Hola, gracias por este foro y quiero lanzar unas preguntas. A causa de un aval tengo parte de la nómina embargada y quiero comprar una vivienda. ¿Podrían embargarme la casa y quedarme pagando deuda e hipoteca? O si me embargan (y quitan) la casa primero el que ejecuta tiene que pagar las cargas (hipoteca)? La hipoteca sería por 35 años y la deuda con el embargo actual acabaría de pagarse dentro de 15 años. Gracias.
Hola Hipotecable,
En primer lugar, tener embargada parte de la nómina hará más complicado el que puedan concederte una hipoteca, aunque no es imposible. En realidad, va a depender de tu perfil económico y el contrato de aval que tengas.
Por ejemplo, si tu salario neto es de 2.000€, y el embargo que recae sobre tu nómina es de 500€, y la cuota de la futura hipoteca es de 500€, podrían concedértela, ya que el salario neto tras descontar el embargo es 3 veces superior a la cuota de la hipoteca.
Sin embargo si el salario neto, tras descontar la parte proporcional al embargo es bajo, entonces no te concederán el préstamo hipotecario.
En segundo lugar, debes estudiar el contrato de aval y las condiciones que plantea, ya que en él se establecerá si el banco puede embargarte los bienes que tengas en propiedad. En caso de ser así, difícilmente una entidad te concederá una hipoteca, sabiendo que el banco (con el que tienes el embargo) puede embargarte la vivienda.
Y en tercer lugar, tenemos una pregunta, si estás pensando en solicitar una hipoteca, es porque dispones de ahorros, entonces no entendemos ¿cómo la entidad bancaria no ha recurrido a ellos antes de proceder a embargarte parte de la nómina?
Un saludo!
Gracias por su respuesta, la hipoteca la tengo concedida. Yo he supuesto que la primera carga de la nueva vivienda es el banco que me da la hipoteca, y que si me la van a embargar /subastar primero tendrían que liquidar la carga, es decir, pagar a ing el importe de la hipoteca que me ha prestado, como la hipoteca es el triple de la deuda, no les saldría rentable quitármela. A ver si termino de aclarar este punto.
A su pregunta, ya se llevaron una parte, la otra está a buen recaudo.
Muchas gracias y cuidado a quién se avala.
El embargo tengo yo, pero mi mujer no tiene deudas i los ingresos tenemos en su banco.
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Hola, Estefy.
En principio, la hipoteca del banco tendría prioridad y, por lo tanto, no podrían echarte de la vivienda por esas deudas mientras la hipoteca esté vigente. Ahora bien, si son deudas muy elevadas, sí podrían inscribir una anotación de embargo sobre tu vivienda. En ese caso, si vendieras la vivienda, tendrías que liquidar primero la hipoteca y luego las deudas judiciales con lo que sacaras de la venta.
Dicho esto, si el banco todavía no conoce esos embargos, es posible que finalmente no te conceda la hipoteca en cuanto los detecte. Por ello, si todavía no has firmado el contrato de arras y vas a hacerlo próximamente, te recomendamos negociar la inclusión de una cláusula que te permita recuperar el dinero adelantado en caso de que no se te conceda la hipoteca.
Esperamos haber resuelto tus dudas.
Un saludo.