IRPF venta piso - como calcular valor de venta para pagar irpf por venta de piso

IRPF venta piso - como calcular valor de venta para pagar irpf por venta de piso

IRPF venta piso - como calcular valor de venta para pagar irpf por venta de piso

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V
veronica-gil
/

Hola. Vendi mi piso el año pasado y tengo una duda con la ganancia que tengo que incluir en la declaración de la renta de este año. Al valor de venta le tengo que restar todos los gastos que tuve por vender el piso? Lo compre en el año 2000 y lo vendí en el 2018.

41 respuestas
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HelpMyCash
#21

citando a Philippe NENAULT Pregunta similar: Si el vendedor es una empresa Hola,  Si el vendedor es una empresa, ¿el impuesto so...

Hola, Phillipe:

El IRPF es un tributo propio de las personas físicas, por tanto la tributación de una empresa será diferente. Te aconsejo que consultes con Hacienda directamente porque esta no es un área en la que nos especialicemos.

Si te refieres a la plusvalía municipal, en ese caso sí que es el mismo impuesto, tanto para personas físicas como jurídicas.

Saludos,

Paula

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#22
S
Sergio Farias Perez
/

Pregunta similar: Impuesto IRPF Venta Piso

Hola,

Tengo varias preguntas. 

Al hacer la declaracion de la renta al año sgte de vender el piso.

1.- si el piso esta a nombre de dos personas (una con 5/6 de propiedad y la otra 1/6), entiendo que esa misma proporcion (sobre el beneficio) tendra que ser incluida en las respectivas declaraciones, ¿no?

2.- A la hora de hacer el calculo resultado de la venta (Precio Venta- Precio compra), si hay beneficio, se paga de acuerdo a la tabla del IRPF, etc., etc...Ese calculo es simplemente P.venta- P.compra puro y duro (claro, descontando los gastos, etc.) NO hay formulas extrañas como las del calculo del impuesto municipal que reduzcan la base imponible.

3.- En relacion a la pregunta anterior, he leido por ahi, que hay una reduccion de 11.1% por año, ¿es asi?, me podria decir como se aplica. Porque si es asi, y se trata de una casa con muchos años de comprada (y cuyo beneficio despues de la venta sea a lo mejor menos de 50K€), llegará un punto en que se pagará "cero" , ¿no?

Gracias por vuestra respuesta.

Sergio Farias

HelpMyCash
#23

citando a Sergio Farias Perez Pregunta similar: Impuesto IRPF Venta Piso Hola, Tengo varias preguntas.  Al hacer la declara...

Hola, Sergio:

Gracias por compartir tus inquietudes. Las responderé una a una.

1- Sí, es como dices. Cuando son muchos copropietarios, cada quien tiene que declarar en el IRPF la ganancia proporcional.

2- No, en principio no hay coeficientes que reduzcan la base imponible, salvo que la vivienda se haya adquirido antes del 31 de diciembre de 1996. En esos casos, se puede aplicar el coeficiente de abatimiento.

3- Cuando se trata de aplicar el coeficiente de abatimiento, os recomendamos consultar directamente con Hacienda. Los cálculos son un poco más complejos en estos casos y preferimos que tengáis directamente la respuesta oficial. Puedes pedir cita o llamar por teléfono, lo que te resulte más cómodo.

¡Espero haberte ayudado!

Si tienes más inquietudes, no dudes en escribirnos.

Saludos,

Paula

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#24
E
Enrico Innocenti
/

Pregunta similar: Reformo o mejoria

Que documentacion tengo que tener para comprabar el valore invertido en reforma y mejoria? Las facturas tienen que tener una descricion especifica?

HelpMyCash
#25

citando a Enrico Innocenti Pregunta similar: Reformo o mejoria Que documentacion tengo que tener para comprabar el valore invertido en reform...

Hola, Enrico:

Gracias por compartir tu consulta. Los documentos que debes presentar en Hacienda para demostrar las reformas y mejorías son las facturas, los comprobantes de pago o de transferencias bancarias y la licencia de obras si es que se solicitó. Así podrás deducir estos gastos el IRPF.

En cuanto a la descripción, en principio sí debería ser específica, pero te aconsejo que presentes las facturas en Hacienda antes de hacer la declaración para verificar que sean válidas.

Espero haberte ayudado.

Un saludo,

Paula

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#26
A
Ana 25 Lopez
/

Hola, Para estar exento de IRPF para una ganacia patrimonial, me puedas comentar en el siguiente ejemplo...Compré mi vivienda habitual por 125.000€ (2002) y vendo por 225.000€ (2022). No hay hipoteca. Despues de deducciones, la ganancia es 80.000€. Ha sido vivienda habitual por mas de 3 años.Los gastos para vender la vivienda (particular, sin inmobiliaria) son 10.000€ (plusvalía municipal y notario).Mi intención es reinvertir (dentro de 2 años) el importe total obtenido por la transmisión para estar exento de IRPF.

¿Cual es el mínimo que se debería invertir en nueva vivienda?

¿Se puede descontar los gastos que tuve que asumir para vender la vivienda (del plusvalía y notario)? ¿Por una exención total, tengo que reinvertir 225.000€ o solo 215.000€? Muchas gracias.

HelpMyCash
#27

citando a Ana 25 Lopez Hola, Para estar exento de IRPF para una ganacia patrimonial, me puedas comentar en el siguiente ejemplo...Compré mi vivienda habitual por 125.000€...

Hola, Ana:

Gracias por tu consulta. En esta página analizamos diferentes casos de la exención por reinversión en vivienda habitual con la ayuda de la Agencia Tributaria, puedes consultarla para tener una respuesta más completa.

De todos modos, entiendo que para que se considere reinversión total tendrías que reinvertir 215.000€, puesto que los gastos de la venta se pueden restar en este caso. Recuerda, sin embargo, que siempre aconsejamos consultar con el fisco para tener una respuesta oficial.

Espero haberte ayudado.

Un saludo,

Paula

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#28
A
Ana 25 Lopez
/

Hola Paula,Muchas gracias por la información de la Agencia Tributaria.He leido que para calcular el dinero reinvertido se debe tener en cuenta el precio real por el que se transmitió la vivienda, menos los gastos y tributos inherentes a la venta. También el precio de adquisición más los gastos y tributos inherentes a la operación.

Venta de piso 200.000€ Plusvalía 5.000€ Notario 1.000€TOTAL = 194.000€ Valor de adquisición de piso 180.000€ ITP 7% (Granada) 12.600€ Notario 1.400€ TOTAL = 194.000€

En el ejemplo arriba, hay un exención total. Es correcto?

Gracias de antemano.

HelpMyCash
#29

citando a Ana 25 Lopez Hola Paula,Muchas gracias por la información de la Agencia Tributaria.He leido que para calcular el dinero reinvertido se debe tener en cuenta el&n...

Hola de nuevo, Ana:

¡Gracias a ti por tus consultas! Sí, desde mi punto de vista y en función de la información que nos dio la Agencia Tributaria, sería una exención total. De todos modos, siempre aconsejo llamar por teléfono al fisco para tener su respuesta oficial.

Un saludo,

Paula

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#30
J
Javi Dos tres
/

Pregunta similar: Venta inmueble declaración renta.

Hola, si en diciembre de 2021 se hizo venta de una vivienda heredada en la cual tengo parte, ¿Debo incluirlo en la declaración de este año o en la siguiente?

HelpMyCash
#31

citando a Javi Dos tres Pregunta similar: Venta inmueble declaración renta. Hola, si en diciembre de 2021 se hizo venta de una vivienda he...

Hola, Javi:

Gracias por compartir tu consulta. Si vendiste tu casa en diciembre de 2021, debes incluirla en la declaración de la renta de este año.

Saludos,

Paula

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#32
N
Norber .
/

Pregunta similar: IRPF venta vivienda

Si al vender la vivienda, se destina la mayor parte del dinero a la cancelación del préstamo hipotecario. ¿ hay que tener en cuenta para el incremento patrimonial? En realidad no hay incremento importante como tal, ya que la mayor parte se destinada a cancelar la hipoteca. Agradecería mucho una respuesta aclaratoria. Muchas gracias 

HelpMyCash
#33

citando a Norber . Pregunta similar: IRPF venta vivienda Si al vender la vivienda, se destina la mayor parte del dinero a la cancelac...

Hola, Norber:

Gracias por compartir tu consulta. Desde mi punto de vista, la cancelación en sí misma no se tiene en cuenta al calcular la ganancia patrimonial del IRPF, pero sí puedes contemplar los costes de cancelación. Me explico mejor:

Para determinar la ganancia patrimonial, debes restar el valor de transmisión (precio de venta menos gastos) y el valor de adquisición (precio de compra más gastos). En ese valor de adquisición se tiene en cuenta el precio de compra, para el que has solicitado la hipoteca que ahora cancelas. En esta imagen podrás ver mejor cómo calcularla ganancia y verás que la cancelación de la hipoteca no está presente. Pero sí puedes incluir entre los gastos del valor de transmisión los costes de cancelación. 

calcular irpf por vender un piso

La situación es diferente si quieres reinvertir ese dinero en una nueva vivienda habitual. Si tu pregunta apunta a saber si puedes acogerte a la exención por reinversión, entonces sí tienes que tener en cuenta la cancelación de la hipoteca al determinar la cantidad de dinero que debes reinvertir. 

Lo que te aconsejo es que te comuniques directamente con el Ministerio de Hacienda para que puedan analizar tu caso con más detalle. En esta página encontrarás sus teléfonos útiles.

Espero haberte ayudado.

Saludos,

Paula 

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#34
F
Fernando Magno Ruíz
/

Hola Paula,

Tengo una duda y plasmo aquí mi futura situación:

- Compro una casa y la derribamos (marzo 2021), para la cual iniciamos hipoteca.

-La empresa de construcción finalizará las obras, previsiblemente, en diciembre de 2023 (debido a todos los problemas de suministro de MP y otros). Para iniciar las obras, hemos iniciado otra hipoteca.

Vivimos en otro municipio y claro, cuando esté finalizada la casa, tenemos la intención de vender la casa actual del otro municipio donde vivimos actualmente. En el caso de tener beneficio entre el valor de adquisición y el valor de transmisión, iría 100% a la hipoteca.

En este caso, ¿deberíamos contemplar el beneficio en el IRPF? 

Muchísimas gracias por tu ayuda y asesoramiento.

 

Cordialmente,

Fernando.

#35
F
Fernando Magno Ruíz
/

Y otra pregunta, disculpa. En el cálculo del valor de adquisición, entiendo que debo considerar el IVA que pagué, pero en el cálculo del valor de transmisión, ¿debo considerar el IVA que pagaría la persona que adquiere la vivienda?

 

De nuevo, muchísimas gracias,

 

Fernando.

HelpMyCash
#36

citando a Fernando Magno Ruíz Hola Paula, Tengo una duda y plasmo aquí mi futura situación: - Compro una casa y la derribamos (marzo 2021), para la cual iniciamo...

Hola, Fernando:

Muchas gracias por compartir tu consulta. De manera general, entiendo que no podrías acogerte a la exención por reinversión en vivienda habitual en este caso porque superas el plazo de reinversión, que es de dos años. El único caso donde evitarías pagar IRPF, entonces, es si tu edad supera los 65 años. Si es así, basta con vender la vivienda habitual para estar exento de pagar este tributo.

Ten en cuenta, sin embargo, que esta información es orientativa. Te aconsejo que consultes directamente con la Agencia Tributaria para tener una respuesta oficial.

Espero haberte ayudado. Si tienes más inquietudes, no dudes en escribirnos.

Saludos,

Paula

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HelpMyCash
#37

citando a Fernando Magno Ruíz Y otra pregunta, disculpa. En el cálculo del valor de adquisición, entiendo que debo considerar el IVA que pagué, pero en el cálculo del valor de t...

Hola de nuevo, Fernando:

No había visto antes tu pregunta. En el cálculo del valor de adquisición debes tener en cuenta el IVA, eso es correcto. En el valor de transmisión puedes restar los gastos que tú asumes, como la comisión inmobiliaria o la plusvalía municipal, pero no los impuestos que paga el comprador. Entiendo, además, que el compraría una vivienda de segunda mano, por lo que no pagará IVA sino ITP.

Espero haber respondido todas tus preguntas. Si no, no dudes en volver a escribirnos.

¡Saludos!

 

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#38
J
Javierb
/

Pregunta similar: Pagar el capital que falta en una hipoteca es un gasto de venta de la vivienda a la hora de calcular el pago del IRPF?

Si tengo una casa con una hipoteca de 40000€ y al venderla por 120000€ cancelo esos 40000€ se considera el pago del capital como gasto de venta de la vivienda a la hora de calcular el precio de venta para el IRPF?

HelpMyCash
#39

citando a Javierb Pregunta similar: Pagar el capital que falta en una hipoteca es un gasto de venta de la vivienda a la hora de calcular el pago del IRPF?

Hola, Javier:

Ante todo, no somos expertos fiscales, así que te aconsejo que te pongas en contacto directamente con la Agencia Tributaria para hacer esta consulta. Puedes encontrar sus números de teléfono en la web.

Dicho esto y desde mi punto de vista, una parte de esos 40.000€ forman parte del valor de adquisición porque representan el precio de compra de la vivienda. Además, a priori, los intereses de la hipoteca no se tienen en cuenta para hacer el cálculo. Aquí encontrarás información más específica sobre cómo calcular el IRPF por la venta de tu vivienda. 

Insisto, de todos modos, en que esto solo es orientativo y encontrarás la respuesta oficial en la Agencia Tributaria.

Saludos,

Paula

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#40
S
Socram_drbig
/

Pregunta similar: Impuestos al vender un piso

Hola, me compre un piso en el 2017 por 220.000 y ahora tengo una oferta por 400.000. No es mi vivienda habitual. Me podrian decir cuanto tendria que pagar de impuestos?

 

Muchisimas gracias

 

Un saludo

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