Indice hipoteca basado en el mercado secundario de la deuda pública entre 2 y 6 años
Indice hipoteca basado en el mercado secundario de la deuda pública entre 2 y 6 años
ResponderEse índice de referencia marcó en junio (el último publicado) un 4,21%. Esto, con un diferencial de 2, sería un interés de 6,21%. El incremento sería considerable respecto a tu cuota actual. En todo caso, ¿ya te han llamado para cambiar el diferencial? Debes saber que (1) el IRPH Cajas no desaparece hasta abril 2013 y (2) es probable que el Gobierno establezca un marco de transición con un interés de cambio común (previsiblemente el IRPH Entidades), independientemente de lo que marque tu contrato.
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Si valoras nuestra respuesta, por favor ayúdanos y valora nuestro servicio en Trustpilot. También puedes compartir esta experiencia con tus conocidos aquí:Francamente, no se sabe nada todavía. Un Real Decreto prevalecería sobre lo que indica el contrato, pero no se sabe si se hará o no.citando a manuguti Gracias por tu respuesta, que nos aporta algo de tranquilidad. Entiendo -corrígeme si me equivoco- que, a pesar de que en la escritura figura como índ...
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Si valoras nuestra respuesta, por favor ayúdanos y valora nuestro servicio en Trustpilot. También puedes compartir esta experiencia con tus conocidos aquí:Pregunta similar: Desaparición IRPH cajas de mi hipoteca
Hola, soy nuevo y es la primera vez que me dirijo a vosotros en este foro; pués como dice el titulo del post, soy uno de los muchos afectados por la desaparición el irph cajas, y quiero exponer mi caso, para recoger cuanta más información mejor, para poder analizar y llegar a la opción menos mala para mi. Pués lo dicho, una vez supe que desaparecia el irph, me fui a buscar las condiciones de mi hipoteca y una vez en mi poder esto es lo que me dice: "En el supuesto de que no se publicase el indice de referencia establecido, o variara el sistema de determinación actual o cambiara su estructura o elementos, se aplicará, para calcular el tipo de interés nominal anual de las sucesivas anualidades con el carácter sustitutivo transitorio, el que resulte de añadir el diferencial indicado al Tipo Activo de Referencia -TAR- que la Confederación Española de Cajas de Ahorros -CECA-, con periodicidad mensual, publica en el Boletin Oficial del Estado.Y en el supuesto de que tampoco se publicase el indice substitutivo del TAR o éste por cualquier causa, modificase su contenido o fórmula de cálculo, se aplicará para fijar el tipo de interés nominal anual de las sucesivas anualidades, asimismo con el carácter de sustitutivo transitorio, el que resulte de añadir el diferencial dicho al respecto, al tipo de referencia constituido por el promedio de los tipos preferenciales de interés correspondientes, a la fecha de cálculo del tipo de interés publicado por las entidades crediticias que seguidamente se relacionaran, desigandas en adelante, como entidades de referencia.Las entidades de referencia son:..........La no publicación de los expresados tipos de interés preferenciales por alguna de las entidades de referencia, implicará su exclusión del cómputo del promedio, en la fecha del mismo.Si por cualquier causa todas las entidades de referencia dejaren de publicar el tipo de interés preferencial y no puideren aplicarse ninguna de las previsiones que sobre las variaciones del tipo de interés contiene el contrato, a cada una de las anualidades siguientes se aplicará el tipo de interés a la razón vigente; el cual se mantendrá fijo hasta que , a tenor de lo pactado, sea factible su variación". Según el poco de información que tengo, el interes sutitutivo del irph cajas, es el CECA (que también desaparece) y como tercera opción, los intereses preferenciales (que vienen a ser como un interés de un prestamo personal, osea una ruina), así que probablemente Unnim (que es la caja con la que tengo contratada la hipoteca), se agarre a estos intereses preferenciales, que se hablan en la escritura, ya que les favorece y aunque el gobierno legisle no me afectara.Si me estoy equivocando en la interpretación, decírmelo y si es tal y como yo lo interpreto, que es lo que debo de hacer?, cambiar la hipoteca a otro banco?, subrogación? etc..... Pues lo dicho pido que alguien me ilumine un poco en el camino que debo de seguir; por cierto la hipoteca es actualmente de unos 65.000 euros y el piso esta por encima de ese valor. Gracias por vuestro tiempo y espero vuestras respuestas.2) Es la primera vez que vemos la opción de que te apliquen "intereses preferenciales" como sustitutivo
3) En cualquier caso, estamos a la espera de que el Gobierno publique un régimen de transición, es probable que imponga un cambio a un índice determinado (¿quizás IRPH Entidades?)
4) Si realmente van a aplicarte un interés que no te conviene, puedes tratar de subrogarte
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Hola, aver si me podeis explicar vosotros que pasara a partir del mes de abril ya que hasta ahora se me ha calculado la hipoteca al tipo medio creditos hipotecarios de cajas de ahorros a la que se adiciona un margen de 0,3 puntos, en el contrato pone:si dejara de publicarse el indice de referencia principal tanto en cuanto no se restablezca publicacion, se tomara como sustitutivo el valor de la referencia TIPO DE RENDIMIENTO INTERNO EN EL MERCADO SECUNDARIO DE LA DEUDA PUBLICA DE PLAZO ENTRE DOS Y SEIS AÑOS, incrementado en 1,50 puntos. Tengo la hipoteca con CajaRural de Valencia.Gracias.
Si efectivamente este tipo de interés es el que está marcado como sustituto, francamente, será un cambio bastante perjudicial para ti. El mes pasado, el índice que comentas (RDP) marcó un 3,992%. Si a eso hay que sumarle, además, un 1,50%, estaríamos hablando del 5,50% de interés, mucho más elevado que el que estás pagando ahora. Te recomendamos ir a tu oficina y que te lo expliquen claramente.
Suerte
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Pregunta similar: Hipoteca variable IRPH cajas ¿como me afectará el cambio de interés?
La hipoteca que tengo con BBVA, era anteriormente a nombre de Caixa Terrassa, luego fué UNNIM y con la fusión, ahora es BBVA A principios de septiembre de este año me vence el año, y por lo tanto me tocará la revisión, por lo que al tener IRPH cajas +0%diferencial, me cambiará el tipo de interés, y mi pregunta es, saber como me afecta el tema del cambio. Actualmente tengo un 3,78% y me quedarán 14 años, en septiembre. He buscado en la documentación de la hipoteca y solo he encontrado un texto en el registro de la propiedad indicando los posi- bles sustitutivos, que la verdad que a la que pasas del sustitutivo TAR, yo ya me pierdo, y la verdad, me parece que no pinta muy bien. Ruego si me lo pueden explicar, ya que no me queda nada claro. Es el siguiente texto literalmente: "…en caso de no publicarse este o variara su sistema de determinación o cambiara su estructura o elementos, se aplicará con carácter sustitutivo transitorio, el resultado de añadir el DIFERENCIAL de cero puntos al TIPO Activo de Referencia -TAR-, que la CECA, con periocidad mensual publica el BOE, y en el caso de que tampodo se publicase el sustitutivo del TAR, o éste modificase su contenido o fórmula de cálculo, se aplicará, asimismo con carácter sustitutivo transitorio,el que resulte de añadir el DIFERENCIAL de cuatro puntos al tipo constituido por el promedio de los tipos preferenciales de interés correspondientes a la fecha de cálculo del tipo de interés publicado por las Entidades crediticias de referencia, y si dejasen de publicarse ninguna de las previsiones dichas, se aplicará el tipo de interés a la sazón vigente, el cual se mantendrá fija, hasta que sea factible su variación, sin que ésta, pueda superar en más de tres puntos, el tipo inicial."
Esto lo veo realmente como un galimatías, y en ningún momento se nos explicó al firmar la escritura ni tenemos el contrato de hipoteca. Ruego si me lo pueden aclarar. Muchas gracias.
Sònia