Para recibir una vivienda en herencia es necesario realizar un procedimiento legal que finaliza con el cambio de titularidad de la propiedad. Si no existen diferencias entre los herederos, este proceso se puede hacer en un lapso de entre tres y seis meses, dependiendo del caso. Pero, ¿qué pasa si quieres vender la casa tras recibir la herencia? ¿Tienes que esperar un tiempo para poder transmitir el inmueble? En este artículo resolvemos esta duda frecuente.

¿Existe un plazo mínimo para poder vender un piso heredado?

No, legalmente no existe un tiempo mínimo para poder vender una casa heredada. Una vez que has realizado la escritura de la herencia, pagado los impuestos e inscrito la nueva titularidad de la casa en el Registro de la Propiedad tienes el camino libre para vender.

No obstante, debes tener en cuenta que si tu intención desde el inicio es dar el paso de vender la casa, es aconsejable realizar la transacción en el mismo año fiscal en que recibes la vivienda en herencia. El motivo es que tienes que pagar la plusvalía municipal, tanto al heredar como al vender el inmueble, y este tributo se calcula de acuerdo al número de años que has tenido la propiedad del bien.

Es decir, para heredar la casa debes pagar este impuesto teniendo en cuenta el valor catastral de la casa para ese momento, el número de años que tu familiar tuvo el piso en propiedad y el tipo de gravamen establecido por el ayuntamiento donde está el inmueble y residía tu familiar fallecido. Pero, si vendes la casa en ese mismo período fiscal, no se generará nuevamente la obligación de tributar, ya que técnicamente no se ha generado una nueva plusvalía.

Si no eres heredero directo, la situación puede cambiar

Ahora bien, si no eres el heredero forzoso o legitimario (hijos, nietos, padres, abuelos y cónyuge) y tu comprador necesita pedir una hipoteca para comprar la casa, el escenario es diferente.

Hasta 2021, según el artículo 28 de la Ley Hipotecaria, no se podía vender un piso heredado hasta que hubieran pasado dos años desde la aceptación de la herencia. Por tanto, ningún banco le aprobaría una hipoteca a un comprador que quisiera adquirir un piso en estas condiciones.

Esto se debe a que, al no existir herederos directos y al no haber testamento, durante este plazo se podrían presentar más personas a las que les corresponda parte de herencia. De esta manera, la ley hipotecaria buscaba proteger los intereses y derechos de todos los herederos por igual y de los posibles compradores.

No obstante, esta limitación sólo afectaba a las operaciones que necesitaban financiación. En el caso de que el comprador dispusiera de capital propio para afrontar la compra, no habría que esperar ningún plazo para ejecutar la compraventa.

Y lo mejor de todo es que en septiembre de 2021, como decíamos, se derogó ese artículo 28 de la Ley Hipotecaria. Así mismo, en la práctica aun sigue habiendo ciertos problemas para que se aplique realmente la nueva normativa. No obstante, jurídicamente sí es posible vender un piso antes de esos dos años que se exigían anteriormente, incluso siendo heredero no forzoso.