Pérdida financiera entidad en cancelación hipoteca

Pérdida financiera entidad en cancelación hipoteca

Pérdida financiera entidad en cancelación hipoteca

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J
Jazz
/

Buenos días, tras tratar de dilucidarlo ayer con un notario y la gestoría, ninguno supo explicármelo, quizá ustedes nos puedan echar una mano. Acabamos de cancelar una hipoteca sobre la que nos han aplicado una comisión de cancelación del 0,75%.

  Es el porcentaje máximo que se podría aplicar, ya que trata de recoger las pérdidas de la entidad financiera en caso de cancelación anticipada. El año de firma la tasa se obtuvo como diferencia entre el tipo fijo de nuestra hipoteca 1,99% y el IRS 0,81 = 1,18   El día de cancelación 1,99% y -0.022 = 2,021   ¿El paso de 1,18 a 2,021 supone una perdida financiera para la entidad?

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HelpMyCash
#41

citando a alex Pregunta similar: Consulta sobre amortización hipoteca y pérdida financiera de banco Estoy leyendo las CONDICIONES...

Hola, Alexs.

El funcionamiento de la comisión es el siguiente: en caso de amortización anticipada, el coste de la comisión no puede superar el importe de la pérdida financiera que generes a la entidad, con un límite máximo del 2% sobre el capital amortizado (1,50% a partir del undécimo año).

¿Qué significa eso? Pongamos que amortizas 10.000 euros y que generas una pérdida financiera de 100 euros. En este caso, la comisión máxima que puede cobrarte el banco es de 100 euros. Ahora bien, si la pérdida financiera es de 300 euros, la comisión que podrán cobrarte no podrá ser de más de 200 euros (el 2% de 10.000).

Esa pérdida financiera la calcula el propio banco, pero debe hacerlo obligatoriamente con una fórmula establecida por el Banco de España. Y no depende de la cantidad que amortices, sino del interés que tenga tu hipoteca y del interés de mercado que haya en el momento de la amortización. Si haces la amortización cuando el interés de mercado es más alto que el de tu hipoteca, no se producirá pérdida financiera, porque el banco podrá "recolocar" el dinero a un interés más alto que el que pagabas. En cambio, si haces la amortización cuando el interés de mercado es más bajo que el de tu hipoteca, sí se producirá pérdida financiera.

Esperamos haber resuelto tus dudas.

Un saludo.

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#42
M
mila
/

Pregunta similar: cancelar hipoteca

Necesito cancelar mi hipoteca porque mis condiciones economicas no me permiten pagarla. Pedi la hipoteca hace 4 meses. El capital adeudado es de 94.000 euros y los intereses son 56.000 euros. Parece que el banco me cobra un 2% por la amortización, pero no tengo claro si este 2% es del capital o de los intereses. Me ayudáis

HelpMyCash
#43

citando a mila Pregunta similar: cancelar hipoteca Necesito cancelar mi hipoteca porque mis condiciones economicas no me permiten...

Hola, mila.

La comisión por amortización anticipada se aplica sobre el capital pendiente; no sobre los intereses. Aprovechamos para recordar que si quieres cancelar una hipoteca antes de tiempo tienes que devolver el capital que te queda pendiente; no los intereses. Lo explicamos con más detalle en nuestra página sobre cancelar la hipoteca antes de tiempo

Esperamos haberte ayudado. 

Un saludo.

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#44
A
Adela
/

Pregunta similar: Cancelación de Hipoteca antes de tiempo

  • El banco me puso una cláusula de penalización de 20.000 euros si pago el total de la hipoteca antes del tiempo. Es legal , mi hipoteca es de 97.000. Que puedo hacer . 
HelpMyCash
#45

citando a Adela Pregunta similar: Cancelación de Hipoteca antes de tiempo El banco me puso una cláusula de penalización de...

Hola, Adela.

Entendemos que la hipoteca la firmaste en España y que constas como titular de la misma como una persona física. Si no es así, corrígenos, por favor.

En principio, la comisión que el banco te puede cobrar por cancelar una hipoteca antes de tiempo está regulada y no puede superar un límite que depende de la fecha en la que la firmaste. En nuestra página sobre la amortización anticipada puedes ver cuáles son esos límites, pero a priori, la penalización que te exigen parece que está muy por encima del límite (sería de más del 20%) y que, por lo tanto, es ilegal.

Nuestra recomendación es que pidas cita a tu banco y preguntes directamente cuánto podrían cobrarte por realizar esa cancelación anticipada. Si insisten en cobrarte esa cantidad, te recomendamos pedir cita a una notaría (con la que vayas a escriturar la cancelación registral) y exponer tu situación. De manera gratuita, el notario analizará tu caso y te confirmará que el cobro de esa comisión no es legal. Te recomendamos solicitar que te lo haga constar por escrito para interponer una reclamación luego ante tu banco para exigir que no te cobre esa penalización.

Esperamos haberte ayudado.

Un saludo.

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