impuestos venta vivienda heredada

impuestos venta vivienda heredada

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H
Helper_711569308

Hola. mi hermana y yo hemos heredado la casa de nuestra abuela que está en alcalá de henares y la queremos vender pero vivimos en Toledo ¿donde tenemos que pagar el impuesto?

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HelpMyCash
#41

Hola Jose,

Si el valor de la vivienda que declaraste en el impuesto de sucesiones fue de 180.000 euros (sin contar los costes asumidos en el proceso de adjudicación) y lo vendes por 160.000 te resultaría una pérdida patrimonial y no tendrías que pagar IRPF por la venta de la vivienda heredada.

Pero, en el caso que lo vendas por un precio superior a los 180.000 euros declarados, al deducir los gastos de la compraventa como, por ejemplo, la plusvalía municipal (si aplica), los honorarios de la agencia inmobiliaria o del gestor, entre otros, también te podría resultar en una pérdida patrimonial y quedar libre de asumir este gasto por la venta de tu vivienda

Es recomendable que consultes con un experto en fiscalidad para que te puede realizar el cálculo, tomando en cuenta todas las variables que aplican a tu caso concreto.

Espero haberte ayudado.

¡Un saludo!

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#42
J
jose

Ultima duda que tengo. Si tengo en el patrimonio un decremento por vender el piso mas barato de lo que se valoro en su dia. ¿Podria luego reclamar lo pagado por la plusvalia al ayuntamiento?. Gracias por todo

 

citando a Ottymar Tademo Hola Jose, Si el valor de la vivienda que declaraste en el impuesto de sucesiones fue de 180.000 euros (sin contar los costes asumidos en e...

HelpMyCash
#43

Hola Jose,

La plusvalía municipal está relacionada con el aumento del valor del suelo urbano, no con el precio de venta de la vivienda. Es decir, para calcularlo se toma como base el valor catastral de la casa, multiplicado por el número de años que se ha tenido el inmueble en propiedad y por el coeficiente/porcentaje de tributo definido por el ayuntamiento correspondiente.

En el caso que hayas vendido a pérdidas y el ayuntamiento te realizó un cobro indebido, podrías reclamar la devolución de lo pagado.

No obstante, el proceso va a depender de si el impuesto se ha pagado mediante autoliquidación (es el contribuyente quién gestiona la liquidación) o si es el ayuntamiento quién ha girado el cobro.

Para reclamar una autoliquidación, deberás presentar una solicitud de rectificación y el ayuntamiento tiene seis meses para dar una respuesta. Si el cobro se realizó a través de una liquidación, tienes un mes para interponer un recurso de reposición a dicha liquidación.

Es recomendable que consultes con un experto en fiscalidad ya que los plazos son sumamente importantes para reclamar este gasto por la venta de tu vivienda.

Espero haberte ayudado.

¡Un saludo!

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#44
M
miguel-inm330

Hola

Yo tengo un caso parecido!!! pero somos dos hermanos los que hemos heredado el piso. Mi pregunta es cuanto tiempo tenemos para pagar la plusvalia municipal??? seis meses igual? Nuestro padre nos dejo como cotitulares en su cuenta para que no tuvieramos problemas en mover el efectivo así que pensamos pagar los impuestos con ese dinero.

HelpMyCash
#45

Hola Miguel,

Sí, la plusvalía municipal para aceptar y vender un piso heredado se debe pagar dentro de los seis meses posteriores al fallecimiento de la persona. Esta la debes abonar en el ayuntamiento donde está ubicada la vivienda y la cantidad a pagar va a variar en función del valor catastral de la casa, la cantidad de años que tu padre tuvo el inmueble en propiedad y el coeficiente de incremento/porcentaje de tributo definido por el ayuntamiento correspondiente.

Además, debes tener en cuenta que si tu padre les dejó dinero en efectivo, es totalmente legal utilizarlo para costear los impuestos de la herencia. No obstante, en la práctica los bancos suelen poner ciertas "pegas" para autorizar los fondos. En este caso, al aparecer como cotitulares de la cuenta bancaria pueden tener mayores facilidades para movilizar el dinero. Aunque, debes comunicar a la entidad bancaria del fallecimiento a través del certificado de defunción.  

Espero haberte ayudado.

¡Un saludo!

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#46
A
alex

Hola

Una pregunta... el impuesto de sucesiones se puede deducir como gasto para declarar en el irpf la venta de un piso que se heredó unos meses antes???

HelpMyCash
#47

Hola Alex,

Sí, a la hora de realizar el cálculo de la ganancia patrimonial para saber si te toca asumir el gasto del IRPF por la venta de la vivienda heredada, puedes sumar el impuesto de sucesiones al valor de adquisición.

Este último, es el valor que indicaste el presentar el impuesto de sucesiones y donaciones. Además, también le puedes sumar el pago de la plusvalía municipal que tuviste que asumir para heredar la casa que quieres vender.

En el caso que vendas el piso por el mismo valor que declaraste en el impuesto de la herencia, al poder sumar al valor de adquisición los gastos que tuviste que asumir para adquirir la titularidad de la casa, es probable que no te salga ninguna ganancia a declarar y que puedas estar libre de pagar el IRPF.

Espero haberte ayudado.

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#48
F
Fran

Pregunta similar: Venta de casa de mis padres

  • Mis hermanos y yo queremos vender una casa que mi padre construyo hace mas de 35 años. Sabemos el precio del terreno, pero ya esta. 
  • Cuando se venda, que tenemos que declarar a hacienda IRPF la diferencia de compra del terreno hasta el precio de venta. ? Porque lo que costo construirlo no lo sabemos. 
  • Por ultimo mi madre tiene el 50%. Esta excenta de IRPF al tener mas de 65 años. ? 
  • El problema es que ha estado 50 años empadronada en ese domicilio, pero ahora esta viviendo en otro piso donde necesita cuidados por su edad. Sigue estando excepto o lo pierde al no ser ya su vivienda habitual.,?
#49
A
An

Pregunta similar: Desgravar una casa en la jubilacion

Buenas noches, 

Tengo una duda, mis padres tienes una casa heredada que es donde viven y una segunda vivienda. Nunca han tenido una hipoteca ni han desgrabado. Les falta 5 años para la jubilación. Si ahora comprasen una casa nueva vendido la habitual podrían desgravar esta casa en la declaracion? Una vez jubilados se puede ser desgravando? 

 

Muchas gracias de antemano. 

 

An

HelpMyCash
#50

Hola, An. 

Entendemos que te refieres a la deducción por adquisición de vivienda habitual. Lamentablemente, esta deducción solo puede aplicarse si la casa se compró antes del 1 de enero de 2013, así que no podrían practicarla. 

Lo que sí pueden hacer, si venden su vivienda habitual para comprar otra, es aplicarse la exención por reinversión de la vivienda habitual para no tener que tributar por una ganancia patrimonial tras la venta. Te dejamos un enlace a la Agencia Tributaria en el que encontrarás más información. 

Un saludo. 

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#51
A
An

Muchas gracias Miquel, 

No sé si me he explicado bien. Entonces, si vendieran su vivienda habitual, aún manteniendo su segunda vivienda, ¿podría aplicarse la exención por reinversión? 

¿Que supondría el no tener que tributar por una ganancia patrimonial tras la venta? ¿Podrían desgravar lo que no han desgravado hasta ahora? 

¡Muchas gracias! 

HelpMyCash
#52

Hola, An.

Sobre la primera pregunta, podrían aplicarse esa exención siempre que utilizaran el dinero de la venta para comprar una nueva vivienda habitual. 

En cuanto a la segunda pregunta, esa exención no es lo mismo que la desgravación. Nos explicamos: cuando se vende una vivienda por más de lo que costó comprarla, se genera lo que se llama una ganancia patrimonial, que hay que declarar en la Renta y tributa por IRPF. Ahora bien, si ese dinero ganado de más se utiliza para comprar una nueva vivienda habitual, puede aplicarse la exención por reinversión, con la que evitas que te cobren impuestos por ganancia patrimonial de la venta. 

La desgravación a la que te refieres, en cambio, es la deducción por inversión en vivienda habitual, que no puede aplicarse para compras hechas a partir de 2013. 

Esperamos haberlo aclarado. 

Un saludo.

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#53
A
An

Muchísimas gracias. Aclarado. 

#54
M
Maijus

Pregunta similar: vender piso heredado y comprar otro

hola, mi madre que vive en mi casa y es discapacitada va a heredar un piso en otra provincia y queremos venderlo igual que el mío para comprar otro más grande para todos en la provincia de Madrid. ¿cuánto tiempo tengo para hacerlo y pagar menos impuestos? llevamos en éste dos años. Como el valor del nuevo sería igual que el del nuevo ¿podemos desgravarnos las dos por compra de vivienda habitual con el nuevo? Como la mayoría del dinero lo pondría ella ¿el piso se inscribiría en el registro todo a su nombre ya que por ser discapacitada supongo que paga menos? Un saludo.

#55
E
Ester

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voy a vender una casita en un pueblo de lerida que heredé en 2016 de mi madre. solo pido 13000 euros, que gastos aproximados debo calcular tendré que pagar. el comprador pide una hipoteca para su compra

 

#56
M
Maria

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A mis padres viven en Santander y su vecina les quiere dejar su herencia. Ella está soltera. La herencia consta de un piso y dinero en el banco. Pueden pagar el impuesto de sucesiones y la plusvalía con cargo a la cuenta de la fallecida cuando llegue el momento? 

HelpMyCash
#57

Hola Maijus,

En primer lugar, debes tener en cuenta que para vender una vivienda heredada es necesario que tu madre realice el procedimiento de aceptación de la herencia y pague los impuestos obligatorios (el impuesto de sucesiones y donaciones y la plusvalía municipal). Hecho esto, podrá inscribir el piso a su nombre en el Registro de la Propiedad y vender la casa.

Por otro lado, si vas a vender tu piso y el dinero de la ganancia lo vas a utilizar para comprar el otro, podrías acogerte a la exención de reinversión en vivienda habitual que estipula la Agencia Tributaria, pero para ello tendrías que habitar durante tres años en tu casa actual. De lo contrario, si no cumples con este lapso, esta no se puede considerar la vivienda habitual a efectos fiscales y te verías obligada a pagar el IRPF por la venta de tu vivienda.

Por último, las personas con discapacidad puedo hacer uso de algunos beneficios, pero desconozco si tu madre pagaría menos para inscribir su vivienda en el Registro. En este sentido, es aconsejable que te comuniques con el Registro de la Propiedad correspondiente para que te puedan dar esta información. 

Espero haberte ayudado.

¡Un saludo!

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#58
A
Anónimo

Pregunta similar: Valor adquisición vivienda heredada para IRPF

Hola: En 2019, vendí un inmueble y su trastero, heredado en 1994, de mis padres . En la herencia no se especifica su valores, ya que va junto con un local comercial, una plaza de garaje y un coche antiguo. El valor total de la herencia era de 10.200.000 pesetas. En 1994 pagué el impuesto de sucesiones y donaciones. El catastro no me da su valores ya que no los tiene para ese año, me lo da para 1997 (25.358,80€) (inmueble y trastero) El piso tiene 128 m2, lugar céntrico de Almeria con plaza de garaje de 13 m2 ya vendida. El local comercial 70 m2 en un barrio de Almería también vendido.  El coche apenas tenía valor era un Seat 124 comprado por mi padre en 1980. He calculado que ambos(vivienda y trastero) tendrían aproximadamente un valor real de 7.000.000 de pesetas. (42.070,85 €) ¿Cuánto pongo en el valor de la adquisición para el IRPF?. Gracias.

HelpMyCash
#59

Hola Ester,

Los gastos que debes asumir para vender tu vivienda pueden variar de acuerdo las circunstancias. Pero, de manera general, son los siguientes:

Los relacionados con la gestión de los documentos:

  • La nota simple: tiene un coste de 9,02 euros si la pides directamente en la página web del Colegio de Registradores. Esta la va a pedir el comprador porque la necesitará para pedir la hipoteca, pero debido a su bajo coste, puedes solicitarla por tu cuenta para verificar que no existe ningún problema registral que pueda retrasar la venta.

  • El certificado energético: el precio de este ronda los 100 euros. Aunque, el coste final vendrá determinado por la ubicación de la vivienda, la cantidad de metros cuadrados de la casa y el profesional elegido para realizar la certificación. Esto se debe a que para obtener el documento debes acudir a un técnico habilitado para ello, quien deberá visitar tu piso para hacer una inspección y elaborar el certificado.

  • La cédula de habitabilidad: en Cataluña este documento es obligatorio para vender una casa. El precio de este trámite es variable, ya que va en función de la vivienda, las tasas aplicadas por tu ayuntamiento y los honorarios del profesional que realice la gestión. Aunque, según la web Certicalia, el coste de una cédula en Lleida, de una casa de entre 80 y 120 metros cuadrados, oscila entre los 80 euros y los 120 euros.

Los costes de los impuestos obligatorios a pagar por la venta de la casa:

  • IRPF por la venta de tu vivienda: si obtienes una ganancia patrimonial con la venta de la casa tendrás que liquidar este tributo. Esta se calcula teniendo en cuenta los valores de compra y de venta. Aunque, podrás añadir al calculo todos aquellos gastos en los que has incurrido para concretar la venta y los costes de reformas considerables que hayas realizado en la vivienda, si los hubiera. El porcentaje de tributo oscila entre el 19% y el 23%.

  • Plusvalía municipal: este gasto va relacionado con el aumento del valor del suelo de la casa, no con el precio de compraventa. Debiste haberlo liquidado al heredar la vivienda. Ahora, al venderla, deberás pagarlo nuevamente. Aunque, para calcular el importe que te sale a pagar solo deberás tener en cuenta los años que has tenido la vivienda en propiedad tras heredarla. Es decir, desde el 2016. 

Es aconsejable que consultes a un experto en fiscalidad para que te pueda orientar sobre tu caso en concreto y te pueda realizar el cálculo de los tributos, considerando todas las variables que entran en juego, para que sepas cuánto representará el pago de los impuestos.

Por último, existen otro tipo de gastos que podrías asumir como, por ejemplo, el de la tasación de la vivienda para fijar el precio de venta o la comisión de la agencia inmobiliaria, si optas por hacer la operación con ayuda.

No obstante, estos no son obligatorios y van a depender de tus circunstancias y de la forma en que decidas vender tu piso. 

Espero haberte ayudado.

¡Un saludo!

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HelpMyCash
#60

Hola María, 

Sí, tanto la plusvalía municipal como el impuesto de sucesiones y donaciones se pueden pagar con el dinero de la herencia. Es habitual que las entidades bancarias pongan "pegas" para autorizar el uso de los fondos, pero es totalmente legal hacerlo.

En este sentido, si el trámite de la herencia, llegado el momento, lo van a realizar con la ayuda de un abogado, este les puede asesorar sobre la documentación que deben presentar para realizar la solicitud. Si lo hacen por su cuenta puedes pedir a la entidad bancaria los requisitos.

Si encuentras algún tipo de negativa o traba por parte del banco, es aconsejable insistir, ya que como hemos mencionado es totalmente legal disponer del dinero de la herencia para pagar los impuestos.

Además, debes saber que la entidad bancaria también está obligada a permitir que se costeen los gastos de entierro de la persona que deja la herencia con ese dinero. 

Si necesitas más información sobre el proceso de aceptar una herencia, puedes visitar la página donde explicamos el proceso para aceptar y vender un piso heredado.

Espero haberte ayudado.

¡Un saludo!

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