan con su voluntad de finalizar la operación, bastará con añadir un anexo al contrato donde se especifica una nueva fecha para firmar la escritura.
¿Tienes más dudas sobre el contrato de arras? ¡Consúltalo con nuestros expertos!
Más sobre Contrato de arras
Autor: Paula Eseiza
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Miguel
Buenos días
Desde la inmobiliario nos insisten en firmar el contrato de arras de un piso que queremos vender porque ha salido un comprador, pero en la nota simple del registro de la propiedad, está mi madre (ya fallecida) con el 50% del usufructo. Lo hemos reclamado al notario que en su día nos arregló todo el tema cuando falleció mi madre
Que consecuencias tendríamos si una vez se cumple el contrato de arras, todavía no se ha arreglado esto?
Iñigo Esteban
Hola Miguel,
Si aún no habéis solucionado legalmente el usufructo y la propiedad del inmueble, antes de firmar un contrato de arras y venderlo deberíais solventarlo para evitar posibles problemas jurídicos. De todas formas, HelpMyCash.com es un comparador de productos financieros y no somos especialistas en temas jurídicos. Por lo tanto, quien mejor te podría ayudar en este sentido es un asesor jurídico o abogado.
Saludos.