Pregunta sobre IRPF y reinversión en vivienda nueva tras la venta de vivienda habitual

Pregunta sobre IRPF y reinversión en vivienda nueva tras la venta de vivienda habitual

Pregunta sobre IRPF y reinversión en vivienda nueva tras la venta de vivienda habitual

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M
Maite
/

Buenas tardes, me gustaría saber si para exonerarse de pagar a hacienda por un incremento patrimonial, reinvirtiendo en vivienda nueva en el plazo de los 2 años siguientes a la venta de una vivienda.

Es necesario invertir en vivienda por la totalidad de la transacción resultante de la venta, una vez descontada la cancelación de la hipoteca que tuviese esa vivienda, o sólo hay que invertir la totalidad del incremento patrimonial que supone la venta de una vivienda por más de lo que costó comprarla.

Ejemplo, compré por 90000 y vendo por 160000, tengo un incremento patrimonial de 70.000...esa sería la cifra, los 70000, la necesaria para reinvertir en vivienda y no tener que pagar el IRPF de esa ganancia, o por el contrario serían los 160000 de la venta lo que se debería invertir en nueva vivienda?

Gracias, un saludo

50 respuestas
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Respuestas
#21
F
Francisco Rego García
/

Pregunta similar: IMPUESTO TRANSMISIONES PATRIMONIALES.

Por traslado, vendo mi vivienda habitual (A) y compro otra (B), de segunda mano, que pasará a ser habitual en otra provincia. 

Si la vivienda A se vende por una cantidad superior al precio de compra de la vivienda B, el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, que grava la adquisición de la vivienda B, se puede considerar reinversión?.

Muchas gracias.

F.R.

HelpMyCash
#22

Hola, Francisco. 

No acabamos de comprender cuál es tu pregunta. ¿Nos podrías dar más detalles sobre el caso? De esta manera, podremos ayudarte. 

Un saludo. 

¿Te hemos ayudado?

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#23
F
Francisco Rego García
/

En caso de venta de una vivienda habitual (por traslado) y de reinversión en una nueva vivienda habitual, no se abona IRPF del posible beneficio de la venta de la primera, siempre que se reinvierta el 100% en la adquisición de la segunda.

Esta reinversión del 100% afecta únicamente al precio de compra de la nueva vivienda habitual o también incluye los impuestos ( en concreto el Impuesto Transmisiones Patrimoniales ) que gravan la compra de la misma?.

Ejemplo: Vendo una vivienda habitual que me costó 300.000, en 330.000.

La nueva vivienda habitual que adquiero me cuesta 300.000 y tiene un ITP de 30.000.

Destino los 330.000 en 300.000 (precio de la nueva vivienda) + 30.000 (ITP).

¿Es correcto y no liquido IRPF, o la cantidad destinada al impuesto no se considera reinversión y debo abonar IRPF por la misma?.

Muchas gracias.

F.R.  

HelpMyCash
#24

citando a Francisco Rego García En caso de venta de una vivienda habitual (por traslado) y de reinversión en una nueva vivienda habitual, no se abona IRPF del posible beneficio de...

Hola, Francisco:

En el cálculo de la base imponible del IRPF sí se tienen en cuenta los gastos y tributos, tanto de la compra como de la venta. Por tanto, en el ejemplo que describes, podría considerarse como que has reinvertido los 330.000€ en la nueva vivienda. En esta página encontrarás más detalles sobre el cálculo del IRPF.

De todos modos, siempre aconsejamos consultar directamente con Hacienda para tener una respuesta oficial y evitar inconvenientes al hacer la declaración.

¡Espero haberte ayudado!

Un saludo,

Paula

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#25
J
Juan José Villanua Rodriguez
/

Pregunta similar: REINVERSIÓN EN VIVIENDA HABITUAL

Hola,

he vendido mi vivienda habitual y voy a comprar otra que será asimismo mi vivienda habitual. Mi pregunta es si para lograr la exención de IRPF en la operación, debo reinvertir la cantidad íntegra de la venta(menos los gastos) o solo la ganancia patrimonial de la operación. Muchas gracias.

JJV

HelpMyCash
#26

citando a Juan José Villanua Rodriguez Pregunta similar: REINVERSIÓN EN VIVIENDA HABITUAL Hola, he vendido mi vivienda habitual y voy a comprar o...

Hola, Juan José:

Gracias por compartir tu consulta. Según hemos podido constatar, para acogerse a la exención por reinversión en vivienda habitual debes reinvertir todo el dinero obtenido en la transmisión. Esto es el precio de venta, menos los gastos y tributos; y no la ganancia patrimonial.

De todos modos, os aconsejo que siempre que consultes directamente con la Agencia Tributaria. Aquí encontrarás sus teléfonos útiles.

¡Espero haberte ayudado!

Un saludo,

Paula

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#27
M
Manuel Lorenzo
/

Pregunta similar: Reinversión vivienda habitual:

He leído varias respuestas acerca de este tema, pero no me termina de quedar claro, comento mi caso.

Tengo una vivienda, vivienda habitual, y en Enero he adquirido una nueva con mi pareja, por 188.000€, a la que nos hemos mudado, esta es de los dos

La casa en la que vivíamos, la compre en 2012 yo solo por 115.000€, y la vendo ahora por 164.000€, sin hipoteca

No estoy seguro de si la reinversión para tener la exención, tiene que ser de la ganancia 164K-115K=49K a meter en la nueva hipoteca, para estar exento, o si tendría que meter la venta entera, los 164K, y los 164K se consideran ganancia

Saludos

HelpMyCash
#28

citando a Manuel Lorenzo Pregunta similar: Reinversión vivienda habitual: He leído varias respuestas acerca de este tema, pero no me termin...

Hola, Manuel:

Tu inquietud es muy habitual. Ahora bien, la exención por reinversión en vivienda habitual exige que se reinvierta el "dinero obtenido con la operación" (cito palabras textuales de la Agencia Tributaria) y no la ganancia. Por tanto, el dinero que debes reinvertir serían los 164K, pero puedes descontarle los gastos y tributos.

Esto significa que al dinero obtenido con la venta le puedes restar la plusvalía municipal, la comisión inmobiliaria y otros gastos inherentes a la operación. Del mismo modo, al contabilizar cuánto dinero reinviertes, puedes sumar los gastos de la compra, como el IVA o el ITP. En esta página tienes la explicación completa con ejemplos para salir de dudas.

Espero haber sido útil. Si tienes más inquietudes, no dudes en escribirnos.

Saludos,

Paula

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#29
H
Helper_1009758388
/

Pregunta similar: Reinversión en vivienda habitual

Buenos días, tengo varias dudas en relación a la reinversión en vivienda habitual. Compré mi casa por 250.000€ y la he vendido por 400.000€, he anulado el préstamo hipotecario de 200.000€ que tenía la vivienda, por lo que el beneficio es de 200.000€. Sobre que importe se aplicaría el IRPF, ¿sobre los 150.000€ de diferencia entre la compra y la venta, o sobre los 200.000€ de beneficio? ¿Qué cantidad de las dos es la que tengo que reinvertir? 

Simultáneamente he comprado una vivienda por 390.000€, para la cual he solicitado un préstamo hipotecario de 292.000€, ¿Se considera que he reinvertido el dinero en la vivienda habitual, aunque haya solicitado un préstamo hipotecario? 

El resto del dinero es una pequeña parte para ahorrar y lo demás para una reforma integral, ya que es una vivienda de segunda mano de 35 años, ¿ese dinero en la reforma se considera también reinversión? 

Muchas gracias. 

HelpMyCash
#30

citando a Helper_1009758388 Pregunta similar: Reinversión en vivienda habitual

Hola, Helper:

Gracias por compartir tus consultas. Responderé una a una, pero recuerda que esta información es orientativa. Si buscas una respuesta oficial, te aconsejo que te comuniques con la Agencia Tributaria, estos son sus teléfonos. Ahora sí, te respondo:

  • En el IRPF tienes que declarar la ganancia patrimonial. Estos serían los 150.000€ que resultan de la diferencia entre el precio de venta y el de compra. Recuerda que puedes incluir también los gastos, como plusvalía municipal y honorarios de la agencia.

  • El dinero que tienes que reinvertir es el otro, el que resulta de restar la cancelación de la hipoteca a la ganancia propia de la venta (200.000€). Aquí también puedes incluir los costes de cancelación, los gastos, etc.

  • Con respecto a la adquisición de la nueva vivienda, la Agencia Tributaria sí considera que se trata de una reinversión total aunque hayas solicitado un nuevo préstamo hipotecario.

  • Según entiendo, si contamos solo el dinero destinado a la adquisición de la vivienda, ya superas el dinero obtenido con la venta. Quiero decir, la suma que tienes que reinvertir para que se considere reinversión total son 200.000€ y el valor de la nueva propiedad es de 390.000€. Se considera reinversión total incluso sin tener en cuenta las reformas. El dinero que guardes para ahorrar, por su parte, no se consideraría parte de la reinversión.

¡Espero haberte ayudado! Si tienes más inquietudes, puedes escribirnos nuevamente. Pero recuerda consultar con la Agencia Tributaria para tener una respuesta oficial.

Saludos,

Paula

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#31
J
José Luis Barranco Espejo
/

Pregunta similar: Irpf por venta de vivienda habitual

Hola a todos, tengo una consulta he vendido mi vivienda habitual y he reinvertido todo en la nueva vivienda que va a ser la habitual, querría saber si el año que viene tributaré por ello.

La vivienda que vendí me costo 130000€ y la vendí por 220000€.

Me quedaba de hipoteca 86000€ que se canceló + gastos 1700€ = 132300

La nueva vivienda me costó 128500€ + Gastos, ITP, gastos notariales 9000€ = 137500€

¿Falta por deducir la plusvalía que desconozco todavía la cantidad que también se podrán deducir?

¿Los gastos de las 2 inmobiliarias también se pueden deducir? Fueron 8000€+IVA.

Me gustaría saber si quedaré exento.

Gracias.

HelpMyCash
#32

citando a José Luis Barranco Espejo Pregunta similar: Irpf por venta de vivienda habitual ...

Hola, José Luis:

¡Gracias por compartir tu consulta! Entiendo que en este caso estarás exento de pagar IRPF. El dinero que tienes que reinvertir son los 132.3000€ que resultan de la cancelación de la hipoteca + gastos. Y en la reinversión, tal como has descrito, se puede incluir el ITP más los gastos de la compra. Así, resultaría reinvertido el 100% del dinero obtenido con la venta.

Si quieres estimar cuánto te tocará pagar de plusvalía, puedes hacerlo en nuestra calculadora gratuita.

Las comisiones inmobiliarias también pueden deducirse, pero recuerda pedir las facturas correspondientes.

Por último, recordarte que esta información es orientativa y en ningún caso es una respuesta oficial. Por eso te aconsejo comunicarte con la Agencia Tributaria para tener una respuesta oficial. Aquí encontrarás sus números de teléfono.

¡Espero haberte ayudado!

Saludos,

Paula

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HelpMyCash
#33

citando a Helper_710533561 Pregunta similar: EXCEPCION IRPF REINVERSION VIVIENDA HABITUAL Hola, estoy viviendo en un piso de mi propiedad des...

Hola, Helper:

Gracias por compartir tu consulta. En principio y desde mi punto de vista, sí podrías acogerte a la exención por reinversión en vivienda habitual si la causa de la mudanza es el matrimonio. No hemos encontrado casos de usuarios que no pudieran acogerse a esta exención, pero eso no significa que no existan. Lo que te recomiendo, en todo caso, es que te comuniques con la Agencia Tributaria para que puedan darte una respuesta oficial y más específica. Aquí encontrarás sus teléfonos útiles.

Un saludo,

Paula

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#34
R
roberto.galvan
/

Pregunta similar: Exención en el IRPF por reinversión en vivienda habitual. ¿Cuánto dinero tengo que reinvertir?

Buenos días. El caso es que compré la casa donde vivo el año pasado y ahora voy a vender la que era mi vivienda habitual. La casa que compré valió 235.000 y ahora voy a vender la antigua por 215.000. ¿Tengo que pagar IRPF por los 20.000 restantes?

HelpMyCash
#35

Hola, Roberto:

El dinero que tienes que reinvertir es el "obtenido en la transmisión". Esto significa que al precio de venta puedes restarle los gastos, como IRPF, plusvalía municipal y honorarios inmobiliarios. Del mismo modo, como cantidad reinvertida se entiende el precio de compra más los gastos, como el ITP. Tendría que saber exactamente cuánto has pagado de gastos para decirte si tienes que pagar IRPF o no, pero a grandes rasgos, me animo a aproximar que el saldo te quedará en cero.

Aquí tienes más información sobre cuánto dinero deber reinvertir en tu vivienda habitual para estar exentro de pagar IRPF.

Espero haberte ayudado. Si quieres que te ayude con más precisión, no dudes en contarnos los detalles. Te responderé encantada.

Saludos,

Paula

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#36
F
Fran LP
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Buenas tardes, por favor, una consulta. Tengo dos viviendas, ambas hipotecadas, una pequeña (que es mi vivienda habitual) y otra grande. Quiero vender la vivienda pequeña ¿Se considera reinversión en vivienda habitual si tras vender mi vivienda más pequeña y cancelar la hipoteca utilizo la ganancia patrimonial para cancelar parte del préstamo que tengo en otra vivienda más grande de mi propiedad y que pasaría a ser mi vivienda habitual en cuanto vendiera la vivienda mas pequeña? Muchas gracias

HelpMyCash
#37

citando a Fran LP Buenas tardes, por favor, una consulta. Tengo dos viviendas, ambas hipotecadas, una pequeña (que es mi vivienda habitual) y otra grande. Quiero ven...

Hola, Fran:

Podrías acogerte a la exención solo si la vivienda a la que te mudarás la has comprado en un plazo no superior a los dos años, contados desde la transmisión de la otra casa. De lo contrario, superarías el plazo que establece la Agencia Tributaria y tendrías que pagar IRPF. Te aconsejo, sin embargo, consultar con la Agencia Tributaria para tener una respuesta oficial. 

Espero haberte ayudado.

Saludos,

Paula

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#38
E
Eduardo Perez
/

Pregunta similar: Exención IRPF

He comprado antes de vender un piso que entre el precio e impuestos me ha salido 146000€....eso fue el mes pasado.....ahora acabo de vender mi piso por 90.000€ ( yo lo compre en su dia por 31000€) menos unos 5.000€ de gastos . Este piso no tenia hipoteca alguna, ya lo tenia pagado. La duda que me surge es: la exención 100% me exige "gastar" 90-000€ menos gastos......o la pluvalia de la venta, es decir, lo que vendo menos lo que compro......

HelpMyCash
#39

citando a Eduardo Perez Pregunta similar: Exención IRPF He comprado antes de vender un piso que entre el precio e impuestos me ha salido 1...

Hola, Eduardo:

Gracias por contactarnos. La Agencia Tributaria exige que reinviertas "el dinero obtenido con la transmisión" en la compra de la nueva vivienda. Esto son los 90.000€ menos gastos, y no la plusvalía que se utiliza para calcular la ganancia patrimonial. Así y todo, si has vendido por 90.000€ y comprado por 140.000€, entiendo que la reinversión sería total y, por tanto, no tendrías que pagar IRPF. Esto es así sin importar si compraste la nueva vivienda al contado o a través de una hipoteca.

Recuerda siempre que esta información es orientativa. Lo que te aconsejo es que te comuniques con la Agencia Tributaria para tener una respuesta oficial. En la web puedes encontrar sus números de teléfono.

¡Espero haberte ayudado!

Saludos,

Paula 

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#40
L
lydiaortegallamas
/

Pregunta similar: Reinversión venta vivienda

Hola, he vendido mi vivienda en Marzo de este año y la he tenido en propiedad 5 años el importe de venta fueron 140.000 euros y tenía una hipoteca de 90.000 euros,por lo que ganancias como tal fueron 50.000 euros,mi pregunta es, la reinversión tiene que ser por el total de la venta! Es decir, por los 140.000 euros? O por las ganancias reales que fueron 50.000? Muchas gracias.

Un saludo 

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