Hola buenas.Resulta que como me acogi al anterior Real Decreto del codigo de buenas prácticas.He probado haber si podía acogerme a éste de ahora..Resulta que el director de mi caja me ha dicho que sólo puedo acogerme a la congelación durante un año de mi hipoteca.Pagando las cuotas que pagaba antes de la subida...antes. 377€...ahora 486..pagaria el anterior..Le he propuesto tbien pasar del tipo variable a fijo..mi pregunta es:..Si me conceden el cambio de variable a fijo, cual de las dos cantidades me quedaria?...los 377€.. o lps 486€ de ahora?...Gracia y un saludo.Andrés
Pregunta similar: condiciones tipo interés fijo a clientes acogidos al CBP
Cliente vulnerable con préstamo hipotecario con condiciones de euribor + 2. acogido desde 2016 al código de buenas prácticas, solicito nuevas ayudas ya que la cuota resultante es excesiva, revisan mis condiciones y me ofrecen pasar a tipo fijo del 4,75 con rebajas por cumplimientos del -0.75, (()), cual es el tipo medio en tipos de interés fijos actualmente y para clientes vulnerables acogidos al CBP, o eso depende de cada entidad financiera. gracias
citando a paco Pregunta similar: condiciones tipo interés fijo a clientes acogidos al CBP Cliente vulnerable con préstamo hipotec...
Hola, paco.
Ese interés fijo lo puede definir el banco según sus propios criterios. Ahora bien, si te parece demasiado alto, el Código de Buenas Prácticas te permite elegir otra opción: alargar el plazo hasta en siete años y congelar la cuota para que te cueste un importe equivalente al que pagabas el 1 de junio de 2022.
Esperamos haber resuelto tu duda.
Un saludo.
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