Desaparición IRPH (y otros) + tipo de interés nominal
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Si valoras nuestra respuesta, por favor ayúdanos y valora nuestro servicio en Trustpilot. También puedes compartir esta experiencia con tus conocidos aquí:Aún no nos han especificado qué sucederá, pues el último aplicado a finales de 2013 aún era vigente. Será en la siguiente revisión, que tendŕa lugar a finales de 2014, cuando sabremos definitivamente la posición del Banco y lo que sucede con el interés, si queda fijo o se convierte en variable (IRPH entidades). Nosotros esperamos que se cumpla la cláusula, tal y como la entendemos, y se nos quede fijo el último interés calculado, el que se ha utilizado en la última revisión realizada a finales de 2013. Lo más seguro es que tengamos noticias del criterio utilizado por nuestro banco con mucha anterioridad a que se revise nuestro caso. La sucursal con la que tratamos afirma que dos meses antes de la revisión particular informarán a los tenedores de la hipoteca de la situación en la que ellos consideran que debe quedarse el interés de la hipoteca, por lo que seguro que tendremos noticias del criterio utilizado por nuestro banco con anterioridad a nuestra revisión, que es a finales de año. Cuando sepa o tenga alguna información, la colgaré en este post. Atentamente.citando a elgranblau Hola jporta, te agradecería que explicarás finalmente que interés ha te aplicado la entidad. Yo tengo en la escritura la misma cláusula que dice "el ú...
Muchas gracias Josep. De hecho yo tengo la revisión en junio (se aplica el interés de marzo) o sea que según me comenteas a principios del mes que viene tenemos que tener noticias de la sucursal si también sigue el mismo criterio, en todo caso volveré a informarme entonces y lo cuelgo. Yo también espero que cumplan la cláusula tal y como la entendemos, porque aunque en mi caso este año estemos pagando más de 4000€ respeto a una hipoteca EURIBOR+1.5%, si la situación económica en europa mejora puede que salgamos beneficiados a lo largo de la vida de la hipoteca. Lo malo es que si la situación se mantiene así muchos años teniendo ahora el valor más alto de capital por amortizar, puede que paguemos más. En cualquier caso, seguro que sale mejor un interés fijo del 4% que el IRPH entidades, y tienes la tranquilidad de saber siempre lo que vas a pagar cada mes. Saludos.citando a jportaAún no nos han especificado qué sucederá, pues el último aplicado a finales de 2013 aún era vigente. Será en la siguiente revis...citando a elgranblau Hola jporta, te agradecería que explicarás finalmente que interés ha te aplicado la entidad. Yo tengo en la escritura la misma cláusula que dice "el ú...
Pregunta similar: Índice de hipoteca: ¿qué es el TAR?
Hola,
Mis escrituras dicen que el sustituto del IRPH (el índice que aplican a mi hipoteca) es el TAR. No he visto nada sobre este índice por ninguna parte. Existe?? Como puedo saber que es el TAR?? Gracias
El TAR es el Tipo Activo de Referencia para cajas de ahorro que, por cierto, lleva meses a más del 5% (es uno de los índices hipotecarios más caros). Y como el IRPH de cajas, también desaparecerá el 28 de abril del 2012. Dicho esto, lo que va a pasar es lo siguiente: el IRPH de cajas ya no podrá aplicarse a las hipotecas nuevas a partir del 28 de abril de 2012. Pero los que ya tenéis la hipoteca abierta, aún seguiréis con ese índice durante un tiempo. El Banco de España seguirá publicando el IRPH de cajas durante 1 año y, durante ese año, tendréis que renegociar la hipoteca, tanto el índice como el diferencial.
No dudes en preguntarnos cuando te hagan la nueva oferta si necesitas que te asesoremos.
¡Un saludo!
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Hola a todos. Como muchos sabéis, IRPH desaparece a finales de este mes de abril 2012. He mirado mi escritura, para ver qué ocurre, y como también he visto con algunos comentarios del foro, en mi escritura, está expuesto que si desaparece IRPH, me tienen que poner CECA. La cuestión, es que creo que CECA, también desaparece, y en tal caso, en mi escritura pone textualmente lo siguiente: En el supuesto de no publicación del tipo sustitutivo, se aplicará el tipo de interés a la sazón vigente, el cual se mantendrá FIJO, hasta que, a tenor de lo pactado, sea FACTIBLE su variación. Tengo 2 preguntas: 1) En mi caso, creo que no tengo que negociar nada con el banco no? creo que en la escritura ya pone claro que si no está IRPH, ni CECA (que sería el valor sustitutivo) se mantendrá el valor fijo (el valor que tengo actualmente), o al menos, esto es lo que yo entiendo.no? 2) Que significa lo d …sea FACTIBLE su variación?, factible para quien, porque para los usuarios como yo, creo que negociar nunca es factible, más que nada porque no estamos en igualdad de condiciones que los bancos. ¿Alguien sabe algo al respecto? Gracias a todos por cualquier aclaración. Un saludoPregunta similar: Tipo de interés variable IRPH y sustitutivo CECA.
Tenemos una hipoteca con interés variable IRPH+0 revisado anualmente en noviembre con la referencia del IRPH de agosto. Dado que el IRPH desaparece, nos ha generado la duda de cuál índice se nos aplicará. Nuestro contrato pone como sustitutivo el "Tipo Activo de referencia de Cajas de Ahorro", el cual creémos que es CECA. Es así? Es cierto que este índice también desaparece? Si ambos desaparecen, qué índice se nos aplicará? En nuestro contrato especifica: "La interrupción a su vez, durante un lapso de tiempo superior a dos meses de la publicación del Índice de Referencia Sustitutivo, implicará la perduración de la aplicabilidad al crédito del último tipo de interés nominal anual que haya sido posible calcular". Si desaparecen los dos, conllevará que en la próxima revisión del interés (o en la de 2013), el último IRPH que haya sido publicado (posible calcular) se nos aplicará y que así se quedará hasta la extinción de la hipoteca, a no ser que haya una renegocición con el banco? Gracias.Pregunta similar: Tengo una hipoteca abierta con la Caixa, irph sin diferencial y sustitutivo TAR
Mi contrato pone que si el irph deja de publicarse 2 meses, se empezará a referenciar al TAR (sustitutivo). También pone que en caso de que el Tar deje de publicarse más de 2 meses, se aplicará de forma permanente el último interés que se pudo calcular. ¿Eso que quiere decir? Mi próxima revisión es en septiembre 2012. Osea, que como en abril de 2013 desaparecen estos índices definitivamente, se supone que ¿ya siempre me aplican el interés que salga en la revisión de septiembre de 2012? o ¿tendré que negociar? Si es así... puede pasar dos cosas, que si el interés en septiembre de 2012 sea muy bajo, me beneficia, pero suponiendo que sea muy alto, me perjudica. Si alguien pudiera explicarme que ocurrirá con mi hipoteca se lo agradecería.