Hola,
Compre un piso en el año 2005.Desde entonces he tenido una hipoteca en un banco con dos titulares de la cual siempre me he podido desgravar en la declaracion de la renta.En septiembre del año pasado hize una cancelacion de ese prestamo y cancelacion registral para cambiar de banco solo a nombre de un titular.
Mi pregunta es si he hecho cancelacion del prestamo y sobretodo cancelacion registral puedo seguir desgravandome en la declaracion de la renta ya que en los datos fiscales de este año para la renta no aparecen los datos del prestamo de esta nueva hipoteca.
Hola, Yolanda.
Según la Agencia Tributaria, mantienes el derecho a desgravar por esa hipoteca si la firma del nuevo préstamo y la cancelación del anterior la has llevado a cabo únicamente para modificar las condiciones financieras del primero. Dicho de otro modo, podrás aplicar la deducción por adquisición de vivienda habitual sobre lo que hayas pagado durante el año para amortizar ambos préstamos hipotecarios.
Un saludo.
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Gracias, pero una consulta. En la antigua hipoteca estabamos dos titulares y en la hipoteca actual solo estoy yo como titular. Hasta Septiembre de 2020 esta la hipoteca antigua y la actual desde Septiembre hasta Diciembre de 2020. ¿Igualmente me puedo desgrabar aunque se haya eliminado un titular y se haya hecho cancelacion registral? En los datos fiscales de Hacienda no aparecen los datos del prestamo de la nueva hipoteca de Septiembre a Diciembre. Ya me dices.
Hola de nuevo.
Aunque la hipoteca haya pasado de dos a un titular, mantendrías el derecho a desgravarla. Ahora bien, te aconsejamos tener en cuenta lo siguiente:
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Si eras la propietaria única de la vivienda y te desgravabas el 100% de lo pagado por la hipoteca, podrás seguir haciéndolo. Es posible, eso sí, que Hacienda te pida demostrar que solo tú pagabas las cuotas de esa hipoteca.
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Si eras propietaria única de la vivienda, pero pagabais la hipoteca a medias, solo podías desgravar el 50% de lo pagado conjuntamente por la hipoteca. En consecuencia, a partir de ahora, solo podrás deducirte el 50% de lo que pagues.
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Si eras copropietaria al 50% de la vivienda y te desgravabas el 50% de lo pagado conjuntamente por la hipoteca, solo podrás deducirte el 50% de lo que pagues a partir de ahora.
En cuanto a los datos fiscales del préstamo, desconocemos por qué no aparecen. Nuestro consejo es que pidas cita previa con Hacienda para aclararlo.
Esperamos haber resuelto tus dudas.
Un saludo.
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Hola, Tras un divorcio, me quedo yo con el piso, y me hago cargo de la hipoteca, el problema es que voy a cambiar de banco y me dicen que tengo que cancelar una y hacer otra desde 0 pagando de nuevo los impuestos.... Mi duda es, pierdo el derecho a desgravar haciendo una nueva y cancelando la anterior? Hay alguna manera de reducir costes? Me han comentado que no tengo que hacer extinción de condominio, dado que ya esta en la sentencia que yo me quedo con el piso, solo esperar almtestimonio e ir al Registro, cosa que en el nuevo banco me dicen que no me hace falta tampoco, ya que con la sententencoa llega El cambio es de ing a deutche bank Un saludo y gracias
Hola, VictorKris.
Si la nueva hipoteca fuera para pagar una casa diferente no podrías seguir desgravándote, pero como es para seguir pagando la vivienda adquirida antes de 2013, sí puedes aplicar la deducción. Te recomendamos que antes de hacerlo acudas a la oficina de la Agencia Tributaria para que te expliquen detalladamente el procedimiento que debes seguir y qué documentos debes presentar para seguir beneficiándote de la bonificación y no tener ningún problema.
Por otra parte, en cuanto al tema de la extinción de condominio, no podemos asesorarte, ya que se trata de una cuestión judicial marcada por una sentencia que, además, desconocemos. Nuestra recomendación en este caso es que consultes con el abogado que haya llevado tu caso de divorcio para que te confirme si son necesarios o no estos trámites.
Un saludo.
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Buenas tardes, tengo una vivienda comprada en diciembre 2006, en 2014 me divorcié de mi pareja y llegamos a un acuerdo reflejado en la sentencia de divorcio que yo me quedaba con la vivienda... tengo tambien la extinción de condominio a mi nombre y mi pregunta son dos:
1- estoy negociando con la caixa para poder quitar a mi expareja de la escruitura de la hipoteca , para que no tenga problemas en un futuro y hacer una novación de hipoteca, seguro que me cambiaran alguna condiciones... porque ellos saben si me voy a otra entidad tengo unos 6000 euros de gastos y juegan con esta situación.... yo llevo más de 4 años pagando solo, pero en fin, mi pregunta és la siguiente si yo acepto la novación de hipoteca en la caixa, a nivel fiscal puedo seguir desgravando el 15% de mi vivienda habitual.... como único titular actual que soy yo.
2- En el caso que las condiciones de la caixa sean muy abusivas y decida ir a otra entidad como BBVA,Bankia, otras, realice una hipoteca con solo yo de titular ya que subrrogación no podrá ser, ya que yo tengo condiciones de EURIBOR+0.53 y no creo que las puedan mejorar.....mi pregunta és la siguiente si yo acepto nueva hipoteca en otra entidad,con la misma deuda que tengo actual, a nivel fiscal puedo seguir desgravando el 15% de mi vivienda habitual.... como único titular yo.
Hola, Helper_504214867.
No somos expertos en materia tributaria, por lo que te recomendamos que llames a Hacienda para consultarlo. Sin embargo, en principio aunque cambies los titulares de la hipoteca mediante una novación, podrás seguir deduciéndote el 15% (sobre la base máxima de 9.040 euros anuales).
En este sentido, si has demostrado tu solvencia, no deberían ponerte muchos problemas para aceptar la novación y, si no lo hacen o te cambian mucho las condiciones, siempre puedes mostrarles tu intención de cancelar la hipoteca y perderte como cliente para que entren a negociar la redacción final de la escritura.
Respecto a tu segunda pregunta, en principio es igual que la primera. La deducción fiscal es por la adquisición de la vivienda, no por la hipoteca, por lo que si usas el dinero sobre el mismo inmueble en principio podrás seguir deduciéndolo. De todos modos, insistimos en que lo mejor es que lo consultes con la Agencia Tributaria, primero para confirmar que puedes seguir beneficiándote de la deducción y, segundo, para asegurarte qué documentos debes reunir a la hora de hacerlo y evitar así tener problemas en el futuro.
Un saludo.
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Hola, tras mi divorcio, la casa familiar se me adjudica compensando la diferencia a mi ex, y quedándome yo con la hipoteca (36.000 euros). El banco me quiere cambiar las condiciones de la hipoteca. Es legal? Y si la cancelo y solicito un crédito personal,Qué ventajas tendría?. Podría seguir desgravándome la hipoteca o se considera una compra de vivienda nueva? gracias
Hola, ana.
Al quedarte tú sola en la hipoteca, es comprensible hasta cierto punto que el banco quiera modificarte las condiciones, dado que el riesgo de impago aumenta al haber solo un titular. Y es legal, ya que tú siempre tienes la opción de negarte y de parar la novación.
Como alternativa, puedes contratar un préstamo hipotecario o personal (mejor hipotecario, que tendría un interés más bajo) y cancelar esa hipoteca. Como ventaja, podrías mantener o incluso mejorar tus condiciones, pero a cambio tendrías que pagar los gastos de cancelación asociados, que sumarían unos 1.000 euros o más. Por lo tanto, te aconsejamos hacer números para ver cuál de las dos opciones te saldría más a cuenta.
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.
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Hola. En 2012 compré un piso yo solo del cual me estoy desgravando la hipoteca. Actualmente estoy casado en gananciales, y mi mujer y yo estamos pensando en subrogar la hipoteca con otra entidad, pero esta vez a nombre de los dos.
En ese caso, qué importe nos podríamos desgravar tras la subrogación?
Además, entiendo que mi mujer pasaría a ser copropietaria desde ese momento, no?
Gracias
Hola, Pablo246.
Si te parece bien, empezaremos por el final. Si subrogáis la hipoteca a otro banco, no podréis incluir a tu mujer como nueva cotitular, porque esta operación no permite incluir otros titulares en el contrato. Por ello, no os quedará más remedio que llevar a cabo una novación, acordada con el nuevo banco, para incluirla.
En caso de incluirla como cotitular de la hipoteca, y al estar casados en gananciales, tu mujer adquirirá el porcentaje de propiedad que pague. Nuestro consejo es que pidáis cita a un notario (es gratis) para que os explique cómo quedará la titularidad de la propiedad y si sería aconsejable formalizar una escritura de compraventa aparte.
Finalmente, según la Consulta vinculante V1980-15 de la Dirección General de Tributos, como tu mujer no habrá hecho ninguna aportación a la compra de la vivienda antes del 1 de enero de 2013, no podrá desgravarse nada. Además, si adquiere un porcentaje de la vivienda, tú solo podrás aplicar la deducción sobre el porcentaje que corresponda a tu titularidad sobre esa vivienda y no sobre el 100%. De todos modos, te aconsejamos consultarlo a la Agencia Tributaria o a un especialista en temas fiscales para asegurarte.
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.
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