IRPF VENTA VIVIENDA HEREDADA

IRPF VENTA VIVIENDA HEREDADA

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M
matiasgilsanchez
/

Voy a vender una casa que heredé de mi padre y quiero saber cuánto tengo que pagar de IRPF y de plusvalía municipal. Mis preguntas son:

  • Cuál es la "fecha de adquisición" de un inmueble heredado?
  • Cuál es el "valor de adquisición"?

Gracias 

43 respuestas
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Respuestas
HelpMyCash
#1

Hola, Matías:

Gracias por compartir tu consulta. Las respondo por partes:

  • La fecha de adquisición de una vivienda heredada es la del fallecimiento de quien deja el legado.
  • El valor de adquisición es el que se declaró en el impuesto de sucesiones. Te recuerdo que desde enero de 2022 este es el más alto entre el declarado en la escritura de la herencia y el valor de referencia del Catastro.

Aquí tienes toda la información completa sobre los impuestos por la venta de una vivienda heredada.

¡Espero haberte ayudado! Si tienes más inquietudes, no dudes en escribirnos.

Saludos,

Paula

 

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#2
M
matiasgil
/

Ok, gracias. Y si vendo por el mismo precio que declaré en el ISD?

HelpMyCash
#3

citando a matiasgil Ok, gracias. Y si vendo por el mismo precio que declaré en el ISD?

Hola, de nuevo:

Si vendes por el mismo precio que has declarado en el impuesto de sucesiones, no tendrás que pagar IRPF por la venta de la vivienda heredada. En estos casos se entiende que no hubo ganancia patrimonial, por tanto, tienes que declarar la operación pero sin pagar por ella. 

Espero que mi respuesta sea útil.

Saludos,

Paula 

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Preguntas similares
#4
J
jose
/

Pregunta similar: Saber cuanto pagar a hacienda

Al vender el piso heredado, imagino que hay que pagar a Hacienda. Pero me gustaria saber mas o menos cuanto podria ser ya que el piso se adquirio en su fecha por 5 mil euros y si se vende por ejemplo por 160000 euros cuanto seria el pago de hacienda?. O al ser transmision de herencia no se paga o se paga menos, es que no lo se. Saludos

HelpMyCash
#5

Hola Jose,

Sí, la venta de un piso heredado tributa en el IRPF si hubo una ganancia patrimonial con la venta.

Esta se calcula tomando la diferencia entre el valor de venta de la la vivienda y el valor de adquisición, que es el que declaraste en el impuesto de sucesiones y donaciones para recibir la herencia. Es decir, no se toma en cuenta el precio al que tu familiar compró la casa en su momento.

Además, debes tener en cuenta que al valor de adquisición se le pueden sumar otros conceptos que pueden aumentar su cantidad como, por ejemplo, algunas mejoras o reparaciones que hayas realizado en la vivienda.

De esta manera, si vendes el piso a un precio de mercado en 160.000 euros y este fue el valor con el declaraste el impuesto de sucesiones o es cercano a este, sumado a los otros conceptos, te puede resultar una pérdida patrimonial y no una ganancia. En ese caso no tendrías que asumir el gasto del IRPF por la venta del piso.

Pero si, por el contrario, el valor declarado en el impuesto de sucesiones es mucho menor que el precio al que vendes el piso, es probable que te salga una ganancia por la que deberás tributar.

Es recomendable que, dado el caso, consultes con un experto en fiscalidad que te pueda realizar el cálculo y te puede ayudar con la declaración.

Espero haberte ayudado.

¡Un saludo!

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#6
J
jose
/

citando a Ottymar Tademo Hola Jose, Sí, la venta de un piso heredado tributa en el IRPF si hub...

Gracias por su respuesta. Comentar que el piso se valoro en su momento para la declaracion de herederos en 180000 euros sin incluir lo pagado de plusvalias. Imagino que a la hora de hacer la declaracion de la renta y poner el precio de venta y poner como gastos tambien la plusvalia es posible que salga a devolver la misma verdad? Gracias

HelpMyCash
#7

Hola Jose,

Si el valor de la vivienda que declaraste en el impuesto de sucesiones fue de 180.000 euros (sin contar los costes asumidos en el proceso de adjudicación) y lo vendes por 160.000 te resultaría una pérdida patrimonial y no tendrías que pagar IRPF por la venta de la vivienda heredada.

Pero, en el caso que lo vendas por un precio superior a los 180.000 euros declarados, al deducir los gastos de la compraventa como, por ejemplo, la plusvalía municipal (si aplica), los honorarios de la agencia inmobiliaria o del gestor, entre otros, también te podría resultar en una pérdida patrimonial y quedar libre de asumir este gasto por la venta de tu vivienda

Es recomendable que consultes con un experto en fiscalidad para que te puede realizar el cálculo, tomando en cuenta todas las variables que aplican a tu caso concreto.

Espero haberte ayudado.

¡Un saludo!

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#8
J
jose
/

Ultima duda que tengo. Si tengo en el patrimonio un decremento por vender el piso mas barato de lo que se valoro en su dia. ¿Podria luego reclamar lo pagado por la plusvalia al ayuntamiento?. Gracias por todo

 

citando a Ottymar Tademo Hola Jose, Si el valor de la vivienda que declaraste en el impuesto de sucesiones fue de 180.000 euros (sin contar los costes asumidos en e...

HelpMyCash
#9

Hola Jose,

La plusvalía municipal está relacionada con el aumento del valor del suelo urbano, no con el precio de venta de la vivienda. Es decir, para calcularlo se toma como base el valor catastral de la casa, multiplicado por el número de años que se ha tenido el inmueble en propiedad y por el coeficiente/porcentaje de tributo definido por el ayuntamiento correspondiente.

En el caso que hayas vendido a pérdidas y el ayuntamiento te realizó un cobro indebido, podrías reclamar la devolución de lo pagado.

No obstante, el proceso va a depender de si el impuesto se ha pagado mediante autoliquidación (es el contribuyente quién gestiona la liquidación) o si es el ayuntamiento quién ha girado el cobro.

Para reclamar una autoliquidación, deberás presentar una solicitud de rectificación y el ayuntamiento tiene seis meses para dar una respuesta. Si el cobro se realizó a través de una liquidación, tienes un mes para interponer un recurso de reposición a dicha liquidación.

Es recomendable que consultes con un experto en fiscalidad ya que los plazos son sumamente importantes para reclamar este gasto por la venta de tu vivienda.

Espero haberte ayudado.

¡Un saludo!

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#10
M
miguel-inm330
/

Hola

Yo tengo un caso parecido!!! pero somos dos hermanos los que hemos heredado el piso. Mi pregunta es cuanto tiempo tenemos para pagar la plusvalia municipal??? seis meses igual? Nuestro padre nos dejo como cotitulares en su cuenta para que no tuvieramos problemas en mover el efectivo así que pensamos pagar los impuestos con ese dinero.

HelpMyCash
#11

Hola Miguel,

Sí, la plusvalía municipal para aceptar y vender un piso heredado se debe pagar dentro de los seis meses posteriores al fallecimiento de la persona. Esta la debes abonar en el ayuntamiento donde está ubicada la vivienda y la cantidad a pagar va a variar en función del valor catastral de la casa, la cantidad de años que tu padre tuvo el inmueble en propiedad y el coeficiente de incremento/porcentaje de tributo definido por el ayuntamiento correspondiente.

Además, debes tener en cuenta que si tu padre les dejó dinero en efectivo, es totalmente legal utilizarlo para costear los impuestos de la herencia. No obstante, en la práctica los bancos suelen poner ciertas "pegas" para autorizar los fondos. En este caso, al aparecer como cotitulares de la cuenta bancaria pueden tener mayores facilidades para movilizar el dinero. Aunque, debes comunicar a la entidad bancaria del fallecimiento a través del certificado de defunción.  

Espero haberte ayudado.

¡Un saludo!

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#12
A
alex
/

Hola

Una pregunta... el impuesto de sucesiones se puede deducir como gasto para declarar en el irpf la venta de un piso que se heredó unos meses antes???

HelpMyCash
#13

Hola Alex,

Sí, a la hora de realizar el cálculo de la ganancia patrimonial para saber si te toca asumir el gasto del IRPF por la venta de la vivienda heredada, puedes sumar el impuesto de sucesiones al valor de adquisición.

Este último, es el valor que indicaste el presentar el impuesto de sucesiones y donaciones. Además, también le puedes sumar el pago de la plusvalía municipal que tuviste que asumir para heredar la casa que quieres vender.

En el caso que vendas el piso por el mismo valor que declaraste en el impuesto de la herencia, al poder sumar al valor de adquisición los gastos que tuviste que asumir para adquirir la titularidad de la casa, es probable que no te salga ninguna ganancia a declarar y que puedas estar libre de pagar el IRPF.

Espero haberte ayudado.

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#14
A
Anónimo
/

Pregunta similar: Valor adquisición vivienda heredada para IRPF

Hola: En 2019, vendí un inmueble y su trastero, heredado en 1994, de mis padres . En la herencia no se especifica su valores, ya que va junto con un local comercial, una plaza de garaje y un coche antiguo. El valor total de la herencia era de 10.200.000 pesetas. En 1994 pagué el impuesto de sucesiones y donaciones. El catastro no me da su valores ya que no los tiene para ese año, me lo da para 1997 (25.358,80€) (inmueble y trastero) El piso tiene 128 m2, lugar céntrico de Almeria con plaza de garaje de 13 m2 ya vendida. El local comercial 70 m2 en un barrio de Almería también vendido.  El coche apenas tenía valor era un Seat 124 comprado por mi padre en 1980. He calculado que ambos(vivienda y trastero) tendrían aproximadamente un valor real de 7.000.000 de pesetas. (42.070,85 €) ¿Cuánto pongo en el valor de la adquisición para el IRPF?. Gracias.

HelpMyCash
#15

Hola Ester,

Los gastos que debes asumir para vender tu vivienda pueden variar de acuerdo las circunstancias. Pero, de manera general, son los siguientes:

Los relacionados con la gestión de los documentos:

  • La nota simple: tiene un coste de 9,02 euros si la pides directamente en la página web del Colegio de Registradores. Esta la va a pedir el comprador porque la necesitará para pedir la hipoteca, pero debido a su bajo coste, puedes solicitarla por tu cuenta para verificar que no existe ningún problema registral que pueda retrasar la venta.

  • El certificado energético: el precio de este ronda los 100 euros. Aunque, el coste final vendrá determinado por la ubicación de la vivienda, la cantidad de metros cuadrados de la casa y el profesional elegido para realizar la certificación. Esto se debe a que para obtener el documento debes acudir a un técnico habilitado para ello, quien deberá visitar tu piso para hacer una inspección y elaborar el certificado.

  • La cédula de habitabilidad: en Cataluña este documento es obligatorio para vender una casa. El precio de este trámite es variable, ya que va en función de la vivienda, las tasas aplicadas por tu ayuntamiento y los honorarios del profesional que realice la gestión. Aunque, según la web Certicalia, el coste de una cédula en Lleida, de una casa de entre 80 y 120 metros cuadrados, oscila entre los 80 euros y los 120 euros.

Los costes de los impuestos obligatorios a pagar por la venta de la casa:

  • IRPF por la venta de tu vivienda: si obtienes una ganancia patrimonial con la venta de la casa tendrás que liquidar este tributo. Esta se calcula teniendo en cuenta los valores de compra y de venta. Aunque, podrás añadir al calculo todos aquellos gastos en los que has incurrido para concretar la venta y los costes de reformas considerables que hayas realizado en la vivienda, si los hubiera. El porcentaje de tributo oscila entre el 19% y el 23%.

  • Plusvalía municipal: este gasto va relacionado con el aumento del valor del suelo de la casa, no con el precio de compraventa. Debiste haberlo liquidado al heredar la vivienda. Ahora, al venderla, deberás pagarlo nuevamente. Aunque, para calcular el importe que te sale a pagar solo deberás tener en cuenta los años que has tenido la vivienda en propiedad tras heredarla. Es decir, desde el 2016. 

Es aconsejable que consultes a un experto en fiscalidad para que te pueda orientar sobre tu caso en concreto y te pueda realizar el cálculo de los tributos, considerando todas las variables que entran en juego, para que sepas cuánto representará el pago de los impuestos.

Por último, existen otro tipo de gastos que podrías asumir como, por ejemplo, el de la tasación de la vivienda para fijar el precio de venta o la comisión de la agencia inmobiliaria, si optas por hacer la operación con ayuda.

No obstante, estos no son obligatorios y van a depender de tus circunstancias y de la forma en que decidas vender tu piso. 

Espero haberte ayudado.

¡Un saludo!

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HelpMyCash
#16

Hola María, 

Sí, tanto la plusvalía municipal como el impuesto de sucesiones y donaciones se pueden pagar con el dinero de la herencia. Es habitual que las entidades bancarias pongan "pegas" para autorizar el uso de los fondos, pero es totalmente legal hacerlo.

En este sentido, si el trámite de la herencia, llegado el momento, lo van a realizar con la ayuda de un abogado, este les puede asesorar sobre la documentación que deben presentar para realizar la solicitud. Si lo hacen por su cuenta puedes pedir a la entidad bancaria los requisitos.

Si encuentras algún tipo de negativa o traba por parte del banco, es aconsejable insistir, ya que como hemos mencionado es totalmente legal disponer del dinero de la herencia para pagar los impuestos.

Además, debes saber que la entidad bancaria también está obligada a permitir que se costeen los gastos de entierro de la persona que deja la herencia con ese dinero. 

Si necesitas más información sobre el proceso de aceptar una herencia, puedes visitar la página donde explicamos el proceso para aceptar y vender un piso heredado.

Espero haberte ayudado.

¡Un saludo!

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HelpMyCash
#17

Hola Helper,

En este caso, el valor de adquisición del inmueble es el importe que utilizaste para declarar el impuesto de sucesiones y donaciones.

La diferencia entre este valor y el precio de venta del inmueble (tomando en cuenta todos los gastos en los que tuviste que incurrir para heredar y vender la vivienda) te arrojará la ganancia patrimonial por la que debes tributar en el IRPFpor la venta de tu vivienda heredada.

Espero haberte ayudado.

¡Un saludo!

 

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#18
H
Helper_1003716271
/

Pregunta similar: Gastos Venta Vivienda Heredada

Buenas,

Tengo una segunda vivienda que fue heredada al fallecimiento de mi madre en 2006. Soy heredero único y en su día ya hice la aceptación de herencia y registro de la vivienda. Ahora la he puesto a la venta y tengo comprador. Que impuestos tendria que pagar? La vivienda está en Navarra y es construida en 1979 y está libre de cargas. 

HelpMyCash
#19

Hola, Helper

Los impuestos que debes pagar por vender una vivienda son el IRPF, por la ganancia patrimonial obtenida con la venta y la plusvalía municipal

El primero se calcula tomando como base el valor de adquisición (en este caso, el valor de la casa declarado en el impuesto de sucesiones) y el valor de transmisión (venta). Aunque, debes tener en cuenta que a cada uno de estos valores le puedes sumar o restar conceptos que pueden incidir en el cálculo.

Por ejemplo, al valor de adquisición le puedes sumar todos los gastos en los que tuviste que incurrir para heredar la casa (notaría, Registro de la Propiedad, etc.) y al valor de transmisión le puedes restar todos los gastos que tuviste que asumir para vender la casa (comisión inmobiliaria, etc.).

La plusvalía municipal, por su parte, la tuviste que pagar para heredar la casa. Ahora, tendrás que pagar tributo por el incremento de valor que pudo haber experimentado la propiedad desde que la heredaste hasta su venta. Es decir, desde 2006 hasta ahora.

¿Quieres saber cómo calcular los impuestos de vender un piso? Haz clic en el botón y descúbrelo.

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#20
A
AmaliaG
/

Pregunta similar: cómo declarar la venta de un piso heredado

Buenos días

Vendimos el año pasado un piso que heredamos y este año tenemos que hacer la declaración de la renta. Mi duda es con respecto al valor de adquisición, en este caso nosotros no compramos la casa sino que la heredamos, cual es valor que se debe poner al declarar la venta??? Muchas gracias

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