Acabamos de cancelar la hipoteca ¿estamos obligados a presentar nueva Nota Simple para escriturar o sirve con los certificados de que está en trámite?
Acabamos de cancelar la hipoteca ¿estamos obligados a presentar nueva Nota Simple para escriturar o sirve con los certificados de que está en trámite?
ResponderHola,
tenemos que escriturar antes del 30 de Abril (menos de 1 mes o habrá incumplimiento de contrato de arras), inicialmente íbamos a hacer la cancelación en el mismo acto pero los costes que nos envió el banco de la parte compradora eran exageradamente elevados. En paralelo hemos ido haciendo aportaciones poco a poco y finalmente hoy hemos cancelado la hipoteca con nuestro banco. Tenemos el certificado del banco de deuda cero y hemos solicitado la escritura de cancelación, cuando estén los papeles enviaremos todo al Registro de la Propiedad.
Ahora el banco de la parte compradora nos dice que no se puede escriturar y hay que esperar a la nueva Nota Simple del Registro de la Propiedad que tarda varias semanas y no llegamos a la fecha del contrato.
¿Esto es así? ¿No sirve con un certificado de que está en trámite? ¿Qué alternativas tenemos?
Hola, Marisa.
Tiene que ir alguien de la entidad para firmar la escritura de cancelación de la hipoteca. En principio no deberían poner problemas para acudir, ya que ellos también están interesados en recibir el dinero pendiente de la hipoteca, pero igualmente habla con tu entidad para asegurarte de que vaya alguien.
Un saludo.
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El certificado de deuda se me puede enviar por email?
Vivo fuera de España y no quiero todavía hablar con el director del tema de la cancelación.
Gracias.
Hola Nuki36,
El banco, CaixaBank, en este caso, no tiene porqué acudir a la firma, no te preocupes. Si no lo hace, el banco del comprador se encargará de hacer una transferencia vía Banco de España (OMF) a Caixa con el importe necesario para cancelar tu hipoteca.
Un saludo
Muchas gracias, Rober_9!
Pregunta similar: Cancelación hipoteca con venta vivienda: dudas varias
Resido fuera de España y he firmado las arras con el comprador de mi vivienda.
Todavía no dispongo de la fecha de escritura pero me gustaría saber con tiempo las gestiones que debo realizar para alzar mi hipoteca.
En los próximos días haré una amortización parcial (sin comisión), dejando una pequeña cantidad a deber. A partir de entonces, no sé bien cómo proceder:
- ¿En qué momento he de avisar a mi banco para comunicar que he vendido el piso? Imagino que es cuando conozca la fecha concreta pero no estoy segura.
- A partir de la notificación a mi banco, ¿Podré seguir haciendo amortizaciones parciales o ya debo esperarme a la cancelación total con su respectivo porcentaje de comisión? Hablamos de una comisión de un 1%. ¿Sería mejor amortizar dejando justo la mensualidad a deber?
- Por otro lado, ¿es mi banco o es el banco del comprador (ha pedido también hipoteca pero desconozco en qué entidad) el que gestiona el alzamiento? En el caso de que yo pueda elegir, ¿cuál es la mejor opción? Mi banco es La Caixa.
- Finalmente, me consta que si en el día de la firma debo dinero de la hipoteca, mi entidad debe expedirme un Certificado de deudas mientras que si tengo la hipoteca totalmente saldada, ¿debe expedirme un Certificado de deuda 0. Es así?
Gracias
Hola, Nuki36.
Entendemos que tienes una vivienda en España que vas a vender y que utilizarás el dinero obtenido para cancelar la hipoteca que recae sobre el mismo inmueble, pero que antes realizarás una amortización parcial para que te quede menos dinero a deber.
Con esto en mente, vamos a tratar de resolver tus dudas una por una:
1. Lo ideal es que se lo comuniques antes de la venta y que acordéis una fecha para poder tramitar la venta del piso y la cancelación de la hipoteca en el notario.
2. Sí, aunque le hayas notificado la venta de la casa, podrás seguir haciendo amortizaciones parciales hasta el día de la venta. Como comentas, puedes dejar a deber una única mensualidad antes de la venta para no pagar de más en comisiones por desistimiento total, aunque te aconsejamos leer antes la escritura para asegurarte de que no existe ningún límite máximo o mínimo sobre las amortizaciones parciales.
3. Un representante de tu banco tendrá que estar presente en la notaría para reconocer la liquidación de la hipoteca y firmar las escrituras de cancelación. A partir de ahí, puedes tramitar la cancelación registral de la hipoteca por tu cuenta o contratar a una gestoría para que lo haga por ti, que puede ser la de tu banco, la de la entidad financiera de tu comprador o cualquier otra. Si te decantas por esta segunda opción, tendrás que pagar los honorarios de la agencia gestora, aunque ahorrarás tiempo en desplazamientos y papeleos.
4. Efectivamente, tienes que pedirle un certificado de deuda pendiente a tu banco para que quede constancia en la notaría de cuánto dinero queda por pagar. Asimismo, una vez liquidada la hipoteca con el dinero de la venta, tu entidad tendrá que emitir un certificado de deuda cero para que el notario pueda elaborar la escritura de cancelación.
Esperamos haberte ayudado, un saludo.
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Gracias
Pregunta similar: Plazo de minuta
Quería saber los plazos y pasos que hay que hacer después de firmar la minuta. Gracias
Hola, Helper_502191253.
No entendemos exactamente a qué minuta te refieres. Si nos lo aclaras, trataremos de ayudarte.
Un saludo.
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Si valoras nuestra respuesta, por favor ayúdanos y valora nuestro servicio en Trustpilot. También puedes compartir esta experiencia con tus conocidos aquí:Lo siento, no me expliqué bien. Hemos pedido una hipoteca y nos la han concedido. El gestor del banco nos ha citado para firmar la minuta y enviarla a la notaría. Quería saber el tiempo que transcurrirá hasta el termino de los trámites y poder entrar en posesión de la casa. Es que al firmar las arras nos pusieron una fecha límite y no quisiéramos pasarnos.
Hola de nuevo.
La entrega de la minuta (que es el proyecto de contrato) y del resto de los documentos que constituyen la oferta en firme se hace, por ley, al menos 10 días antes de la firma ante notario. El banco os puede dar más tiempo, pero si no lo necesitáis, tendréis que esperar al menos 10 días para poder firmar las escrituras de la hipoteca y de la compraventa.
En cuanto a los pasos que os quedan, son tres: hacer la provisión de fondos, ir a la notaría al menos un día antes de la firma para recibir asesoramiento y firmar las escrituras. En nuestra página sobre el proceso para pedir una hipoteca encontrarás más información (son los pasos 5, 6 y 7).
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.
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Si valoras nuestra respuesta, por favor ayúdanos y valora nuestro servicio en Trustpilot. También puedes compartir esta experiencia con tus conocidos aquí:gracias por el dato!!!!
Buenas felgarom,
En mi caso ING hizo la transferencia vía Omf a la cuenta del vendedor en el mismo momento que firmamos para cancelar la deuda pendiente.Es seguro porque implica a ambos bancos y su obligación de pagar y cancelar la deuda, aunque vaya a nombre del vendedor y a su cuenta.Es una manera más rápida de hacerlo debido a que si no se presenta el apoderado de la otra entidad no firmáis y se aplaza.Es decir es rápido porque llega antes que el cheque y porque te evitas que vaya el apoderado del otro banco.Lo hacen los bancos por comodidad y rapidez, pero desde mi punto de vista existe una cierta desprotección hacia el comprador, que asume un cierto riesgo, por no traer el día de la firma dicha deuda 0.
Debes fiarte de que el banco responderá y hará lo que debe vía Banco de España.
Es decir con cheque es más lento, pero te aseguras de hacerlo todo en el mismo momento.Pago al vendedor y deuda 0 traída por el apoderado.
Pregunta similar: La propuesta de hipoteca va a caducar y el vendedor todavía no tiene tramitada la cancelación de la hipoteca
Hola,
Hace ya dos meses el banco nos concedio una hipoteca para una segunda vivienda.
El vendedor todavia no tiene tramitada la cancelacion de la hipoteca anterior ya que lo quiere hacer por su cuenta. Como viene de un banco extinto y fusionado esto parece ser que no es rapido.
Nuestro banco les ofrecia la opcion de tramitar este proceso pero al vendedor le parecio caro.
Como compradores estamos frustrados ya que en dos semanas tendremos que pedir al banco que nos vuelva a renovar la propuesta de hipoteca y en cuatro semanas las arras se extinguen.
Ahora el banco le ofrece al vendedor la opcion de dejar la cancelacion pignorada y si en dos meses el vendedor no aporta la cancelacion por su parte lo ejecutara el banco.
Como compradores estamos frustrados ya que parece que no tenemos mas opcion que esperar a la fecha limite del contrato de arras. A estas alturas estamos por seguir adelante con un abogado por si llega ese punto no renovar y reclamar el doble de la reserva.
Que opinais, es esto normal?
Saludos
Hola, guillem.
Aunque no es lo más habitual, sí hay bancos que permiten que el vendedor cancele su hipoteca por su cuenta a cambio de que haga una provisión de fondos (o una pignoración). De este modo, si no levanta la carga en el tiempo acordado, el banco se quedará el dinero provisionado y lo usará para pagar a una gestoría que se encargue del trámite.
Vosotros, como compradores, no podéis hacer gran cosa, más allá de exigir que se cumpla lo acordado en el contrato de arras. Por ello, si el vendedor no cancela su hipoteca a tiempo y eso provoca que no se firme la compraventa antes del vencimiento del contrato de arras, tenéis todo el derecho a reclamar la devolución del dinero de la reserva más una penalización extra, si así lo acordasteis con el vendedor.
Ahora bien, para no llegar a ese punto, quizás podríais dar ciertas facilidades al vendedor para que pueda cancelar su hipoteca a tiempo. En ese sentido, puede que le interese contratar los servicios de la gestoría colaboradora de HelpMyCash, que hará los trámites más rápidamente y le cobrará unos honorarios de poco más de 90 euros (la mayoría de gestorías cobran cerca de 300 euros), además de los gastos notariales y registrales. Puede pedir su presupuesto a través de esta calculadora de gastos de cancelación.
Un saludo.
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Si valoras nuestra respuesta, por favor ayúdanos y valora nuestro servicio en Trustpilot. También puedes compartir esta experiencia con tus conocidos aquí:Muchas gracias por la respuesta. Lo que comentas tiene sentido. Nos tocarà esperar ya que como dices poco más podemos hacer.
En nuestro caso la hipoteca es con ING que ya ha dispuesto de una gestoria para tramitar todos los papeles y ha ofrecido varias opciones.
A falta de menos de un mes ya estamos contactando un abogado para que si llega la fecha de fin de arras podamos ejecutar la penalización por incumplimiento de contrato.
Saludos
citando a Charly12345 Buenas felgarom, En mi caso ING hizo la transferencia vía Omf a la cuenta del vendedor en el mismo momento que...
Hola Charly12345,
Veo que entiendes del tema. Estoy en esa situación como comprador para firmar mañana y todavía nadie me ha sabido explicar bien qué le impide al vendedor usar el dinero de la OMF para otra cosa que no sea la cancelación de la hipoteca. Lo único que veo que puedo indicar para relacionar la OMF con la hipoteca es indicar en el concepto la finalidad y el número de préstamo. ¿Es esto más que suficiente? ¿Quizá el banco del vendedor considera el concepto como vinculante y retiene ese dinero pendiente de que su cliente acuda a la oficina a cancelarla? Eso sería lo único que podría darnos tranquilidad a los compradores.
citando a PiCoTToHola Charly12345, Veo que entiendes del tema. Estoy en esa situación como comprador para firmar mañana y todaví...citando a Charly12345 Buenas felgarom, En mi caso ING hizo la transferencia vía Omf a la cuenta del vendedor en el mismo momento que...
Hola, PiCoTTo.
A la espera de la respuesta del usuario Charly12345, te transcribimos lo que explica el Banco de España sobre las transferencias OMF para cancelar deudas hipotecarias:
"Tu banco debe asegurarse de que la transferencia cumpla eficientemente su finalidad de cancelación económica del préstamo original a nombre del vendedor, cancelación que, en todo caso, debe contar con el consentimiento de este último.
El banco del vendedor procederá inmediatamente a realizar la amortización pactada del importe transferido. Existe un procedimiento operativo normalizado entre bancos que utiliza un código especial y que sirve al banco del vendedor diferenciar este tipo de operaciones, para, en caso de contar con instrucciones del cliente, proceder a la cancelación del préstamo".
Como ves, en principio, la transferencia se realizará con un código especial que servirá para que el banco del vendedor identifique la operación y use el dinero exclusivamente para cancelar la hipoteca del vendedor. Si quieres, puedes hablar con tu banco para que te explique con más detalle cómo funciona este código y cuáles son las garantías de este tipo de transferencias.
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.
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Hola,
Acabo de firmar arras para un piso que tiene una carga hipotecaria en la nota simple pero que la propietaria ha demostrado que está liquidada, se ha presentado ahora la solicitud de escritura de cancelación hipotecaria (esta en proceso de que la firme el banco y después salga del notario) El problema que se me da que me han ofrecido una buena hipoteca y al banco le corre mucha urgencia firmar antes de este año y no va a dar tiempo a que se levante la carga en el registro, si que la escritura de cancelación puede estar a tiempo.
¿el banco se puede negar a firmar aunque se le presente la escritura de cancelación a tiempo pero no lleguemos al levantamiento de la carga en el registro?
El banco esta presionando muchisimo con hacer ellos las gestiones. Por otra parte ¿que plazos me pueden dar para firmar?, la semana que viene lanza el banco ya la tasación y quieren hacer la operación cuanto antes…
gracias por vuestra ayud
citando a Bea Pregunta similar: Piso con carga sin deuda Hola, Acabo de firmar arras para un piso que tiene una ca...
Hola, Bea.
El banco podría negarse a firmar por existir todavía esa carga, pero es muy improbable que lo haga. En estos casos, lo que suele pasar es que el banco del comprador se encarga de tramitar la cancelación de la hipoteca. Así, se asegura de que la carga anterior quede cancelada antes de inscribir la nueva.
Dicho esto, hay maneras de negociar con el banco para que permita que la actual propietaria se encargue de los trámites. Las encontrarás en nuestra página sobre cancelar la hipoteca, en el apartado "¿Estoy obligado a cancelar la hipoteca con la gestoría del banco?".
En cuanto a los plazos para firmar, si van a tasar la vivienda la semana que viene, es probable que ya tengas la oferta final del banco (la FEIN) dentro de un par de semanas; puede que algo menos. A partir de ahí, tienen que pasar al menos 10 días naturales entre la entrega de la FEIN y la firma ante notario, por lo que creemos que no se podría formalizar la hipoteca hasta la última semana de diciembre, aproximadamente.
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.
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