Tengo que pagar irpf por venta de vivienda ?

Tengo que pagar irpf por venta de vivienda ?

Tengo que pagar irpf por venta de vivienda ?

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J
Juanjo
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Hola buenas tardes , mi pregunta es la siguiente , yo vivo en un piso de mis padres donde estoy empadronado pero todos los gastos van a su nombre . Yo acabo de vender la única vivienda que tengo a mi nombre y me quiero comprar otra en poco tiempo para hacerla ya la habitual , tendré que pagar el irpf a hacienda por esa venta aunque solo tuviera esa propiedad a mi nombre ? Gracias .

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HelpMyCash
#1

Hola, Juanjo

Si viviste durante, al menos, los últimos tres años en la casa que vendiste, esta cumple con el requisito de vivienda habitual estipulado por Hacienda y, si destinas el dinero de la venta en la compra de una nueva vivienda habitual, puedes acogerte a la exención por reinversión.

De esta manera, puedes estar libre de pagar IRPF por la venta de tu piso. El empadronamiento es una de los mecanismos que tienes para demostrar a Hacienda que esta era tu vivienda habitual, pero no es el único.

 

La Agencia Tributaria también puede verificar que vivías en el piso a través del consumo de los suministros, la domiciliación de las notificaciones (dirección en la que recibes las cartas y notificaciones de tu banco o de la misma Agencia Tributaria) o, incluso, la cercanía de tu trabajo o de tu centro de salud con la casa.

Es aconsejable que consultes tu situación con un experto fiscal. Este te podrá orientar sobre cómo proceder, en el caso de que Hacienda te pida demostrar que la casa vendida era tu vivienda habitual.

Espero haberte ayudado.

¡Un saludo!

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#2
J
Juanjo
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Hola , disculpa que te vuelva a preguntar pero sigo teniendo una duda , la casa que he vendido es la cual no estoy empadronado ... te comento ... estoy empadronado en bcn pero mi vivienda está en otra poblacion ... la que he vendido ... y con ese dinero quiero comprarme una para hacerla habitual .. si invierto ese dinero en la compra hacienda no me pedirá el irpf de la venta ? Gracias y disculpa las molestias .

HelpMyCash
#3

citando a Juanjo Hola , disculpa que te vuelva a preguntar pero sigo teniendo una duda , la casa que he vendido es la cual no estoy empadronado ... te comento ... e...

Hola, Juanjo

Si la vivienda que vendiste era tu vivienda habitual (viviste en ella durante tres años hasta la venta) es posible que te puedas acoger a la exención por reinversión aunque no hayas estado empadronado en ella.

Esto se debe a que el empadronamiento no es la única forma que tienes de demostrar a Hacienda (en caso de que te lo pidan) que si has vivido en la casa durante el plazo mínimo exigible para que esta se pueda considerar habitual a efectos fiscales.

Si el caso es que no has vivido en la casa durante este tiempo, es poco probable que te puedas acoger a la exención, porque la Agencia Tributaria tiene muchos mecanismos para hacer esta comprobación. Por tanto, si esto es así, tendrías que pagar IRPF por la venta de tu piso, aunque reinviertas todo el dinero en la compra del nuevo inmueble. Esto debido a que la propiedad vendida no cumple con el requisito de vivienda habitual.

 

Espero haberte ayudado.

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#4
R
RRN
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Hola Ottymar,En 2013 compre mi primera vivienda por 99.000 euros + gastos (que tambien fue vivienda habitual durante mas de 3 años). Hace dos compre una segunda vivienda por 128.000 euros + gastos, que paso a ser mi vivienda habitual (en la que llevo viviendo desde el momento de la compra). Quiero ahora vender la vivienda que adquiri en 2013 (mas o menos por el mismo precio que me costo la segunda) y cancelar la hipoteca que me queda de la compra de la que ahora es mi vivienda habitual.Podria acogerme a los excenciones por venta y compra de primera vivienda?Muchas gracias,RRN

HelpMyCash
#5

citando a RRN Hola Ottymar,En 2013 compre mi primera vivienda por 99.000 euros + gastos (que tambien fue vivienda habitual durante mas de 3 años). Hace dos compr...

Hola, RRN

En este caso, no te podrías acoger a la exención por reinversión si han pasado más de dos años desde que compraste la segunda vivienda, ya que este es el plazo máximo que indica la Agencia Tributaria para poder realizar la reinversión (estos pueden ser posteriores o anteriores a la venta, como es tu caso).

En este sentido, tendrías que pagar el IRPF por la venta de tu primera vivienda.

Espero haberte ayudado.

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#6
R
RRN
/

Muchas gracias por la respuesta. Me surge otra pregunta. En Andalucia los menores de 35 años que compren una vivienda por valor inferior a 130.000 euros destinada a ser vivienda habitual pagan un gravamen reducido del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Juridicos Documentados del 3,5%.

 

¿Se puede acoger un compador a dicho gravamen reducido a pesar de ser propietario ya de una primera vivienda (siempre y cuando la compra nueva se destine a su vivienda habitual, ademas de cumplir el resto de requisitos?

Por otra parte, para que Hacienda considere esa segunda vivienda mi vivienda habitual deberia residir en ella 3 años consecutivos, ¿cierto? ¿Que ocurre si vendiera antes de pasar esos tres años habiendo comprado la vivienda con gravamen reducido del 3,5%?Muchas gracias,RRN

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#7
C
Carles
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Hola,

Soy propietario de un piso desde hace un año y medio. Por un problema convivencia vecinal (ruidos) queremos ponerlo en venta ya que hemos decidido comprar una casa. ¿es justificable esta situación ante Hacienda para aprovechar las deducciones? Por otro lado, ¿el tema del teletrabajo podría ser utilizado como justificación?

Muchísimas gracias

HelpMyCash
#8

citando a Carles Hola, Soy propietario de un piso desde hace un año y medio. Por un problema convivencia vecinal (ruidos) queremos ponerlo en venta ya que h...

Hola, Carles

No, los problemas vecinales no son considerados por Hacienda como una causa justificable para poderse acoger a la exención por reinversión cuando la vivienda aún no ha cumplido con el lapso reglamentario para ser considerada habitual (mínimo tres años).

En cuanto al teletrabajo, aún no existe un precedente que indique que esta es considerada una causa justificable. En este sentido, es probable que tengas que pagar el IRPF por la venta de la vivienda.

 

No obstante, es aconsejable que consultes tu caso con un experto fiscal. Este podrá analizar todas las variables de la situación y te podrá indicar si existe una manera de que puedas acogerte a la exención.

Espero haberte ayudado.

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Preguntas similares
#9
H
Helper_611471578
/

Pregunta similar: Impuestos venta piso

Hola, tengo un piso que querría vender es el único que tengo en propiedad pero actualmente no vivo alli porque estoy cuidando de mi padre y estoy empadronada en su casa. No tengo ningún tipo de ingreso, el piso en 2007 costó 140.000€ incluyendo los gastos de escrituras, puse la cocina, vestí armarios empotrados y amueblé en total 15.000€ aprox, intentaré venderlo por 160.000€. Quiero utilizar la mitad del dinero para comprar otro. Si lo vendo el tendré que pagar al hacer la declaración de la renta? 

Gracias

HelpMyCash
#10

Hola Helper,

Sí, tendrás que asumir el gasto del IRPF por la venta de tu vivienda, ya que al no residir en el piso que quieres vender y no poder acreditar que has habitado en el mismo por estar empadronada en casa de tu padre, no puedes acogerte al beneficio de reinversión en vivienda habitual estipulado por la agencia tributaria. 

Para disfrutar del mismo tienes que haber residido durante al mes años tres años en la casa de manera contínua. Además, debes habitar en la nueva casa durante un plazo de doce meses para que se cumpla el concepto de vivienda habitual.

No obstante, es recomendable que consultes con un experto en fiscalidad para que te pueda orientar mejor sobre tu caso en concreto.

Espero haberte ayudado.

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#11
M
Manuela Martin cabrera
/

Hola quiero  vender mi piso que ha sido mi residencia habitual durante 35 años 

El precio al que quiero venderlo es de 95000 euros

Y quiero comprar a mi hermana la mitad del piso heredado de nuestros padres que es pequeño y uno contiguo de un vecino la compra total seria de 60000 euros pero claro los pisos están para reformar los total mentre 

Esta obra tendría alguna rebaja fiscal ? O yo tengo que pagar todos los impuestos por la venta de mi piso, que hace 35 años me costó 21000 euros

 

HelpMyCash
#12

Hola Manuela,

En este caso, al vender tu vivienda para comprar otra y haber habitado de forma permanente en ella durante 35 años, te podrás acoger a la exención por reinversión en vivienda habitual estipulada por la agencia tributaria.

Eso sí, solo está exento de impuesto la parte de la ganancia reinvertida en la nueva vivienda. El excedente deberá tributar, por que lo que tendrás que asumir este gasto por vender tu piso.

En cuanto a las reformas que tendrás que hacer en tu nueva vivienda, estas no se pueden deducir del irpf que tendrás que asumir por la ganancia obtenida con la venta, ya que estamos hablando de operaciones distintas y este concepto no se incluye en el cálculo.

Una cosa es la fiscalidad de la venta y otra la relativa a la compra. No obstante, es aconsejable que consultes a un experto en fiscalidad, que te pueda orientar mejor sobre tu situación concreta, ya que es posible que este gasto asumido se puede desgravar de alguna forma en tu declaración de la renta.

Espero haberte ayudado.

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