Seguro de hogar primer año con el banco / compensación por riesgo de tipo de interés
Seguro de hogar primer año con el banco / compensación por riesgo de tipo de interés
ResponderBuenos días, necesito vuestra ayuda:
Hemos ido a informarnos sobre la hipoteca fija "A un paso" de Ibercaja. Tiene muy pocas vinculaciones, únicamente, la domiciliación de nómina. En cuanto a seguro pone lo siguiente: "Es necesaria la contratación de un seguro de daños de inmueble hipotecado". No te especifica si debe ser o no con el banco. El director comenta que el primer año hay que hacerlo con ellos, en concreto, con Caser. Eso no nos cuadra... Los dos somos solventes, pedimos sólo el 70%. ¿Nos podemos negar una vez tengamos aprobada la hipoteca?
Y otra duda sobre los requisitos que ofrecen: "Amortización anticipada parcial/total sin comisiones". ¿Eso significa que no nos podrán incluir la Compensación por riesgo de tipo de interés?
Muchas gracias
Buenos días, Irene.
Si el banco os obliga a contratar un seguro de daños, la nueva ley hipotecaria dice que lo podréis hacer con la compañía que prefiráis.
Sin embargo, podría ser que firmar el seguro de hogar el primer año con ellos os bonificara el tipo de interés, pero en ningún caso os podrían negar la hipoteca por no escoger su aseguradora.
En este caso, lo recomendable sería que aclararais la situación con la entidad e intentarais negociar unas condiciones mejoradas. De no ser así, podríais calcular si sale a cuenta contratar el primer año el seguro de hogar con ellos o si sería más conveniente comparar otras ofertas hipotecarias.
En cuanto a la segunda pregunta, si la comisión por amortización anticipada es del 0%, la entidad no os podrá cobrar nada de nada por adelantar una parte o todo el capital pendiente.
Por último, nos gustaría recordarte que para saber cuál sería la cuota a pagar, podrías usar de manera gratuita el simulador de hipoteca de Ibercaja.
Si necesitas alguna aclaración, seguiremos aquí para ayudaros.
¡Un saludo!
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En cuanto a la comisión por riesgo de tipo de interés (pérdida financiera), como hemos leído que es independiente de la comisión específica para la anticipación parcial/total, nuestro miedo es que está última la pongan a cero, pero por otro lado nos cobren la primera, que pasa desapercibida en la oferta y aparecerá en la FEIN. Ya os iremos informando de nuestros progresos. De nuevo, muchas gracias!