Pregunta sobre IRPF y reinversión en vivienda nueva tras la venta de vivienda habitual

Pregunta sobre IRPF y reinversión en vivienda nueva tras la venta de vivienda habitual

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M
Maite
/

Buenas tardes, me gustaría saber si para exonerarse de pagar a hacienda por un incremento patrimonial, reinvirtiendo en vivienda nueva en el plazo de los 2 años siguientes a la venta de una vivienda.

Es necesario invertir en vivienda por la totalidad de la transacción resultante de la venta, una vez descontada la cancelación de la hipoteca que tuviese esa vivienda, o sólo hay que invertir la totalidad del incremento patrimonial que supone la venta de una vivienda por más de lo que costó comprarla.

Ejemplo, compré por 90000 y vendo por 160000, tengo un incremento patrimonial de 70.000...esa sería la cifra, los 70000, la necesaria para reinvertir en vivienda y no tener que pagar el IRPF de esa ganancia, o por el contrario serían los 160000 de la venta lo que se debería invertir en nueva vivienda?

Gracias, un saludo

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HelpMyCash
#1

Hola, Maite

El reglamento del IRPF indica que se puede disfrutar de la exención por reinversión en vivienda habitual cuando "el importe total obtenido por la transmisión (venta) se reinvierte en la adquisición (compra) de otra vivienda habitual".

En este caso, como para comprar la primera vivienda habitual utilizaste financiación ajena se considera que el importe total obtenido con la venta es el que resulta de restar a los 160.000 euros que mencionas (importe total de la compraventa) la cantidad que que usaste para pagar la hipoteca. Además, ten en cuenta que al valor de transmisión también le puedes descontar los gastos que tuviste que asumir para vender la casa (por ejemplo, plusvalía municipal y comisión inmobiliaria).

Es aconsejable que consultes tu caso concreto con un experto fiscal. Este te podrá confirmar si cumples con todos los requisitos que exige Hacienda para acogerte a la exención y estar libre de pagar IRPF por la venta de tu casa. Ten en cuenta que la Agencia Tributaria considera que este es un beneficio opcional, por lo que muchas veces el contribuyente está sujeto a la interpretación que hace el organismo de cada caso.

¿Tienes que pagar IRPF por la venta de tu casa este año? Descárgate el calendario fiscal 2021 con todas las fechas claves de la campaña de la renta y los otros impuestos de vender un piso.

 

Espero haberte ayudado.

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#2
M
Maite
/

citando a Ottymar Tademo Hola, Maite El reglamento del IRPF indica que se puede disfrutar de la exención por reinversión en vivienda habitual cuando "el imp...

Muchísimas gracias por la respuesta, pero me surge una duda, al calor de la transacción entonces tengo que restar la hipoteca que yo solicité de la vivienda vendida, o sólo la cantidad que faltaba por pagar de esa hipoteca a la fecha de la venta?

Porque además yo me voy a meter en nueva vivienda, que vale más del total de la transacción y voy a solicitar hipoteca, pero me ha parecido entender, que sólo tengo 2 años para pagar el total de la transacción de mi venta y no el total de la nueva hipoteca que tenga que solicitar.

Gracias por todo y si pudieran recomendarme un experto fiscal en estos temas, lo agradecería.

HelpMyCash
#3

citando a Maite
citando a Ottymar Tademo Hola, Maite El reglamento del IRPF indica que se puede disfrutar de la exención por reinversión en vivienda habitual cuando "el imp...
Muchísimas gracias por la respuesta, pero me surge una duda, al calor de la transacción entonces tengo que restar la...

Hola, Maite

Tienes que restar el importe de la hipoteca pendiente de amortizar para el momento de la venta. Ten cuenta que puedes utilizar el dinero de la venta para pagar las cuotas de la nueva hipoteca. Es decir, el hecho de pedir una hipoteca para comprar la casa nueva no te hace perder la exención por reinversión y estar libre de pagar el IRPF por la venta de tu casa.

Aunque, hay cierta polémica con este asunto, porque la Agencia Tributaria exigía a los contribuyentes que realizaran la reinversión (pagar las cuotas de la nueva hipoteca) dentro de los dos años de plazo. Recientemente, el Tribunal Supremo determinó que se debe entender que la cantidad reinvertida es la totalidad del importe de la casa y no solo las cuotas pagadas durante esos dos años. Pero, como aún el fallo es reciente, es recomendable que consultes tu caso directamente con un experto fiscal o que llames directamente a la Agencia Tributaria para aclarar tus dudas.

Espero haberte ayudado.

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Preguntas similares
#4
J
Jorge A.G.
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Pregunta similar: Reinversión en vivienda

Buenas tardes. He vendido una vivienda por 140000€ que años atrás, añadiendo todo tipo de gastos (rehabilitación, notario, registro de hipoteca, etc.), compré por 120000€. Qué cantidad tendría que reinvertir para estar exenta del IRPF? La ganancia (20000€), o lo que ha quedado líquido después de pagar la hipoteca, que serían unos 90000€? Gracias

HelpMyCash
#5

Hola, Jorge A.G.

Para poder aprovecharte de esta exención tienes que reinvertir lo que hayas ganado tras la venta, es decir, lo que te hayan pagado menos el capital pendiente de la hipoteca y los gastos correspondientes (90.000 euros en tu caso). 

Esa exención por reinversión en vivienda habitual la podrás aplicar sobre la ganancia patrimonial obtenida tras la venta, es decir, el valor de venta (restándole los gastos de formalización y tributos) menos el valor de adquisición (sumando los gastos de formalización y tributos). Si tienes otras dudas sobre la campaña de la renta de este año, puedes descargar gratuitamente la Guía de la declaración de la renta 2017-2018

Un saludo.

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#6
J
Jorge A.G.
/

citando a Miquel Riera Hola, Jorge A.G. Para poder aprovecharte de esta exención tienes que reinvertir lo que hayas ganado tras la venta, es decir, lo que te haya...
Gracias, Miquel Riera. Perdone, me surge otra duda al respecto: si no reinvierto los 90000€ enteros ya no hay nada de ganancia exento, o tendría que pagar en proporción a lo que he reinvertido? Gracias de nuevo. Saludos.

HelpMyCash
#7

Hola de nuevo.

En ese caso, entrarías en el supuesto de reinversión parcial. Según la Agencia Tributaria, cuando se reinvierte solo una parte de lo ganado tras la venta, la exención únicamente se puede aplicar sobre la ganancia patrimonial proporcional a la cantidad reinvertida. 

Gracias a ti por utilizar los servicios del comparador de hipotecas HelpMyCash.com.

Un saludo. 

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#8
F
fgoteros
/

Pregunta similar: IRPF AL VENDER Y COMPRAR UNA CASA CON REINVERSION

Les pido opinión sobre mi caso.

 

Compro vivienda habitual en 2011 por 400000 €. Una vez pagado el ITP y demás el coste total es de 440000 €. Para ello pido hipoteca de 260000 €.

 

Actualmente voy a vender mi vivienda por 700000 € de los que 200000 serán para eliminar la hipoteca y 350000+gastos (sobre 400000) para compra de mi vivienda habitual de aquí en adelante.

 

Cuales serán los gastos en IRPF que tendré que pagar.

Gracias y un saludo.

HelpMyCash
#9

Hola Fgoteros,

Si el precio de venta de tu piso fue de 700.000 euros, a este le tienes que deducir la amortización de la hipoteca de 200.000 euros y los gastos relativos a la venta de la casa. Suponiendo que los gastos son de 50.000 euros, el líquido que obtienes con la venta es de 450.000 euros.

Este es el importe que debes reinvertir en la compra de la nueva casa para que te puedas acoger a la exención total de reinversión en vivienda habitual. De lo contrario, deberás tributar por la parte de la ganancia no destinada a la nueva adquisición. 

Pero para calcular la ganancia patrimonial obtenida, debes tener en cuenta el precio al que compraste tu piso en 2011 y a este le tienes que sumar los gastos relativos, que te da un valor de 440.000 euros. 

La diferencia entre ambas cifras: 450.000 euros - 440.000 euros, es de 10.000 euros. Este es la ganancia patrimonial que tendrás que declarar, en base a los tramos de tributo fijados por hacienda, que oscilan entre el 19% y el 23%.

Es recomendable que consultes con un experto en fiscalidad, para que te pueda orientar mejor sobre tu caso en concreto y sobre la exención a disfrutar de acuerdo a la proporción de la reinversión en vivienda habitual que tienes pensado realizar.

Espero haberte ayudado.

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#10
A
Ana
/

Pregunta similar: IRPF venta piso - cómo declarar

¡Hola!

Si la ganancia patrimonial resulta 95.000 €, pero de la venta del piso queda una cantidad de 200.000 €, para que haya exención del IRPF, ¿debo reinvertir únicamente los  95.000 € en mi nueva vivienda habitual?, y ¿el resto, 105.000 €, los puedo utilizar para cancelar la hipoteca sin que deba tributar nada por esa cantidad a hacienda?. Gracias.

Saludos

HelpMyCash
#11

Hola Ana,

Para que la exención por reinversión en vivienda habitual sea total debes destinar todo el dinero obtenido en la transmisión en la compra de la nueva casa. Si queda un sobrante, deberás tributar en el IRPF por esa cantidad no reinvertida. Es decir, te podrías acoger a la reinversión, pero esta sería parcial.

No obstante, si como indicas, vas a utilizar parte del dinero para pagar la hipoteca que aún pesa sobre el inmueble, se considerará como importe total obtenido el resultante de restar al precio de venta de la casa la cantidad que aún queda pendiente de amortizar. Ese resultado sería el que tendrías que reinvertir para estar exenta del gasto del IRPF por la venta de tu vivienda en su totalidad.

Espero haberte ayudado.

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#12
A
Ana
/

Hola,

Sí, me queda claro, pero tengo un par de preguntas más: Por un lado, en la cantidad pendiente por amortizar de hipoteca ¿se incluye la penalización por cancelación anticipada?. Y, por otro, en la cantidad para invertir en la nueva viviendad habitual, ¿se incluye el Impuesto de Patrimonio/IVA?. Gracias.

Saludos

 

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HelpMyCash
#13

Hola Ana,

La Agencia Tributaria establece que la exención del IRPF por la venta y reinversión en vivienda habitual se produce cuando "el importe total obtenido por la transmisión se reinvierte en la adquisición de otra vivienda habitual". En este sentido, no hace mención de que a la cantidad reinvertida se le puedan contar los gastos de adquisición de la nueva vivienda.

Por otro lado, en cuanto a los gastos de cancelación de la hipoteca, la Agencia Tributaria tampoco hace mención expresa. Aunque, se puede interpretar que este coste es uno de los gastos inherentes a la venta y, por tanto, se podrían tomar en cuenta.

No obstante, es aconsejable que consultes con un experto en fiscalidad que te pueda orientar sobre las diferentes interpretaciones que hace la Agencia Tributaria de este tipo de casos o, también, puedes comunicarte directamente con alguna de las oficinas de Hacienda de tu localidad.

Espero haberte ayudado.

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#14
M
Mireia
/

Pregunta similar: compraventa con hipotecas

Buenos días, vendí mi piso hipotecado por  unos 300000, me quedaba 160000 de hipoteca. He reinvertido el dinero en otro piso de 214000, y  tengo 170000 de hipoteca. Todo es vivienda habitual, pero no se si tendré que pagar impuestos por ganancia patrimonial. Alguien podría solventar mi duda? Muy agradecida. 

HelpMyCash
#15

Hola, Liviu

Sí, si vas a vender tu vivienda habitual y vas a invertir todo el dinero de la venta en la compra de una nueva vivienda habitual puedes acogerte al beneficio de reinversión y estar exento de pagar IRPF por la venta del inmueble. El plazo que tienes para hacer la reinversión es de dos años.

Espero haberte ayudado.

¡Un saludo!

 

 

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HelpMyCash
#16

Hola, Mireia

Si has invertido el dinero de la venta de tu vivienda habitual (menos el importe del préstamo) en una nueva casa que será tu vivienda habitual, no tienes que pagar IRPF por la venta del piso, ya que puedes acogerte a la exención por reinversión establecida por la agencia tributaria.

 

Eso sí, el piso vendido debe cumplir con la condición de vivienda habitual. Es decir, debes haber residido en él durante, al menos, tres años continuos. Asimismo, para que la nueva casa sea considerada habitual, debes habitarla en un plazo de doce meses desde la compra.

Espero haberte ayudado.

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#17
M
Myriam Monteagudo del riego
/

Hola!

Este año vendí mi vivienda habitual y compré otra, que es mi vivienda habitual desde hace unos meses.

Ahora quiero vender esta y comprar otra, que sería mi vivienda habitual

Mi pregunta es: ¿puedo con esta última compra acogerme a los beneficios fiscales por reinversión en vivienda habitual?

Un saludo

HelpMyCash
#18

citando a Myriam Monteagudo del riego Hola! Este año vendí mi vivienda habitual y compré otra, que es mi vivienda habitual desde hace unos meses. Ahora quiero vender est...

Hola, Miriam:

Gracias por compartir tu consulta. En este caso, según entiendo, la vivienda que has comprado este año no sería considerada la habitual por la Agencia Tributaria, puesto que no cumplirías con el requisito de haberla habitado durante, al menos, 3 años continuados. Por lo tanto, de manera general, no podrías acogerte a este exención del IRPF.

No obstante, existen algunas excepciones: si decides vender la casa por un divorcio, traslado laboral o cualquier otra circunstancia de fuerza mayor y puedes demostrarlo, entonces sí podrías acogerte a esta exención.

Espero haberte ayudado

Un saludo,

Paula

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#19
M
Myriam Monteagudo del riego
/

Gracias Paula, pero qué pasaría con la que voy a comprar ahora?

Si cumplo con el requisito de vivir en ella al menos 3 años ¿podría con esta acogerme a la exención por reinversión en vivienda habitual?

un saludo y gracias

 

HelpMyCash
#20

Hola, Myriam. 

Le cojo el relevo a mi compañera. Por la vivienda que compras ahora tendrás que pagar el impuesto que corresponda: el IVA y el IAJD si es nueva o el ITP si es de segunda mano. No se aplica ninguna exención o bonificación sobre estos impuestos por haber comprado la vivienda con dinero que proviene de la venta de otro, así que deberás abonarlos íntegramente. Puedes consultar su precio en nuestra página sobre gastos de compraventa

Adicionalmente, tendrás que declarar la venta de tu actual vivienda si la vendes por un precio mayor al que la adquiriste. Y sobre esa diferencia se te cobrará el IRPF correspondiente, del que no estarás exenta por no cumplir los requisitos para acogerte a la exención por reinversión en vivienda habitual. 

Ahora bien, pongamos que compras esa nueva vivienda y que vives en ella durante tres años o más. Si decidieras venderla pasado ese período, sí podrías acogerte a la exención para ahorrarte el IRPF sobre la ganancia obtenida por la venta, siempre que la usaras para adquirir una vivienda habitual nueva. 

Esperamos haber resuelto tus dudas y quedamos a tu disposición por si tienes más preguntas. 

Un saludo. 

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