Contrato de arras sin fecha

Contrato de arras sin fecha

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M
MARIA TURIEL
/

Buenos días, estamos intentando vender una casa. El pasado mes de junio firmamos contrato de arras con un comprador. En dicho contrato no se especificaba fecha límite para la formalización de la compra venta. Pasados 6 meses el comprador insiste en que aún no le ha sido concedida la hipoteca por parte de su banco. Tenemos a otra persona interesada en la compra y al no haber estipulado fecha límite en el contrato de arras nos encontramos con que para la venta a este segundo comprador estaríamos incumpliendo dicho contrato y nos veríamos obligados al pago de la penalización por incumplimiento. ¿Existe plazo legal para la formalización de compra venta no habiéndose especificado en el contrato? ¿Se podría declarar nulo el contrato de alguna forma? Sospechamos el comprador ya no está interés en la compra y únicamente espera que incumplamos para recibir la indemnización.

Muchas gracias de antemano.

Un saludo.

9 respuestas
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HelpMyCash
#1

Hola, Maria Turiel

El contrato de arras es un documento privado. Por tanto, no existe un plazo marcado por ley para formalizar la compraventa, ya que este es de libre acuerdo entre las partes. 

Es recomendable que consultes tu caso con un abogado, ya que es probable que, si tal como indicas el comprador no tiene intenciones reales de comprar la casa y solo está esperando que rompas el contrato para pedir la indemnización, debas acudir por la vía legal para resolver el asunto.

Espero haberte ayudado.

¡Un saludo!

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#2
J
Jose manuel
/

Hola buenas,yo quería comprar una casa. Di dinero y firme el contrato con la inmobiliaria en septiembre y estamos a diciembre, hace 2 semanas firmamos un contrato de arras de 15 dias,pero todavía no a salido la operación  y la verdad que estoy ya cansado de esperar 3 meses a la Inmobiliaria. Mañana cumple el contrato, y estoy obligado a firmar otra prorroga?y si no firmo perdiria el dinero que entregado?

HelpMyCash
#3

Hola, Jose manuel. 

En principio, tú no tienes ninguna obligación de firmar esa prórroga, a no ser que aparezca esa obligación en el contrato de arras (algo bastante improbable). Y si no firmas la extensión, la inmobiliaria debería estar obligada a devolverte el dinero del adelanto. 

De todos modos, por si acaso, nuestro consejo es que revises el contrato de arras para asegurarte de que no hay ninguna cláusula que te obligue a firmar esa extensión. 

Un saludo. 

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#4
M
Manuel Calderón
/

Estamos en proceso de compraventa de un piso en Barcelona. Las arras expiran el 31 de enero. Por culpa de la no gestión de inmobiliaria (y vendedores), hemos retrasado la fecha de la firma hasta el 1 de febrero, aún habiendo avisado con tiempo de que el 4 de enero era la cita. El pago de las arras fue a primeros de noviembre. El piso está a cargo de una empresa gestora (Anticipa). ¿Tenemos derecho a reclamar el doble de las arras? ¿Podríamos echarnos atrás? ¿Es más recomendable seguir tal cual, aunque pase la fecha de las arras, en lugar de denunciar?

HelpMyCash
#5

citando a Manuel Calderón Estamos en proceso de compraventa de un piso en Barcelona. Las arras expiran el 31 de enero. Por culpa de la no gestión de inmobiliaria (y vendedor...

Hola, Manuel Calderón

Si aún te interesa comprar la vivienda, es aconsejable que esperes un día más para firmar la compraventa. Si pasada esta fecha, aún no se lleva a cabo la venta de la casa, puedes tomar la decisión de demandar. Ten en cuenta que esto implicará tiempo y dinero.

Si el asunto es que no quieres comprar la vivienda, igualmente deberás esperar al vencimiento del contrato de arras para acudir por la vía judicial para hacer el reclamo. Ten en cuenta que si ya habéis acordado con el vendedor que la firma se llevará a cabo el 1 de febrero, este puede utilizar esto como argumento para oponerse a la devolución de las arras.

 

Debes considerar que, en estos casos, si se decide no pactar y acudir por la vía judicial, la resolución está sujeta a la interpretación del juez.

Espero haberte ayudado.

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#6
I
Iuliana Dragoi
/

Hola, soy la vendedora y he firmado un contrato de arras en 23 de octubre y esta semana vence el contrato, la imobiliara me dice que el banco va muy lento y tenemos que firmar una prórroga. Son casi 4 meses desde cuando hemos llegado a un acuerdo con el comprador y 3 meses desde la firma de arras.Mi pregunta para cuanto tiempo se firma una prórroga porqué yo no puede esperar 6 meses y al final no vender nada porque si no le concede la financiación le tengo que devolver el señal ,así lo tengo estipulado en el contrato  y estoy perdiendo la oportunidad de vender a otras personas.Gracias

HelpMyCash
#7

citando a Iuliana Dragoi Hola, soy la vendedora y he firmado un contrato de arras en 23 de octubre y esta semana vence el contrato, la imobiliara me dice que el banco va mu...

Hola, luliana Dragoi

El tiempo de la prórroga del contrato de arras la deciden las partes, según las circunstancias. En tu caso, si no puedes esperar mucho tiempo más, tienes que pactar con el comprador una fecha límite que no sea muy excesiva.

 

Incluso, puedes hablar con tu inmobiliaria para ver si es posible incorporar una cláusula en el anexo del contrato (prórroga) que indique que, si en determinada fecha, al comprador no le han concedido la hipoteca, se puede cancelar el contrato sin ningún tipo de perjuicio o penalización para ninguna de las partes. De esta forma, podrías buscar otras compradores. Eso sí, ten en cuenta que buscar unos nuevos compradores también podría tomar algo de tiempo, así que tienes que evaluar muy bien qué es lo más conveniente para tí. 

¿Quieres saber más? Haz clic aquí para saber qué trámites tienes que hacer para vender tu piso.

 

Espero haberte ayudado.

¡Un saludo!

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Preguntas similares
#8
M
Mercedes
/

Pregunta similar: Prórroga de Contrato de Arras Penitenciales

Firmamos Contrato de Arras Penitenciales el día 8 de Febrero de 2020 hasta el 31 de Agosto de 2020, fecha en la que finaliza el plazo establecido. Los compradores dijeron que tenían que vender su vivienda, no la han vendido y nos solicitan extender arras por el tiempo que ellos imponen sin tener en cuenta nuestra opinión, pues hay una cláusula que dice: "Los compradores se encuentran en proceso de venta de su actual vivienda, en el caso de que no la vendan antes del 31 de Agosto de 2020, se extenderán las arras por el tiempo que determinen ambas partes en ese momento", ellos dicen que con esa cláusula pueden determinar todo el tiempo que quieran, incluso nos han dicho que las quieren extender hasta Mayo de 2021. ¿Esa cláusula es efectiva? ¿O podemos nosotros como propietarios de la vivienda en venta tener la última palabra? Gracias.

HelpMyCash
#9

Hola, Mercedes

La cláusula indica que el contrato de arras para vender el piso se prolongará por el tiempo que determinen ambas partes, no el que decida la parte compradora de manera unilateral. 

En este sentido, te tocará sentarte a negociar con la parte compradora para intentar encontrar una fecha que beneficie a ambas partes. Ten en cuenta que, según lo que indicas, la prórroga parece obligatoria en el caso de que la otra parte no haya podido vender el piso en el plazo estipulado. Por lo tanto, si intentas desistir de la venta, los compradores pueden exigir que pagues la penalización.

Pero, si bien la prórroga es obligatoria, esta tiene que ser pactada por ambas partes. En el caso de que no lleguen a acuerdo, es posible que tengan que acudir por vía judicial. Es aconsejable que consultes la situación con un abogado. Este te podrá indicar la mejor manera de proceder para no salir perjudicada.

Espero haberte ayudado.

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