Gastos de Hipotecarios

Gastos de Hipotecarios

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H
Helper_1110905883
/

Hola, tenía entendido que el Tribunal Supremo dictaminó que los gastos de tasación y  la tasación corresponde al Banco el pagarla, así como la comisión de apertura, ya que es el principal interesado en la constituxión de la hipoteca y salvo los gastos de notaría, el resto va por su cuenta. ¿ Es así? He mirado en otras páginas y no consiguen ponerse de acuerdo.  

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HelpMyCash
#1

citando a Helper_1110905883 Pregunta similar: Gastos de Hipotecarios Hola, tenía entendido que el Tribunal Suprem...

Hola, Helper_1110905883.

Antes del 16 de junio de 2019, no existía ninguna ley que indicara claramente qué gastos de hipoteca correspondían al banco y cuáles correspondían al cliente. Tras varias idas y venidas judiciales, el Tribunal Supremo decidió que la tasación, en los contratos hipotecarios formalizados antes del 16 de junio de 2019, debía pagarla el banco. La entidad también debía pagar los gastos de gestoría y registro y la mitad de los gastos de notaría. 

Ahora bien, desde el 16 de junio de 2019 sí existe una ley (la Ley 5/2019) que regula los gastos hipotecarios. Esta norma establece que la tasación la debe pagar el cliente, mientras que el banco debe pagar los gastos de notaría, registro y gestoría. 

Es decir, que si contrataste tu hipoteca antes del 16 de junio de 2019, tienes derecho a recuperar los gastos de tasación si el banco te los cobró. En cambio, si la firmaste después, no puedes reclamar la devolución de ese dinero. 

En cuanto a la comisión de apertura, se considera válido su cobro si se incluye en una cláusula redactada de forma comprensible y si remunera al banco por servicios efectivamente prestados. 

Encontrarás más información sobre este tema en nuestra página sobre la devolución de gastos hipotecarios

Esperamos haber resuelto tu duda. 

Un saludo. 

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Preguntas similares
#2
C
ccssghppt
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Pregunta similar: Firma Fiper y DIPREC

El 30 de mayo de 2019 formalice una hipoteca con un banco. Actualmente me pide que vuelva a firmar el FIPER y DIPREC, porque según la entidad debería haber firmado en todas las hojas y no en la última. ¿Puede afectarme esto a la hora de reclamar los gastos de gestoría, registro y Notaria?

PD. Aunque en la documentación que tengo que firmar todas las hojas aparece la fecha en la que se me ofreció esta documentación la devolución la tengo que hacer por correo electrónico. ¿Afectaría esto a lo planteado anteriormente en cuanto a que el correo electrónico tiene una fecha posterior a junio de 2019, que es la fecha hasta la cual se puede solicitar la devolución de estos importes?

HelpMyCash
#3

Hola, ccssghppt.

No, no te afectará en lo más mínimo. Lo que importa en este caso es la fecha del pago de esos gastos, no de la firma de la documentación precontractual. Por lo tanto, si tuviste que hacer la provisión de fondos antes de junio de 2019, no tendrás problemas para reclamar por el cobro indebido de esos gastos.

Si necesitas información sobre lo que puedes recuperar, puedes echar un vistazo a nuestra página sobre la devolución de los gastos de hipoteca

Un saludo.

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#4
H
Helper_911684287
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Pregunta similar: reclamar los gastos de formalización de la hipoteca

Buenas tardes! mi duda es sobre la reclamación de los gastos de formalización de la hipoteca, yo la firme en febrero del 2019 con Caixabank, y ahora leyendo por varias paginas , algunas dicen que las puedo reclamar y otras no... Puedo reclamar los gastos?si o no

Despues estoy baranjado la posibilidad de que me hagan un estudio para la rebaja del interes o sino irme a otro banco para subrogar, que veo que los intereses han bajado. 

HelpMyCash
#5

Hola, Helper_911684287.

Como firmaste en febrero de 2019, se te aplicaría la legalidad anterior a la entrada en vigor de la ley hipotecaria de junio de 2019. Según el Tribunal Supremo, para las hipotecas firmadas en ese período, el reparto de los gastos de constitución del préstamo (no de la compraventa) debía ser el siguiente: 

  • El banco tenía que pagar los gastos de registro, los de gestoría, la mitad de la notaría y el IAJD.

  • El cliente tenía que pagar la mitad de los gastos de notaría y la tasación.

Por lo tanto, si el banco te obligó a pagar cualquiera de los gastos que le tocaba pagar a él, puedes reclamar que te devuelva ese dinero. En nuestra página sobre la reclamación de los gastos hipotecarios te explicamos cómo calcular cuánto te debe y cómo reclamarlo. 

En cuanto a la posibilidad de irte a otro banco, normalmente no es posible hasta que no se llevan unos dos años pagando la hipoteca. De todos modos, si quieres probarlo, puedes echar un vistazo a nuestro ranking de las mejores hipotecas para subrogación.

Esperamos haberte ayudado. 

Un saludo. 

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#6
H
Helper_810600056
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Pregunta similar: Sentencia supremo gastos tasacion

Hola, Mi duda es el siguiente. Estamos a una semana de firmar la hipoteca, ya esta todo listo. Mi duda es con el pago de la tasacion que nos hizo el banco que en principio teniamos que pagar nosotros, pero que el supremo acaba de dictar que es el banco quien tiene que correr con dicho gasto. Aun no nos lo han cobrado. No se si esa sentencia es recurrible o si ya no hay recurso posible y si nos cobran la tasacion la podemos reclamar.

un saludo y muchas gracias por vuestra labor

HelpMyCash
#7

Hola, Helper_810600056.

En su sentencia, el Tribunal Supremo aclara que los gastos de tasación los tiene que pagar el banco "cuando no sea aplicable la Ley 5/2019", es decir, la ley hipotecaria que está vigente ahora mismo. 

En tu caso concreto, como firmarás el contrato dentro de una semana, se te aplicaría la actual ley, así que los gastos de tasación los tendrás que pagar tú (tal y como marca la normativa vigente). Ahora bien, hay bancos que se ofrecen a hacerse cargo de este coste. Si el tuyo es uno de ellos, no tendrás que pagar por este concepto (puedes preguntárselo directamente para salir de dudas). 

Esperamos haberte ayudado. 

Un saludo. 

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#8
P
Pepero
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Pregunta similar: Gastos de tasación

Si firme con el banco en 2006 una hipoteca que me hicieron pagar la tasación me lo tendrían que devolver o ha pasado demasiado tiempo ya?

HelpMyCash
#9

Hola, Pepero. 

La regulación vigente establece que el plazo para reclamar es de cinco años "desde que pueda exigirse el cumplimiento de la obligación". A partir de ahí, hay juristas que consideran que ese plazo debería empezar a contar desde la primera sentencia del Supremo sobre la materia o desde la última. Incluso hay abogados que consideran que ese plazo para reclamar nunca prescribe. 

Como ves, es algo totalmente interpretable, así que sí podrías tener opciones de recuperar lo que te hicieron pagar por la tasación y por otras costas hipotecarias. Si quieres, puedes consultar nuestra página sobre la devolución de gastos de hipoteca para ver cuánto puedes recuperar y cómo puedes hacerlo. 

Un saludo. 

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