Estas son las medidas acordadas entre banca y Gobierno para ayudar a los hipotecados a tipo variable
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Estas son las medidas acordadas entre banca y Gobierno para ayudar a los hipotecados a tipo variable

Ayudas para combatir la subida del euríbor

¿Tienes una hipoteca variable y crees que no podrás pagar tus cuotas por la subida del euríbor? Tenemos una buena noticia para ti: el Gobierno de España y las patronales bancarias han acordado una serie de medidas para ayudar a los deudores que se encuentran en una situación como la tuya. Estas irán dirigidas tanto a personas en situación de vulnerabilidad económica como a hipotecados “de clase media” que tengan problemas puntuales para hacer frente a sus mensualidades.

¿Y cuáles son estas medidas? Según el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, consistirán en carencias, rebajas del tipo de interés y prolongamientos del plazo. En este artículo te las explicamos todas con detalle y te contamos, también, cómo quedará tu hipoteca variable si te acoges a las ayudas.

¡Atención! Podrás acogerte a estas ayudas a partir del 24 de noviembre de 2022 si tu banco se adhiere a las medidas del Gobierno. De momento, CaixaBank ya ha dicho que lo estará, Banco Santander ha expresado dudas y BBVA no ha querido pronunciarse. En principio, todas las entidades tendrán que tomar su decisión antes del 1 de enero de 2023. Si ya tienes problemas para hacer frente a tus cuotas, te aconsejamos acudir cuanto antes a tu banco para acordar posibles soluciones.

Ayudas para hipotecados en situación vulnerable

Empecemos por las ayudas que los bancos ofrecerán a los deudores vulnerables. Por “vulnerable” se entiende una familia que cumple estos requisitos:

  • Tiene una hipoteca contratada sobre su vivienda habitual, cuyo precio al comprarla no superaba los 300.000 euros.
  • Cobra unos ingresos inferiores a los 25.200 euros brutos al año, que es el equivalente a tres veces el IPREM de 2023.
  • Dedica más del 50% de sus ingresos a pagar las cuotas de su préstamo hipotecario.
  • Su carga hipotecaria, que es el porcentaje de ingresos dedicado a pagar su hipoteca, ha subido un 50% o más en algún momento de los últimos cuatro años. Puedes ver cómo se calcula la carga hipotecaria y su incremento en este artículo.

Estos requisitos los puedes cumplir si te quedas en el paro o si tus ingresos son algo bajos y tus cuotas han subido muchísimo por culpa del euríbor. Para resolver estas situaciones, el Gobierno y los bancos han reformado el Código de Buenas Prácticas, que es un paquete de medidas a las que te puedes acoger (y que el banco debe ofrecerte obligatoriamente, si está adherido al Código) si cumples los requisitos mencionados. En esta reforma se han aprobado las siguientes ayudas:

  • Una carencia de capital de cinco años. Es decir, que en los próximos cinco años, solo pagarás los intereses de tu hipoteca (recuerda que las cuotas están formadas por intereses y capital pendiente).
  • Un interés rebajado a euríbor menos 0,10% durante esos cinco años para que pagues aún menos mientras dure la carencia. En la versión anterior del Código, el interés se rebajaba a euríbor más 0,25%.
  • Un plazo alargado hasta los 40 años para reducir aún más el importe de tus mensualidades.

Por ejemplo, pongamos que tienes una hipoteca de 150.000 euros a 25 años con un interés de euríbor más 1% revisado con el valor de octubre. Ahora mismo, tus cuotas son de 761 euros, pero si te acoges al Código, bajarán hasta los 316 euros. Eso sí, te en cuenta que tardarás más en devolver la deuda, por lo que pagarás más en intereses a la larga.

Si las cuotas aún superan el 50% de tus ingresos pese a la aplicación de estas medidas, podrás pedir al banco que te perdone hasta el 25% de tu deuda. Y si todavía dedicas más del 50% de tus ingresos a pagar las mensualidades, le podrás solicitar la dación en pago durante un plazo de dos años (ese plazo era de un mes antes de la reforma) y un alquiler social en la misma vivienda. También podrás acogerte una segunda vez al Código si lo necesitas en el futuro.

¿Y si mi carga hipotecaria no sube un 50%

Pongamos que tienes una hipoteca variable sobre tu vivienda habitual, que cobras menos de 25.200 euros al año, que las cuotas superan el 50% de tus ingresos, pero que tu carga hipotecaria no ha subido un 50%. Es algo que puede pasar, por ejemplo, si tu deuda no es muy grande y tu plazo era bastante largo. En ese caso, podrás acogerte a tres nuevas medidas incluidas en el Código:

  • Una carencia de capital de dos años para pagar solo intereses durante ese tiempo.
  • Un interés más bajo mientras dure la carencia. Esa rebaja «será tal que suponga una reducción del 0,5% del valor actual neto del préstamo de acuerdo con la normativa vigente», según el texto legal de la reforma. No entendemos exactamente qué significa este galimatías jurídico, así que lo investigaremos en los próximos días para aclararlo.
  • Un plazo alargado hasta en siete años para reducir el importe de tus cuotas, siempre que el plazo total no supere los 40 años.

Volvamos al ejemplo anterior: tienes una hipoteca de 150.000 euros a 25 años con un interés de euríbor más 1% revisado con el valor de octubre. Con estas medidas, tus cuotas bajarán de los 761 euros a los 453 euros, sin contar con la posible rebaja del interés. Eso sí, como devolverás tu préstamo en más tiempo, te tocará pagar más en intereses a la larga.

Ayudas para hipotecados a tipo variable “de clase media”

Además, el Gobierno y los bancos plantean crear un nuevo Código de Buenas Prácticas para ayudar a las familias de clase media en riesgo de vulnerabilidad que tengan problemas para pagar la hipoteca variable de su vivienda habitual. ¿Y qué se entiende por “clase media en riesgo de vulnerabilidad”? Según el Ministerio, ser una familia que cumpla estos requisitos:

  • Cobrar menos de 29.400 euros brutos al año (3,5 veces el IPREM de 2023).
  • Tener una carga hipotecaria superior al 30%
  • Que la carga hipotecaria haya subido al menos un 20%.

Es probable que cumplas estos requisitos si cobras unos ingresos medios y las cuotas de tu hipoteca han subido mucho por el euríbor, pero no de manera desproporcionada. Si te acoges a este nuevo Código, se te aplicarán las siguientes medidas:

  • Un plazo alargado hasta en siete años para reducir el importe de tus mensualidades, sin que el plazo total supere los 40 años.
  • Posibilidad de congelar tu cuota durante 12 meses con el importe que pagabas el 1 de junio de 2022.
  • Rebaja del tipo de interés durante esos 12 meses. Como antes, esta rebaja «será tal que suponga una reducción del 0,5% del valor actual neto del préstamo de acuerdo con la normativa vigente».

Si volvemos al ejemplo anterior, nos sale que tus cuotas bajarán de los 761 euros a los 533 euros. Eso sí, como comentábamos antes, pagarás más intereses a la larga.

Como alternativa a estas medidas del nuevo Código, el banco también te puede ofrecer la conversión de tu hipoteca variable al tipo fijo. Eso sí, con el interés fijo que la entidad decida.

Facilidades para pasarte al tipo fijo

Para terminar, el Ejecutivo y las entidades bancarias han acordado un último punto para proteger a los hipotecados a tipo variable de las subidas del euríbor: abaratar el cambio de hipoteca variable a fija. ¿Cómo? Pues eliminando la comisión asociada a este cambio durante todo el 2023. Es decir, que no te podrán cobrar comisiones si cambias tu hipoteca variable a fija, ya lo hagas mediante un pacto con tu banco (novación) o un traslado a otra entidad (subrogación).

Asimismo, tampoco se podrán cobrar comisiones por la amortización anticipada de una hipoteca variable durante todo el año que viene. Esta medida se aplicará para todos los hipotecados; no solo para los que cumplan los requisitos para acogerse a los dos Códigos.

¡Atención! Como habrás visto, hay algunos puntos de este acuerdo que todavía no han quedado del todo claros. Actualizaremos el contenido de este artículo a medida que el Gobierno publique sus precisiones en el BOE. Si tienes dudas o quieres contarnos qué soluciones te propone ahora tu banco, puedes usar nuestro foro

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Categoría(s) del artículo:  EuriborHipotecasImpago hipoteca

Autor: Miquel Riera

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