Si hice subrogación. puedo reclamar los gastos al segundo banco?
Si hice subrogación. puedo reclamar los gastos al segundo banco?
ResponderA quien debo reclamar los gastos de hipoteca si ha habido subrogación , al primer banco o al subrogado? Gracias
Hola Helper, buenas tardes.
Habría que analizar la operación y las circunstancias, pero en principio, la norma general es que la reclamación se dirija a la entidad con la que tienes la hipoteca en la actualidad, es decir a la que te subrogaste, puesto que es la responsable de la financiación.
Tenemos una hipoteca con Ibercaja subrogada de nuestra casa,y otra también subrogada de una plaza de garaje. He hablado con la entidad y me dicen que al ser subrogada que reclame si quiero pero que me van a contestar que no me corresponde, es eso cierto? Gracias
Hola susalber,
La devolución de los gastos de escrituración de hipoteca sólo pueden ser reclamados sobre el momento particular en el que se crea una nueva escritura. Este es el criterio actual sobre el que existe una sentencia y que permite reclamar, por lo que si este no es el caso, el servicio de atención al cliente de tu entidad probablemente desestime la petición.
Si se trata de una hipoteca nueva que vosotros firmasteis con otra entidad y que luego os llevasteis a ibercaja, sería al primer banco al que tendríais que solicitar la devolución.
Si por el contrario eran unas escrituras ya existentes a las que vosotros os subrogasteis, a menos que aparezcan en el futuro sentencias que validen esta reclamación, no os será posible recuperar nada.
Esperamos haber resuelto vuestra duda.
Suerte y un saludo.
He leído su post sobre la devolución de algunos conceptos que se pagan al formalizar la hipoteca (notaría, registro...) y me ha parecido muy interesante, pero me surgen preguntas. En mi caso, yo compré una vivienda nueva, pero decidí cambiar de banco para formalizar la hipoteca; no me subrogué al banco Santander, que era el que ofrecía la constructora. Por tanto, yo pagué el doble de gastos para poder cancelar esa hipoteca e irme a Bankia, que me ofrecía un diferencial más atractivo. ¿Tengo derecho a solicitar esos gastos? Y si es así, ¿la reclamación se la tengo que hacer solo a Bankia?, ¿puedo reclamar la tasación de la vivienda que se me obligó a realizar? Desearía que me ayudarán a resolver estas dudas. Gracias y un saludo,
Hola SuC,
En tanto que se trata de una cancelación y apertura de una hipoteca nueva, sí, podrías reclamar estos gastos. También podrías reclamar la devolución de la tasación, si te hicieron volver a tasar la vivienda, cuando la anterior tasación aún estaba en vigor (debería haber sido de una tasadora homologada y no tener más de 6 meses de antigüedad). Sería a la entidad que te cobró los gastos de constitución de hipoteca a quien tendrías que presentarles la reclamación.
Cuando se da lugar una compra como la tuya (con una hipoteca ya existente), resulta más interesante subrogar la hipoteca a otro banco, que cancelar y abrir una nueva. Da igual que fuera Santander el banco con el que el promotor tenía la hipoteca. Es posible contactar con otro banco que se haga con la deuda y nos ofrezca un mejor trato que las condiciones de salida.
Esperamos haber resuelto tu duda.
¡Un saludo!
Muchas gracias por la contestación. Un saludocitando a Rodrigo Blanch Hola SuC, En tanto que se trata de una cancelación y apertura de una hipoteca nueva, sí, podrías reclamar estos gastos. También podrías rec...
Perdón, se me olvidaba indicar que ambos prestamos son sobre la misma vivienda.
Buenas noches,
Entendiendo que ya no se puede reclamar los impuestos (IAJD) por los acontecimientos que todos ya sabemos, el resto entiendo que si son reclamables (Minuta, Registro, Honorarios, Tasación)?
La cuestión, yo estos gastos los tengo por "duplicado", al tener provisión de fondos para lo que seria la escritura del inmueble (de la compra-venta) y de la escritura del préstamo.
Puede reclamar de las dos cosas o solo de una? (en caso de ser de una, de cual?)
Por ultimo, en el documento (plantilla) que facilitáis para reclamar, decís, que indiquemos la clausula de la hipoteca donde habla de los GASTOS, en mi caso (sino estoy equivocado) es la cuarta.. que dice tal que así .... "Los gastos de esta compraventea son asumidos de la siguiente forma:" ... Es esta la clausula?
Hola, Helper_710544360.
Sobre tu primera cuestión, según el nuevo criterio del Supremo, de los gastos de constitución puedes recuperar la mitad de la notaría, la mitad de la gestoría y todo lo abonado por el registro de la hipoteca.
En cuanto a tu segunda pregunta, los gastos que se pueden reclamar son los asociados a la constitución del préstamo hipotecario, no los de compraventa. Estos últimos los paga íntegramente el comprador, excepto la posible plusvalía municipal, que debe abonar el vendedor.
Y para terminar, cuando compraste la casa se formalizaron dos escrituras: la de la compraventa y la de la hipoteca. Por lo que nos cuentas, parece que la cláusula a la que te refieres está en la escritura de compraventa. La que tienes que mirar es la cláusula de los gastos de la escritura de la hipoteca.
Gracias por confiar nuevamente en nosotros.
Un saludo.
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Entendemos que hiciste una subrogación de deudor para asumir una hipoteca que era del Banco Santander. Las sentencias que han declarado abusivos los gastos hipotecarios se refieren a los gastos asociados a la constitución de la hipoteca; no a la subrogación. Sin embargo, sabemos que hay juzgados de primera instancia que han usado ese criterio para declarar abusivo el reparto inadecuado de los gastos de subrogación de deudor. Por ello, nuestro consejo es que contactes con un despacho de abogados o con una asociación de consumidores, que podrán estudiar tu caso y te podrán decir si sería viable reclamar o no.
Un saludo.
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En principio, los gastos que se pueden recuperar son los de constitución de hipoteca, es decir, los que se pagan al formalizar la escrituración e inscripción de un nuevo préstamo hipotecario.
Ahora bien, hay juristas que creen que el criterio que se usa para esos gastos se puede aplicar también a los de subrogación o novación (aunque no es la postura mayoritaria). Por ello, si quieres seguir adelante con tu reclamación, puedes elevar tu queja ante el Banco de España (aquí te explicamos cómo hacerlo) o puedes ponerte en contacto con un despacho de abogados para preguntar si sería viable interponer una demanda.
Un saludo.
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