reinversión vivienda habitual

reinversión vivienda habitual

Responder
D
David
/

hola

he vendido mi vivienda por 300.000 y después de amortizar la hipoteca pendiente y pagar plusvalía me ha quedado 190.000 que debería de gastar para que se considere reinversión total.

Como ahora quiero comprarme una vivienda en otra región con mi pareja actual por cambios laborales, estamos planteando dos opciones para la nueva vivienda cuyo valor es de 220.000.

 

opción 1 (sin contar con ITP + gastos) pagar yo 190.000 y mi pareja 30.000 con lo que yo sería propietario del 86% y mi pareja del 14% restante. De esta forma, ¿conseguiría que hacienda considerase que hay una reinversión total y de esta manera no tener que pagar impuestos por ganancia patrimonial?

opción 2. Comprar la casa a medias por lo que yo tendría que pagar 110.000

si se los resto a los 190.000 me quedaría 80.000 que no he reinvertido. ¿Me gustaría saber como se calcularía el impuesto de ganancia patrimonial en este caso ya que he reinvertido una parte? Entiendo que no tendría que pagar el 21% o lo que toque por los 80.000 Sino que sería alguna formula matemática que calcularía los 110.000 reinvertido.

un saludo y muchas gracias

23 respuestas
Última respuesta
Respuestas
HelpMyCash
#1

citando a David Pregunta similar: reinversión vivienda habitual hola he vendido mi vivienda por 300.000 y después de amort...

Hola, Helper:

Gracias por compartir tu consulta. En el caso uno, a priori, sí que Hacienda lo consideraría reinversión total y quedarías exento de pagar IRPF por reinversión en vivienda habitual.

En el segundo caso, la reinversión sería parcial y tendrías que tributar por el proporcional no reinvertido. En esta página te explicamos cómo calcular el IRPF con detalle, pero de modo general, tendrías que restar al valor de transmisión el valor de adquisición más todos los gastos de la venta. Luego, a la ganancia patrimonial deberías restarle la cantidad reinvertida y sobre esa base calcular el IRPF.

Ten en cuenta que no somos expertos fiscales y que esta información es solo orientativa. Por favor, verifica los cálculos con la Agencia Tributaria antes de hacer cualquier declaración.

¡Espero que te ayude!

Saludos,

Paula

¿Te hemos ayudado?

Si valoras nuestra respuesta, por favor ayúdanos y valora nuestro servicio en Trustpilot. También puedes compartir esta experiencia con tus conocidos aquí:
Preguntas similares
#2
O
OSCAR GIL
/

Pregunta similar: Reinversion en vivienda habitual. Vende 1 y compran 2.

Hola.. mi pregunta consiste en saber si el beneficio de la venta de mi piso .. mio al 100% .. lo puedo reinvertir integramente en la compra de mi casa .. comprada al 50% con mi mujer ... ya que el importe de la casa es muy superior al de la venta de mi piso ..y   ya solo con los gastos y la aportación inicial ,supera el importe del beneficio de mi piso..

para no pagar irpf por reinversión en vivienda habitual

HelpMyCash
#3

Hola Óscar Gil,

Sí, en este caso puedes reinvertir la ganancia obtenida en la compra de una nueva vivienda habitual y estar exento de pagar el IRPF por la venta de tu piso, aunque la adquisición la realices a medias con tu pareja.

Espero haberte ayudado.

¡Un saludo!

¿Te hemos ayudado?

Si valoras nuestra respuesta, por favor ayúdanos y valora nuestro servicio en Trustpilot. También puedes compartir esta experiencia con tus conocidos aquí:
#4
H
Helper_808590430
/

Pregunta similar: Exención por reinversión en vivienda habitual: consultar mi caso

Buenos días 

Queria saber si me podéis ayudar con lo siguiente:

Yo compré un piso hace unos 4 años estando soltero (hipoteca y titularidad solo), posteriormente, hará unos 3 años me casé en gananciales, aún así yo he pagado las cuotas de la hipoteca 

Estamos vendiendo el piso, con la intención de cancelar la hipoteca y con el restante dinero comprar otra vivienda solicitando hipoteca y está seguirá siento la habitual. Vamos a hacer el cambio de régimen de gananciales a separación de bienes, para que en las escrituras y la hipoteca de la nueva vivienda aparezca solo yo, ( el banco me dijo que si no estábamos en separación de bienes, tendríamos que sacar la hipoteca conjunta, por esa razón vamos a hacer las capitulaciones post matrimoniales en la notaría)

La intención de que aparezca solo yo, es que quiero hacer la exención de irpf por reinversión en la vivienda habitual y para esto tengo que reinvertir la totalidad de la venta de la anterior vivienda, en la compra de la nueva, siendo está la vivienda habitual.

Si hacemos lo anterior tendríamos que pagar algo a hacienda? porque crea que es una donación o falte algo por pagar. No tenemos muy claro si es correcto lo que pensamos hacer

Por último, tenemos cita para hacer el cambio de régimen ganancial a separación de bienes, en un par de semanas, a partir de ahí venderemos y compraremos la nueva vivienda, ¿para escriturar e hipotecar la nueva vivienda, es suficiente con las escrituras de capitulaciones que me dan en la notaría, o piden que este también inscrita en el registro civil? Lo pregunto porque me dicen que en el registro se tardan unos 5 meses para hacer la inscripción,pero en la notaría me dicen que surge efecto desde la firma ante notario

muchas gracias de antemano 

un saludo 

HelpMyCash
#5

Hola, Helper:

Gracias por compartir tu consulta. Mi interpretación de esta situación es que no es necesario que disuelvas el régimen de gananciales para acogerte a la exención por reinversión en vivienda habitual. Te explico el porqué a continuación, pero ten presente que esta información es orientativa y lo mejor será que lo consultes directamente con Hacienda.

Si bien tú has comprado el piso antes de contraer matrimonio, existe un caso particular donde la vivienda deja de ser privativa, es decir que no te pertenece solo a ti, sino a la comunidad de gananciales (tu esposa y tú en este caso). Esta excepción se da cuando:

  • Adquiriste la vivienda antes del matrimonio con una hipoteca
  • Continuaste pagando las cuotas de la hipoteca una vez contraído el matrimonio
  • El matrimonio se celebró en régimen de gananciales
  • La propiedad es el domicilio familiar de la pareja

Ten en cuenta que en el régimen de gananciales, el dinero proveniente de tu salario pertenece a la sociedad ganancial. Por lo tanto, se entiende que es la pareja en su conjunto quien está pagando la hipoteca y, por lo tanto, la vivienda pertenece a ambos Aquí tienes más información al respecto.

Es sobre esta base que considero que podrías acogerte a la exención por reinversión en vivienda habitual sin necesidad de disolver el régimen matrimonial. A fin de cuentas, ambos venden y ambos adquieren la nueva propiedad. 

Insisto, de todas formas, en que lo mejor es consultarlo directamente con Hacienda. Aquí encontrarás sus teléfonos de interés.

Con respecto a las capitulaciones matrimoniales, entendemos que deben inscribirse también en el Registro Civil.

¡Espero haberte ayudado!

Saludos,

Paula

¿Te hemos ayudado?

Si valoras nuestra respuesta, por favor ayúdanos y valora nuestro servicio en Trustpilot. También puedes compartir esta experiencia con tus conocidos aquí:
#6
S
SILVIA PASTOS
/

Pregunta similar: Compra de vivienda habitual y despues venta de la que fue vivienda habitual

Hola, compramos la vivienda habitual por 250.000 eur con mi marido al 50% cada uno, ahora 6 meses despues he vendido la que fue antes nuestra vivienda habitual pero 100% de mi propiedad por un valor de 164.000 eur, quedaba pendiente de pago una hipoteca de 100.000 eur. Si reinvierto el total obtenido en amotizar hipoteca de la nueva vivienda se considera reinversion total o vamos a tener que pagar irpf. Gracias

HelpMyCash
#7

citando a SILVIA PASTOS Pregunta similar: Compra de vivienda habitual y despues venta de la que fue vivienda habitual Hola, compramos la v...

Hola, Silvia:

Gracias por compartir tu consulta. Desde nuestro punto de vista, puedes acogerte a la exención total por reinversión en vivienda habitual, te explico el porqué:

  • Al usar parte del dinero de la venta en cancelar la hipoteca, lo que tienes que reinvertir para acogerte a la exención son 64.000 euros (164.000 de la venta menos los 100.000 pendientes de amortizar).  Al comprar, digamos, la mitad de una vivienda de 250.000 euros, superas esta cantidad.

  • Por otro lado, la Agencia Tributaria explica que para aplicar la exención por reinversión en vivienda habitual no es necesario emplear el mismo dinero obtenido en la venta en la compra de la nueva propiedad, sino que basta con aplicar para el mismo fin dinero tomado a préstamo de terceros. En palabras simples, no importa si compras la nueva propiedad con hipoteca o al contado, el único requisito para acogerte a la exención total es que el dinero que inviertas en la nueva vivienda sea, como mínimo, el mismo que obtuviste en la venta. 

Así y todo, te aconsejo corroborarlo con la Agencia Tributaria para tener una respuesta oficial. Aquí encontrarás sus números de teléfono. 

¡Espero haberte ayudado! Si tienes más inquietudes, no dudes en escribirnos.

Saludos,

Paula

¿Te hemos ayudado?

Si valoras nuestra respuesta, por favor ayúdanos y valora nuestro servicio en Trustpilot. También puedes compartir esta experiencia con tus conocidos aquí:
#8
J
José Luis Barranco Espejo
/

Buenas,

Una duda sobre mi anterior consulta, tengo otra vivienda que compre entre mi hermana, mi cuñado y yo en 2003 de la que tengo el 33% en la que residí unos años, actualmente solo están ellos, la vivienda que vendí es otra que adquirí en 2014 en la cual he estado residiendo durante 8 años como vivienda habitual, ahora ya estoy en mi nueva vivienda.

¿Entiendo que al ser de esta forma no afecta para estar exento por reinversión total?

Gracias!

 

Hola, José Luis:

¡Gracias por compartir tu consulta! Entiendo que en este caso estarás exento de pagar IRPF. El dinero que tienes que reinvertir son los 132.3000€ que resultan de la cancelación de la hipoteca + gastos. Y en la reinversión, tal como has descrito, se puede incluir el ITP más los gastos de la compra. Así, resultaría reinvertido el 100% del dinero obtenido con la venta.

Si quieres estimar cuánto te tocará pagar de plusvalía, puedes hacerlo en nuestra calculadora gratuita.

Las comisiones inmobiliarias también pueden deducirse, pero recuerda pedir las facturas correspondientes.

Por último, recordarte que esta información es orientativa y en ningún caso es una respuesta oficial. Por eso te aconsejo comunicarte con la Agencia Tributaria para tener una respuesta oficial. Aquí encontrarás sus números de teléfono.

¡Espero haberte ayudado!

Saludos,

Paula

HelpMyCash
#9

citando a José Luis Barranco Espejo Buenas, Una duda sobre mi anterior consulta, tengo otra vivienda que compre entre mi hermana, mi cuñado y yo en 2003 de la que tengo el 33%...

Hola de nuevo, José Luis:

No sé si entiendo bien tu consulta. ¿Te refieres a si el hecho de que hayas vivido en esta vivienda que compartes con tus hermanos podría afectarte en la exención por reinversión tras la venta de la otra propiedad?

Si es esta te pregunta, te explico a grandes rasgos cómo funciona la exención. El requisito es que la propiedad que vendiste haya tenido carácter de habitual al momento de la venta, o bien, en algún momento de los últimos dos años anteriores. Esto significa que si en algún momento de los dos últimos años cumpliste el plazo de vivir tres años allí, podrías acogerte. Así y todo, vuelvo a recomendarte consultar con la Agencia Tributaria para tener su respuesta oficial.

Si es que he entendido mal tu pregunta, vuelve a escribirme y estaré encantada de ayudarte.

Saludos,

Paula

¿Te hemos ayudado?

Si valoras nuestra respuesta, por favor ayúdanos y valora nuestro servicio en Trustpilot. También puedes compartir esta experiencia con tus conocidos aquí:
#10
J
José Luis Barranco Espejo
/

Hola Paula,

Correcto tenía la duda si me podría afectar tener esta propiedad y al haber estado viviendo en ella, prefiero asegurarme por desconocimiento legal.

La vivienda que vendí te confirmo que ha sido mi vivienda habitual durante los últimos 8 años y la nueva en la que acabo de instalarme es mi habitual.

Gracias!

HelpMyCash
#11

citando a José Luis Barranco Espejo Hola Paula, Correcto tenía la duda si me podría afectar tener esta propiedad y al haber estado viviendo en ella, prefiero asegurarme por de...

Perfecto, entonces entiendo que no tendrás problemas para acogerte a la exención.

¡Gracias a ti por confiar en nosotros!

¿Te hemos ayudado?

Si valoras nuestra respuesta, por favor ayúdanos y valora nuestro servicio en Trustpilot. También puedes compartir esta experiencia con tus conocidos aquí:
#12
H
Helper_512319414
/

Pregunta similar: Venta de piso y reinversión en piso de pareja

Buenas tardes,

Mi pareja ha vendido la vivienda que tiene con su ex por lo que le ha quedado una suma de dinero en su cuenta. La intención es reinvertir ese dinero que le ha quedado en la hipoteca de mi vivienda  del que soy yo único titular y añadirla como titular en el préstamo hipotecario y en las escrituras del piso del que soy yo el único titular. Nos gustaría saber cuál es la mejor opción para tener los menos gastos posibles, debemos casarnos o no hace falta para que esos gastos fiscales sean menores. Gracias

 

HelpMyCash
#13

citando a Helper_1009762924 Pregunta similar: Exención irpf por reinversión en vivienda habitual Buenos días, quería hacerles una consulta, en...

Hola, Helper:

Gracias por compartir tu consulta. El requisito para acogerte a la exención por reinversión en vivienda habitual, desde mi punto de vista, es que hayas sido propietario y vivido en ella durante al menos tres años. Por tanto, todavía no podría considerarse tu vivienda habitual.

No obstante, recuerda que la información que podemos darte es solo orientativa. No somos expertos fiscales. El consejo más prudente que puedo darte es que pidas cita en la Agencia Tributaria o que te comuniques con ellos por teléfono. Puedes encontrar los números en la web.

Saludos,

Paula

¿Te hemos ayudado?

Si valoras nuestra respuesta, por favor ayúdanos y valora nuestro servicio en Trustpilot. También puedes compartir esta experiencia con tus conocidos aquí:
#14
M
Montserrat Ramos
/

Pregunta similar: Reinversion en vivienda habitual

Vendo un piso, en el cual después de liquidar hipoteca me quedarían 160000. De eso, compro con mi hijo otra vivienda como vivienda habitual,  pero yo aporto 100000 euros y ellos piden el resto como hipoteca. 

Que ocurre con los 60.000 que me quedo si los reenviarlo en otra casa para alquilar?

HelpMyCash
#15

citando a alg.dani Pregunta similar: Exencion reinversion vivienda habitual Tengo mi vivienda habitual en propiedad libre de cargas....

¡Hola!

Gracias por compartir tu consulta. Te cuento cómo funciona la exención por reinversión en vivienda habitual:

Si tú vendes tu actual residencia habitual (es decir, aquella donde has vivido durante el menos tres años de forma ininterrumpida) y reinviertes el dinero obtenido con la venta en una nueva vivienda habitual (para lo cual la debes habitar de manera efectiva en un plazo máximo de doce meses desde la compra), puedes estar exento de pagar IRPF, incluso si compras la nueva vivienda con hipoteca y con independencia de cuándo amortices el préstamo. El requisito principal es que entre la venta y la compra no transcurran más de dos años.

En definitiva, puedes acogerte a la exención si compras con hipoteca, independientemente de si amortizas el préstamo ahora o no, siempre que no pasen más de dos años entre la venta y la compra.

Recuerda sin embargo que esta información es orientativa y lo mejor siempre es que te pongas en contacto con la Agencia Tributaria.

¡Saludos!

¿Te hemos ayudado?

Si valoras nuestra respuesta, por favor ayúdanos y valora nuestro servicio en Trustpilot. También puedes compartir esta experiencia con tus conocidos aquí:
HelpMyCash
#16

citando a Montserrat Ramos Pregunta similar: Reinversion en vivienda habitual Vendo un piso, en el cual después de liquidar hipoteca me queda...

Hola, Montse:

Tendrías que tributar por esos 60.000 euros que utilizarías para invertir en una casa de alquiler. La exención del IRPF solo aplica para la venta y compra de vivienda habitual.

¡Espero haberte ayudado!

¿Te hemos ayudado?

Si valoras nuestra respuesta, por favor ayúdanos y valora nuestro servicio en Trustpilot. También puedes compartir esta experiencia con tus conocidos aquí:
#17
J
Javi
/

Pregunta similar: Exención por inversión si me mudo con mi pareja

Buenas tardes.

Próximamente voy a comprar una vivienda con mi pareja que será nuestra vivienda habitual y en unos meses venderé la que hasta ahora ha sido mi vivienda habitual.

En este caso, si utilizo el dinero obtenido de la venta para amortizar la hipoteca de la vivienda adquirida con mi pareja, estaría exento por reinversión?

Gracias

HelpMyCash
#18

Hola, Javi:

Gracias por compartir tu consulta. Desde mi punto de vista, podrías acogerte a la exención por reinversión en vivienda habitual siempre que cumplas los requisitos, que son:

  • Haber vivido en la casa que vendes durante un plazo continuado de, al menos, tres años.
  • Habitar de manera efectiva y con carácter permanente la nueva casa en un plazo máximo de doce meses desde la fecha de compra.
  • Que no transcurran más de dos años entre la compra de la nueva casa y la venta de la anterior o viceversa.

Ahora bien, debes tener en cuenta que, según si están casados o no y en qué régimen, podrías acogerte a la exención total o parcial. Según entiendo, no estáis casados. En ese caso, me imagino que la titularidad de la vivienda se repartirá 50% y 50%. En tal caso, el importe reinvertido sería solo la mitad de la propiedad. Si el precio de venta es superior a este 50%, tendrías que tributar por el excedente.

Así y todo, lo mejor que puedes hacer es consultarlo con Hacienda. Esta información solo es para orientarte pero en ningún caso sustituye una respuesta oficial de la Agencia Tributaria.

¡Espero que te sirva!

Saludos,

Paula 

¿Te hemos ayudado?

Si valoras nuestra respuesta, por favor ayúdanos y valora nuestro servicio en Trustpilot. También puedes compartir esta experiencia con tus conocidos aquí:
#19
M
María Jesús
/

Pregunta similar: Reinversión vivienda

Tengo un piso el cual quiero vender.

Pero tengo unas dudas. Mi piso lo compré con mi marido ya fallecido, por tanto tengo el 50%de propiedad ,50%en usufructo y mi hijo 50% nuda propiedad. Para reinvertir en vivienda habitual mi 50% de propiedad lo puedo reinvertir y no pagar hacienda? 

O al no tener el 100% de pleno dominio no puedo hacerlo?

Estoy a punto de vender mi piso y si no es así voy a tener que plantearme el vender.

Muchas gracias.

HelpMyCash
#20

citando a María Jesús Pregunta similar: Reinversión vivienda Tengo un piso el cual quiero vender. Pero tengo unas dudas. Mi piso...

Hola, María Jesús:

Desde mi punto de vista, sí podrías acogerte a la exención siempre que cumplas estos requisitos:

  • Que la vivienda que vendes sea la habitual, es decir, que hayas vivido en ella durante tres años de forma ininterrumpida.

  • Que la nueva propiedad también sea tu residencia habitual, para lo cual tienes que habitarla en un plazo máximo de doce meses desde la compra.

  • Que no transcurran más de dos años entre la venta y la compra.

De todos modos, esta información es orientativa. Te aconsejo ponerte en contacto con la Agencia Tributaria antes de iniciar la operación. Si decides vender, puedes encontrar aquí inmobiliarias de confianza.

Espero haberte ayudado.

Un saludo,

Paula

¿Te hemos ayudado?

Si valoras nuestra respuesta, por favor ayúdanos y valora nuestro servicio en Trustpilot. También puedes compartir esta experiencia con tus conocidos aquí:
1 2
Responder
Por favor, no escribas todo el texto en mayúsculas ni utilices palabras malsonantes. Ayúdanos a hacer del foro un espacio de intercambio agradable y útil para todos. Normas del foro

¡Hola! Hemos notado que tu publicación incluye una opinión o experiencia personal. Para mantener la integridad de nuestro foro, necesitamos que confirmes que:

  • Esta es tu opinión/experiencia 100% auténtica
  • Refleja tu interacción real con el servicio mencionado
  • No tienes ningún tipo de relación, directa o indirecta con la empresa o sus competidores
  • No has recibido ningún tipo de incentivo o pago por compartir tu opinión
¿Por qué es gratis?
Integridad editorial