Devolución gastos hipoteca - Sabadell

Devolución gastos hipoteca - Sabadell

Devolución gastos hipoteca - Sabadell

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A
Alfredo
/

Hola, buenas tardes.

En resumen, he reclamado al banco Sabadell los gastos de la hipoteca y me dice que no me los devuelve.

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Envio por parte mía:

AL SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE

DEL BANCO DE SABADELL, S.A.

D. ---, mayor de edad, con D.N.I. --- y domicilio en --- remito la presente al Servicio de Atención al Cliente del Banco De Sabadell, S.A. y, como mejor proceda en Derecho,

EXPONGO:

PRIMERO.- Que con fecha de 26/06/2017 se otorgó Escritura Pública de Préstamo Hipotecario ante el Notario --- con número de protocolo ---, por la cual, la entidad bancaria a la que me dirijo me concedió préstamo con garantía hipotecaria por importe de 75000,00 €.

SEGUNDO.- Que en dicha escritura, señalada anteriormente, se impone a la parte prestataria la obligación de pago de todos los gastos e impuestos derivados del otorgamiento y concesión del préstamo, lo cual se contiene en la cláusula QUINTA – GASTOS A CARGO DEL PRESTATARIO de dicha escritura:

Serán de cuenta y cargo de la parte prestataría:

2.- Los aranceles notariales relativos a la hipoteca que se constituye en la presente escritura y aquellos que se produzcan en caso de que la parte prestataria inste su modificación o la cancelación de la hipoteca. Los aranceles de inscripción de la hipoteca en el Registro de la Propiedad serán a cargo de la entidad prestamista, así como los gastos de gestoría derivados de tramitar su inscripción registral.

3.- Los impuestos relativos a la constitución de la hipoteca que se constituye en la presente escritura, así como los que pudieran devengarse por revisión tributaria posterior son a cargo de la parte prestataria al resultar el sujeto pasivo de tales impuestos de acuerdo con la normativa tributaria de aplicación. Los impuestos relativos a la modificación y cancelación de la hipoteca instadas por la parte prestataria serán a cargo de la misma conforme a lo previsto en la normativa tributaria.

4.- Los gastos de gestoría por la preparación de firma y tramitación de liquidación de impuestos de constitución de la hipoteca.

TERCERO.– Que el Tribunal Supremo, en la sentencia 705/2015, de 23 de diciembre, CIP 2658/2013, vino a confirmar la nulidad de la imposición al prestatario de la obligación de pago de los tributos, comisiones y gastos ocasionados por la preparación, formalización, subsanación, tramitación de escrituras, modificación -incluyendo división, segregación o cualquier cambio que suponga alteración de la garantía- y ejecución de este contrato, y por los pagos y reintegros derivados del mismo, así como por la constitución, conservación y cancelación de su garantía, derivados del otorgamiento de Escritura Pública de Préstamo Hipotecario.

Conceptos, todos ellos, que abonó esta parte y a cuyo pago vendría obligada la entidad bancaria a la que me dirijo.

CUARTO.- Dado que la cláusula inserta en el apartado SEGUNDO, contenida en la Escritura Pública de Préstamo Hipotecario y que suscribieron ambas partes, impone a esta parte las obligaciones de pago contenidas en el apartado TERCERO, debo entender que la misma adolece de nulidad por los mismo fundamentos contenidos en la Sentencia del Tribunal Supremo señalada.

QUINTO.- Es por todo ello que esta parte SOLICITA a esta entidad bancaria a la que me dirijo:

1.- Se avenga a reconocer la nulidad de la obligación de esta parte del pago de los aranceles de Notario y Registrador, así como los honorarios del Gestor, todo ello dimanante de la Escritura de Préstamo Hipotecario referida en el punto PRIMERO de este escrito.

2.- Proceda a reintegrar a esta parte las cantidades abonadas por dichos conceptos que ascienden a:

  • Aranceles Notario: 407,49 €

  • Aranceles Registrador: 123,38 €

  • Honorarios Gestor y Modelo C10: 575,18 €

TOTAL: 1106,05 €

 SEXTO.- Esta parte se reserva su derecho a cuantas acciones civiles y administrativas considere oportunas para la defensa de sus legítimos intereses para la impugnación del resto de condiciones y cláusulas de contratación que se estiman abusivas en el contrato del presente préstamo hipotecario o por cualquier otra causa, con solicitud y resarcimiento de los daños y perjuicios causados a esta parte.

En --- a 09 de Diciembre de 2020

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Respuesta por parte de Sadabell.

Distinguido señor:

Damos respuesta a su escrito en el que solicita la devolución de los gastos de formalización del préstamo hipotecario de su titularidad.

En primer lugar, le informamos de que los gastos del préstamo hipotecario son derivados de una operación de financiación que solicitó y de que los mismos le fueron facturados directamente por los distintos proveedores como prestatario de la operación.

Asimismo, debemos indicarle que las condiciones de financiación fueron negociadas teniendo en cuenta que los costes de la operación recaen sobre el prestatario y, al solicitarla, nuestra entidad le indicó de qué gastos serían a su cargo y del importe que se adeudaría como provisión de fondos.

En su caso, una vez analizada la información y documentación disponible, cabe indicar que, con antelación suficiente, suscribió la documentación precontractual relacionada con la operación objetada, por lo que consideramos que era conocedor de los gastos de formalización de la misma antes de aprobar, aceptar y ratificar la escritura de préstamo hipotecario formalizada, con posterioridad, ante fedatario público.

Por lo que se refiere al pago del Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados, le informamos de que en las escrituras de constitución de préstamo con garantía hipotecaria y de acuerdo con el artículo 68 del Real Decreto 828/1995, de 29 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, se considera sujeto pasivo del impuesto el prestatario que es quien debe atender su pago.

Por todo lo anterior, este Servicio de Atención al Cliente resuelve no atender la reclamación que nos ha presentado al considerar que se le informó debidamente y aceptó los gastos derivados de la operación solicitada.

Le indicamos que en caso de disconformidad con lo comunicado por este servicio y de acuerdo con lo establecido en la orden ECO 734/2004, de 11 de marzo, puede dirigirse al Defensor del Cliente y del Participe (Raimundo Fernández Villaverde, nº61, 8º derecha. 28003 Madrid), sin prejuicio de que también pueda acudir al Departamento de Conducta de Entidades del Banco de España (Alcalá, 48 - 28014 Madrid). Informarle que tiene a su disposición a través de la página web del Banco el formulario para la presentación de quejas y reclamaciones ante el Banco de España. En caso de que lo solicite en formato físico, este Servicio de Atención al Cliente le facilitará un ejemplar del mismo. Le indicamos, también que usted puede ejercitar cualquier otro medio de reclamación que estime conveniente.

...etc...

---

Mi pregunta es:1. ¿Qué puedo hacer ahora y como puedo hacerlo?

2. ¿Qué es lo que haría helpmycash en mi situación y cómo lo haría?

Por favor, ayúdenme, estoy perdido.

Muchas gracias, Atentamente Alfredo.

Saludos.

62 respuestas
Última respuesta
Respuestas
#21
C
Cristina B
/

Pregunta similar: ¿Puedo seguir reclamando los gastos de hipoteca?

Buenas tardes, les escribo porque el BBVA me ha denegado la devolución de gastos de hipoteca y quiero saber a donde puedo acudir para seguir con mi reclamación. ¿pueden orientarme?

HelpMyCash
#22

Hola, Cristina B.

Si no quieres iniciar un proceso judicial, tienes la opción de elevar tu queja al servicio de reclamaciones del Banco de España. Sus resoluciones no son vinculantes, pero te darán más fuerza para interponer una nueva reclamación a tu entidad. En nuestra guía "Cómo reclamar a un banco", que puedes descargar gratis, encontrarás todos los pasos a seguir.

Asimismo, siempre dispones de la opción de interponer una denuncia contra el banco para recuperar lo que pagaste de más en concepto de gastos de constitución de la hipoteca. En este caso, te recomendamos que acudas a los servicios jurídicos de un despacho de abogados o de una asociación de consumidores para recibir asesoramiento.

Un saludo.

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#23
M
maisepax
/

Pregunta similar: Devolución gastos hipoteca BBVA

Hola esta semana fui al banco a pedir la factura de la Notaría para reclamar judicialmente los gastos de constitución de hipoteca. La empleada me dijo que no era necesario, que lo solicitara a través del mismo banco, como hice con la clausula suelo, que BBVA está devolviendo dichos gastos. ¿Qué hay de cierto en esto? No he visto ningún comentario de nadie al respecto. No sé si es mejor hacerlo así o a través de abogado como tenía pensado. Gracias.

HelpMyCash
#24

Hola, maisepax.

Como ya te comentábamos en otro hilo, no pierdes nada por tratar de recuperar los gastos de hipoteca a través del servicio de atención al cliente de tu banco. Ten en cuenta que si la entidad no acepta tu reclamación o te ofrece una cantidad de dinero más baja de la que reclamas, siempre te quedará la opción de acudir a la vía judicial. 

Si quieres, puedes utilizar nuestro Manual para la devolución de los gastos de tu hipoteca para calcular cuánto dinero debería devolverte el banco.

Un saludo. 

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#25
H
Helper_602378153
/

Pregunta similar: BBVA deniega mi reclamación de gastos de hipoteca, ahora que??

Buenos días, Utilice la guía que ofrecéis y me fue de gran ayuda como punto de partida. El BBVA ha sido rápido contestando pero su respuesta es: Hemos estudiado detenidamente la reclamación sobre la cláusula de gastos de su préstamo hipotecario no ****, y tras analizar las circunstancias particulares de su caso lamentamos indicarles que no podemos atender su petición, ya que la cláusula de gastos de su escritura no ha sido declarada nula por el Tribunal Supremo, debiendo estar las partes al contenido de dicha cláusula, acordada y formalizada ante fedatario público, así como a lo establecido por nuestras leyes a falta de pacto expreso. Aprovechamos la ocasión para informarles de que los gastos de la compraventa, de la gestoría y de la tasación corresponden a relaciones jurídicas ajenas al banco, acordadas por ustedes con un tercero. En lo que respecta al Impuesto de Actos Jurídicos Documentados, el Reglamento del Impuesto establece que su pago corresponde al prestatario (el cliente), tal y como ha confirmado el Tribunal Constitucional y la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo. No obstante, si ustedes no están conformes con esta resolución pueden acudir al Departamento de Conducta de Mercado y Reclamaciones de Banco de España desde la recepción de esta carta. En cumplimiento de la Orden ECC/2502/2012, de 16 de noviembre, le remitimos el formulario de presentación ante dicho Organismo. Confiando en haber podido aclarar la situación planteada, quedamos, por nuestra parte, como siempre, a su disposición para resolver cualquier cuestión adicional que necesiten trasladarnos, pudiendo dirigirse nuevamente a nosotros. Y ahora que debo hacer, ¿realmente mis gastos no entran en la sentencia del TS?(mi hipoteca es de diciembre de 2015, a los pocos meses fue cuando los informativos se hacían eco sobre la reclamación de dichos gastos)

HelpMyCash
#26

Hola, Helper_602378153.

En primer lugar, queremos comentarte que, aunque el BBVA te haya denegado la devolución de tus gastos de hipoteca, siempre que no haya habido un reparto de los mismos puedes elevar tu queja al Banco de España, como bien te indican ellos mismos. También debes saber que los gastos de compraventa corren totalmente a cargo del comprador, mientras que sobre el resto existen distintas corrientes interpretativas: mientras que algunas sentencias judiciales indican que el banco debe devolver todos esos gastos, otras indican que tiene que devolverlos todos menos los del IAJD y/o la tasación.

En cualquier caso, el dictamen del Banco de España no es vinculante, es decir, no obligará al BBVA a asumir los costes, por lo que si estás valorando la opción de ir a juicio para que la sentencia sí sea de obligado cumplimiento, te recomendamos que te asesores con un abogado o una asociación de consumidores que estudien tu caso concreto y puedan darte una idea sobre las opciones que tienes en caso de llegar a ese punto.

Esperamos haberte ayudado.

Un saludo.

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#27
S
Sofipg
/

Yo estoy en trámites de una hipoteca con esta entidad y siguen haciendo muy malas prácticas. Del registro asumen una pequeña cantidad pero el resto me lo hacen pagar a mi. Además me enchufan un seguro de 1600€ ( recargos comerciales lo llama) que no está en su contrato de hipoteca pero que me dicen que o doy el dinero y firmo o nada de hipoteca. Y para no quedarse ahí me imponen al notario ( que debería elegir yo) y me dicen que han decidido que todas las firmas vayan por este notario. Lo tengo todo por correo electrónico pero me temo que no sirva para nada. ****!

#28
H
Helper_30699765
/

Mi caso, con el BBVA es similar. Les escribí de buena forma, y me han dicho que una serie de gastos no me los devuelven, y que otros los pida al banco de España. No me gustaría tener que acudir a abogados, pero ante no recuperar nada o recuperar una parte (y que el abogado se quede otra), me quedo con la segunda opción. Mi hipoteca es de junio de 2016, y me tocó pagar a mí todos los gastos. Además los separaran en dos partes diferentes, por lo que sé lo que se pagó por la compraventa, y sé lo que se pagó por la escrituración de la hipoteca (además de tasación y demás...)

#29
D
dserarols
/

Pregunta similar: Devolución de gastos de constitución en hipoteca Bankia de 2006

Hola a todos, Tras conocer la sentencia del TS obligando al BBVA a devolver los gastos de constitución de sus hipotecas, reclamé a Bankia los correspondientes a la hipoteca que formalicé con ellos en 2006. Esta reclamación se hizo a través de su canal de atención al cliente. Me contestaron que la sentencia solo aplica al BBVA, y que ellos no se sienten obligados. ¿Hasta qué punto me toman el pelo y si hago una reclamación más formal (defensor del cliente, Banco de España) me atenderán? ¡Un saludo y gracias! David

HelpMyCash
#30

Hola, dserarols.

La sentencia del Supremo determina que los bancos tienen que repartir los gastos hipotecarios, por lo que si no lo hicieron puedes reclamarlos, independientemente de la entidad que sea. No nos queda claro si la reclamación la has hecho por atención al cliente o a través del servicio de reclamaciones de Bankia, pero si no lo has hecho te recomendamos que, primero, acudas a él.

Si ya lo has hecho o si lo haces y te deniegan la devolución de los gastos, puedes elevar tu queja al Banco de España. Debes tener en cuenta que su dictamen no será vinculante, pero si te da la razón, tendrás más peso para negociar con tu entidad. Si aun así no te reconocen el derecho a la devolución de gastos de tu hipoteca, puedes plantearte denunciar por la vía judicial tu caso. Llegada a esa situación, te recomendamos que te asesores con un abogado especializado o con una asociación de usuarios para que estudien tu caso.

Un saludo.

 

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#31
Y
ysatis42
/

¡Buenas tardes! Hace casi 2 semanas que firmé una hipoteca con el Banco Santander, tuve que correr con todos los gastos yo. Quisiera saber cuál sería el modo de proceder para reclamar los gastos de constitución que deberían haber corrido a su cargo y muy amablemente me cargaron a mi, además la tasación la aporté yo, por lo que desconozco si eso ya les exime de tener que pagarla ellos. ¿Debo esperar el tiempo que dicen que demora en cerrarse el proceso o puedo iniciar la reclamación ya? Gracias por vuestras aportaciones.

HelpMyCash
#32

Hola, ysatis42.

En este caso, como la tasación la hiciste tú, es algo que corre de tu cuenta y que no podrás reclamarle al banco. En cuanto a los plazos para reclamar los gastos de tu hipoteca, como ya están abonados con la provisión de pagos, podrías hacerlo ya. Sin embargo, te recomendamos que esperes a que acabe el proceso para poder tener todas las facturas y así saber exactamente cuánto has pagado por cada concepto.

Un saludo.

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#33
D
dserarols
/

citando a Elena Gómez Hola, dserarols. La sentencia del Supremo determina que los bancos tienen que repartir los gastos hipotecarios, por lo que si no lo hiciero...
Muchas gracias por vuestra respuesta. Haré la reclamación por los cauces formales, y en caso de no recibir respuesta o que sea negativa (entiendo que será así), elevaré la queja al Banco de España. Un saludo, David

#34
D
Dekana
/

Pregunta similar: Cajamar: Devolución Gastos Hipotecarios. Alguna novedad??

Buenas noches: Pues básicamente la pregunta es la resumida en el enunciado. Alguna novedad al respecto de Cajamar y su devolución de los gastos hipotecarios??? Llevo toda la tarde buscando por internet sobre sentencias que absuelven y/o condenen sobre este asunto a la caja y no hay nada más allá que de las cláusulas suelo. Mirando aquí en HmC he visto que Asufín ha conseguido que le admitan a trámite 3 macrodemandas "a toda la banca" pero no dan detalles de qué bancos engloban las mismas. Es curioso que lees sentencias de muchos bancos pero de Cajamar no hay nada. Hoy he recibo carta del BdE que admiten a trámite a mi reclamación; ahora toca esperar el informe de éste tras el pronunciamiento de la caja. Espero vuestras respuestas. SalU2!!

HelpMyCash
#35

Hola, Dekana.

Lo cierto es que, en general, hay pocas novedades respecto a la reclamación de los gastos hipotecarios, ya que el Tribunal Supremo no ha dictaminado qué gastos debe asumir cada parte y las sentencias de diferentes juzgados provinciales han marcado criterios distintos al respecto. En resumen, la sentencia más que depender de la entidad de la que provengas, dependerá de los gastos que ésta te haya cobrado y, sobre todo, de la provincia donde presentes tu reclamación y del juez que lleve el caso, ya que el criterio no es unánime.

En cuanto al tema de ASUFIN, Cajamar sí que fue una de las entidades que se incluyeron en las macrodemandas admitidas a trámite.

Un saludo.

 

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#36
D
Dekana
/

citando a Elena Gómez Hola, Dekana. Lo cierto es que, en general, hay pocas novedades
Buenas noches Elena!! Agradezco que hayas respondido a mi pregunta. Es cierto que por lo que he podido leer sobre sentencias, los criterios que han tenido en cuenta los jueces han sido dispares en una misma cuestión en Oviedo que en Ceuta, por poner un ejemplo...Lo que no entiendo es por qué depende de la provincia, si del juez que te toque, indudablemente claro... En mi caso los gastos son todos menos IAJD (el que más temen las entidades porque es el % mayor del total a devolver) y tasación. En cuanto a las macrodemandas de Asufin, me alegra saber que Cajamar está dentro de ellas y que esté admitida a trámite. Como dije en la anterior publicación, estoy a la espera de que la entidad me haga llegar las alegaciones que va a mandar al BdE en respuesta a lo enviado por mí. Después de aquí, lo sabido por tod@s, a esperar el informe del BdE que, aunque no es vinculante, por lo que he leído puede servir de cara a un futuro juicio. En todo este compás de espera, a ver si se celebran los juicios de esas macrodemandas (¿se sabe si es cuestión de meses, años?) y de ser condenada la entidad, pues ya tenemos lo que queríamos (la entidad, en su negativa a la devolución alega, entre otros motivos, que no hay ninguna sentencia que los obliguen a ello). SalU2!!!

HelpMyCash
#37

Hola, Dekana.

Las sentencias pueden tardar meses en salir y más ahora cuando los juzgados están saturados por este tipo de cuestiones, así que no te podemos indicar cuánto tardará en salir una resolución sobre la macrodemanda de ASUFIN.

Te comentábamos que dependía de las provincias porque, en algunas de ellas (no en todas), las audiencias provinciales ya se han posicionado y, si lo han hecho, marcan jurisprudencia sobre los juzgados inferiores de esa misma provincia. Por eso, si saliera una sentencia del Supremo dictaminando qué gastos tiene que pagar cada parte, al ser el juzgado de máximo rango en el país, se unificaría el criterio a nivel estatal, pero de momento no es así.

De todos modos, si quieres seguir adelante con la demanda, te recomendamos que consultes con un abogado especializado para que estudie detenidamente tu caso.

Un saludo.

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#38
D
Dekana
/

citando a Elena Gómez Hola, Dekana. Las sentencias pueden tardar meses en salir y más ahora cuando los juzgados están saturados por este tipo de cuestiones, así...
Buenas tardes Elena!! Pues mejor que la sentencia tarde meses que años...jejejejej... Ya sé que los juzgados están saturados... Dices que si saliera una sentencia del Supremo, ¿es qué no vale la sentencia del propio TS que dice qué la cláúsula que obliga al prestatario a pagar todos los gastos hipotecarios es abusiva? ¿Es por qué en ella no se aclara qué gastos paga cada parte? Leí una sentencia de una juez de Ceuta que condena al banco a reintegrar los gastos hipotecarios y que a mi "juicio" no tiene desperdicio por la nitidez con la que aclara el por qué de ello. Dice así: "La magistrada considera que en el caso de marras `la cláusula cuya nulidad se insta ha de ser declarada nula, se considera desproporcionada y por ende abusiva la repercusión al comprador de todos los gastos notariales y registrales de constitución de la hipoteca, puesto que no puede perderse de vista que la garantía se adopta en beneficio del prestamista. Se ocasiona en definitiva un desequilibrio importante entre los derechos y obligaciones de ambas partes contratantes, siendo la consecuencia de la declaración de nulidad la expulsión de la referida cláusula del contrato´, reconoce. El banco es condenado a soportar el pago de los gastos que se derivan de la constitución de la hipoteca como notaría o derechos del registro, entre otros. `No cabe duda´, reconoce ya el Supremo en su sentencia que sirve de referente, que `estos gastos han de ser abonados por el prestamista, dado que quien tiene el interés principal en la documentación e inscripción de la escritura de préstamo con garantía hipotecaria es, sin duda, él, pues así obtiene un título ejecutivo, constituye la garantía real y adquiere la posibilidad de ejecución especial´. Respecto a lo de las provincias, me interesa lo que cuentas. He visto justamente ayer una noticia de este mes en un periódico local de mi ciudad que un juzgado de 1ª instancia de aquí ha ejercido una nueva respuesta contraria a los intereses bancarios al detectar una clausula abusiva en un préstamo hipotecario contraído por una mujer. En esta ocasión, la entidad bancaria ha sido Unicaja, quién ha sido condenada a pagar más de 4.000 euros por estas prácticas abusivas. La sentencia conseguida por sus abogados y notificada recientemente, ha conseguido cambiar el criterio de ese Juzgado que hasta la fecha sólo daba el 50% de algunos conceptos, esta sentencia condena al banco a pagar el 100% de los gastos pagados por los clientes. Se trata de la primera sentencia en reclamaciones de gastos que da el 100% de los gastos hipotecarios (factura de notario, factura del registro de la propiedad, factura de la gestoría y el impuesto de acto jurídico documentado). Según recoge la sentencia, a la que ha tenido acceso el diario "debo estimar y estimo parcialmente la demanda formulada (...) y, en consecuencia, por las razones expresadas en la precedente Fundamentación Jurídica, declarando -con relación al préstamo objeto de litigio- abusivas y por tanto nulas, teniéndolas pues por no puestas, las Cláusulas contractuales referidas". De este modo, en la sentencia contra Unicaja se señala que "debo condenar y condeno a Unicaja Banco S.A.U a estar y pasar por precedente así como a abonar a los demandantes la cantidad de 4.099, 82 céntimos más los intereses legales devengados por la mista desde la fecha de formulación de la demanda, sin efectuar expresa imposición a ninguna de las partes litigantes de las costas procesales devengadas en la primera instancia de este procedimiento". Según ha asegurado el bufete al diario la jurisprudencia es muy reciente y por ello se ha conseguido cambiar desde este bufete el dictamen que venían aportando hasta el momento los jueces en la provincia. El Tribunal Supremo ya se había postulado en este sentido previamente. Mi pregunta es, ¿esto crearía jurisprudencia en mi caso no siendo mi banco pero si mi localidad? Respecto a mi reclamación y tal y como te comenté ayer, no voy a interponer demanda hasta no obtener el informe del BdE, a ver si entre estos meses de espera, se produce la ansiada sentencia de Asufin. PD: Perdón por el tocho escrito pero consideré de interés los casos expuestos. SalU2!!

HelpMyCash
#39

Hola, Dekana.

No somos expertos legales, de ahí la invitación a consultar con un abogado, pero intentaremos resolver tus dudas.

Respecto a la sentencia del Supremo, no es que no valga aquella en la que declaró que los gastos de constitución son nulos si se cobraron todos al usuario, sino que al no determinar quién ha de asumir qué, ha abierto la puerta a muchas interpretaciones por parte de los diferentes juzgados y, por otra parte, ha hecho que algunos bancos estén asumiendo los gastos más baratos (sobre todo los de registro) y así, técnicamente, ya se están repartiendo aunque el reparto sea desproporcionado económicamente hablando.

En cuanto a tu pregunta sobre si esa sentencia crearía jurisprudencia, entendemos que no, puesto que los juzgados de primera instancia son, por decirlo de alguna manera, los más bajos del escalafón judicial que tratan estos casos. Es decir, cuando se crea jurisprudencia es cuando el Tribunal Supremo dicta dos sentencias sobre un mismo hecho. En cualquier caso, no importa tanto el banco del que seas, sino los gastos que te haya cobrado y las sentencias al respecto que hayan salido en tu zona (y si hay o no sentencia de la Audiencia Provincial, cuyo pronunciamiento puede influir en las decisiones de los jueces de primera instancia de la zona).

Un saludo.

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#40
J
Javier mape
/

Hola buenos días. Tengo una hipoteca actualmente con Banco Sabadell, pero los gastos hipotecarios los tuve en el 2005 con la antigua Caixa Penedés. Mi pregunta es si , en un hipotético supuesto que yo reclamara los gastos. ¿Debería ser Banco Sabadell el responsable subsidiario de Caixa Penedés? y ¿Cuánto tiempo tenemos para que esto no prescriba?

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