¿Qué ocurre con los préstamos personales cuando fallece el titular?
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¿Qué ocurre con los préstamos personales cuando fallece el titular?

heredar deuda

En el caso del fallecimiento de un allegado o un familiar, además del duro golpe que esto supone, te encuentras con una gran cantidad de trámites y papeleos que debes llevar a cabo. En el caso de que el fallecido tuviese préstamos personales vigentes, la documentación que debes gestionar puede ser abrumadora y complicada. Al tramitar una herencia no solo recibes los bienes, sino también las deudas. Por esto es importante conocer si esta persona tenía créditos vigentes y los pasos que debes seguir para finalizar los trámites de la sucesión.

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La tramitación de la herencia de los préstamos personales

Si te encuentras en esta difícil situación y sabes que el fallecido tenía préstamos personales todavía vigentes, lo primero que debes hacer es notificárselo a la entidad bancaria lo antes posible. La razón es que, por norma general, las cuotas de los préstamos personales se seguirán cargando a la cuenta asociada del titular del préstamo personal y no lo podrás modificar mientras no realices el cambio de titularidad del crédito.

¿Quién pagará los préstamos personales cuando fallece el titular?

Cuando alguien fallece los herederos reciben las obligaciones y cargos, además de los bienes y derechos (como pueden ser las deudas de los préstamos personales). Según el Código Civil, la herencia es un derecho y no una obligación. Por lo tanto, los herederos tendrán derecho de renunciar a ella si lo desean.

En el caso de que el fallecido tuviese deudas, tienes 3 opciones:

  • Aceptar la herencia con las deudas incluidas y pagarlas.
  • Rechazar la herencia tanto de los bienes como de las deudas.
  • Aceptar la herencia a beneficio de inventario. Esto significa que los herederos recibirán los bienes restantes de la herencia una vez las deudas hayan sido atendidas. Esta opción es una alternativa cuando las cargas no superan a los bienes y mediante la que podrás aceptar la herencia sin tener que pagar el resto de préstamos o cargas pendientes.

¿Qué pasa si existe un aval o hay dos titulares al fallecer el titular?

La figura del avalista no desaparece cuando el titular fallece. Sólo desaparecerá cuando la deuda quede totalmente pagada. El avalista seguirá con su función si los herederos aceptan la herencia o hasta que satisfagan la deuda. En el caso de que rechacen la herencia, la responsabilidad del aval dependerá del contrato de cada préstamo personal.

A su vez, si el préstamo personal tuviese dos titulares, se considera que el 50 % (o el porcentaje correspondiente dependiendo del número de titulares) de la deuda pasará a los herederos. En el caso de que los herederos rechazasen la herencia, le corresponderá al cotitular del crédito la responsabilidad de la deuda pendiente del fallecido.

En el caso de que fuesen préstamos sin aval y sin cotitulares, la obligación recae sobre los herederos si deciden aceptar la herencia sin beneficio de inventario.

¿Cómo proceder con el banco? Trámites y protocolo

Cada entidad tendrá un protocolo de actuación determinado para realizar estos trámites. De manera genérica estos serán los documentos que deberás entregar:

  • Certificado de defunción
  • Certificado de últimas voluntades
  • Testamento o declaración de herederos
  • Escritura de adjudicación de la herencia
  • Certificado de pago del impuesto de sucesiones: este documento se entrega después ya que el banco nos debe entregar los certificados necesarios para pagarlo
  • Escritura pública de renuncia en caso de que alguno o varios de los herederos no acepten la herencia.

Una vez entregada toda esta documentación la entidad bancaria te entregará los distintos productos que tenía contratado el fallecido como sus cuentas, depósitos, planes de pensiones y los préstamos personales. Dependiendo del producto particular también pueden pedirte algunos documentos adicionales.

Seguros de vida en los préstamos personales de un fallecido

En muchos casos, los préstamos personales incluyen un seguro de vida asociado que el prestatario debe contratar. En el caso de que hubiese un seguro de vida asociado, debes revisar las condiciones de la cobertura del seguro para que la aseguradora se haga cargo del pago de la totalidad o parte de los préstamos personales, aunque es importante tener en cuenta los casos en los que es así. Si este es el caso, también debes entregar la documentación relativa tanto a la aseguradora como a la entidad bancaria.

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Categoría(s) del artículo:  CréditoPréstamos personales

Autor: Agustina Battioli

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Comentarios

  • lidia

    mi ex tenia un crédito personal vinculado a un seguro de vida. Mis hijos los únicos herederos han echo los trámites para cobrar ese seguro o por lo menos que la deuda esta sanjada. Cual es el problema que el seguro les envían una resolución negándose por causa de vicios de su padre. si reclamamos sacaran algo o directamente tendré que coger a un abogado y denunciarlos?

    Responder
  • eva

    Buenas tardes,
    Mi padre acaba de fallecer y hemos visto que tiene un PRESTAMO MERCANTIL de una financiera para pagar una colección de libros.
    Se trata de bastante dinero, unos 2500 euros, ya que la venta se realizó en dudosas condiciones, lo que viene a ser «vicio de consentimiento».
    Tenemos que seguir pagando mi madre y yo ese crédito? Son 82 euros mensuales hasta el 2021.
    Hay diferentes obligaciones entre un préstamo mercantil o uno bancario?
    gracias y un saludo

    Responder
  • emmanuel zepeda

    hola buenas tardes que puedo hacer en el caso de que mi tio fallecio y me dejo de beneficiario al 100 % en un credito financiero y ps mi familiares se estan oponiendo ?

    Responder
    • Jessica Llavero

      Hola, emmanuel zepeda:

      No entendemos muy bien tu pregunta. Si tu tío hizo testamento, en el reparto de bienes ante notario se conocerá qué parte te pertenece. Si tienes dudas, consulta con el notario o asesor, te aconsejará sobre lo que debes hacer.

      Un saludo.

      Responder
  • Ana Hernandez Carrillo

    Hola mi madre ha fallecido y tiene una tarjeta de un hipermercado y lo estaba pagado por meses esa deuda de la tarjeta tenemos que hacernos a cargo

    Responder
    • Maria Garcia

      Hola, Ana:

      Las deudas se heredan al igual que los bienes. Sin embargo, algunas tarjetas tienen un seguro de vida por fallecimiento del titular. Además, en caso de no aceptar la herencia, no tendríais que haceros cargo de esa deuda. La mejor opción es que contactes con el hipermercado o con la financiera de la tarjeta para informaros de la situación de la deuda. Además, si lo considerases necesario también podrías recurrir a la asesoría de un abogado especialista.

      ¡Un saludo!

      Responder
  • Ana Elsa Comito

    Acaba de fallecer mi esposo,tenia deudas en el banco y tambien en otras casas de prestamos pero solo a su nombre,ya que tanto el como yo teniamos creditos porque pagamos alquiler y no nos alcanza para vivir,fallecio el 15/6/18 y me encuentro desesperada porq tengo miedo de tener q pagar lo que debe y ni me alcanza para comer temgo81 años y mi amor 80,gracias y Dios quiera q sus respuestas sean positivas.Perdon pero no tengo correo electrónico lo tube q sacar la pc porq no puedo pagarla solo me manejo con um viejo celular,perdón.igual le dejo el q tenia.

    Responder
    • Marta Monforte

      Hola, Ana Elsa Comito:
      En esta guía online gratuita sobre cómo gestionar las finanzas de un titular fallecido encontrarás algunas respuestas que te pueden ayudar. Así que te recomendamos que te la descargues y la consultes.

      Te adelantamos que tienes derecho a rechazar la herencia si son todo deudas. De modo que, a no ser que algún préstamo tenga tu nombre o seas tu su el aval, no tendrían porque afectarte estos impagos.

      Un saludo.

      Responder
  • Nerea Ortiz

    Buenos días, MELISA:
    Si eres la titular del préstamo tendrás que hacer frente al reembolso del mismo independientemente de que la moto esté a nombre de tu padrastro. La que figura como beneficiaria del crédito a ojos de la empresa eres tú. Si no puedes hacer frente a las mensualidades, te recomendamos que te pongas en contacto con el prestamista y le comuniques tu situación antes de caer en impago.

    De esta forma, podéis llegar a un acuerdo para devolver la financiación de una forma más cómoda sin poner en riesgo tu capacidad financiera. En algunos casos, existe la posibilidad de solicitar una carencia (total o parcial) hasta que vuelvas a disponer de ingresos suficientes en tu cuenta para pagar las cuotas.
    Esperamos que tu situación se resuelva lo antes posible.
    ¡Un saludo!

    Responder
  • MELISA

    BUENAS MI CONSULTA ES MI PADRASTO SACO UNA MOTO CON UN CREDITO PERSONAL DEL CUAL YO SALI CON TITULAR DEL CREDIO PERO LA MOTO ESTA A NOMBRE DE EL, EL TEMA ES QUE FALLECIO Y LAS CUOTAS SON MUY ALTAS COSA QUE SE ME HACE MUY DIFICIL PAGAR HABRA ALGUN TIPO DE SEGURO QUE ME CUBRA AUNQUE SEA LA MITAD DE LA CUOTA A PAGAR? O YO ME TENDRE QUE HACER CARGO DEL CREDITO AL 100%

    Responder
  • Alex García

    Mis padres me prestaron una cantidad, formalizamos un contrato y he ido devolviendo parte del préstamo. El asunto es que mi padre ha fallecido y quisiera saber a quién tengo que ir pagando ahora la cantidad que aún me queda. ¿A mi madre? ¿La mitad a mi madre y la otra mitad entre mis hermanos -restando la parte que me corresponde por herencia-? Por otro lado, en el contrato que establecimos viene un número de cuenta, a nombre de mis padres, donde debo ingresar los pagos, pero ese número de cuenta se va a cancelar. ¿Tengo qué hacer un nuevo contrato registrando el número de cuenta nuevo?

    Responder
    • Maria Garcia

      Hola, Alex García:
      Este tema se sale un poco de nuestros conocimientos financieros, por lo que creemos que es mejor que expongas tu situación al notario que os gestione la herencia. De esta forma, podéis reestructurar este préstamo y gestionarlo con un profesional.
      ¡Un saludo!

      Responder
  • sandra vargas

    buen dia una pregunta si una persona que presto un dinero por medio de una letra de cambio fallece, la esposa puede reclamar el dinero y que hay que hacer o cual es el procedimiento. gracias

    Responder
    • Juan Alvarez

      Hola, sandra vargas:
      Tanto los activos como los pasivos son heredados cuando fallece el titular de un préstamo, en este caso el beneficiario de la hoja de cambio. Por ello, la persona que adeuda el dinero de dicho crédito tendrá que saldar la deuda del mismo modo.
      Es recomendable que te pongas en contacto con el deudor para informarle sobre el cambio de titularidad y sobre cualquier otro cambio que haya que hacer (cuenta corriente de reembolso, plazo de devolución,…)
      ¡Un saludo!

      Responder
  • Vicdel

    Mi abuela era la pensionado ya falleció tenía un préstamo.. esa es la.pregunta .. le descontara el dinero q debe

    Responder
    • Agustina Battioli

      Buenos días Vicdel.
      En principio las cuotas del préstamo se seguirán cobrando cada mes hasta que se notifique al banco con los documentos pertinentes que la persona ha fallecido.

      ¡Un saludo!

      Responder
  • martha isabel castaño

    mi Madre fallecio hace un mes y medio,tiene una deuda con banco colombia y en un oficio que encontramos dice de un seguro de vida sera que se puede reclamar, o que puedo hacer yo soy su hija y cuidadora.Gracias

    Responder
  • Juan Alvarez

    Hola, Ana:
    Mi más sentido pésame. En cuanto a tu pregunta, mi consejo es que revises los términos del contrato del préstamo personal que tu padre para comprobar las condiciones que este tenía.
    Además, es imprescindible comprobar si tu padre tenía algún seguro de protección de pagos, pues este cubriría los gastos restantes debido al fallecimiento.
    Por último, si las condiciones que el banco os proponen os satisfacen, es importante que comprobéis que el plazo del nuevo préstamo no es superior al que restaba del préstamo anterior. En caso de que sea mayor, podríais acabar pagando lo mismo, o incluso más, aunque el tipo de interés se haya visto reducido.
    Si aún tienes dudas sobre este tema, te recomiendo la lectura de nuestra guía gratuita: «Fallece un familiar: cómo gestionar sus cuentas». En ella, podrás encontrar respuestas a esta y otras preguntas que nos pueden surgir tras la defunción de un ser querido.
    Espero haberte sido de ayuda. Un saludo

    Responder
  • Ana

    Buenos días HelpMyCash, mi padre falleció teniendo un préstamo personal a medio pagar. La cuenta corriente la tenían a medias mis padres pero el préstamo solo a nombre de mi padre.
    Ahora los del banco quieren que cancelemos el préstamo a nombre de mi padre y abrir otro a nombre de mi madre para pagarlo. Según dicen bajan del 9 a 7 el tipo de interés, pero yo no me termino de fiar. Que me aconsejas? Que letra pequeña tengo que tener en cuenta para que no nos estafen?

    Muchas gracias-

    Responder
  • Elena Gómez

    Hola, Wilson.
    Sentimos el fallecimiento de tu padre, aunque en una situación así lo primero que debes hacer es comprobar si tenía un seguro de vida que le cubriera el pago de la hipoteca en caso de fallecimiento. Si no es así, no hay ningún avalista que se tenga que hacer cargo de la deuda y habéis aceptado la herencia, tendréis que asumir el pago de las cuotas pendientes, puesto que si no el banco podría ejecutar la garantía hipotecaria y quedarse con la casa.
    Un saludo.

    Responder
  • Wilson

    cordial saludo: mi padre fallecio hace 8 meses dejo una deuda bajo una hipoteca con una persona que igual fallecio, por una cuantia minima con respecto al valor de la vivienda, quiero saber si la deuda de debe seguir pagando y si puede pasar que se pierda la propiedad por el no pago de ese valor minimo?.
    Gracias.

    Responder
  • manuel

    Hola, mi padre ha fallecido y tenia un préstamo personal , no ha dejado nada de herencia, ni hizo testamento, Mi pregunta es, estamos obligados los hijos a terminar de pagar el préstamo? No encuentro el contrato del préstamo y no se si tenia seguro. Gracias

    Responder
  • Yazmin Gómez

    Mi papá falleció hace un mes y le había prestado dinero a un familiar q pasa con ese dinero…

    Responder
    • Mario Corrochano

      El dinero prestado al familiar es un derecho de crédito (es decir, a cobrar) contra ese familiar. Formaría parte del activo de la herencia; el problema podría estar en que el préstamo no estuviere recogido en un documento firmado también por el deudor.

      Responder
  • patricia Guzmán

    Buenas noche, tengo una in quietud mi padre falleció hace dos meses pero antes de morir dos hermanos me prestaron una plata de mi padre con autorización de otros hermanos y de esta manera se les presto dinero a otros hermanos, plata que era de mi padre y se le pagaba un interés. Mi pregunta es si el ya falleció se sigue pagando el interés, por que según un hermano dice que el interés hay que seguir pagan dolo, porque la letra quedo a nombre de el . Mil bendiciones y muchas gracias.

    Responder
    • Lydia Romero

      Buenos días Patricia.

      Aunque fallezca el titular, las deudas deben liquidarse con las condiciones con las que se pactó dicho préstamo al principio.

      Si tienes más dudas, puedes consultar la guía gratuita «Fallece un titular: «cómo gestionar sus cuentas» para conseguir más información al respecto.

      Un saludo.

      Responder
  • CECILIA

    HOLA MI PAPI FALLECIÓ ASE 4 AÑOS Y YO COMO HIJA SIGO PAGANDO EL CREDITO, ES NECESARIO QUE YO SIGA PAGANDO O ES QUE EL BANCO DE SABIDOS ME ESTAN COBRANDO

    Responder
    • Lydia Romero

      Buenas tardes, CECILIA.

      Aceptar la herencia de un familiar cuando fallece implica no solo quedarse con los bienes que este mismo nos deja, sino también con sus deudas pendientes. Si en su momento aceptaste recibir la herencia, automáticamente pasaste a ser la responsable de esos préstamos que siguen vigentes y que se deben devolver, por lo que tendrás que seguir pagando dicho crédito hasta que puedas devolverlo por completo.

      De todas formas, trata de asegurarte de si tu familiar tenía contratado algún seguro de protección de pagos, que podría cubrir la deuda parcial o totalmente.

      Si deseas más información, puedes consultar la guía gratuita «Fallece un familiar: cómo gestionar sus cuentas» para que puedas aclarar más dudas que puedas tener.

      Un saludo.

      Responder
  • juan

    hola, mi padre realizo un prestamo y deja en garantia unas prendas, el tema esta en que mi padre fallece y yo me hago cargo de la deuda pagando la totalidad, voy al banco y no me quieren hacer entrega de las prendas habiendo pagado toda la deuda de mi padre, que puedo hacer?

    Responder

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