Cancelación hipoteca con venta vivienda: dudas varias

Cancelación hipoteca con venta vivienda: dudas varias

Cancelación hipoteca con venta vivienda: dudas varias

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Nuki36

Resido fuera de España y he firmado las arras con el comprador de mi vivienda.

Todavía no dispongo de la fecha de escritura pero me gustaría saber con tiempo las gestiones que debo realizar para alzar mi hipoteca.

En los próximos días haré una amortización parcial (sin comisión), dejando una pequeña cantidad a deber. A partir de entonces, no sé bien cómo proceder:

- ¿En qué momento he de avisar a mi banco para comunicar que he vendido el piso? Imagino que es cuando conozca la fecha concreta pero no estoy segura.

- A partir de la notificación a mi banco, ¿Podré seguir haciendo amortizaciones parciales o ya debo esperarme a la cancelación total con su respectivo porcentaje de comisión? Hablamos de una comisión de un 1%. ¿Sería mejor amortizar dejando justo la mensualidad a deber?

- Por otro lado, ¿es mi banco o es el banco del comprador (ha pedido también hipoteca pero desconozco en qué entidad) el que gestiona el alzamiento? En el caso de que yo pueda elegir, ¿cuál es la mejor opción? Mi banco es La Caixa.

- Finalmente, me consta que si en el día de la firma debo dinero de la hipoteca, mi entidad debe expedirme un Certificado de deudas mientras que si tengo la hipoteca totalmente saldada, ¿debe expedirme un Certificado de deuda 0. Es así?

Gracias

1 respuesta
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HelpMyCash
#1

Hola, Nuki36.

Entendemos que tienes una vivienda en España que vas a vender y que utilizarás el dinero obtenido para cancelar la hipoteca que recae sobre el mismo inmueble, pero que antes realizarás una amortización parcial para que te quede menos dinero a deber. 

Con esto en mente, vamos a tratar de resolver tus dudas una por una: 

1. Lo ideal es que se lo comuniques antes de la venta y que acordéis una fecha para poder tramitar la venta del piso y la cancelación de la hipoteca en el notario. 

2. Sí, aunque le hayas notificado la venta de la casa, podrás seguir haciendo amortizaciones parciales hasta el día de la venta. Como comentas, puedes dejar a deber una única mensualidad antes de la venta para no pagar de más en comisiones por desistimiento total, aunque te aconsejamos leer antes la escritura para asegurarte de que no existe ningún límite máximo o mínimo sobre las amortizaciones parciales. 

3. Un representante de tu banco tendrá que estar presente en la notaría para reconocer la liquidación de la hipoteca y firmar las escrituras de cancelación. A partir de ahí, puedes tramitar la cancelación registral de la hipoteca por tu cuenta o contratar a una gestoría para que lo haga por ti, que puede ser la de tu banco, la de la entidad financiera de tu comprador o cualquier otra. Si te decantas por esta segunda opción, tendrás que pagar los honorarios de la agencia gestora, aunque ahorrarás tiempo en desplazamientos y papeleos. 

4. Efectivamente, tienes que pedirle un certificado de deuda pendiente a tu banco para que quede constancia en la notaría de cuánto dinero queda por pagar. Asimismo, una vez liquidada la hipoteca con el dinero de la venta, tu entidad tendrá que emitir un certificado de deuda cero para que el notario pueda elaborar la escritura de cancelación. 

Esperamos haberte ayudado, un saludo. 

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