
¿Cómo rescatar un plan de pensiones en la jubilación?
En el momento de rescatar un plan de pensiones, este dinero tributará como ingresos. Pagaremos, entonces, el IRPF calculado sobre nuestra pensión y el capital que recuperemos del plan.
Generalmente, en los años de jubilación, nuestros ingresos son menores que nuestro sueldo en vida laboral y pagaremos menos impuestos. Por eso, al sacar el dinero de nuestro plan de pensiones debemos calcular la mejor forma de retirarlo, para evitar así que, sumando este dinero a nuestra pensión, tengamos que pagar unos impuestos muy altos.
Podemos escoger si queremos retirar todo el dinero al mismo tiempo (pagaríamos mucho en impuestos) o hacerlo de forma mensual, con la cuota que deseemos. En esta segunda opción, además de pagar menos, el dinero que dejemos en el plan de pensiones seguirá beneficiándose de la rentabilidad.
Documentos para rescatar un plan de pensiones
El rescate del plan de pensiones por jubilación requiere que presentemos los siguientes documentos:
- DNI, NIE o pasaporte
- Formulario para recuperar el plan de pensiones que nos facilite el banco
- Modelo de retenciones sobre rendimientos del trabajo (modelo 145 del IRPF) sobre “Comunicación de Datos al Pagador” aunque no hayamos efectuado la Declaración de la Renta el año anterior. Refleja la situación laboral del titular
- Resolución definitiva de la Seguridad Social que certifique que estamos jubilados donde se especifique la fecha en la que se comienza la jubilación.
Además, existen dos tipos de jubilación adicionales en cuyo caso la documentación a entregar variará.
- Jubilación anticipada: deberemos entregar el documento de la Vida Laboral donde se especifique la jubilación antes de tiempo
- Sin acceso a jubilación: si no tenemos derecho a una pensión por jubilación, deberemos entregar los siguientes documentos:
- Declaración jurada del partícipe de que no ejerce actividad laboral y no está cotizando por jubilación
- Certificado conforme no ha estado dado de alta en la Seguridad social
- Certificado de la Seguridad Social acreditando que no se encuentra cotizando para la jubilación
¿Cuánto pagaré a Hacienda por rescatar mi plan de pensiones?
Los planes de pensiones son reconocidos por el ahorro en el pago del IRPF mientras estamos activos de forma laboral.
En el momento que rescatemos el dinero, debemos pagar esos impuestos. Sin embargo, debemos conocer cómo hacerlo de forma óptima para pagar menos de lo que pagaríamos durante nuestra vida laboral. Debemos retirar nuestro dinero de forma fraccionada, y no todo de golpe.
En HelpMyCash hemos elaborado una herramienta para que puedas simular, de forma sencilla, cómo sacar el máximo partido a esta ventaja fiscal y cómo rescatar el dinero durante tu jubilación.
¿En qué situaciones se puede rescatar un plan de pensiones?
Recuperar un plan de pensiones hace que nos planteemos algunas dudas. Para empezar debemos saber que son ilíquidos, es decir, el dinero que aportemos no podremos recuperarlo hasta el momento en el que nos jubilemos.
No obstante, el Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones (RPFP), aprobado por el Gobierno de España en el año 2004, contempla algunos supuestos adicionales en los que podremos disponer de nuestros ahorros antes de la jubilación:
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Desempleo de larga duración
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Enfermedad grave
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Incapacidad o gran invalidez
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Dependencia severa
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Fallecimiento del titular
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Planes que, a partir de 2025, tengan más de diez años de antigüedad
En la siguiente página te explicamos los trámites para obtener tus ahorros en cada una de las situaciones antes mencionadas.
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¿Cuánto se tarda en rescatar un plan de pensiones?
De acuerdo con el artículo 10, apartado 4 y 5 del RPFP
- Se establece un plazo máximo de 15 días desde que el titular presenta toda la documentación para notificar al beneficiario que su solicitud de rescate ha sido aprobada.
- Además, se establece como máximo 7 días hábiles para el abono de la prestación del plan de pensiones, el cual podría ser ampliable hasta los 30 días en algunos casos.
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Documentación para rescatar un plan de pensiones
Sea cual sea la situación por la que requiramos recuperar el dinero de un plan de pensiones, habrá tres documentos que siempre deberemos entregar a la entidad bancaria para poder cobrar el dinero ahorrado en estos productos:
- Documento de identidad en vigencia: DNI, NIE o pasaporte
- Formulario de rescate de plan de pensiones. Nos lo entregarán en el banco y lo rellenaremos con datos como la forma en la que queremos rescatar el dinero o en qué cuenta lo queremos recibir
- Modelo de retenciones sobre rendimientos del trabajo (modelo 145 del IRPF) sobre “Comunicación de Datos al Pagador” incluso aunque no hayamos realizado la Declaración de la Renta el año anterior. Muestra la situación laboral del titular
- Documento que acredite la situación que justifica el rescate. Te explicamos los detalles a lo largo de esta página
Además, según la contingencia por la que rescatemos el plan de pensiones, deberemos entregar documentación adicional que certifique que podemos recuperar el dinero del plan.

Cómo cobrar el rescate del plan de pensiones
Si hemos ahorrado con nuestros planes de pensiones y estamos jubilados, podemos elegir entre varias maneras de cobrar nuestro plan. ¡Tenemos que saber cómo sacar el máximo beneficio a la ventaja fiscal! Estas son las diferentes maneras para cobrar nuestro dinero:
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Capital: cobraremos todo el capital de los planes de pensiones una sola vez por lo que el impuesto de la renta del año en el que recuperemos el dinero será bastante alto. Esta opción no es recomendable a nivel fiscal, ya que ingresaríamos una gran cantidad de capital en un año y posiblemente subiremos de tramo fiscal, haciendo que paguemos más impuestos.
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Renta periódica: recibiremos nuestro capital de forma periódica (cada mes, cada trimestre...), dejando el resto en los planes de pensiones. Cada año tributaremos por el importe recibido y no por el que continúa invertido en el plan. En este caso también podremos rescatar el resto de nuestro capital en cualquier momento si lo deseamos.
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Mixta: combinando el rescate en forma de capital y el rescate en forma de renta.
Para saber cuál nos conviene más deberemos analizar cuáles son nuestros gastos, cuántos impuestos pagaremos con cada opción o el dinero que deseamos tener todos los meses. Debemos tener en cuenta que al rescatar los planes de pensiones estos vuelven a tributar por lo que si los rescatamos de golpe, los impuestos que pagaremos serán mayores que si lo vamos rescatando en forma de renta, ya que la base imponible será mayor.
Rescatar un plan de pensiones a los 10 años
Se trata de una reforma a la Ley 26/2014 del 27 de noviembre de 2014 que entró en vigor en enero e 2015 por la que podremos rescatar nuestro plan de pensiones si tienen una antigüedad de más de 10 años.
A partir de 2025, cualquier plan de pensiones que sume 10 años podrá rescatarse si lo pide el titular.
En principio, solamente será necesaria la documentación que mencionamos más arriba: DNI, formulario de rescate y modelo 145. Aunque es posible que a medida que se acerque la fecha en la que se podrán comenzar a rescatar los planes (2025) puede que se añadan más documentación.
Cómo rescatar plan de pensiones por desempleo
Si estamos en paro, es posible acceder a los ahorros de los planes si ya no percibimos la prestación por desempleo. Necesitaremos estos documentos:
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Informe de Vida Laboral actualizado
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Certificado de que nos encontramos inscritos como demandantes de empleo por INEM u otro organismo similar.
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Certificado de INEM donde figure que no recibimos ninguna prestación por desempleo.
Además, si somos autónomos, deberemos entregar el certificado de alta y baja en la mutualidad y un certificado de la mutualidad que acredite que no estamos realizando aportaciones.
Cómo rescatar plan de pensiones por enfermedad grave
En estas ocasiones la enfermedad que sufra el titular o un familiar deberá cumplir una de las dos situaciones que se reconocen como "enfermedad grave" además del resto de trámites.
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Certificado médico de la Seguridad Social que acredite una de estas dos situaciones:
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Dolencia o lesión que incapacite temporalmente para que la persona trabaje durante un periodo continuado mínimo de tres meses y requerir una intervención clínica de cirugía mayor en un hospital o tratamiento en el mismo
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Dolencia con secuelas permanentes que limiten parcialmente o impidan totalmente la vida laboral de la persona afectada
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Certificado de la Seguridad Social que conste que no recibimos ninguna prestación por incapacidad permanente.
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Partes de la baja por enfermedad
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Documentación oficial de parentesco en el caso de que el afectado no sea el titular del plan de pensiones
Cómo rescatar plan de pensiones por incapacidad o gran invalidez
Se trata de incapacidad laboral para la profesión habitual o cualquier tipo de trabajo. Además de la documentación general, también deberemos entregar el siguiente documento:
- Certificado de invalidez o incapacidad de la Seguridad Social que acredite el tipo de incapacidad y la fecha
Cómo rescatar plan de pensiones por dependencia severa
En este caso, solo se permitirá rescatar el plan de pensiones cuando la dependencia es de grado II (dependencia severa) o grado III (gran dependencia) de acuerdo con la Ley 39/2006 de 14 de diciembre:
- Certificado de dependencia severa con fecha de efecto de la misma
Cómo rescatar plan de pensiones por fallecimiento
Cuando el titular del plan de pensiones fallece, el plan de pensiones puede ser heredado. Los beneficiarios o herederos tendrán el derecho de rescatar el plan de pensiones, aunque no están obligados a realizar el rescate en el momento del fallecimiento. En este caso la documentación adicional a entregar será:
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Certificado de defunción
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Registro de Actos de Última Voluntad
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Copia autorizada del último testamento o Auto de la declaración judicial de herederos
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Documento notarial de la partición y adjudicación de bienes en el caso de que hubiese más de un beneficiario
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Documento de identidad de todos los beneficiarios
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