Seguro de vida en la hipoteca: ¿es obligatorio?, ¿se puede cambiar?
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Seguro de vida en la hipoteca: ¿es obligatorio?, ¿se puede cambiar?

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A. Portolés

Hoy en día, muchas entidades bancarias ponen como requisito contratar un seguro de vida al firmar un préstamo hipotecario. Dentro del marco legal no es obligatorio tener un seguro de vida pero sí un seguro del hogar, aun así haber contratado un seguro de vida puede tener grandes beneficios en caso de que ocurra algún imprevisto, tanto para ti como para tu familia.

Un seguro de vida se encarga de amortizar el capital que tengas pendiente en tu préstamo hipotecario con el banco y así, evitarás dejar deudas en caso de que se produzca algún imprevisto de fallecimiento o, en caso de invalidez, permite que sigas haciendo frente a la hipoteca sin que te quedes sin ingresos. En los dos casos, ante fallecimiento o invalidez, cancela la hipoteca con el banco.

El seguro de vida no es obligatorio

La entidad bancaria puede condicionar la firma de un préstamo hipotecario a que el cliente ligue un seguro de vida a su hipoteca pero, lo que no puede hacer es obligarle a contratarlo con el propio banco. Lo mejor suele ser entrar en comparadores de seguros de vida y ver lo que nos ofrecen las diferentes aseguradoras. De esta manera, es posible que ahorremos mucho dinero y consigamos un seguro con buenas coberturas, ya que las aseguradoras les dan grandes ofertas a los comparadores.

Si aun no estás seguro de los beneficios que trae tener un seguro de vida ligado a tu hipoteca, te los contamos a continuación:

1. Fallecimiento de asegurado y cónyuge por accidente

El asegurado y su cónyuge quedan protegidos ante cualquier tipo de accidente, ya que si tienen hijos menores de edad estos serán los beneficiarios.

2. Anticipo del capital para pagar impuestos o sepelio

El capital del seguro de vida puede ser adelantado al beneficiario para pagar el sepelio del fallecimiento del asegurado o los impuestos.

3. Cuotas aseguradas en caso de fallecimiento

Si el asegurado fallece las cuotas quedarán cubiertas por el seguro de vida, dejando sin problemas de liquidación a la familia.

Se puede cambiar para ahorrar

Si eliges una hipoteca a muchos años y no la puedes amortizar puedes cambiar tu seguro de vida, en caso de que te parezca que pagas mucho dinero o quieras cambiarlo. Las opciones del mercado varían y, como en todo, debes de estar pendiente de ahorrar lo máximo con mejores coberturas.

Cómo anular mi seguro de vida

Para anular un seguro de vida sólo debes de comunicar la baja o anulación de la póliza actual a tu aseguradora. Ellos también juegan con las diferentes opciones del mercado para sacar ofertas, con lo que son plenamente conscientes de que esto puede pasar. El único requisito es hacerlo con dos meses de antelación al vencimiento anual de la póliza.

Fuente: Segurodevida.es.

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Categoría(s) del artículo:  HipotecasSeguros

Autor: A. Portolés

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Comentarios

  • Avatar de Charo Guerrero
    Charo Guerrero

    Acabamos de comprar un apartamento con una subrogacion de hipoteca, en el lote nos han obligado a hacer seguro vida mi marido, seguro vida mio(que soy ama de casa) seguro hogar y cuatro tarjetas(2debito y dos credito) para asi mantenernos el diferencial a 1’25 ( si no aceptamos lo suben a 2’50), es normal q me hayan hecho a mi seguro?, e interesa tener todo el lote o mejor a 2’50?

  • Avatar de Miquel Riera
    Miquel Riera

    Hola, Jordi.

    Este artículo se escribió en 2014, cuando el límite mínimo para avisar era de los dos meses que se mencionan. Este punto se modificó en 2016 y ahora es de 30 días. Te adjuntamos lo que se indica en el artículo 22 de la Ley de Contrato de Seguro:

    1. La duración del contrato será determinada en la póliza, la cual no podrá fijar un plazo superior a diez años. Sin embargo, podrá establecerse que se prorrogue una o más veces por un período no superior a un año cada vez.

    2. Las partes pueden oponerse a la prórroga del contrato mediante una notificación escrita a la otra parte, efectuada con un plazo de, al menos, un mes de anticipación a la conclusión del período del seguro en curso cuando quien se oponga a la prórroga sea el tomador, y de dos meses cuando sea el asegurador.

    3. El asegurador deberá comunicar al tomador, al menos con dos meses de antelación a la conclusión del período en curso, cualquier modificación del contrato de seguro.

    4. Las condiciones y plazos de la oposición a la prórroga de cada parte, o su inoponibilidad, deberán destacarse en la póliza.

    5. Lo dispuesto en los apartados precedentes no será de aplicación en cuanto sea incompatible con la regulación del seguro sobre la vida.

    Gracias por utilizar el comparador de hipotecas de HelpMyCash.com.

    Un saludo.

  • Avatar de Jordi
    Jordi

    En que articulo legal dice que puedo cambiar el seguro de vida con dos meses de aviso, aunque se me renueve anualmente en diciembre??

  • Avatar de bertha alicia
    bertha alicia

    mi esposo tenia un credito hipotecario , era a 15 años y en el estado de cuenta nos rebajaban un seguro de vida y aparte un seguro a daños , el fallece faltando 2 años y medio para cumplir los 15.. la casa queda liberada y quiero saber si tengo derecho al remanente ya que el banco no me quiere regresar nada

  • Avatar de mari
    mari

    Tengo una hipoteca con un seguro de vida vinculado por el Banco,el problema que después de muchos años nos hemos dado cuenta que nos siguen cobrando lo mismo en el seguro,cuando la hipoteca en estos años a bajado,es decir q pago los mismos 586 euros q cuando hice la hipoteca.He ido a mi banco para darle de baja al seguro de vida,y m dicen que no puedo porque está vinculada a la hipoteca y es lo que firmemos en su día,me sale super caro pues tengo una hipoteca de100000 euros y si uno de los dos fallece o se queda minusvalído sólo nos pagan la mitad,mientras que en otras compañías me sale sobre unos 350 euros y nos cubre el 100% de fallecimiento o invalidez.Mi pregunta es,que debo decirle al banco para q me de de baja y pueda hacer el seguro con otra compañía? Ya m han cobrado un pago ¿lo puedo anular para contratar el otro? ¿se pueden negar a hacerme la devolución de ese pago? Por favor sólo tengo hasta mañana para poder anularlo,espero contestación,gracias

    • Avatar de Marta R
      Marta R

      Buenas tardes mari,

      El precio de los seguros siempre se mantiene igual aunque la hipoteca varíe y disminuyan sus cuotas, ya que va a parte.

      Te aconsejamos que mires en tu contrato si especifica cuantos años estás obligado a tener este seguro con ellos y si existe una penalización.

      Por otro lado, si lo que quieres es cambiar tu seguro pero el banco no te deja porque tienes que cumplir un plazo, lo que puedes hacer es subrogar la hipoteca. Esto significa cambiar tu deuda de banco, aunque también implica un coste, por lo que tendrás que valorar si te sale rentable.

      Un saludo

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