Comisión por amortización anticipada

Comisión por amortización anticipada

Comisión por amortización anticipada

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A
Ana 25 Lopez
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Hola, Hice una hipoteca (subrogación, variable, euribor a 12 meses) de 25 años en 2002 con vencimiento en 2027 (para una vivienda de obra nueva). Durante los años tuve la oportunidad de pagar cantidades anticipadas y la hipoteca se canceló íntegramente en 2020. Cada vez que pagaba una cantidad anticipada, el banco me cobraba una comisión del 1%.  Sin embargo, este comisión no está estipulado en la escritura.  ¿Está esto permitido?

Gracias de antemano.

25 respuestas
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HelpMyCash
#1

citando a Ana 25 Lopez Pregunta similar: Comisión por amortización anticipada Hola, Hice una hipoteca (subrogación, variable, euribor a 1...

Hola de nuevo, Ana 25 Lopez.

Gracias otra vez por tu confianza. Respecto a tu pregunta, no está permitido cobrar comisiones que no aparecen en la escritura hipotecaria. Dicho esto, te recomendamos leer detenidamente la escritura, porque es posible que esa comisión por amortización anticipada aparezca con otro nombre: comisión por cancelación anticipada, cancelación por reembolso anticipado, comisión por devolución anticipada, compensación por desistimiento... Si no la ves por ningún lado, tienes todo el derecho a reclamar que te devuelvan lo cobrado durante estos años.

Un saludo.

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#2
A
Ana 25 Lopez
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Gracias Miquel.

Lo he verificado dos veces y no veo nada en la escritura sobre la comisión del 1%.  Hice pagos anticipados entre 2012 y 2016 y luego hice un pago final en 2020. Desafortunadamente, no tengo copias de mis pagos anticipados entre 2012 y 2016 porque los pagué en línea y mi cuenta hipotecaria ya no existe cuando inicio sesión en línea bancario.  Sin embargo, tengo una copia en papel del pago final (2020) y establece claramente la comisión de cancelación del 1% (y luego muestra la cantidad del 1% que tuve que pagar además).

Mi pregunta es si todavía es posible obtener copias de mis pagos anticipados (2012-2016) de mi banco para tener mi propia copia (y poder ver las cantidades pagados).  ¿Los bancos mantienen registros que se remontan a 2012?  Si es así, ¿me los proporcionarán si los solicito? Todavía soy cliente del banco y tengo una cuenta corriente con ellos.

Gracias de antemano.

HelpMyCash
#3

citando a Ana 25 Lopez Gracias Miquel. Lo he verificado dos veces y no veo nada en la escritura sobre la comisión del 1%.  Hice pagos ant...

Hola de nuevo.

Como es un tema más legal o administrativo que financiero, desconocemos cuánto tiempo deben guardar los bancos ese tipo de información. Por si acaso, te recomendamos pedírselo a tu entidad a través de tu oficina. Si no te dan esta información, puedes pedirla a través del Servicio de Atención al Cliente del banco. Y si siguen sin proporcionártela, puedes reclamarla a través del Banco de España. En nuestra guía gratis de reclamaciones bancarias te contamos cómo sería ese proceso.

Esperamos haberte ayudado.

Un saludo.

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#4
A
Ana 25 Lopez
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Hola Miquel,

Acabo de recibir el reembolso de las comisiones que pagué por pagos anticipados de la hipoteca (ya que la comisión no constaba en mis escrituras).  El reembolso ha sido pagado en mi cuenta por mi banco.  Mi pregunta es si puedo solicitar también la devolución de los intereses perdidos.  La mayoría de las comisiones que pagué fueron en 2015/2016 (hace casi 10 años).  ¿Alguien más ha logrado que su banco le reembolse los intereses perdidos?  ¿Vale la pena intentarlo?  Mi banco es el BBVA.

Gracias de antemano.

HelpMyCash
#5

citando a Ana 25 Lopez Hola Miquel, Acabo de recibir el reembolso de las comisiones que pagué por pagos anticipados de la hipoteca (ya que la comisión no constaba...

Hola de nuevo, Ana 25 Lopez.

Antes de nada, ¡enhorabuena! Nos alegra mucho que hayas podido recuperar el dinero de esas comisiones que te cobraron indebidamente.

En cuanto a la reclamación de intereses, entendemos que te refieres a los intereses legales, que son los que se aplican cuando se te cobra algo que no te corresponde y no se te devuelve el dinero hasta tiempo después. Entendemos que sí podrías reclamarlos, pero como es un tema más legal que financiero, te recomendamos consultarlo con un asesor legal.

Esperamos haberte ayudado.

Un saludo.

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Preguntas similares
#6
T
temp_tonirome_KjwWN8
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Pregunta similar: comision por amortización parcial/total-comision desestimiento

Hola, Tengo una hipoteca en la cual tengo una clausula que la amortización parcial/total es 0% y en otra clausula por desestimiento que durante los primeros 5 años al 0,50% y lo siguientes al 0,25%. El problema es que no nos avisaron de esto y claro ahora al amortizar parcialmente nos cobran. Es legal que esten las dos clasulas en la hipoteca, ya que inducen a error. Saludos,

HelpMyCash
#7
Hola,

Francamente, si en tu contrato pone claramente: comisión por amortización parcial/total del 0%, no vemos ningún sentido lo del desestimiento. Puede que se refiera a una comisión por subrogación y ahora quieran manipularlo para cobrarte por la amortización. Enséñales la cláusula y diles que te lo aclaren, y si siguen en sus trece, plantéate reclamar al banco.

¡Suerte!

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#8
T
temp_tonirome_KjwWN8
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citando a Samuel Valiente Hola, Francamente, si en tu contrato pone claramente: comisión por amortización parcial/total del 0%, no vemos ningún sentido lo del desest...
En el contratro de hipoteca la comisión por desestimiento dice: En el supuesto de cancelación subrogrogatoria y no subrogatoria, total o parcial, que se produzca en el préstamo, la prestataria abonará a la entidad acreedero el 0,50% del capital amortizado anticipadamente si se produce dentro de los 5 primeros años de vida del prestamo y del 0,25% del capital amortizado anticipadamente si la amortización se produce una vez transcurridos los cinco primeros años de vida del prestamo. Saludos,
HelpMyCash
#9
¿Pero también incluye un apartado que diga que existe una comisión por amortización parcial o total del 0%?

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#10
T
temp_tonirome_KjwWN8
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citando a Samuel Valiente ¿Pero también incluye un apartado que diga que existe una comisión por amortización parcial o total del 0%?
Si que existe y dice lo siguiente:Comisión de cancelación/amortización anticipada: En el supuesto de reembolso anticipado del prestamo, y segun loa señalado en la clausula financiera 2ª, se devengará una comisión de 0,00% en caso de reembolso parcial, sobre las cantidades reembolsadas anticipadamente, y del 0,00% en caso de reembolso total, sobre el capital pendiente de pago. En todo caso, si este reembolso total se produjera como consecuencia de una subrogación activa en la posición acreedora del Banco, será del 0,50%. Saludos,
HelpMyCash
#11
Pues, como te hemos comentado en la primera respuesta, no creemos que deban cobrarte comisión. Te recomendamos reclamar.

¡Suerte!
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#12
H
Helper_602366991
/

Pregunta similar: hipoteca pagada dentro del periodo de carencia

Tenia una carencia en la hipoteca de un año, de capital e intereses. Antes de cumplirse el año, pagué el total de la hipoteca. Me pueden cobrar intereses?. Muchas gracias.

HelpMyCash
#13

Hola, Helper_602366991.

En principio, si has pagado todo el capital anticipadamente no te deben cobrar los intereses, tan solo la correspondiente comisión por cancelar la hipoteca, si consta en tu contrato. De todos modos te recomendamos que revises bien tanto la escritura de la hipoteca como el acuerdo de la carencia, por si se hubiera incluido alguna cláusula que te obligue a pagar los intereses en un caso así.

Un saludo.

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#14
H
Helper_602366991
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En mayo me dieron la hipoteca y al año siguiente en marzo la pagué entera. Por tanto solo pasaron diez meses. Hice el ingreso del total del capital. Buenas, perdone por ponerle todo este articulado, pero viene así. 2.2.2. Vencimiento en periodo de carencia de intereses y amortizacion. Se entiende por periodo de carencia aquel en que no se producen vencimientos de capital y que abarcará como máximo el primer año de la duración pactada, pero en su caso concluirá anticipadamente, con los efectos determinados en el apartado siguiente, el ultimo del mes en que se haya entregado al banco copia de la escritura de compraventa de la vivienda, propiedad de la parte prestataria, sita en XXXXX. El ultimo dia del periodo de carencia vencerán y serán exigibles por el banco los intereses ordinarios devengados durante dicho periodo y durante el"periodo de ajuste", que se liquidaran al tipo de interes inicial.

citando a Elena Gómez Hola, Helper_602366991. En principio, si has pagado todo el capital anticipadamente no te deben cobrar los intereses, tan solo la c...

HelpMyCash
#15

Hola, Helper_602366991.

Si nos pudieras aclarar la situación quizá podríamos asesorarte mejor. ¿Pediste una hipoteca con un periodo de carencia inicial mientras vendías otra vivienda? ¿o mientras te entregaban una casa? ¿El dinero con el que pagaste la totalidad de la hipoteca proviene de la venta de otro inmueble?

En cualquier caso parece que, como mucho, podrían exigirte los intereses relativos al periodo de carencia, no más allá, pero si tienes dudas consulta con tu entidad o con un abogado especializado.

Un saludo.

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#16
H
Helper_602366991
/

Perdón , faltaba un trozo de la explicación a todo eso antes expuesto, yo tengo una vivienda, voy a comprar otra y por su valor me hacen una hipoteca de la nueva vivienda y otra hipoteca de la vivienda que ya tenia, con el periodo de carencia para poder venderla antes de un año, lo que así hice , vendí la que era mia y salde la hipoteca de la vivienda de mi propiedad. Y continuo pagando ya, la hipoteca de la segunda.

HelpMyCash
#17

Hola, Helper_602366991.

Entonces, como te comentamos, entendemos que solo te pueden cobrar los intereses devengados durante ese periodo de carencia y el periodo de ajuste, que deberás preguntar en tu entidad a qué se refiere exactamente (o ver si lo especifica en la escritura).

Un saludo.

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#18
M
MamenM
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Pregunta similar: Amortización hipoteca

Hola, el otro día fui a amortizar mi hipoteca totalmente para cancelarla , debíamos 38.000€ de capital i me han cobrado un 1% de comisión por amortización total. En la escritura lo pone pero cuando fui al banco a realizar la operación Nadie me informó y yo no lo sabía hasta que lo vi en la cuenta, es legal por su parte no informarme de que me van a cobrar eso? Porque entonces lo hubiera hecho de otra manera. puedo quejarme para que me devuelvan el dinero de la comision ?? Gracias

HelpMyCash
#19

Hola, MamenM. 

Es difícil que el banco te devuelva ese dinero, pues aunque no te dijera nada cuando realizaste la operación, la comisión siempre ha estado presente en la escritura de la hipoteca. De todos modos, si quieres intentarlo, puedes interponer una reclamación ante su servicio de atención al cliente. En esta guía gratuita te explicamos cómo hacerlo. 

Un saludo. 

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#20
M
Maíia P
/

Pregunta similar: Amortización parcial de préstamo

Hola,

En mi contrato de Hipoteca figura la amortización anticipada a coste 0.  Y la cancelación a coste del 1%..

He ido a amortizar la mitad y me han dicho que me tienen que cobrar el 1%. La explicación que me dan es que la amortización de más del 25% se considera cancelación anticipada.

¿Es eso legal?

Gracias

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