El euríbor se desploma: ¿qué pasará si el interés de mi hipoteca pasa a ser negativo?
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El euríbor se desploma: ¿qué pasará si el interés de mi hipoteca pasa a ser negativo?

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Salvo sorpresa, el euríbor marcará un nuevo récord negativo cuando termine el mes de julio. De hecho, su media provisional se sitúa ahora en el -0,260%, el valor más bajo jamás registrado. Así las cosas, parece que el interés de algunas hipotecas variables (las que tengan un diferencial del 0,25% o inferior) que se firmaron hace años será negativo con la siguiente revisión. Pero ¿qué consecuencias tendrá eso para los clientes? En este artículo vemos cuáles son todas las posibilidades.

ACTUALIZACIÓN 2022: El euríbor se sitúa ahora por debajo del -0,4%. Puedes consultar aquí su evolución.

Los tipos negativos abaratarán las cuotas

En los primeros meses de la crisis, durante el año 2008, el euríbor registraba valores por encima del 5%. Para compensarlo, ciertos bancos comercializaban hipotecas variables con diferenciales muy bajos, que podían llegar a ser del 0,25% o incluso menores. Pero ha llovido mucho desde entonces y ahora, debido a las políticas del Banco Central Europeo, este índice cotiza a una media del -0,260% en julio.

Si esta tasa mantiene ese valor, el interés de esos préstamos se convertirá en negativo si tienen revisión en agosto; una situación del todo excepcional. Veamos qué le sucederá a nuestra hipoteca si nos contamos entre los que firmaron el contrato en aquella época:

  1. El banco tendrá que sumar el euríbor al diferencial, así que el interés resultante será negativo. En caso de que el índice siga en el -0,260% y de tener un diferencial del 0,25%, el tipo aplicado a partir de la revisión sería del -0,01%.
  2. Ese tipo negativo será el que se aplique sobre el capital pendiente hasta la siguiente revisión. Por lo tanto, el banco nos tendrá que “pagar” la parte de la cuota que corresponde a los intereses. Recordemos que las mensualidades de una hipoteca se componen de una parte del importe pendiente y de otra de intereses.
  3. Se calculará la nueva cuota restando la parte de los intereses a la parte del capital pendiente. En consecuencia, las mensualidades que pagaremos serán más baratas y, además, el importe de la hipoteca que nos quede por devolver se reducirá un poco.

Como vemos, que el interés de nuestra hipoteca sea negativo no significa que el banco nos deje de cobrar cuotas y nos pague dinero. Solo se daría ese escenario si la parte del capital a amortizar mensualmente fuera inferior a la parte de los intereses. Y para que ocurriera, el tipo negativo tendría que ser mucho más bajo.

¿Pueden limitar el interés de la hipoteca para que eso no pase?

Pero todo lo que hemos contado solo es válido si nuestro contrato no contiene ninguna limitación a la variabilidad del interés. Es decir, que solo se nos aplicarán tipos negativos en el caso de que nuestra hipoteca no tenga un interés mínimo. Veamos cómo pueden ser estos “topes” dependiendo del momento en el que firmamos el contrato:

Préstamos firmados antes del 16/06/2019

Antes de esa fecha, la aplicación de un interés mínimo no estaba regulada. Por lo tanto, el banco podría haberlo incluido en el contrato de distintas formas:

  • Con una cláusula suelo: un tipo mínimo que se aplicaría en caso de que la suma del euríbor más el diferencial diera un resultado inferior al valor establecido en la cláusula. Eso sí, si el banco no nos informó debidamente de la existencia del suelo, su inclusión se considera abusiva.
  • Con una cláusula cero: se aplica un interés del 0% en caso de que el tipo del préstamo hipotecario sea negativo. De este modo, no pagamos intereses, pero el banco tampoco tiene que hacerlo.
  • Dando un valor del 0% al euríbor negativo: cuando esta tasa cotiza a menos del 0%, el interés que se aplica es equivalente al diferencial.

En todos los casos, estas limitaciones tienen que aparecer en la escritura de la hipoteca que firmamos con el banco.

Créditos firmados después del 16/06/2019

Todos los créditos hipotecarios contratados a partir del 16 de junio de 2019 tienen, por defecto, un interés mínimo del 0%. La ley prohíbe, eso sí, que se establezca algún otro tipo de limitación, así que en la práctica prohíbe las cláusulas suelo o considerar que el euríbor es del 0% cuando este cotiza en negativo.

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Categoría(s) del artículo:  EuriborHipotecas

Autor: Miquel Riera

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