Conversión Hipoteca Variable a Fijo Vía Subrogación

Conversión Hipoteca Variable a Fijo Vía Subrogación

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S
Sergio Bayona
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Hola, buenas a todos, soy un seguidor de HelpMyCash y de vuestros artículos. Os felicito enormemente por la gran labor educativa y aclaratoria que hacéis sobre el mercado hipotecario, entre otros.

Tengo actualmente una hipoteca variable firmada en 2018 donde se estipula una comisión de desistimiento o compensación o reembolso anticipado de 0,50% sobre el capital pendiente.

Dado el contexto del Euribor, hace ya unas semanas estoy trabajando para pasarme a una hipoteca fija. Esta conversión la voy a realizar vía subrogación con otra entidad pasando de una hipoteca variable actual a una hipoteca fija futura.

Al solicitar el certificado de deuda a la entidad primitiva (la de la hipoteca variable que quiero subrogar) me indican que debo compensarles con el 0,50% del capital pendiente.

Ahora bien, la ley LCCI de 5/2019, expone en su artículo 23, apartado 6, que en los casos únicos de conversión de una hipoteca variable a una fija, la comisión de compensación será de 0,15% para los primeros 3 años y de 0% para los siguientes. Asimismo la misma ley en su disposición transitoria primera, en su apartado 3, expone que el artículo 23.6 tiene carácter retroactivo.

La pregunta es, ¿a qué entidad está obligando la ley que debe fijar esas comisiones? ¿A la entidad subrogada (la actual con el variable) o a la subrogante (la futura con el fijo)?

En mi interpretación de la ley, (ley, por otra parte, inconcreta e ineficaz por tener una pésima redacción, al menos en este punto), entiendo que es a la entidad subrogada (la actual con el variable) la que me debe respetar lo que establece la ley y aplicarme un 0% de comisión de reembolso anticipado al haber transcurrido más de 3 años desde la formalización de la hipoteca inicial. De hecho, así les he reclamado, sin embargo, la misma entidad me expone que ellos entienden que es la entidad subrogante la que debe establecerme esos nuevos límites que fija la ley para mi nueva hipoteca fija, es decir, 0% por comisión de reembolso anticipado. Y yendo más allá, se refieren al certificado de deuda, y al reintegro total del mismo, incluida la comisión en discusión con un 0,50%,para proceder a cancelar el préstamo con ellos y tener vía libre para iniciar la nueva hipoteca fija con la nueva entidad.

¿Me he vuelto loco? ¿Estoy en lo cierto?

¿Podríais orientarme por favor?

Muchísimas gracias.

Un saludo,

Sergio

26 respuestas
Última respuesta
Respuestas
#21
H
Helper_1110906292
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Pregunta similar: Comision por novacion

Buenos días. Voy a cambiar la hipoteca de tipo variable a fijo, la hipoteca la firme en noviembre de 2015, he leído que con la nueva ley hipotecaria de 2019, en caso de novacion por cambio de tipo de variable a fijo la ley si es retroactiva y al tener la hipoteca más de tres años no me deberían aplicar comisión alguna. Esto es así o estoy equivocado y tendría que pagar la comisión que establece mi contrato?. Un saludo.

#22
A
anamariamontanesa
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citando a Sin nombre
citando a Ana Buenas... El banco me dice q el art 23,6 se refiere a la comisión de reembolso x novacion no a la comisión de novacion en si dicha.... Yo c...
Hola Ana,   Como ha quedado el tema del notario y de la comisión?
el notario me dijo que no había comisión de novacion en las escrituras x ningún lado, pero me quiso transcribir nada...

El resumen es q el SAC en primera vuelta me dio la razón, pero me querían poner aún comisión de novacion. Reclame otra vez y ahora no me Dan la razón... 

Dicen que sus resoluciones no son vinculantes. Me gustaría saber si esto es así... Y cuanto tiempo tengo para reclamar al defensor del cliente 

Gracias 

HelpMyCash
#23

citando a anamariamontanesa
citando a Sin nombre
citando a Ana Buenas... El banco me dice q el art 23,6 se refiere a la comisión de reembolso x novacion no a la comisión de novacion en si dicha.... Yo c...
Hola Ana,   Como ha quedado el tema del notario y de la comisión?
el notario me dijo que no había comisión de novacion en las escrituras x ningún lado, pero me quiso transcribir nada... ...

Hola, anamariamontanesa.

Las resoluciones del Servicio de Atención al Cliente de un banco sí deberían ser vinculantes para el propio banco. Ahora bien, una entidad también puede cambiar de criterio si lo considera oportuno o si cree que ha cometido un error de interpretación.

Dicho esto, como el Servicio de Atención al Cliente de tu banco no ha resuelto tu problema, te aconsejamos interponer una reclamación ante el Servicio de Reclamaciones del Banco de España. Las resoluciones de este organismo tampoco son vinculantes, pero los bancos las aplican en la inmensa mayoría de los casos. 

En esta página del Banco de España se explica el proceso que tienes que seguir para interponer tu reclamación. 

Esperamos haberte ayudado. 

Un saludo. 

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#24
V
Victtor
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Pregunta similar: COMISION SUBROGACIÓN AÑO 2025

 Hola, tengo una hipoteca de año 2007 de tipo variable. y para el 2025 quisiera realizar una subrogación de variable a tipo fijo.( mi entidad me informa que tengo una comisión de subrogación de 0.5%) cosa que no estoy de acuerdo a priori, por lo que expongo:

Tengo entendido que la  ley 5/2019 , modificada en año 2023 en su apartado 6 de art. 23, establece que se va a establecer un techo de 0.05% comisión de subrogación de tipo variable a fijo o mixto. . y aparte que si la hipoteca es de más de 3 años no tendría ninguna comisión.

También en el preámbulo de dicha modificación de año 2023 menciona que dicha comisión 0.05% independientemente de cuando se halla formalizado la hipoteca" es decir que es retroactivo ( como he leido aqui en una noticiaz de HelpMyCash.)

entiendo que yo al ser la hipoteca de año 2007 no tendría ninguna comisión de subrogación para el 2025.

gracias de antemano.

#25
E
Eli S
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Pregunta similar: CONSULTA NOVACIÓN

Buenas tardes, nos hemos planteado subrogar la hipoteca firmada en julio de 2019. Antes de empezar a buscar, mi propio banco me ha ofrecido la posibilidad de novación a 2.35% a tipo fijo (ya que lo tengo variable ahora mismo). Y me ha comentado que mire en la escritura el % que tengo de comisión por la novación. Por lo que he leído en algunos sitios, he visto que a partir del tercer año de hipoteca si es una cambio de variable a fija, aunque en la escritura aparezca un % de comisión, no deberían cobrar nada. Es así? Gracias

 

#26
C
Comisión de cancelación por subrogación a otro banco
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Pregunta similar: Comisión cancelación por subrogación

Me quieren cobrar el 1% por la cancelación de mi hipoteca que la constituye en 2004 y que ponía que era el 1% de comisión  por subrogación en la escritura del promotor que me subrogue. Quiero pasar de variable a fijo.

Pero veo que el 1% no es lo correcto por la comisión 

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