Puedo prolongar los 5 años de carencia en código de buenas prácticas 2022

Puedo prolongar los 5 años de carencia en código de buenas prácticas 2022

Puedo prolongar los 5 años de carencia en código de buenas prácticas 2022

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A
Angel
/

Buenas, 

Justo ahora se finalizan los 5 años de carencia de mi hipoteca que estaba bajo el código de buenas prácticas, mi situación actual está bajo las nuevas condiciones del decreto de 2022 de código de buenas prácticas.

Puedo prolongar 5 años más este estado de carencia si cumplo los requisitos? Ya que no puedo hacer frente al pago de la nueva letra de la hipoteca

 

 

Muchas gracias

 

 

 

47 respuestas
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Respuestas
HelpMyCash
#1

citando a Angel Pregunta similar: Puedo prolongar los 5 años de carencia en código de buenas prácticas 2022 Buenas,  ...

Hola, Angel. 

El apartado 1.d del Anexo del Real Decreto-ley 6/2012, que es el que regula el Código de Buenas Prácticas, dice lo siguiente: 

"El deudor en un plan de reestructuración de los referidos en la letra b) anterior, que habiendo finalizado el período de carencia en la amortización de capital se encuentre en el umbral de exclusión que se define en el presente Código, podrá instar la solicitud de un segundo plan de reestructuración, siempre que la salida de la carencia no sea el hecho determinante de encontrarse en dicho umbral de exclusión. En este supuesto, en el plazo de 1 mes desde que el deudor formule la nueva solicitud, la entidad actualizará la solvencia del deudor y, caso de ser viable conforme a lo dispuesto en este apartado 1, elaborará un nuevo plan de reestructuración en el marco de las condiciones del Código. Dicho plan de reestructuración supondrá una carencia en la amortización de capital de cinco años y el tipo previsto en el apartado 1, letra b), iii del anexo".

Entendemos, por lo tanto, que sí podrías beneficiarte cinco años más de las medidas del Código si vuelves a cumplir los requisitos. Nuestro consejo es que pidas cita a tu banco cuanto antes para exponer tu situación y pedir un estudio de tu caso. 

Esperamos haberte ayudado. 

Un saludo. 

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Preguntas similares
#2
S
soninet
/

Pregunta similar: fin del codigo de buenas practicas

Hola buenos dias, tengo una duda tengo concedido el codigo de buenas practicas pero en agosto de 2020 se me termina.  Mi situacion sigue siendo igual no puedo hacer frente a la hipoteca soy madre soltera de una niña de 4 años y trabajo solo media jornada cobro 500€ y con eso no me da para nada.  Ya estoy empezando a ponerme nerviosa porque veo que se acerca la fecha.  Hay algo que pueda hacer para que no nos echen de la casa, me pueden ampliar el tiempo o un alquiler social o no se algo pero no tener que irnos.  Gracias un saludo

 

HelpMyCash
#3

Hola, soninet.

Si aún cumples los requisitos para acogerte a él, en principio puedes solicitar a tu banco una nueva adhesión al Código de Buenas Prácticas para que se te vuelvan a aplicar las medidas previstas en esta normativa. Nuestro consejo es que te pongas en contacto cuanto antes con tu banco para adelantarte al vencimiento del plazo y presentar la documentación y la solicitud pertinente cuanto antes. 

Un saludo. 

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#4
S
soninet
/

muchas gracias por responder tan pronto. 

Es posible entonces ampliar el tiempo del codigo de buenas practicas yo pensaba que eran esos 5 años y ya no se podia hacer nada mas. 

Yo pensaba ir sobre enero para no dar lugar a que llegue agosto y no se pueda hacer nada. 

usted que es lo que me recomienda

HelpMyCash
#5

Hola de nuevo. 

El decreto en el que se establecen las medidas del Código de Buenas Prácticas no especifica en ningún momento que no se pueda acogerse nuevamente a él si, tras transcurrir un período de cinco años, los titulares aún se encuentran dentro del umbral de exclusión. Por lo tanto, entendemos que puedes volverte a acoger al Código si reúnes sus requisitos. 

En cuanto a tu pregunta, nuestro consejo es que acudas cuanto antes al banco para que sepan de tu intención de volverte a acoger al Código y puedan preparar en plan de reestructuración, así que es preferible que vayas en enero que en agosto. 

Esperamos haberte ayudado. 

Un saludo. 

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#6
S
soninet
/

Muchas gracias por su ayuda, asi lo hare

A 1 persona le ha parecido útil
#7
P
Pedro S.C.
/

Pregunta similar: ¿Carta a firmar sobre renuncia a la aplicación del Código de buenas prácticas bancarias"?

¡Hola!:

Tengo una hipoteca a 40 años respecto de la cual hace 5 años, como reunía todos los requisitos del umbral de exclusión y demás, acogiéndome al "código de buenas prácticas bancarias", hice una "novación" para poder seguir pagando sus cuotas. Me ampliaron su vigencia de 30 a 40 años incluyendo en ellos 5 años de cuotas muy bajas en "periodo de carencia", pero como ese tiempo se me agota en unos meses y por desgracia sigo "desempleado", he ido a hablar con mi entidad bancaria para ver qué se puede hacer.Me han propuesto hacer otra "novación" volviendo a ampliar el vencimiento de la hipoteca hasta que llegue a mis 85 años de edad y durante 3 años pagar cuotas no muy altas amortizando algo de capital además de intereses, propuesta que a priori y a fecha de hoy, no me parece mal, pero también me han entregado un documento que dicen tendré que firmar en el que se redacta que "quedo informado de que la operación que voy a solicitar está fuera del ámbito del Código de buenas prácticas bancarias del RDL 6/2012 y que manifiesto expresamente no estar interesado en solicitar al banco XXX acogerme a sus medidas". Mi dudas es:¿Estoy obligado a firmar ese documento?, y en caso de sí firmarlo, ¿implicará ello que si dentro de unos años mi situación económica sigue igual o se agrava aún más ya no podré solicitar -por haber renunciado expresamente a ello al firmar dicho documento- acogerme a ninguna de las "ventajas" del "Código de buenas prácticas bancarias" como por ejemplo que en el peor de los supuestos, ya no tendría derecho a que me aceptaran una "dación en pago" del piso?¡¡Muchas gracias de antemano por su respuesta!!

HelpMyCash
#8

Hola, Pedro S.C.

Solo estarías obligado a firmar ese documento si el banco te lo exige para aprobarte la novación. De todos modos, al no especificarse que renuncias a solicitar las medidas del Código de Buenas Prácticas en el futuro, entendemos que sí podrías pedirlas al cabo de unos años si tu situación empeorara y el Código siguiera vigente. Por si acaso, sin embargo, te aconsejamos que se lo preguntes al banco y, si te dicen que no, que valores si no te resulta más conveniente solicitar nuevamente que se apliquen las medidas del Código. 

Un saludo.

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#9
P
Pedro S.C.
/

Sí, efectivamente el banco me exige que firme ese documento para hacer esta 2ª novación argumentandome que como ya me aplicaron algunos de los derechos del "Código de buenas prácticas bancarias" en la 1ª novación, ahora no pueden volver a aplicarme los mismos o con similares condiciones y que en cualquier caso, lo que ellos ahora me proponen me beneficia incluso más, cosa que por lo que me dijeron, parece ser verdad.

En cualquier caso, ¿entiendo que NUNCA llego a perder mis derechos a que me volvieran a aplicar alguna de las condiciones más extremas del "Código" si más adelante volviera a querer acogerme al mismo y siguiera cumpliendo sus requisitos para ello?

A 1 persona le ha parecido útil
HelpMyCash
#10

Hola de nuevo. 

El Código no especifica que no se puedan volver a pedir las medidas de protección en caso de que pasen los cinco años y aún se mantenga la situación de vulnerabilidad del hipotecado. Por lo tanto, entendemos que sí tendrías derecho, en el futuro, a volverte a acoger al Código si cumplieras sus requisitos, siempre que este no fuera anulado o derogado por las Cortes. 

Un saludo. 

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#11
P
Pedro S.C.
/

¡Bien, muchas gracias por tu asesoramiento Miquel!:

Quería asegurarme de que con la firma de ese documento no me estaría "pillando los dedos" y  "renunciando" expresamente a una hipotética necesidad de una nueva aplicación de sus medidas de protección.

#12
P
Pedro S.C.
/

¡¡Muchas gracias por su asesoramiento Miquel!!:

Quería asegurarme de que al firmar ese documento no me estaba "pillando los dedos" al "renunciar" expresa y voluntariamente a que en un futuro pudiera volver a solicitar acogerme a alguna de las medidas de protección del "Código de buenas prácticas".

#13
A
Africa Gabarri
/

Buenos días tengo acogida mi hipoteca al código de buenas prácticas que se me cumple en febrero  mi situación es peor que hace 5 años tengo un hijo menor y mi pareja es pensionista de la no contributiva, puedo solicitar de nuevo el de nuevo? No disponemos de recursos para salir de la casa gracias y saludos

 

A 2 personas les ha parecido útil
HelpMyCash
#14

Hola, Africa Gabarri. 

Como comentamos en este hilo, en el decreto que regula el Código de Buenas Prácticas no se prohíbe volver a acogerse a él si pasados cinco años aún se está en situación de vulnerabilidad. Por lo tanto, entendemos que sí podrías acogerte al Código si cumples los requisitos, que puedes consultar aquí

Un saludo. 

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#15
S
Sonia
/

Buenas tardes !  En nuestro caso nos vemos en una situación similar, ya que, hemos acogido el código de buenas prácticas y ya está apunto de finalizar el plazo de 5 años. Actualmente seguimos en una situación vulnerable, hemos podido contactar con nuestra entidad bancaria para poder solicitar de nuevo  el código de buenas prácticas pero no nos dan la posibilidad, puesto que, alegan que no se puede acoger de nuevo transcurrido el plazo de 5 años.  Como puedo solicitar que se amplíe el periodo si la entidad no te da esta opción ?  Gracias de antemano.

HelpMyCash
#16

Hola, Sonia. 

Como comentamos en este hilo, el decreto que regula el Código de Buenas Prácticas no especifica que no sea posible volver a adherirse a él una vez transcurrido el plazo de cinco años. Como existe un vacío legal, puede interpretarse tanto que sí es posible acogerse a él nuevamente como que no. Por ello, para agotar esta vía, nuestro consejo es que interpongas una reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente de tu banco y, si este te la rechaza, que la eleves ante el Banco de España. En nuestra guía gratis sobre reclamaciones bancarias te explicamos cómo hacerlo. 

Un saludo. 

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#17
J
Jose Luis
/

Hola, acabé los cinco años del código de buenas practicas y lo he vuelto a solicitar, pero el banco me lo deniega aduciendo que ya han cumplido y no tienen obligación de hacerlo otra vez, que puedo hacer ahora?

 

HelpMyCash
#18

Hola, Jose Luis. 

Lo cierto es que en el Código de Buenas Prácticas no se indica si el deudor puede volver a acogerse a él si, una vez completados los cinco años, aún se encuentra en una situación vulnerable. Por lo que nos cuentas, tu banco ha interpretado que no tiene la obligación de volvértelo a ofrecer, pero también puede interpretarse que sí tienes esa opción. 

Nuestro consejo, para que puedas salir de dudas, es que lo reclames ante el Servicio de Atención al Cliente del banco y, si te lo rechaza, ante el Banco de España (en la respuesta anterior te incluimos un enlace a una guía en la que explicamos cómo hacerlo). Si finalmente no puedes acogerte al Código, nuestro consejo es que trates de negociar una solución directamente con el banco: que te alargue un poco más el plazo, que te aplique algún tipo de carencia...

Un saludo.

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#19
J
Jose Luis
/

Muchas gracias por responder, haré lo que me comentas.

#20
M
Malu
/

Pregunta similar: Hipoteca -Código buenas prácticas 2023

  • Buenos días,   mi consulta es acerca de las nuevas ayudas por la subida del euribor.  Por motivos de desempleo me adherí al C.BO. hace unos años atrás durante 5 años, empecé a pagar capital e intereses desde octubre del 2021 y en octubre del 2022 el aumento del euribor me hizo subir la cuota mensual.  Podría volver a solicitar me aplique el Banco otra vez el C.B.P.  Mi situación actual es de desempleada y soy la única titular del préstamo Hipotecario, mi único ingreso es el subsidio para desempleados.  He escrito y llamado al Banco pero no me puede atender el Director, él conoce mi caso y ya lo hablé con él desde diciembre.  Qué debo de hacer?  Puedo buscar un abogado para que x su intermedio lo solicite.  Me es posible solicitarlo?  Muchas gracias por su atención.  Un saludo

 

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