Buenas tardes.
Tengo un contrato de alquiler con una promotora hace 7 años. Me cumple la renovación anual ahora en Febrero y nadie se ha puesto en contacto conmigo. Esta promotora ha vendido los pisos a otra promotora y quieren venderlos. A algun vecino le exigen mediante burofax o comprar el piso o dejarlo en 15 días... es legal??
Gracias
Hola, Helper
Esto depende de si el contrato de alquiler está inscrito o no en el Registro de la Propiedad. Si no está inscrito, la promotora puede vender la vivienda alquilada y el inquilino deberá abandonar la propiedad, según lo que establece la ley de arrendamientos urbanos.
Si el contrato está inscrito en el Registro el inquilino tiene derecho a disfrutar del arrendamiento hasta que finalice el contrato y no puede ser desalojado.
Eso sí, independientemente de que el contrato esté o no inscrito en el Registro, el inquilino tiene derecho de adquisición preferente sobre la vivienda. Es decir, la promotora debe comunicar a la persona por escrito que el piso se va a vender y las condiciones de la venta y este tiene a derecho a comprarlo, si así lo desea, por encima de cualquier comprador.
No obstante, debes revisar detenidamente las cláusulas del contrato, para saber si existe alguna cláusula que contemple este tipo de situaciones y, en caso de tener dudas, consultar con un abogado para que te indique si es posible evitar el desalojo (según lo que establezca el contrato) o si están realizando el procedimiento ajustado a la ley.
Espero haberte ayudado.
¡Un saludo!
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Buenas tardes, tengo desde hace dos meses una vivienda alquilada por un año de contrato y me ha salido un comprador que la quiere para vivirla no como inversion me dice que el no puede esperar un año hasta que acabe el contrato de mis inquilinos, habria alguna otra posibilidad de hacerlo?? podria de alguna forma recuperar la vivienda auque tenga que esperar unos meses a que los inquilinos busquen otra vivienda?
Hola, Maria
La venta de una vivienda con inquilino está regulada por la Ley de Arrendamientos Urbanos y es procedimiento habitual. Aunque, la forma de proceder dependerá de la naturaleza del contrato de alquiler que habéis firmado. Si este contrato está inscrito en el Registro de la Propiedad el inquilino no podría ser desalojado, de acuerdo con el reglamento. Es decir, lo podrías vender, pero el nuevo dueño no podría vivir en la vivienda hasta la extinción del alquiler.
Ahora bien, si el contrato de alquiler no está registrado en el Registro de la Propiedad, el inquilino podría, en principio, ser desalojado, ya que podrías vender el piso y el nuevo dueño tendría la potestad de finalizar el alquiler (o prolongarlo si así lo quiere).
Aunque, es importante tener en cuenta que, antes de vender el piso a otra persona, debes comunicar al inquilino de forma fehaciente (por escrito) tus intenciones de vender la casa y las condiciones de la venta, ya que este tiene derecho de adquisición preferente sobre la vivienda. Esto quiere decir que este tendría derecho de comprarlo por encima de otro comprador. Si este rechaza la oportunidad de comprar la casa, entonces podrías vender el piso a un tercero y el inquilino tendría que desalojar la propiedad.
No obstante, como la situación puede ser un poco delicada y, en algunos casos, se puede estar sujeto a diferentes interpretaciones legales del reglamento (según el contrato), es aconsejable que consultes tu caso con un abogado o un experto legal. Este te podrá orientar sobre cómo proceder para no tener problemas con el inquilino o con la venta.
Espero haberte ayudado.
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