Pago de IRPF por venta de residencia principal

Pago de IRPF por venta de residencia principal

Pago de IRPF por venta de residencia principal

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J
Juanki
/

Hola esta sería la norma; La exención será completa sólo si se reinvierte toda la ganancia de la venta. De lo contrario, debemos declarar por la parte proporcional de la cantidad no invertida.

Vale, yo he vendido por 235000€ de los cuales levanto hipoteca de 150000€ pago gastos de notario, gestoría etc y 8000€ de comisión de la inmobiliaria, también la plusvalía municipal que no se lo que será. Yo calculo que me quedaran unos 65000€ de ganancias aproximadamente.

Voy a pedir otra hipoteca de 195000€ para mi nueva residencia principal y quisiera dejar estos 60000€ para reformar ,tener un colchoncito de dinero en el banco y así no tener que pedir un crédito personal para reforma.

Tendré que pagar a Hacienda por esos 60000€?

En caso contrario supongo que para reinvertir esa cantidad y no pagar a Hacienda tendría que pedir una hipoteca de 135000€, no??

Muchas gracias

4 respuestas
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Respuestas
HelpMyCash
#1

Hola, Juanki

En este caso, es aconsejable que consultes tu situación con un experto fiscal, ya que el reglamento del IRPF no es claro sobre si las obras realizadas en la nueva vivienda habitual se pueden considerar parte de la reinversión.

El reglamento de la ley del IRPF establece que el plazo para hacer la reinversión es de dos años, a contar desde la fecha de la venta (o los dos anteriores). Si bien, en una resolución del 2014, se aclaró que el importe reinvertido no tiene que ser propiamente el obtenido en la venta, ya que no hay problemas de que la compra de la nueva vivienda provenga de financiación ajena y que el importe obtenido se destine para pagar el préstamo dentro de los dos años de plazo, no especifica qué pasa si el importe es destinado a rehabilitar la nueva vivienda habitual.

Ahora bien, si utilizas los 60.000 euros en la reinversión porque pides la hipoteca por un importe menor, si podrías claramente acogerte a la exención y no pagar el IRPF por la venta de la casa.

Espero haberte ayudado.

¡Un saludo!

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#2
A
Antonio
/

Pregunta similar: Impuestos sobre ganancias en venta de piso

Buenos días. El caso es que voy a mudarme de casa. El saldo de la operación va a ser positivo para mí, es decir, con el dinero de la venta voy a comprar la nueva casa y aún sobra dinero. He oído que de las ganancias hay que pagar impuestos (por tramos pero alrederor del 20% según se gane). También he leído por aquí que hay excepciones si es vivienda habitual ( En este caso lo es ya que solo tengo 1 vivienda y vivo en ella). Se que del importe que sobre de la operación hay una parte exenta de impuestos, por ejemplo, el dinero invertido en reformas de la nueva casa, los impuestos de notaría, plusvalías, impuesto de transmisiones etc... Pero, y el dinero para cancelar lo que quedaba de la hipoteca de la primera vivienda? Y amueblar la nueva casa? No sé si he podido explicarme correctamente.

 

Muchísimas gracias.

HelpMyCash
#3

Hola, Antonio:

En lo que respecta al pago del IRPF, tal y como nos comentas, te puedes acoger a la exención por reinversión en vivienda habitual. Ahora bien, en tu caso, solo podrás acogerte a esta exención por la suma de dinero reinvertida. En otras palabras, tendrás que tributar por la cantidad de dinero que "sobre" de la venta luego de haber adquirido la nueva propiedad. 

Dicho esto, creo importante hacer hincapié en cómo se calcula el monto a pagar de IRPF. A continuación te acerco una imagen para que mi respuesta pueda ser clara.

Como puedes ver, la base imponible del impuesto se calcula restando al valor de transmisión el valor de adquisición. En este último concepto es donde podemos incluir esos puntos a los que haces referencia: dinero invertido en reformas, impuesto de transmisiones, etc. Si te fijas, también aquí se descuenta el importe real de compra del inmueble, que en tu caso, constituyen parte de la hipoteca de la primera vivienda.

Ahora bien, respondiendo a tu pregunta, los gastos que asumamos para amoblar la casa no pueden deducirse. En lo que respecta a los gastos de cancelación de la hipoteca, en principio, tampoco estarían incluidos entre los gastos deducibles. No obstante, te aconsejamos consultar con un experto fiscal.

Por último, recuerda que aunque te acojas a la exención por reinversión en vivienda habitual, es muy importante que incluyas las operaciones en la declaración de la renta. Hacienda considera que esta exención es voluntaria y, si no la declaramos, podemos perder el beneficio. 

¡Espero haberte ayudado!

Saludos,

Paula

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#4
A
Antonio
/

Muchísimas gracias! Ha sido usted muy amable. Un saludo.

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