Venta de vivienda habitual previamente alquilada

Venta de vivienda habitual previamente alquilada

Venta de vivienda habitual previamente alquilada

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D
dani

El año pasado alquile la que era mi vivienda habitual, (un piso en la ciudad) porque iba a comprarme una casa en el campo para rehabilitar.

Me mude a otro piso de alquiler cerca de la zona, en el pueblo, para ir metiendo a los niños en el cole. Mientras gestionaba la compra de la casa y comenzaban las reformas.

La casa la compre pero esta inhabitable. Pensaba financiar la obra con el alquiler de la anterior

Con la inflaccion y subida de tipos, he pensado que mejor me conviene veder el piso para no tener que pedir tanto dinero al banco.

Mi pregunta es: 

Llevando el piso alquilado ya 1 año y 4 meses, estoy a tiempo de venderlo y quedar exento de pagar el irpf por la venta, si el dinero lo uso para la reforma de la nueva vivienda?(la casa del pueblo)

Todavia no he hecho la declaracion de la renta y mi domicilio fiscal sigue siendo el del piso, pero el alquiler ha sido comunicado y la fianza depositada de manera regular.

 

Gracias

 

1 respuesta
Respuestas
HelpMyCash
#1

Hola, Dani:

Gracias por compartir tu consulta. La verdad es que existen algunas contradicciones en cuanto al caso que describes, te cuento por qué. Según la Agencia Tributaria, la vivienda que vendes tiene que ser la habitual en el momento de la venta, o bien, puede haber sido tu residencia habitual en algún momento de los últimos dos años anteriores a la venta. Desde este punto de vista, entiendo que podrías acogerte a la exención, ya que la propiedad ha sido tu vivienda habitual en algún momento de los últimos dos años.

Sin embargo, cuando otros usuarios han ido a la Agencia Tributaria con esta misma consulta, en ocasiones les informan que desde el momento en que se alquila, pierde su carácter de habitual. Nosotros no somos expertos fiscales, solo podemos orientarte, pero en este punto en particular no hemos logrado aclararnos, incluso habiendo remitido las consultas a la Agencia Tributaria. 

Dicho esto, mi consejo es que hagas una consulta con un experto en derecho tributario, o bien, que pidas cita en Hacienda para consultarlo.

¡Espero que puedas resolverlo! Y si quieres, cuéntanos cómo ha ido.

Saludos,

Paula

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