Nueva normativa de plusvalía municipal: ¿cuánto tengo que pagar?

Nueva normativa de plusvalía municipal: ¿cuánto tengo que pagar?

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M
María del Consuelo Hernández

Hoy ha quedado nula la plusvalía,  yo debo al ayuntamiento del 2018 que vendí mi casa  estoy exenta de pagarla?ya que me están embargados ya 

49 respuestas
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Respuestas
#21
A
Anónimo

Pregunta similar: Impuesto de Plusvalía Municipal tras herencia

Buenas tardes. Quería haceros una consulta sobre el reciente cambio del impuesto de plusvalía. En mi caso no es exactamente una venta del piso, sino la herencia de una vivienda.

Pagamos al ayuntamiento la liquidación de este impuesto el pasado mes de Agosto 2021.

Podría reclamarlo?

Si es así, le agradecería me indicara los medios para hacerlo.

Gracias

HelpMyCash
#22

citando a Anónimo Pregunta similar: Impuesto de Plusvalía Municipal tras herencia Buenas tardes. Quería haceros una consulta sobre e...

¡Hola!

Gracias por compartir tu consulta. Entendemos que la anulación del impuesto de plusvalía según el cálculo anterior no tiene carácter retroactivo. Por tanto, no podrías reclamarla si ya la has pagado. 

De todos modos, te aconsejo que lo consultes con un especialista en Derecho Tributario. Ellos podrán ayudarte con más precisión. 

Saludos,

Paula

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#23
H
Helper_1011778842

Pregunta similar: Calcular plusvalía teniendo en cuenta o no los gastos de venta y compra

Me gustaría saber si para calcular la plusvalía se debe tomar el importe de compra y de venta con o sin impuestos y con o sin gastos como el de notaria, banco, registro, inmobiliaria, etc…

#24
H
Helper_1011778842

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Me gustaría saber si para calcular la plusvalía se debe tomar el importe de compra y de venta con o sin impuestos y con o sin gastos como el de notaria, banco, registro, inmobiliaria, etc…

HelpMyCash
#25

citando a Helper_1011778842 Pregunta similar: Calcular plusvalía teniendo en cuenta o no los gastos de venta y compra Me gustaría saber si par...

Hola, Helper:

Para el cálculo de la plusvalía municipal no se tienen en cuenta los gastos e impuestos de la operación, como sí ocurre con el IRPF. Puedes usar nuestra calculadora para conocer, aproximadamente, cuánto tendrás que pagar.

Espero haberte ayudado.

Un saludo,

Paula

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#26
H
Héctor Trinidad

Pregunta similar: Plusvalía Municipal

Buenos días, mi pregunta es la siguiente:

En el nuevo cálculo de la plusvalía municipal, que tiene en cuenta la diferencia entre el valor de compra y el de venta, ¿Estos valores tienen en cuenta los gastos inherentes a la compra y la venta, como en el cálculo de la ganancia patrimonial del IRPF?Muchas gracias

HelpMyCash
#27

citando a Héctor Trinidad Pregunta similar: Plusvalía Municipal Buenos días, mi pregunta es la siguiente: En el nuevo cálculo de la...

Hola, Héctor:

Gracias a ti por compartir tu consulta. En el cálculo de la plusvalía real, donde se cuenta la diferencia entre el valor de adquisición y el de transmisión, no se tienen en cuenta los gastos inherentes a ninguna de las dos operaciones.

Si te sirve de ayuda, en este link puedes estimar de forma completamente gratuita cuánto te tocaría pagar de plusvalía.

Si tienes más inquietudes, no dudes en escribirnos nuevamente.

Un saludo,

Paula

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#28
L
Luis María García

Pregunta similar: COMPRA-REFORMA-VENTA PISO

Buenos días:

Quisiera hacerles la siguiente consulta. Tengo un dinero en el banco y deseo invertirlo de la siguiente manera: comprar un piso en una buena zona pero que esté necesitado de reforma. Por lo tanto, a un precio bajo. Arreglarlo y luego, venderlo por un precio superior a la de la compra y de la reforma juntos. Sé que hay gente que hace eso y obtiene ganancias.

Lo que deseo saber es: si el piso lo vendo al cabo de unos meses de su compra, o al año y pico ¿he de pagar más impuestos que si lo vendiese en un plazo superior, p. ej., a los dos años de la compra? Le ruego me aclare este asunto tributario.

REciba por adelantado mi agradecimiento. Buen día

HelpMyCash
#29

citando a Luis María García Pregunta similar: COMPRA-REFORMA-VENTA PISO Buenos días: Quisiera hacerles la siguiente consulta. Tengo un...

Hola, Luis:

Gracias por compartir tu consulta. Es cierto que hasta noviembre de 2021, si adquirías y transmitías la vivienda durante el mismo año, podías evitar el pago de la plusvalía municipal. Pero esta normativa cambió. Si bien es cierto que el importe que tendrás que pagar irá aumentando gradualmente con los años, la diferencia no es tan importante como lo era en el pasado.

Haciendo clic aquí puedes acceder a nuestra calculadora de plusvalía municipal. Puedes probar distintos años de venta para comprar cuánto dinero te tocaría pagar en cada caso.

¡Espero haberte ayudado!

Un saludo,

Paula

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#30
A
Alicia Rodríguez

Pregunta similar: PLUSVALIA - Anterior a la sentencia .

Buenos días, mi duda es la siguiente:

Tras un pacto de mejora, me ha tocado una vivienda, presente la plusvalía el 19/10/2021 con resultado a pagar .Tengo una fecha limite de pago hasta junio de 2022, mi pregunta es debo pagar, puedo reclamar, como y donde debo presentar la reclamación si procede.

Por que la sentencia es posterior a la presentación de mi plusvalía, pero mi fecha limite de pago es posterior a la misma.

Gracias.

HelpMyCash
#31

citando a Alicia Rodríguez Pregunta similar: PLUSVALIA - Anterior a la sentencia .

Hola, Alicia:

Muchos expertos coinciden en que no debería pagarse plusvalía en estos casos porque el método de cálculo fue considerado inconstitucional. Sin embargo, no todos están de acuerdo con esta afirmación y amerita cautela.

Lo que te aconsejo es que te pongas en contacto con un experto en Derecho Tributario para que pueda asesorarte de una forma más precisa.

Un saludo,

Paula

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#32
H
Helper_710517678

Pregunta similar: Consulta Plusvalía

Buenas tardes, 

Quería comentar mi caso por si alguien pudiera ayudarme. 

El pasado noviembre 2021 vendí un piso en Alcobendas. El piso lo adquirí en 2017 por unos 60.000€ menos que el precio de venta. Tras formalizar la venta (a los pocos días, dentro de los 30 obligatorios), presenté el documento necesario para liquidar la plusvalía municipal, el cual me lo devolvieron con un importe a pagar de 0€ al no tener claro en el ayuntamiento de Alcobendas cómo interpretar la nueva sentencia que modificaba el cálculo de dicho impuesto.

Hoy, tras 4 meses, me han llamado para decirme que me enviarían el impuesto calculado en los próximos días.

Supongo que no habrá mucha gente que haya pasado por esto, pero me gustaría preguntar:

  • ¿Creéis que es lícito que tras 4 meses puedan reclamarme el pago del impuesto cuando yo lo presenté en su momento y me dieron el justificante a pagar con 0€?
  • He leído sobre el nuevo cálculo y, si no he entendido mal, deberían reclamarme o al menos ofrecerme la cuantía más baja entre el cálculo tradicional y el nuevo. ¿es así?

 

Gracias de antemano, un saludo.

HelpMyCash
#33

citando a Helper_710517678 Pregunta similar: Consulta Plusvalía Buenas tardes,  Quería comentar mi caso por si alguien pudiera a...

Hola, Helper:

Gracias por compartir tu consulta. En relación con tu primera pregunta, te aconsejaría que lo consultes con un experto en Derecho Tributario. La información que podemos darte aquí es orientativa y en este caso creo que es mejor que tengas la interpretación de un experto en la materia. 

En relación con la segunda, sí, es como dices. Ahora existen dos métodos de cálculo: el real y el objetivo. Y tú como contribuyente puedes elegir el método que te resulte más conveniente, es decir, el que te de un importe a pagar más bajo.

A continuación copio el link de nuestra calculadora de plusvalía municipal, es gratuita. Si completas los datos esenciales de la venta, hacemos el cálculo y estimamos cuánto te tocaría según el método más conveniente.

Calcular plusvalía municipal

¡Espero haberte ayudado!

Un saludo,

Paula

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#34
H
Helper_1103813341

Pregunta similar: ¿Cómo proceder ante Plusvalía Municipal (IIVTNU) actualmente? (Abril'22)

A fecha 07/04/22 firmamos la venta de nuestro piso, localizado en Badalona (Barcelona).

 

La inmobiliaria que nos ha gestionado dicha venta nos aconseja presentar la Plusvalía Municipal (o IIVTNU) en el ayuntamiento, pero no pagarla dada la situación actual.

 

Se refieren al que el pleno del TC haya acordado, a 24 de febrero de 2022, admitir a trámite los recursos de inconstitucionalidad contra el Real Decreto-ley 26/2021 de 8 de noviembre. Por lo que la nueva normativa del IIVTNU, en la redacción otorgada por dicho Real Decreto-Ley, podría acabar igualmente siendo declarada inconstitucional... Lo que podría acabar generando un vacío legal.

 

Entre la información que he buscado, encuentro: "es recomendable que los contribuyentes recurran todas las liquidaciones del IIVTNU notificadas en aplicación de la nueva normativa. Es decir, las que se refieran a transmisiones realizadas a partir del 10-11-2021 (cómo es nuestro caso). Y también, que soliciten la rectificación de todas las autoliquidaciones que se hayan presentado en relación a dichas transmisiones, igualmente, al amparo de dicha normativa amenazada de ser declarada inconstitucional".

 

Agradecería orientación sobre cómo debería hacer tales gestiones (cómo solicitar la rectificación de la autoliquidación presentada, y con que argumentación).

 

De momento he presentado dicha autoliquidación, pero aun no he efectuado el pago.

HelpMyCash
#35

citando a Helper_1103813341 Pregunta similar: ¿Cómo proceder ante Plusvalía Municipal (IIVTNU) actualmente? (Abril'22) A fecha 07/04/22 firmam...

Hola, Helper:

La información que podemos proporcionarte sobre la plusvalía es orientativa, pero no somos expertos fiscales. Lo que te aconsejo es que remitas tu consulta a un especialista en Derecho Tributario. Así y todo, dejo publicada tu pregunta por si alguno de nuestros usuarios puede ayudarte.

Un saludo, 

Paula

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#36
E
Esperanza Gonzalo

Pregunta similar: CALCULO DE PLUSVALIA

Buenos días acabamos de vender una casa el 28 de Marzo en un pueblo de Toledo. Nos han enviado desde el Ayuntamiento del pueblo el MOD.120 Declaración Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, y dentro de este Impuesto pone OPCION PARA CALCULAR EL INCREMENTO DEL VALOR: OPCION A) SOBRE EL VALOR CATASTRAL DEL TERRENO Y OPCION B) SOBRE LA DIFERENCIA ENTRE EL VALOR DE TRANSMISION Y ADQUISICION. No se que opción coger, ya que si cojo la Opción B) es una casa que adquirimos por tres herencias de mi padre y mis dos tías, la parte de mi padre tenia mi madre el usufructo y mis dos hermanos y yo la nuda propiedad, entonces si sumo el valor de las escrituras de herencia de cada tercio heredado, es muy superior al precio de venta que por fin hemos conseguido por ella, es decir al restar el valor de transmisión menos el de adquisición da bastante pérdida. ¿Con esta situación, se puede calcular con la opción B el Impuesto siendo negativo? Muchas gracias por su ayuda. Un saludo.

A 1 persona le ha parecido útil
HelpMyCash
#37

citando a Esperanza Gonzalo Pregunta similar: CALCULO DE PLUSVALIA Buenos días acabamos de vender una casa el 28 de Marzo en un pueblo de Tole...

Hola, de nuevo, Esperanza:

Sí, el método para calcular la plusvalía cambió en noviembre de 2021. Desde entonces existen estas dos opciones y tú puedes escoger la que sea más conveniente para ti, es decir, la que resulte en una cuantía más baja. 

En cuanto al cálculo en sí, recuerda que cuando se trata de herencia el valor de adquisición es aquel que se declaró en el impuesto de sucesiones. Si partiendo de esta base, el precio de venta es menor, entonces no tendrás que pagar plusvalía, pero sí declararla. 

De todos modos, lo mejor siempre es que te comuniques con la Agencia Tributaria para tener su respuesta oficial.

Saludos,

Paula

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#38
E
Esperanza Gonzalo

De nuevo muchas gracias por todo Paula, he llamado al Ayuntamiento, y me dicen que hable esta tarde que estará la persona que se hace cargo del cálculo de la plusvalía. Espero que ella me ayude también. Un saludo.

#39
E
Esperanza Gonzalo

Buenos días, me han llamado del Ayuntamiento que está calculando la Plusvalía de la venta de la casa, diciéndome si pueden hacer solo un recibo de Plusvalía a nombre de mi madre. El caso es que hemos vendido una casa que era heredada por parte de mi padre y sus dos hermanas. El reparto es el siguiente mis dos hermanos y yo que somos los herederos de mis dos tías tenemos cada uno el 22,22% como propietarios de la casa, y de la herencia de mi padre cada uno tenemos el 11,11% en nuda propiedad ya que el usufructo de mi padre que es el 33,33% lo tiene mi madre. Yo creo que no deberían de hacer el recibo global a nombre de mi madre ya que ella ha vendido el usufructo y la cantidad que ha percibido es inferior, y no se si debe pagar ella plusvalía. Por favor os agradecería si me lo pudierais aclarar si es como yo pienso. Muchas gracias de nuevo por todo, un saludo.

HelpMyCash
#40

citando a Esperanza Gonzalo Buenos días, me han llamado del Ayuntamiento que está calculando la Plusvalía de la venta de la casa, diciéndome si pueden hacer solo un recibo de...

Hola, Esperanza:

Gracias por compartir tu consulta. Lo correcto sería que hicieran la liquidación porcentual a nombre de cada uno de vosotros, según corresponda. El problema más importante que tendrás si se liquida todo a nombre de tu madre es que luego no podrás deducir el pago de la plusvalía en el IRPF. 

Por eso, mi consejo es que pidas al ayuntamiento que haga la liquidación proporcional a nombre de cada uno de los copropietarios.

Espero haberte ayudado.

Un saludo,

Paula

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