Tania Rodríguez

Tania Rodríguez

Antiguo especialista de HelpMyCash.com

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Tania Rodríguez Tania Rodríguez
Provisión de fondos, liquidación de gastos y cancelación de hipoteca

Publicado el 30/11/2022

Hola, Alejandra.

Según hemos podido entender en función de tu explicación, deberías ponerte en contacto con la gestoría de la que nos hablas para reclamarle los "mil y pico euros" que faltan.

El contrato de arras, como bien nos cuentas, señala que en caso de que el inmueble tuviese cargas, los gastos por cancelarlas correrán a cuenta del vendedor y no del comprador, que en este caso eras tú. En teoría, según ese contrato, para pagar esa cancelación hay que "deducir" los gastos del precio de la compra; por eso tú pagaste 96.000 euros y el vendedor solo recibió 94.650 euros (la parte que falta se usó para pagar la cancelación). 

Ahora bien, por lo que nos dices, tú pagaste 8.184 euros de provisión y la factura de todos los gastos fue de solo 6.830 euros. Es decir, que la gestoría debería haberte devuelto los "mil y pico euros" restantes. Si no lo hizo en su momento, te recomendamos reclamarlo. Antes de reclamarlo, eso sí, te aconsejamos revisar bien tanto la factura como los movimientos de la cuenta que usaste para ingresar la provisión.

Con respecto a tu segunda cuestión, nuestro consejo es que solicites a la entidad el desglose de los intereses diarios para comprender mejor cómo se han generado los 40 euros, puesto que su cálculo dependerá de la fecha de pago habitual de la cuota. 

Esperamos haberte podido ayudar.

Un saludo.

Tania Rodríguez Tania Rodríguez
El banco no me da el certificado de deuda 0.

Publicado el 23/11/2022

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Hola, Alex.

Para hacer la cancelación registral y, posteriormente, vender tu piso, resulta imprescindible contar con el certificado de deuda cero. No importa que ya no seas cliente de la entidad. Está obligada por ley a expedir la documentación bancaria que acredite el pago de tu préstamo y además deberá hacerlo sin cobrarte ninguna comisión por ello.

Tampoco podrá exigirte que le entregues una nota simple. La normativa que lo respalda es la Ley 4172007, de 7 de diciembre, de Regulación del Mercado Hipotecario. 

En nuestra página sobre el certificado de deuda cero te contamos en detalle todo lo que debes saber sobre este documento y cómo lo puedes reclamar para que te lo entreguen.

Un saludo.