Me quiero comprar un piso de segunda mano y me han dicho que si me quedo con su hipoteca me ahorro muchos gastos que tienen abrir otra hipoteca. ¿Cómo puedo saber si es mejor quedarme con su hipoteca o abrir una nueva?
Me quiero comprar un piso de segunda mano y me han dicho que si me quedo con su hipoteca me ahorro muchos gastos que tienen abrir otra hipoteca. ¿Cómo puedo saber si es mejor quedarme con su hipoteca o abrir una nueva?
ResponderMe quiero comprar un piso de segunda mano y me han dicho que si me quedo con su hipoteca me ahorro muchos gastos que tienen abrir otra hipoteca. ¿Cómo puedo saber si es mejor quedarme con su hipoteca o abrir una nueva?
que interes me tienen que dar l banco por pagar los gastos de hipoteca en el 2003 hasta ahora el tanto por ciento cual es
Buenos días, Helper.
Si todavía no has terminado de pagar el préstamo hipotecario o abonaste la última cuota hace menos de cinco años, entonces puedes reclamar los gastos de constitución de la hipoteca.
El Tribunal Supremo establece que podrías recuperar lo siguiente:
- La mitad de los gastos notariales
- La mitad de los honorarios de gestoría
- Todo lo abonado en concepto de gastos del Registro de la Propiedad
En cuanto al IAJD, el decreto del 8 de noviembre de 2018 por el que el Gobierno decidió que sería el banco quien se encargaría de este impuesto no tiene efecto retroactivo, por lo que será el único gasto que no puedas reclamar.
En el enlace que aparece al principio de esta respuesta encontrarás información más detallada.
Si necesitas alguna aclaración, seguiremos aquí para ayudarte.
¡Un saludo!
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Buenos días, Helper.
Si te refieres a los intereses legales, en ese caso lo deberás consultar con un abogado.
Mucha suerte.
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Hola de nuevo, Helper.
Tasar la vivienda a través del banco te podría costar alrededor de 350 euros, aunque hay entidades que podrían llegar a cobrarte uno 500 euros.
En cambio, si lo hicieras por tu cuenta, te podría costar entre 200 y 300 euros. Eso sí, si quieres que posteriormente la acepte el banco, deberás escoger una tasadora homologada.
En nuestra página sobre tasación de vivienda encontrarás más información.
Esperamos haber resuelto tu duda.
¡Un saludo!
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Si valoras nuestra respuesta, por favor ayúdanos y valora nuestro servicio en Trustpilot. También puedes compartir esta experiencia con tus conocidos aquí:He formulado la solicitud a mi antiguo banco para pedirle el reingreso de mis gastos hipotecarios de una hipoteca firmada en 2002 y una novación posterior firmada en 2005. Esta reclamación la hice en 2017 y me contestaron básicamente que no la estimaban por estar fuera de plazo según el art. 10.2.f de la Orden ECC/2502/2012.
¿Hay alguna sentencia que contradiga esto y me de argumentos para recuperar mi dinero?
Gracias
Hola, Helper_910674066.
El plazo al que se refiere la Orden ECC/2502/2012 es el de admisión del servicio de reclamaciones del Banco de España. Tu banco lo utilizó como argumento para rechazar tu reclamación, pero eso no significa que no puedas denunciarlo ante un juzgado de cláusulas abusivas para recuperar ese dinero.
De hecho, hay muchos despachos de abogados que aseguran que la posibilidad de reclamar por una cláusula abusiva nunca caduca o lo hace cinco años después de que se haya cancelado la hipoteca. Por ello, nuestro consejo es que valores la opción de reclamar judicialmente la devolución de los gastos. Si quieres, puedes acudir a varios despachos (muchos no te cobrarán por la consulta) para que valoren tu caso y te digan si sería viable demandar.
Esperamos haberte ayudado.
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Si valoras nuestra respuesta, por favor ayúdanos y valora nuestro servicio en Trustpilot. También puedes compartir esta experiencia con tus conocidos aquí:Muchísimas gracias Miguel, efectivamente lo meteré en un despacho para ver qué puedo hacer. De hecho yo finiquite esa hipoteca hace 4 años
Buenas tardes
tras la sentencia del tribunal supremo europeo he hablado con mi banco y me comentan que es un sentencia europea pero en no hay ninguna sentencia en España sobre el reparto de los gastos de constitución de los préstamos hipotecarios y por lo tanto hasta que no haya sentencia en España no me correspondería esa devolución. Es cierto que no hay ninguna sentencia en España? Que debo hacer?
gracias
vanesa
Hola, vanesa.
Lo que te dice el banco no es cierto. Un par de semanas después de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea emitiera su sentencia, el Tribunal Supremo emitió otra en la que decía que la justicia europea avala su jurisprudencia. Por lo tanto, sí hay un pronunciamiento claro del Tribunal Supremo sobre esta materia.
Lo que dice el Supremo es que el reparto de los gastos de constitución de hipoteca antes de que entrara en vigor la ley de 2019 es el siguiente:
-
Los gastos de registro los tiene que pagar el banco.
-
Los de notaría y gestoría se deben pagar a medias entre banco y cliente.
-
El IAJD lo paga el cliente si la hipoteca se contrató antes del 10 de noviembre de 2018 y lo paga el banco si se contrató después.
Por lo tanto, si pagaste algún gasto que no te correspondía, tienes todo el derecho a recuperar ese dinero. Si quieres, con nuestra calculadora de devolución de gastos hipotecarios puedes hacer un cálculo aproximado de cuánto podrías reclamar. Al completar el formulario, te mandaremos un informe en el que te indicaremos, además, los pasos para interponer la reclamación.
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.
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Si valoras nuestra respuesta, por favor ayúdanos y valora nuestro servicio en Trustpilot. También puedes compartir esta experiencia con tus conocidos aquí:Buenos días tengo 37 años, poseo una hipoteca y ahora con mi pareja de 32 años actualmente vamos a hipotecarnos conjuntamente, no soy muy de números, de antemano gracias por la ayuda.
Mis preguntas, como veis la simulación que me realizó la inmobiliaria de los gastos e impuestos, mi pareja tendrá 33 años a la hora de firmar la hipoteca, por edad tiene algún impuesto o gasto más barato, gracias y un saludo
Hola, Helper_502192149.
No nos aparece la simulación que te ha realizado la inmobiliaria. Si nos facilitas los datos, trataremos de decirte si los gastos son los que corresponden o no.
Lo que sí podemos decirte es que, de manera general, tendréis que pagar dos tipos de gastos:
-
Los gastos asociados a la hipoteca. Por ley, solo os tocaría pagar la tasación (unos 300 euros de media) y la copia de la escritura hipotecaria, que cuesta unas pocas decenas de euros.
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Los gastos asociados a la compra de la vivienda: los aranceles notariales y registrales, los honorarios de la gestoría y los impuestos. Conjuntamente, cuestan aproximadamente un 10% del valor de la vivienda.
En cuanto a los impuestos, hay comunidades autónomas que sí aplican bonificaciones si el titular o uno de los titulares tiene menos de 35 años. Nuestro consejo es que se lo preguntéis directamente a la inmobiliaria o al banco, que lo sabrán, o que contactéis con el área de tributos de vuestra comunidad autónoma.
Un saludo.
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Si valoras nuestra respuesta, por favor ayúdanos y valora nuestro servicio en Trustpilot. También puedes compartir esta experiencia con tus conocidos aquí:Gracias por responder, no se cargo la foto,
simulación que me hizo la inmobiliaria:
Precio vivienda : 179.000
Precio parking y trastero : 30.000 * no sé si lo compraré, no di paga y señal, no tenerlo en cuenta
Precio sin impuestos : 179.000Iva 10% : 17.900
Precio con impuestos: 196.900
CALCULOS CON HIPOTECA
Porcentaje de financiación : 80%
Valor hipoteca : 143.200
Iva 10% Precio parte hipoteca, tengo que pagarlo antes de firmar: 14.320
Reserva , dinero dado a cuenta para reservar piso : -6000
A la entrega del contrato entregué : -13.690
A lo largo de la obra : 19.690
TOTAL A PAGAR DURANTE LA OBRA: 33.380
Total a pagar durante la escritura: 157.520 €
Impuesto DE AJD (notario) 1.5% : 2685 €
Gastos notaría aprox: 2000 €
Total a pagar con gastos: 58.385 €
TOTAL A PAGAR CON PRECIO Y GASTOS: 201.585 €
gracias
Hola de nuevo.
Teniendo en cuenta que los gastos de hipoteca y compraventa suelen sumar un 10-12% del valor de la vivienda, la simulación parece adecuada, pues tendrías que pagar 22.585 euros en gastos, que representa un poco más del 12% del valor de la vivienda (179.000 euros).
Dicho esto, hay tres cosas que sí queremos comentar:
-
El IVA de la parte de la hipoteca no lo tendréis que pagar antes de firmar. Lo que tendréis que hacer será depositar ese dinero en una cuenta para que la gestoría lo use para pagar las distintas partidas indicadas, lo que se conoce como hacer una provisión de fondos.
-
Los gastos de notaría nos parecen altos. Además, no hay ninguna mención a los gastos de registro, así que es probable que dentro del concepto "gastos de notaría" os incluyan tanto los de notaría como los de registro. Nuestro consejo es que lo preguntéis para aseguraros.
- Sobre el IVA no podéis aplicar ninguna bonificación, pero quizás sí podáis bonificar el IAJD si en vuestra comunidad se ofrece esta opción. Como comentábamos antes, nuestro consejo es que se lo preguntéis a la inmobiliaria, al banco o directamente a la administración autonómica.
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.
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Si valoras nuestra respuesta, por favor ayúdanos y valora nuestro servicio en Trustpilot. También puedes compartir esta experiencia con tus conocidos aquí:Gracias , da gusto leer como ayudáis a la gente que no son nuestro fuerte las finanzas, un saludo y gracias otra vez
Hola de nuevo.
¡Muchas gracias a ti por confiar en nosotros! Quedamos a tu disposición para resolver cualquier otra duda sobre hipotecas o sobre finanzas en general.
Un saludo.
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Si valoras nuestra respuesta, por favor ayúdanos y valora nuestro servicio en Trustpilot. También puedes compartir esta experiencia con tus conocidos aquí:Hola, Helper_1001695267.
Tras consultar todos los gastos que debes pagar para financiar la compra de una vivienda, puedes echar un vistazo a nuestro ranking de las mejores hipotecas para ver qué bancos te pueden ofrecer unas buenas condiciones.
Un saludo.
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