Hola buenas.Resulta que como me acogi al anterior Real Decreto del codigo de buenas prácticas.He probado haber si podía acogerme a éste de ahora..Resulta que el director de mi caja me ha dicho que sólo puedo acogerme a la congelación durante un año de mi hipoteca.Pagando las cuotas que pagaba antes de la subida...antes. 377€...ahora 486..pagaria el anterior..Le he propuesto tbien pasar del tipo variable a fijo..mi pregunta es:..Si me conceden el cambio de variable a fijo, cual de las dos cantidades me quedaria?...los 377€.. o lps 486€ de ahora?...Gracia y un saludo.Andrés
citando a antonio Primera vivienda por 198.333.99€ Ingresos mensuales netos 1803.64€ Ingresos brutos anuales 21.799.24 Titular y cotitular ma...
Hola de nuevo.
Gracias por responder. Con los datos que nos proporcionas, te confirmamos que cumples los requisitos para acogerte al nuevo Código de Buenas Prácticas, cuyas medidas encontrarás aquí. Revisaremos nuestro simulador para verificar si existe algún error en el proceso o en el tratamiento de los datos.
Muchas gracias por tu tiempo.
Un saludo.
¿Te hemos ayudado?
Si valoras nuestra respuesta, por favor ayúdanos y valora nuestro servicio en Trustpilot. También puedes compartir esta experiencia con tus conocidos aquí:Muchas gracias
No sé si puedo acogerme o no al código de buenas prácticas, según he leído no es así, pero a ver si podéis aclarármelo.
Banco Santander
Vivienda habitual, Préstamo inicial 223.000€
Sueldo mensual neto 1.190€
Sueldo bruto anual 16.000€
Cuota antes de la revisión 541,82€
No sé cuanto será la subida en la revisión de Julio (anual), pero por la calculadora, me temo que no voy a poder asumirlo con mi sueldo.
Soy propietaria 100% soltera y sin hijos
Mis padres me avalaron en su día, también pidió el banco que fuese con un inmueble propiedad de mis padres también.
Gracias
citando a Este No sé si puedo acogerme o no al código de buenas prácticas, según he leído no es así, pero a ver si podéis aclarármelo. Banco Santander&nbs...
Hola, Este.
Con tu situación, para cumplir los requisitos del Código deben darse dos circunstancias:
-
Que la vivienda la compraras por 300.000 euros o menos.
-
Que tu anterior cuota (o la más baja que hayas pagado en los últimos cuatro años) fuera de 451,51 euros o menos o que tu futura cuota (tras la revisión) sea, al menos, de 650,18 euros.
Esperamos haber resuelto tus dudas.
Un saludo.
¿Te hemos ayudado?
Si valoras nuestra respuesta, por favor ayúdanos y valora nuestro servicio en Trustpilot. También puedes compartir esta experiencia con tus conocidos aquí:Muchas gracias por contestar.
Según la calculadora me subira la cuota a casi 800€, si fuese así, ¿Que opciones tendría para la negociación? ¿Podría negociar condiciones? He amortizado años atrás quitandome tiempo, es decir, adelantando el vencimiento y no quisiera la opción de alargar otra vez el vencimiento.
Por otro lado, me gustaría saber que pasos tengo que seguir para negociar y si puedo hacerlo antes de la revisión que es en julio.
Muchas gracias.
citando a Este Muchas gracias por contestar. Según la calculadora me subira la cuota a casi 800€, si fuese así, ¿Que opciones tendría para la negociación?...
Hola de nuevo.
¡Gracias a ti por confiar en nosotros! En caso de que la cuota te suba a casi 800 euros, tendrías dos opciones:
-
Acogerte directamente al Código de Buenas Prácticas, cuyas medidas puedes intentar negociar con el banco para que el plazo no se te alargue más de la cuenta.
-
Negociar con el banco unas medidas distintas, en cuyo caso dependerás totalmente de la voluntad del banco. Puedes negociar el paso a un tipo fijo, la aplicación de una carencia, la rebaja del diferencial...
En ambos casos, tendrás que pedir cita a tu banco para solicitar tu acceso a las medidas del Código o para iniciar la negociación. Nuestro consejo, teniendo en cuenta que es probable que cumplas sus requisitos, es que pidas ya cita al banco para negociar medidas que os convengan a ambas partes. Así, si no es posible llegar a un acuerdo, podrás acogerte al Código en cuanto te suba la cuota.
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.
¿Te hemos ayudado?
Si valoras nuestra respuesta, por favor ayúdanos y valora nuestro servicio en Trustpilot. También puedes compartir esta experiencia con tus conocidos aquí:Pregunta similar: Código de buenas prácticas
Me han concedido el código pero no tengo claro los diferentes puntos ,y por eso No he firmado ,uno de ellos es ampliar plazo hasta 7 años,y otro cambiar de variable a fijo..me quedan por pagar 20.000 euros y tres años y meses..no sé qué me conviene pero he de contestar ya ,gracias
citando a Marisa Pregunta similar: Código de buenas prácticas Me han concedido el código pero no tengo claro los diferentes puntos...
Hola, Marisa.
Nuestro consejo es que tengas en cuenta tu situación financiera actual. Por ejemplo, si ahora vas muy justa de dinero y crees que tus ingresos no subirán mucho durante un tiempo relativamente prolongado, quizás será más conveniente que elijas la opción con la que pagues una cuota menor, aunque eso suponga pagar más en intereses a la larga. En cambio, si puedes pagar sin problemas ambas cuotas, quizás será mejor decantarte por la opción con la que vayas a pagar menos en intereses a la larga.
Asimismo, ten en cuenta tu tolerancia al riesgo. Si te pasas al tipo fijo, tus cuotas ya no subirán más si el euríbor sigue al alza, pero tampoco se abaratarán si baja. Y si amplías tu plazo siete años y sigues con un interés variable, estarás expuesta a los vaivenes del euríbor durante ese tiempo; para bien o para mal según si baja o sube.
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.
¿Te hemos ayudado?
Si valoras nuestra respuesta, por favor ayúdanos y valora nuestro servicio en Trustpilot. También puedes compartir esta experiencia con tus conocidos aquí:Pregunta similar: codigo de buenas practicas
estoy sin empleo al igual que mi pareja de 66 que esta en espera de su jubilación, tenemos una hipoteca de 125.079,39€ hasta el día 1 de julio del 2046 nos quedan 23 años. Nos ofrecen del código de buenas practicas dos modalidades 1 de 351 mensualidades con 1 año de carencia a 472,99€ que Hera la cuota anterior a la subida de intereses y por esta carencia nos suben 6 años hasta el 2052 ósea 1 año de rebaja de intereses 6 años más de hipoteca, la otra modalidad no la entiendo pone 339 cuotas 6 años mas de los que tenemos también hasta el 2052 pero con un interés fijo de 4,020%, cogiendo 472,99€ que es la cuota que teníamos. Ahora con los intereses pagamos 676€ desde que subió la hipoteca no se que hacer no se cuanto es la cuota de la segunda modalidad y la primera por un año que serán casi 200 € menos en un año suben 6 años que según veo con la subida del Euribor serán como 30.000€ mas a la hipoteca. Podría explicarme por favor cual de las 2 modalidades es la mejor en mi caso y mas ahora que al estar sin trabajo solo haciendo pequeños trabajos clases de piano de matemáticas pasar una que otra itv a amigos podemos sobrevivir y pagar para no perder nuestra vivienda. Agradezco de antemano su valiosa ayuda un saludo jaelika
citando a jaelika Pregunta similar: codigo de buenas practicas estoy sin empleo al igual que mi pareja de 66 que esta en esper...
Hola, jaelika.
Lamentamos vuestra situación. Por lo que entendemos, el banco os ofrece las dos opciones que establece el Código de Buenas Prácticas de 2022:
-
Seguir con un interés variable, pero con una carencia y una ampliación del plazo para pagar una cuota más baja durante este año.
-
Pasar a un interés fijo, con una ampliación del plazo para que la cuota sea la misma que pagabais antes de la revisión.
En ambos casos, pagaréis más en intereses que ahora, porque os han alargado el plazo y se generarán intereses durante más tiempo. Si os decantáis por seguir con un tipo variable, la cuota os podrá subir o bajar el año que viene según lo que haga el euríbor, mientras que si os pasáis al fijo, la cuota será siempre la misma (entendemos que 472,99€/mes), aunque no os beneficiaréis de posibles bajadas del euríbor.
¿Qué opción es mejor? Como no podemos saber qué hará el euríbor en los próximos 29 años, nuestro consejo es que tengáis en cuenta vuestra tolerancia al riesgo. Si creéis que podréis pagar sin problemas una cuota de 472,88€/mes y no queréis preocuparos por el euríbor, pasaros al tipo fijo puede ser una buena opción, aunque quizás pagaréis más intereses a la larga. Y si queréis arriesgar porque pensáis que el euríbor bajará dentro de poco, la primera opción puede ser conveniente, aunque existirá el peligro de que el euríbor no baje y de que vuestra cuota siga subiendo. Por eso, la primera opción no es aconsejable si no podéis asumir estas posibles subidas.
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.
¿Te hemos ayudado?
Si valoras nuestra respuesta, por favor ayúdanos y valora nuestro servicio en Trustpilot. También puedes compartir esta experiencia con tus conocidos aquí:Hola, la hipoteca a pasado de 365 euros a 589 euros mensual.
Yo cobro 1153 euros mensuales con contrato
Y mi mujer 900 sin contrato pero con seguridad social, nos pidieron vida laboral de ella aunque no tenga contrato, es empleada de hogar sin contrato.
La hipoteca ya nos hicieron una carencia una vez , ahora queda de hipoteca 135 euros de 300 en la escritura.
Hemos solicitado la ayuda y no sabemos que va a pasar, al no tener mi mujer contrato es mejor o peor?
Nos daran la ayuda caixabank? Gracias
citando a Jose maria Hola, la hipoteca a pasado de 365 euros a 589 euros mensual. Yo cobro 1153 euros mensuales con contrato Y mi mujer 900 sin contrato...
Hola, Jose maria.
Lamentamos vuestra situación. Sobre tus preguntas, que tu mujer no tenga contrato no os perjudica a priori, mientras pueda demostrar cuáles son sus ingresos. En cuanto a si os van a conceder las ayudas, dependerá de si cumplís los requisitos o no, aunque si han aceptado a trámite vuestra petición, entendemos que es porque ven probabilidades de que los cumpláis. De todos modos, si no los cumplís, siempre podéis intentar renegociar vuestras condiciones. En principio, al banco no le interesa que dejéis de pagar la hipoteca, así que estará abierto a escuchar propuestas.
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.
¿Te hemos ayudado?
Si valoras nuestra respuesta, por favor ayúdanos y valora nuestro servicio en Trustpilot. También puedes compartir esta experiencia con tus conocidos aquí:Pregunta similar: NUEVAS CONDICIONES PARA AYUDAS A HIPOTECAS DE FAMILIAS VULNERABLES.
Hola Miquel, buenos días. En función del nuevo acuerdo entre el Gobierno y la Banca para aumentar hasta los 38.000€ de ingreso bruto anual familiar que se anunció ayer 18/12/23, quisiera consultarte mi situación y pedirte consejo. Soy jubilado, mi pensión bruta anual asciende a 36.400€, estoy casado, y mi esposa, mayor de 60 años, es cotitular de nuestra hipoteca. No tenemos ninguna otra fuente de ingresos aparte de mi pensión de jubilación, ni nadie más a nuestro cargo. La hipoteca para la compra de nuestra vivienda familiar se realizó en octubre de 2009, vencimiento a 30 años y un interés variable de Euribor + 0,75% de diferencial. Como por el limite de ingresos anterior marcado para poder acceder a las ayudas como familia vulnerable era inferior a nuestros ingresos familiares, decidí solicitar al banco cambiar la hipoteca de variable a mixta, cosa que así hicimos el pasado 17 de noviembre, firmando en notaría la novación de nuestra hipoteca mixta durante los dos próximos años con un interés fijo del 3,45%, al que se le bonifica un 0,45% por tener contratado con el banco el seguro de vida y el de hogar. Creo haber podido ser conciso y claro en los datos, disculpad lo extenso del comentario, pero la pregunta sobre la que necesito ayuda es es si podré acceder ahora a la ayuda para familias vulnerables una vez que sí estoy dentro del rango de ingresos que en el nuevo acuerdo han ampliado Gobierno y Banca. Muchas gracias por tu consejo. JOANBUR.
citando a JOANBUR Pregunta similar: NUEVAS CONDICIONES PARA AYUDAS A HIPOTECAS DE FAMILIAS VULNERABLES. Hola Miquel, buenos días. En...
Hola, JOANBUR.
Te has explicado perfectamente. Hay dos requisitos más que hay que cumplir para acogerse a las ayudas, aparte del referente a los ingresos. Son estos:
-
La carga hipotecaria que soportáis debe ser superior al 30%. Eso significa que la cuota actual de vuestra hipoteca debe representar más del 30% de vuestros ingresos mensuales.
-
Se tiene que haber producido una alteración significativa en los últimos años, que puede ser cualquiera de estas:
-
Que la carga hipotecaria actual se haya multiplicado al menos por 1,2 en los últimos cuatro años.
-
Que uno de los miembros de tu unidad familiar tenga una discapacidad de más del 33%, dependencia o incapacidad permanente para trabajar.
-
Que uno de los miembros de la unidad familiar haya sido víctima de violencia sexual o de género.
-
Que viva con vosotros un tío, sobrino o bisabuelo y este se encuentre en situación de discapacidad, dependencia o incapacidad temporal o permanente por enfermedad grave.
-
Si cumples estos dos requisitos, entendemos que podrás acogerte a las ayudas en cuanto se amplíe el umbral de ingresos máximos a 38.000 euros anuales.
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.
¿Te hemos ayudado?
Si valoras nuestra respuesta, por favor ayúdanos y valora nuestro servicio en Trustpilot. También puedes compartir esta experiencia con tus conocidos aquí:Pregunta similar: Código buenas practicas
Buenas tardes,
me surge dos preguntas, si me pudiera acoger al código y congelara la cuota por 12 meses. 1-¿después de la congelación me subiría la cuota más de lo que la tenia antes de la congelación?
2- ¿si fuera el caso antes de que termine la congelación podría tramitar un cambio de hipoteca a otro banco o hay alguna letra pequeña que me lo prohíbe?
un saludo, Gracias
citando a Adrian Pregunta similar: Código buenas practicas Buenas tardes, me surge dos preguntas, si me pudiera acoge...
Hola, Adria.
Como son dos preguntas, las responderemos por separado:
1. Si eliges la opción de congelar la cuota durante 12 meses, se te congelará con el importe que pagabas el 1 de junio de 2022. Si entonces pagabas una mensualidad más baja que ahora (que es muy probable por la evolución del euríbor), se te reducirá.
2. No nos consta que haya letra pequeña en el Código de Buenas Prácticas que te impida cambiar la hipoteca de banco mientras se te aplica. Ahora bien, ten en cuenta que es muy improbable que una entidad esté dispuesta a asumir tu hipoteca mientras te acoges al Código, dado que esta medida se aplica a personas que tienen dificultades para pagar sus cuotas.
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.
¿Te hemos ayudado?
Si valoras nuestra respuesta, por favor ayúdanos y valora nuestro servicio en Trustpilot. También puedes compartir esta experiencia con tus conocidos aquí:buenos días,
primero agradecer vuestra voluntariedad, me estáis ayudando muchísimo.
En el caso de la pregunta 1 de la congelación, yo paga en 2022, 475e y ahora 825e , si los tipos de interés siguieran igual una vez terminados los 12 meses que volvería a pagar 825e o subiría algo por no haber pagado todos los intereses o amortizar capital?
un saludo. Mil gracias.
citando a Adrian buenos días, primero agradecer vuestra voluntariedad, me estáis ayudando muchísimo. En el caso de la pregunta 1 de la congelación,...
Hola de nuevo.
¡Gracias a ti por confiar en nosotros!
Dependerá de lo que haya que hacer para reducir tu cuota hasta lo que pagabas en junio de 2022. Para conseguirlo, el banco ampliará el plazo de devolución hasta en siete años y reducirá un poco tu interés. Y si esas acciones no son suficientes para alcanzar la cuota que pagabas en junio de 2022, te aplicará también una carencia de capital.
Como no sabemos cuánto se ampliará tu plazo ni si se te aplicará una carencia, no podemos saber si tu cuota volvería a ser la misma cuando pasen los 12 meses. De todas formas, se lo puedes preguntar a tu banco si aprueba tu solicitud para acogerte al Código de Buenas Prácticas (está obligado a informarte).
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.
¿Te hemos ayudado?
Si valoras nuestra respuesta, por favor ayúdanos y valora nuestro servicio en Trustpilot. También puedes compartir esta experiencia con tus conocidos aquí:Después de un año sigo sin ser capaz de aclarar con la entidad.
Ahora piden declaración de la renta del 2019, inclusive mi hija que tenía 8 años. Y toda la documentación, inclusive propietarios de mi hija.
Se puede pedir eso por parte del banco? Están en su derecho?.
Porque pedirle del 2019 me suena a la clausula de que los ingresos en los últimos 5 años se hayan reducido..... Pero la Norma habla en los últimos 5 años, no con respecto a hace 5 años que no es lo mismo. Porque mi reducción drástica es del 2021 a ahora.
Pueden pedirlo? Es argumentable?
Gracias nuevamente
Hola, Juanra.
El banco sí puede solicitar certificados de rentas y propiedades de los miembros de tu unidad familiar. Ahora bien, si crees que te está pidiendo documentos de más para dilatar el proceso (es absurdo que te pregunte por propiedades e ingresos de tu hija de ocho años), puedes interponer una reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente de la entidad. Y si el banco no te la resuelve, puedes elevar tu reclamación al Banco de España. En esta guía gratuita te explicamos cómo hacerlo.
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.
¿Te hemos ayudado?
Si valoras nuestra respuesta, por favor ayúdanos y valora nuestro servicio en Trustpilot. También puedes compartir esta experiencia con tus conocidos aquí: