Extinción de condominio

Extinción de condominio

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J
Jaherco
/

Hola buenas. Mi pregunta es la siguiente. Que documentación debo presentar para hacer una extinción de condomino Y cuál es la tarifa media. Mi ex pareja y yo nos hemos separado y quiero liquidar lo que nos queda de hipoteca y quedarme yo con la vivienda y ponerla a mi nombre solamente. Quería saber donde debo acudir...a parte de al banco que ya está informado para liquidar la hipoteca. Gracias. Un saludo

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HelpMyCash
#1

Hola, Jaherco.

Tienes dos opciones: o bien acudir a una gestoría, que se encargará de realizar por ti los pagos al notario, al registro y a la administración, o bien gestionar por tu cuenta todos los pagos, en cuyo caso deberás acudir al notario, al Registro de la Propiedad y a la oficina tributaria de tu comunidad autónoma.

En cuanto a los gastos, tendrás que abonar los gastos de notaría, de gestoría (solo en el primer caso) y de registro, además del impuesto de Actos Jurídicos Documentados. Estos pueden variar según el valor de tu vivienda, las tarifas aplicadas por la gestoría y la comunidad autónoma en la que te encuentres, así que para saber cuáles son te recomendamos que lo preguntes directamente a un gestor o a un notario.

Gracias por utilizar el foro del comparador de hipotecas HelpMyCash.com.

Un saludo.

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Preguntas similares
#2
P
palodu1
/

Pregunta similar: Inscribir extinción de condominio en el registro

Buenos días. Mi ex pareja y yo tenemos una casa en común y un niño de cinco años. Nos vamos a divorciar de mutuo acuerdo a través de una extinción de condominio y yo me quedo con la propiedad de la vivienda. Una vez firmado este documento ante notario, tengo que acudir al registro de la propiedad para inscribir el piso?

HelpMyCash
#3

Hola Palodu1,

Sí en vez de vender el piso tras el divorcio, han optado por hacer una extinción de condominio, es recomendable inscribir la nueva situación del piso en el Registro de la Propiedad para que quede constancia. Para ello, deberás presentar la escritura donde conste el convenio acordado entre las partes y la documentación justificativa de estar al corriente con las obligaciones tributarias.

El Registro practicará la inscripción en un plazo máximo de 15 días y, en el caso de que el organismo encuentre algún motivo que lo impida, te notificará debidamente para que puedas presentar los requisitos necesarios. 

Espero haberte ayudado.

¡Un saludo!

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#4
A
Anaa1894
/

Pregunta similar: Extincion de condominio

Buenas, tengo una duda, hice con mi ex pareja una extinción de condominio, yo soy quien le cedí mi parte de la hipoteca, al firmar este papel, lleva unos gastos, quisiera saber que gastos debería yo pagar con el, he leido que ambas partes suelen llegar a un acuerdo, pero por “ley” que gastos son de el y cuales son de ambos. No se si me he explicado bien

Muchas gracias 

HelpMyCash
#5

Buenos días, Anaa1894.

En ese sentido, la ley es ambigua y no deja claro quién debe pagar los gastos de la extinción de condominio.

Por lo general, suele ser la persona que se queda con la vivienda quien se encarga de abonarlos. 

Podríais intentar llegar a un acuerdo y si no fuera posible, podrías consultarlo con una gestoría.

Esperamos haberte ayudado.

¡Un saludo!

 

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#6
H
Helper_1006738398
/

Pregunta similar: Extinción de condominio

Hola buenos tardes,

  Mi nombre es Juan ****, estoy buscando información de los gastos que tendré al realizar una extinción de condominio de mi actual vivienda, quedándome con la totalidad de la vivienda, es decir, adquirir el 50% que pertenece a mi ex pareja.   La hipoteca actual, se va anular y solicitar a una entidad bancaria nueva.  Hipoteca inicial: 66.000€ Cantidad actual pendiente: 55.800€ Cantidad nueva para solicitar: 74.000€ (18.000€ más) Acuerdo de ext. condominio, abonar a mi expareja 24.577€ Precio de compra de la vivienda en el 2017: 73.500€   ¿me podrían ayudar para conocer los gastos que tendremos en esta operación?¿qué gastos corresponden a comprador y a vendedor?    Mil gracias anticipadas   Un saludo Juan

HelpMyCash
#7

Hola, Juan. 

Como son varios gastos los que tendrás que afrontar, iremos por partes. 

Empecemos por el coste de la extinción de condominio. Para empezar, tendrás que pagarle a tu expareja su 50%, restando de ahí la mitad del capital pendiente de la hipoteca. Con las cifras que nos das, eso serían unos 8.850 euros. Lo que pretendes entregarle es mayor, así que se generará una ganancia patrimonial a su favor que tendrá que declarar. Además, deberíais abonar conjuntamente los gastos de notaría y registro asociados a la disolución del condominio más el IAJD que se cobre en vuestra comunidad autónoma. Te aconsejamos acudir a un notario (la consulta es gratis) para preguntarle cuánto te costarían esos gastos. 

Como pides una nueva hipoteca, también tendrías que afrontar por tu cuenta sus gastos de constitución: la tasación de la vivienda, con un coste medio de unos 300 euros, y la comisión de apertura de la hipoteca, si tiene (no suelen cobrarla). Ten presente, sin embargo, que el importe que necesitas es superior al valor de la vivienda. En general, los bancos financian hasta el 80% del valor del inmueble, así que es probable que rechacen tu solicitud. 

Finalmente, deberíais abonar conjuntamente los gastos de cancelación de la hipoteca que tenéis en común, lo que os costará entre 1.000 y 2.000 euros. 

Esperamos haber resuelto tus dudas. 

Un saludo. 

 

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#8
H
Helper_1006738398
/

Hola buenas tardes Miguel, 

 

en primer lugar, muchísimas gracias por la rapidez de tu respuesta. 

 

La ganancia patrimonial, lo tendrá que tener en cuenta ella, personalmente no puedo meter en sus asuntos, pero gracias por la aclaración

 

Me queda claro que conjuntamente debemos abonar, Notaría, registros asociados a la disolución del condominio, gastos de cancelación de hipoteca ¿te refieres a la cancelación económica y a la cancelación registral? y el AIJD, que este último impuesto que creo que en Castilla la Mancha es de 1,5%, ¿me podrías confirmar si lo conoces? y ¿sobre qué cantidad se calcula?

 

Tomaré tu consejo y acudiré a un Notario para que me facilite los cálculos exactos. 

 

En cuanto a la nueva hipoteca y su ampliación, ya dispongo de aprobación por parte del banco para realizar dicha operación (sin gastos de apertura), ya qué según me informar, en este tipo de operaciones financian el 80% de la tasación y por suerte, la vivienda tiene un valor bastante elevado con respecto a su precio. Tras tu escrito, también me queda claro que he de soportar los gastos de Tasación únicamente. 

 

Por último, como la vivienda se compró en diciembre del 2017 por un precio inferior al valor fiscal, Hacienda nos requirió pagar 900€ a cada uno, ¿sabes si volverán hacer ese requerimiento? en caso afirmativo, ¿es sobre la parte que adquiero o sobre el total de nuevo?

 

Mil gracias de nuevo saludos 

HelpMyCash
#9

Hola de nuevo. 

¡Gracias a ti por confiar en nosotros!

Sí, nos referimos a los gastos de cancelación registral y a la posible comisión por amortización anticipada que pueda cobraros vuestro banco (se indica en la escritura de la hipoteca). En cuanto al IAJD, se os cobraría únicamente por la extinción de condominio. Nos consta también que en Castilla-La Mancha se aplica un tipo del 1,50% sobre el valor transmitido, así que a vosotros os costaría algo menos de 370 euros (1,5% de 24.577 euros). 

En cuanto a lo que nos comentas de Hacienda, dependerá del valor fiscal que tenga ahora la vivienda. Nuestro consejo es que se lo preguntéis directamente al notario, que os lo podrá calcular gratuitamente. 

Un saludo. 

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#10
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Helper_1006738398
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Buenos días Miguel, 

 

muchísimas gracias por vuestras aclaraciones y dedicación! Voy a contactar con la entidad bancaria para que me facilite los datos del Notario y que así me facilite cifras. 

 

saludos - Juan

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